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El Programa de Permiso de Reunificación Familiar Haitiano (HFRP)

Alerta: De acuerdo con nuestro anuncio de agosto de 2019, el 23 de diciembre de 2020 anunciamos una notificación en el Registro Federal que será publicada el 28 de diciembre de 2020, en la que solicitamos comentarios del público sobre las revisiones del Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, que cancelarán el Programa de Permisos de Reunificación Familiar Haitiano (HFRP) para todas las solicitudes nuevas mataselladas en o después de la fecha de entrada en vigor de las instrucciones del nuevo formulario. Actualizaremos esta alerta con la fecha de vigencia cuando se determine dicha fecha, que podría ser tan pronto como en febrero de 2021.

Las personas que actualmente tienen este permiso (parolees) mantendrán su período actual hasta que venza, a menos que se le cancele de otra manera, y pueden solicitar la renovación del permiso (conocido como “re-parole” en inglés) según los términos del programa anterior. La renovación del permiso (re-parole) permite que una persona con permiso permanezca en Estados Unidos por un período adicional autorizado. Procesaremos todos los casos de permiso pendientes.

Las personas que actualmente tienen el permiso (parolees) y son elegibles pueden solicitar el ajuste de estatus mediante la presentación del Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus, junto con cualquier formulario requerido y evidencia inicial, incluido el Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico bajo la Sección 213A de INA. Las personas que actualmente tienen el permiso (parolees) que no han ajustado su estatus o han sido admitidas en un estatus migratorio pueden solicitar que se les renueve el permiso mediante la presentación del Formulario I-131 y el Formulario I-134, Declaración Jurada de Patrocinio Económico. Para obtener más información, lea nuestro lea nuestro comunicado de prensa.

El Programa de Permiso de Reunificación Familiar Haitiano (HFRP) permite a ciertos ciudadanos estadounidenses elegibles y a residentes permanentes legales solicitar un permiso de ingreso para sus familiares en Haití. Si se les concede el permiso, estos familiares pueden venir a Estados Unidos sin tener que esperar que se cumpla su fecha de prioridad de visa de inmigrante. Una vez en Estados Unidos, los beneficiarios pueden solicitar permiso de trabajo mientras esperan para solicitar la residencia permanente legal.

Cancelación del Programa HFRP

En agosto de 2019, anunciamos nuestra intención en cancelar el Programa HFRP. En dicenbre 23, publicamos una notificación en el Registro Federal que solicita al público compartir comentarios acerca de los cambios propuestos a las instrucciones del Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, lo que cancelará el Programa HFRP si dichos cambios en a las instrucciones del formulario son finalizados. Según la notificación, como parte de la cancelación del Programa HFRP:

  • Las personas que actualmente poseen el permiso de permanencia temporal (parolees) mantendrán su actual periodo de permiso hasta su vencimiento (a menos que sea cancelado de alguna otra manera) y pueden solicitar una renovación del permiso de permanencia temporal (re-parole) bajo los términos originales del programa. Si actualmente posee un permiso de permanencia temporal, por favor, lea la sección a continuación para Personas que Actualmente Poseen Permiso de Permanencia Temporal en Estados Unidos para obtener información importante;
  • Procesaremos hasta su finalización las peticiones HFRP que sean presentadas antes de la fecha de entrada en vigor del nuevo Formulario I-131, utilizando los términos originales del programa. Actualizaremos esta página con la fecha de entrada en vigor si las instrucciones del formulario cambian y están finalizadas; y
  • Rechazaremos peticiones nuevas para el Programa HFRP que estén mataselladas en o después de la fecha de entrada en vigor de las nuevas instrucciones del formulario. Actualizaremos esta página cuando se conozca la fecha de efectividad.

 

Elegibilidad a HFRP

Los participantes del Programa HFRP incluyen: 

Término Definición
Peticionarios

El ciudadano estadounidense o LPR en Estados Unidos que ha presentado un Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, a nombre de un familiar que vive en Haití, y que hayamos aprobado.

