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País designado al Estatus de Protección Temporal: Somalia

ALERTA: El secretario en funciones del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés), Chad F. Wolf ha extendido la designación al Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) para Somalia por 18 meses adicionales, hasta el 17 de septiembre de 2021. No pague por o presente ningún formulario hasta que USCIS actualice la información oficial de reinscripción en este sitio web.

TPS extendido hasta: 17 de septiembre de 2021
Período de reinscripción para personas que ya tienen TPS: 11 de marzo al 11 de mayo de 2020
Documento de Autorización de Empleo (EAD) Auto-Extendido hasta: 13 de septiembre de 2020
Residencia continua en EE.UU. desde: 1 de mayo de 2012
Presencia física continua en EE.UU. desde: 18 de septiembre de 2012
Fecha de designación de TPS: 16 de septiembre de 1991
Fechas de redesignación al TPS: 4 de septiembre de 2001 y septiembre de 2012
Notificación en el Registro Federal: 85 FR 14229

Cuándo Solicitar al TPS

Para mantener el TPS, debe volver a registrarse durante el período de reinscripción de 60 días que se extiende desde el 11 de marzo de 2020 al 11 de mayo de 2020. Le recomendamos que se inscriba lo antes posible durante del período de reinscripción de 60 días.

Consulte la página de TPS para información acerca de cómo registrarse.

Dónde presentar

Envíe su paquete TPS a la dirección apropiada en la tabla a continuación:

Si usted: Entonces, envíe su solicitud a:
Va a presentar su solicitud por correo postal para un reemplazo de EAD para un TPS ya emitido o para la reinscripción al TPS U.S. Citizenship and Immigration Services
Attn: TPS Somalia
P.O. Box 6943
Chicago, IL  60680-6943
Desea enviar su solicitud a través de un servicio de mensajería para un reemplazo de EAD para un TPS ya emitido o para la reinscripción al TPS. U.S. Citizenship and Immigration Services
Attn: TPS Somalia
131 S. Dearborn - 3rd Floor
Chicago, IL 60603-5517

Documento de Autorización de Empleo (EAD) Automático

USCIS ha extendido automáticamente la validez de los documentos de autorización de empleo (EAD) emitidos bajo la designación TPS de Somalia con fecha de vencimiento original del 17 de marzo de 2020, por 180 días, hasta el 13 de septiembre de 2020.

Para demostrar que está autorizado a continuar trabajando legalmente, puede mostrar la siguiente documentación a su empleador. Las agencias gubernamentales también pueden aceptar estos documentos si necesitan determinar su estatus migratorio:

  • Su EAD relacionado al TPS con fecha de vencimiento de 17 de marzo de 2020; o
  • Su EAD relacionado con TPS con fecha de vencimiento del 17 de marzo de 2017 y su recibo de la solicitud de EAD (Formulario I-797C, Notificación de Acción) que indica que su solicitud se recibió en o después del 17 de enero de 2017.

Su empleador puede confiar en la notificación del Registro Federal como evidencia de la validez continua de su EAD. Vea la página Documentación que los Empleadores Pueden Aceptar y los Beneficiarios de TPS Pueden Presentar como Evidencia de Elegibilidad de Empleo para más información.

Si aprobamos su solicitud de reinscripción de TPS y usted pagó la tarifa para un nuevo EAD (o si aprobamos su solicitud de exención de tarifas), le emitiremos uno nuevo con fecha de vencimiento al 17 de septiembre de 2021.

Para obtener más información sobre los requisitos de elegibilidad a TPS, qué documentos presentar e instrucciones paso a paso para enviar un nuevo registro o paquete de solicitud inicial de TPS, vaya a la página de TPS.

 

Otras Opciones de Inmigración

Usted puede ser elegible para otras opciones de inmigración enumeradas en la página Explorar mis Opciones (en inglés).

Para solicitar el estatus de residente permanente legal (Tarjeta Verde o Green Card), debe ser elegible bajo una de las categorías enumeradas en la página Categorías de Elegibilidad a la Tarjeta Verde. Una vez que encuentre la categoría que se ajuste a su situación, haga clic en el enlace proporcionado para obtener información sobre los requisitos de elegibilidad, cómo presentar una solicitud y si los miembros de su familia también pueden solicitar con usted.

Si tiene preguntas generales acerca del proceso de verificación de elegibilidad de empleo, visite la página Estatus de Protección Temporal de la Central I-9, llame a USCIS al 888-464-4218 (TTY: 877-875-6028), o escriba un correo electrónico a USCIS en i-9central@uscis.dhs.gov. Aceptamos llamadas y mensajes de correo electrónico en inglés y muchos otros idiomas.

Para preguntas sobre cómo evitar la discriminación durante el proceso de verificación de empleo, también puede llamar a la línea directa de la Sección de Derechos de los Inmigrantes  y Empleados (IER, por sus siglas en inglés) del Departamento de Justicia (ofrece servicio de interpretación en distintos idiomas) al 800-255-8155 (TTY: 800-237-2515) o envíe un mensaje de correo electrónico a IER en osccrt@usdoj.gov.

Aviso Acerca de Solicitar Asilo: El hecho de que se le otorgue y mantenga el estatus de TPS hasta un período razonable antes de la presentación de la solicitud de asilo se considera una circunstancia extraordinaria para los efectos del plazo de presentación de un año. En otras palabras, tener el estatus TPS "detiene el reloj" en el requisito de solicitar asilo dentro del año posterior a su llegada a Estados Unidos, si ese periodo de un año aún no ha expirado. Ver 8 CFR 208.4 (a) (5) (iv). 

Evite las Estafas de Inmigración

 

Por favor, tenga en cuenta que algunos profesionales no autorizados pueden tratar de aprovecharse de usted alegando que pueden presentar formularios de TPS. Estas mismas personas pueden pedirle que les pague para obtener dichos formularios. Sin embargo, todos los formularios de USCIS están disponibles para descargarse gratuitamente desde la página web de USCIS en uscis.gov/es/formularios. Queremos asegurarnos de que todos los posibles solicitantes de TPS sepan cómo obtener asesoramiento y asistencia legal legítima y precisa. Una lista de representantes acreditados está disponible en el sitio web de USCIS en la página Encuentre Servicios Legales.

No queremos que se convierta en una víctima de una estafa de inmigración. Si necesita asesoramiento legal sobre asuntos de inmigración, asegúrese de que la persona que lo ayuda esté autorizada. Solo un abogado o un representante acreditado que trabaje para una organización reconocida del Departamento de Justicia (DOJ) puede brindarle asesoramiento legal. Visite la página  Evite las estafas de inmigración para más información y recursos.

 

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