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Administre su Cita

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Si tiene preguntas generales, visite uscis.gov. Busque usted mismo información en el sitio web o chatee con Emma, nuestra asistente virtual.

Todos los formularios de USCIS son gratuitos. Puede obtenerlos en nuestro sitio web o pedirlos por teléfono. Si no sabe qué formulario necesita, podemos ayudarlo a conocer sus opciones.

La mayoría de nuestros formularios solo pueden presentarse por correo. Verifique las instrucciones de presentación del formulario que desea enviar para saber si puede presentarlo personalmente. También puede presentar algunas solicitudes en línea.

Si solicitó un beneficio de inmigración y no recibió el documento que esperaba, puede enviarnos una consulta mediante E-request. NOTA: No envíe consultas si su caso acaba de ser aprobado. En 60 días, recibirá su documento. Para verificar el estatus de su caso, puede utilizar la herramienta Manejo de Casos (Manage Your Case). Si la herramienta Manejo de Casos indica que la tarjeta fue enviada por correo, recibirá un número de rastreo del servicio postal de los Estados Unidos.

Envíe por correo electrónico sus preguntas con respecto a su caso si cree que su caso ha tomado más tiempo del esperado, o si no recibido un aviso, una tarjeta o un documento por correo postal. También puede enviarnos un correo electrónico acerca de cualquier error tipográfico.

  • Las citas de USCIS son gratuitas. Si conoce que alguien vende una cita o la usa de manera indebida, comuníquese con la oficina de USCIS. Encontrará la información de contacto cuando comience a programar la cita.
  • Cuando acuda a la cita, no lleve tijeras, líquidos inflamables (incluso aerosoles y frascos de perfume), navajas, cortaúñas, pinzas ni otros objetos cortantes.
  • Las oficinas son pequeñas. Solamente deben venir las personas que necesitan ser atendidas. Traiga a un traductor si necesita asistencia con la traducción.
  • Por favor, llegue 15 minutos antes del horario acordado para pasar por el puesto de control de seguridad y el registro de entrada. No lleguecon más de 15 minutos de anticipación. Si llega tarde, su cita se cancelará y deberá programar una nueva cita.
  • AUTORIDADES: La Ley de Nacionalidad e Inmigración, según enmendada, conforme a las secciones 1101, 1103, 1201 y 1255 del Título 8 del Código de los Estados Unidos, autoriza a USCIS a recopilar información con el fin de programar citas.
  • PROPÓSITO: El propósito principal para suministrar la información solicitada es programar una cita con una oficina de USCIS. USCIS puede comunicarse con usted por correo electrónico para completar una encuesta voluntaria o participar en una entrevista de grupo voluntaria en relación con sus experiencias de atención al cliente.
  • DIVULGACIÓN: La información que usted suministra es voluntaria. No obstante, si no brinda la información solicitada, es posible que no pueda programar satisfactoriamente una cita. La participación en encuestas y entrevistas de grupo es voluntaria.
  • USOS DE RUTINA: La información le será divulgada y será utilizada por personal y contratistas de DHS que la necesiten. Además, DHS puede divulgar la información a otros organismos gubernamentales locales, estatales y federales y organizaciones autorizadas conforme a los usos de rutina aprobados, tal y como se describen en el sistema asociado publicado de notificaciones de registros DHS-USCIS-007, Sistema de Información de Beneficios, que puede encontrarse en www.dhs.gov/privacy. La información también podrá ponerse a disposición cuando corresponda para fines de orden público en investigaciones o procesos civiles, penales o regulatorios.
  • Los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de Estados Unidos (USCIS), un componente del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), está comprometido en hacer que sus tecnologías electrónicas y de la información sean accesibles para las personas con discapacidad al cumplir o superar los requisitos de la Sección 508 de la Ley de Rehabilitación (29 U.S.C. 794d), y sus enmiendas de 1998. La Sección 508 es una ley federal que exige a las agencias proporcionar a las personas con discapacidad igualdad de acceso a la información electrónica y los datos comparables a las personas que no tienen discapacidades, a menos que cause una carga indebida para la agencia. Las normas de la Sección 508 son los criterios y requisitos técnicos que se utilizan para medir el cumplimiento de esta ley. Puede encontrar más información sobre la Sección 508 y las normas técnicas en www.section508.gov.
  • Si tiene comentarios o inquietudes relacionados con la accesibilidad de cualquier contenido de este sitio web, comuníquese con el webmaster por el correo electrónico uscis.webmaster@dhs.gov . Si aplica, incluya la dirección web o URL y los problemas específicos que ha encontrado. Si desea presentar una reclamación relacionada con la Sección 508, comuníquese con el Coordinador de la Sección 508 a través del correo electrónico USCIS-Section508@uscis.dhs.gov.
  • Si tiene comentarios y/o preguntas relacionados con el programa de la Sección 508 de la agencia, comuníquese con el Coordinador de la Sección 508 a través del correo electrónico USCIS-Section508@uscis.dhs.gov.
  • Actualizado: 04/30/2013
  • Aviso de divulgación de la carga Una agencia no puede llevar a cabo ni patrocinar una recopilación de información y una persona no está obligada a responder a una recopilación de información, a menos que muestre un número de control OMB válido actual. La carga de la presentación de informes públicos para esta recolección de información se estima en 6 minutos por respuesta, incluido el tiempo necesario para revisar las instrucciones y completar y enviar la información. Envíe comentarios sobre esta estimación de carga o cualquier otro aspecto de esta recopilación de información, incluyendo sugerencias para reducir esta carga, a: U.S. Citizenship and Immigration Services, Office of Policy and Strategy, Regulatory Coordination Division, 20 Massachusetts Avenue, N.W., Washington, DC 20529. OMB No. 1615-0113. No envíe su solicitud por correo a esta dirección.
  • Número de Control de OMB: 1615-0113
  • Fecha de vencimiento: 04-30-2019

Advertencia de DHS (Departamento de Seguridad Nacional)

Usted accederá al sistema computarizado del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés). Este sistema computarizado y sus datos son propiedad del gobierno de los Estados Unidos y son para su uso e información oficiales. No hay expectativa de privacidad cuando usted utiliza este sistema computarizado. El uso de una contraseña o cualquier otra medida de seguridad no implica expectativas de privacidad. Mediante el uso de este sistema, usted acepta los términos establecidos en este aviso. En este sistema computarizado, no puede procesar información nacional de seguridad clasificada. El acceso a este sistema está restringido solamente a los usuarios autorizados. El acceso, el uso o la modificación no autorizados de este sistema o de sus datos, o de la información en tránsito hacia/desde este sistema, puede constituir una infracción a la Sección 1030 del Título 18 del Código de los Estados Unidos y otras leyes penales. Toda persona que acceda a un sistema computarizado federal sin autorización o que exceda el permiso de acceso, o que obtenga, modifique, dañe, destruya o divulgue información, o que evite el uso autorizado de información en el sistema computarizado puede quedar sujeta a sanciones, multas o encarcelamiento. Este sistema computarizado y todos los equipos relacionados están sujetos a monitoreo administrativo, para el orden público, para investigaciones penales, para consultas por presuntos ilícitos o usos indebidos y para asegurar el adecuado desempeño de los procedimientos y funciones de seguridad correspondientes. El DHS puede desarrollar actividades de monitoreo sin aviso.

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