Solo los peticionarios cualificados pueden presentar solicitudes de beneficios bajo el Programa HFRP. Los peticionarios cualificados deben cumplir con los requisitos de elegibilidad para peticionarios.
Beneficiarios

Los familiares que están en Haití que se pueden beneficiar de las peticiones de familiares (Formulario I-130) presentadas y aprobadas en su nombre, y a quienes se les puede otorgar un permiso humanitario para entrar a Estados Unidos si se les aprueba bajo el Programa HFRP.

Los beneficiarios incluyen el beneficiario principal, los beneficiarios derivados y los beneficiarios derivados adicionales.
Beneficiario Principal

El familiar haitiano por el cual el peticionario presentó el Formulario I-130.

Por ejemplo, el beneficiario principal puede ser un cónyuge o hijo de un LPR, o un hijo adulto o hermano de un ciudadano estadounidense.
Beneficiarios Derivados

El cónyuge e hijos solteros menores de 21 años del beneficiario principal. Ellos también deben estar listados en el Formulario I-130 que fue aprobado.

Estos beneficiarios pueden ser elegibles para obtener el permiso humanitario a base de su relación con beneficiario principal. Si el beneficiario principal no obtiene la autorización del permiso humanitario, los beneficiarios derivados tampoco recibirán la aprobación.
Beneficiarios derivados adicionales (Add-on derivative beneficiary) Si un beneficiario principal se casa o ha tenido un hijo desde que el Formulario I-130 de base fue aproado, usted puede presentar una solicitud al Programa HFRP a nombre del cónyuge y/o hijo menor de 21 años de dicho beneficiario principal.

Quién es Elegible para Presentar una Solicitud al HFRP

Si presentó un Formulario I-130 por su familiar, usted es conocido como el peticionario y su familiar es el beneficiario. Usted será elegible al programa HFRP si:

  • ó>

 

Aviso: Denegaremos sus solicitudes si no cumple con todos los requisitos descritos arriba al momento de que se adjudiquen sus solicitudes de beneficios HFRP. No reembolsaremos los pagos de tarifas.

Un peticionario cualificado solo podrá solicitar a nombre de un familiar (beneficiario) que es:

  • Un nacional haitiano, si es el beneficiario principal;   y
  • El beneficiario de un Formulario I-130 que fue aprobado en o antes del 18 de diciembre de 2014 (incluidos el cónyuge o cualquier hijo que se unirá a él en EE.UU.)* 

*Vea la sección 203(d) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad  (INA), 8 U.S.C.1153(d).

Quién No es Elegible

No se le permitirá participar del  Programa HFRP a:

  • Personas que cualifican como familiares inmediatos. ** El permiso humanitario no estará disponible para estas personas ya que pueden buscar inmediatamente vías para viajar a Estados Unidos una vez sus Formularios I-130 son aprobados. Los familiares inmediatos son:
    • Cónyuges de ciudadanos estadounidenses;
    • Hijos solteros menores de 21 años de edad de ciudadanos estadounidenses;
    • Padres de ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años de edad.
  • Personas que no son elegibles para comparecer a una entrevista en persona en Haití. La implementación de este programa solo ha sido establecida en Haití;
  • Beneficiarios de Formularios I-130 aprobados después del 18 de diciembre de 2014; y
  • Beneficiarios de Formularios I-130 aprobados cuyos familiares peticionarios en Estados Unidos no han recibido una invitación del NVC indicándoles que son elegibles para solicitar al Programa HFRP.

**Vea INA § 201(b)(2)(A)(i), 8 U.S.C. § 1151(b)(2)(A)(i).

Aviso: Si usted es el beneficiario de un Formulario I-130 y vive en Haití, no puede presentar una solicitar al Programa HFRP para sí mismo o para sus familiares. Su peticionario que está en Estados Unidos debe presentar en su nombre.

Cónyuges e Hijos del Beneficiario Principal (Beneficiarios Derivados)

Si el cónyuge del beneficiario principal o sus hijos solteros menores de 21 años (conocidos como beneficiarios derivados) están nombrados en el Formulario I-130 que fue aprobado, pueden ser elegibles para obtener los beneficios bajo el Programa HFRP. Cualquier petición de permiso humanitario a nombre de estos debe ser presentada al mismo tiempo que se presenta la petición de permiso humanitario para el beneficiario principal. Ellos solo serán elegibles para el permiso humanitario si el beneficiario principal es encontrado elegible para el permiso humanitario, y entonces ellos tendrán que demostrar, de manera individual, que son  admisibles a Estados Unidos.

Si no se presenta una solicitud al Programa HFRP para el beneficiario principal, o si determinamos que el beneficiario principal no es elegible al Programa HFRP, su cónyuge e hijos no serán elegibles para el permiso humanitario bajo el Programa HFRP.

Cómo Solicitar que se Añada un Cónyuge o un Hijo a un Formulario I-130 que ha Sido Aprobado (Beneficiarios Derivados Adicionales)

Si el beneficiario principal contrajo matrimonio o tuvo un hijo después que su Formulario I-130 de base fue aprobado, usted puede presentar una solicitud al Programa HFRP a nombre del cónyuge o hijo menor de 21 años (conocidos como derivados adicionales) de dicho beneficiario principal.

Los beneficiarios derivados adicionales no estarán incluidos en la carta de invitación del NVC. Un peticionario cualificado aún puede presentar una solicitud al Programa HFRP a nombre de éstos, siempre que las solicitudes de esos beneficiarios derivados adicionales sean recibidas con el paquete de solicitud del beneficiario principal y usted, el peticionario, proporcione la evidencia necesaria para demostrar la relación cualificatoria del familiar derivado adicional.

Límites de Edad de los Beneficiarios

No hay límites de edad establecidos para los beneficiarios principales de los Formularios I-130. Sin embargo, cualquier hijo derivado debe ser menor de 21 años de edad al momento en que recibamos la solicitud presentada apropiadamente. La carta de invitación le advertirá que no puede presentar solicitudes al Programa HFRP para hijos derivados que tengan 21 años o más cuando presente la solicitud.

Los Formularios I-131 presentados a nombre de hijos derivados que tengan 21 años o más en la fecha en que recibamos la solicitud presentada apropiadamente serán denegados. No devolveremos los pagos de tarifas asociados a esas solicitudes.

Continuaremos el procesamiento de las solicitudes para cualquier otro beneficiario, incluido el beneficiario principal, su cónyuge y los hijos solteros mejores de 21 años.

Circunstancias que Pueden Afectar la Elegibilidad

Haitianos que viven fuera de Haití

Aunque el Programa HFRP está destinado para los haitianos que están en Haití, los haitianos que están fuera de Haití no están excluidos de acceder al programa y puede que aún sean elegibles para participar del programa. Si el beneficiario está en Estados Unidos u otro país, debe viajar a Haití para ser entrevistado para el Programa HFRP y poder ser considerado para el permiso humanitario.

Los beneficiarios que están en Estados Unidos, incluidos aquellos que tienen TPS, deben obtener primero un permiso adelantado de reingreso (“advanced parole”) con nosotros. Si no tienen el permiso adelantado de reingreso, no podrán regresar a Estados Unidos si se les deniegan sus solicitudes al Programa HFRP.

Si el beneficiario principal está en Estados Unidos u otro país y no regresa a Haití para la entrevista bajo el Programa HFRP, usted no puede presentar una solicitud a nombre de los familiares derivados del beneficiario principal ya que estas solicitudes serán denegadas. Los familiares derivados solo recibirán aprobación para el permiso humanitario si el beneficiario principal del Formulario I-130 que fue aprobado recibe aprobación del permiso humanitario.
Convertirse en Ciudadano Estadounidense

Si usted es un LPR y se convierte en ciudadano estadounidense después que presentó apropiadamente  con nosotros la(s) solicitud(es) al Programa HFRP, puede optar que sus “familiares inmediatos” continúen el procesamiento para obtener el permiso humanitario. Como alternativa, puede optar que sean procesados para obtener visas de inmigrante después que realicen el pago de todas las tarifas de visas de inmigrante correspondientes.

Si usted se convierte en ciudadano estadounidense antes de solicitar al Programa HFRP, denegaremos cualquier solicitud presentada a nombre de sus “familiares inmediatos”.
Matrimonio

Un cambio en el estatus civil (marital) de un familiar beneficiario del Formulario I-130 puede afectar la elegibilidad de su familiar al Programa HFRP.

Entre los familiares que no son elegibles al Programa HFRP si están casados están incluidos:

Un hijo para quien usted presentó un Formulario I-130 bajo la segunda categoría de preferencia basada en la familia. Si su hijo se ha casado después que aprobemos el Formulario I-130, ya no es considerado como menor bajo la INA*** y no es elegible para beneficiarse de la petición de visa. La segunda categoría de preferencia está disponible para los LPR que desean traer a sus cónyuges e hijos menores solteros a Estados Unidos, sin importar la edad de los hijos.

El hijo de un beneficiario principal para quien usted presentó el Formulario I-130, es conocido como un hijo derivado. Si el hijo se ha casado después que el Formulario I-130 fue aprobado, ya no es considerado como menor bajo la INA*** aún si no ha cumplido 21 años de edad, y no puede derivar el estatus del beneficiario principal.

***Sección 101(b)(1) de la INA define a un hijo menor como “una persona soltera menor de 21 años de edad.”

Proceso de Invitación

Si usted es elegible para solicitar al programa a nombre de sus familiares que están en Haití, recibirá una carta de invitación de parte del NVC. Se le enviará la invitación por correo a la última dirección que el NVC tiene para usted. Usted debe recibir la notificación del NVC sobre su elegibilidad al programa HFRP antes de presentar su solicitud.

La cantidad de invitaciones que se envían cada año depende de la cantidad de beneficiarios cuyas visas se esperan que estén disponibles dentro de entre 18 a 42 meses a partir de la fecha en que se envíe la invitación. La cantidad de invitaciones que se envían cada año pueden estar limitadas según la capacidad operacional del gobierno estadounidense en Haití y la disponibilidad de los recursos del gobierno federal para ayudar a los beneficiarios del programa.

Nota: Si usted es un peticionario que cree que puede ser elegible al Programa HFRP, por favor asegúrese que el NVC tenga su dirección postal actual. Puede contactar al NVC a través de su Formulario de Preguntas del Público. Si su abogado oficial ya no lo representa, por favor infórmeselo al NVC.

Cómo se Expiden las Invitaciones

Bajo el Programa HFRP, el NVC le expedirá invitaciones por escrito a los peticionarios de los Formularios I-130 que han sido aprobados, a base de la fecha en que se espera que las visas de inmigrante de sus familiares estén disponibles. Por lo general, una vez al año, el NVC identificará los Formularios I-130 con las fechas de presentación (fechas de prioridad) que se espera que estén disponibles dentro de entre 18 y 42 meses y expedirá invitaciones a los peticionarios estadounidenses.

Usted no será invitado a solicitar al Programa HFRP si:

  • Tiene que esperar menos de 18 meses desde el momento en que se expidió la invitación hasta el momento en que se espera que sus familiares reciban sus visas de inmigrante, ya que es probable que puedan emigrar a Estados Unidos casi tan rápido como a través del procesamiento tradicional de las visas de inmigrante.

    Por ejemplo, el cónyuge que está en Haití no sería elegible para recibir una invitación ahora, si:

    • Es el beneficiario de un Formulario I-130 que fue aprobado antes del anuncio del Programa HFRP, y
    • Se espera que su visa esté disponible dentro de 7 meses.
  • Las visas de inmigrante de sus familiares no estarán disponibles hasta dentro de más de 42 meses a partir de la fecha en que se expida la invitación

    Por ejemplo, su hermana que está en Haití no será elegible para recibir una invitación ahora, si:

    • Es la beneficiaria de un Formulario I-130 que fue aprobado antes del anuncio del Programa HFRP, y
    • Su visa no está disponible hasta dentro de cuatro años.

Sin embargo, ella puede ser elegible para recibir una invitación una vez la fecha de prioridad de su visa está dentro de cerca de 18 a 24 meses.

Cómo Solicitar al Programa HFRP

NO solicite al Programa HFRP hasta que el NVC le invite a solicitar.  Los posibles beneficiarios que están en Haití no pueden presentar solicitudes por sí mismos.

Aunque el Programa HFRP ofrece la posibilidad de que sus familiares puedan reunirse con usted en Estados Unidos mientras esperan que sus visas de inmigrantes estén disponibles, el programa no es adecuado para todos.

Por favor considere la información a continuación antes de solicitar a nombre de sus familiares:

  • No podemos predecir cuán rápido usted se reunirá con su familia bajo el Programa HFRP en comparación con el proceso de visa de inmigrante. Cuán rápido su familiar se reúna con usted en Estados Unidos dependerá de factores como por ejemplo cuán rápido su visa se pondrá disponible, cuán rápido usted puede solicitar al Programa HFRP a nombre de ellos, si le tenemos que pedir información adicional para que usted demuestre la elegibilidad de sus familiares al programa, y cuán rápido sus familiares pueden viajar a Estados Unidos después que se otorgue la aprobación.
  • Se espera que una persona que obtiene permiso humanitario para ingresar a Estados Unidos bajo el Programa HFRP solicite el estatus de LPR (obtenga una Tarjeta Verde) una vez la visa esté disponible. Anticipamos que las visas de los beneficiarios del Programa HFRP se pongan disponibles dentro de dos años después que estos obtengan el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos. Para solicitar una Tarjeta Verde, cada beneficiario (ya sea un beneficiario principal o un beneficiario derivado) debe presentar un Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus y el pago. No existen exenciones de tarifas. Ya que las tarifas están sujetas a cambios, debe verificar el desglose de tarifas de USCIS antes de presentar cualquier petición o solicitud.
  • Se requiere que los peticionarios presenten solicitudes simultáneas al Programa HFRP para todos sus familiares asociados con el mismo Formulario I-130 de base que fue aprobado. Los beneficiarios derivados que están en el Formulario I-130 solo serán considerados para obtener el permiso humanitario bajo el Programa HFRP si se le aprueba el permiso humanitario al beneficiario principal del Formulario I-130. Los beneficiarios derivados no son elegibles al Programa HFRP por sí mismos y cualquier Formulario I-130 que sea presentado en su nombre será denegado si al beneficiario principal no se le ha aprobado el permiso humanitario.
  • Los hijos listados en la aprobación del Formulario I-130 y que cumplieron o cumplirán 21 años de edad antes de que se presente la solicitud al Programa HFRP con nosotros no serán elegibles para participar del Programa HFRP. La fecha en que la solicitud es considerada como presentada es la fecha en que dicha solicitud es recibida en la oficina de USCIS indicada en la carta de invitación del NVC.  Si usted presenta una solicitud a nombre de un hijo derivado y la recibimos después que el hijo ha cumplido 21 años de edad, denegaremos su solicitud.
  • Puede que solicitar al Programa HFRP no proporcione una reunificación familiar más rápida para aquellos LPR que esperan naturalizarse dentro de un año. Una vez los LPR se conviertan en ciudadanos estadounidenses, las visa de inmigrante para su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años estarán disponibles inmediatamente. Por esto, aún si han sido invitados a solicitar al Programa HFRP, los LPR que están próximos a convertirse en ciudadanos estadounidenses no deberán presentar sus Formularios I-131 sin primero evaluar los costos y beneficios del Programa HFRP versus el procesamiento de visas de inmigrante.

Cómo Presentar la Solicitud

Aviso: Si usted pierde la invitación que le envió el NVC, nosotros aún aceptaremos su paquete de solicitud. Sin embargo, debe enviar toda la documentación requerida restante cuando presente el paquete de solicitud con la Localidad Segura (Lockbox) de USCIS.

Usted no puede solicitar al Programa HFRP hasta que reciba una invitación del NVC. Si solicita al programa y no es elegible, denegaremos su solicitud y no le devolveremos sus tarifas de presentación.

Si desea que sus familiares sean considerados bajo el Programa HFRP, debe seguir las instrucciones de presentación específicas que se indican en la carta del NVC (también incluidas a continuación) y presentar la documentación requerida en la Localidad Segura (Lockbox) y fecha indicadas en la carta:

  1. Complete el Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje:
    • Complete un Formulario I-131 individual por cada familiar elegible a participar en el Programa HFRP.
    • Complete las partes 1, 2, 7, 8 y 9 del Formulario I-131;
    • Tenga en cuenta que la Parte 1 le pide información sobre usted, el peticionario;
    • En la Parte 2, Tipo de Solicitud (Application Type), marque la casilla 1.F, I am applying for an Advance Parole Document for a person who is outside the United States (Solicito un Documento de Permiso Adelantado de Reingreso para una persona que está fuera de Estados Unidos). Los Ítems 2.A. – 2.P. solicitan información sobre su familiar, el beneficiario;
    • En la Parte 8, firme usted el formulario, en calidad de peticionario;
    • Escriba “HFRP”, en mayúsculas, en la parte superior del Formulario I-131;
    • Incluya dos fotos a color tipo pasaporte del familiar;
    • Incluya una fotocopia del Formulario I-797, Notificación de Acción, de aprobación del Formulario I-130, o un impreso del Estatus de mi Caso En Línea que muestre la aprobación; e
    • Incluya la tarifa correspondiente o una solicitud de exención de tarifas. Lea las secciones Tarifa de Presentación e Instrucciones Especiales de la página del Formulario I-131 para encontrar información sobre qué tarifas debe pagar. (Los solicitantes pueden solicitar una exención de tarifas mediante la presentación del Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas. Para instrucciones, ve nuestra página Guía de Exenciones de Tarifas.
  2. Complete el Formulario I-134, Declaración Jurada de Patrocinio Económico
    • Complete un Formulario I-134 individual por cada familiar. Siga las instrucciones proporcionadas en la página web del Formulario I-134. Si lo necesita, puede presentar Formularios I-134 de parte de varios patrocinadores para demostrar que existen los ingresos o recursos suficientes para patrocinar a cada familiar.
  3. Incluya una copia de la carta de invitación del NVC:
    • Incluya una fotocopia de la carta del NVC que le notifica de su elegibilidad para solicitar al Programa HFRP a nombre de sus beneficiarios.

Aviso: Usted debe presentar un Formulario I-131 individual y un Formulario I -134 individual por cada familiar que desee que sea considerado para obtener el permiso humanitario bajo el Programa HFRP. Usted debe pagar cualquier tarifa correspondiente por cada solicitud o petición de exención de tarifas.

Cómo Presentar su Paquete de Solicitud

Usted debe presentar simultáneamente las solicitudes para todos los familiares elegibles asociados con el mismo Formulario I-130 de base que fue aprobado, de manera que puedan ser procedas conjuntamente. Presente todas las solicitudes y documentos de apoyo relacionados, incluidas las tarifas de presentación o una solicitud de exención de tarifas, en un mismo paquete a esta dirección únicamente:

USCIS
P.O. Box 8500
Chicago, IL 60680-4120

No enviar todas las solicitudes juntas puede impactar nuestra capacidad de determinar la elegibilidad de sus familiares al programa y puede resultar en la denegación de todas o algunas de las solicitudes relacionadas.

En estos momentos, usted no puede presentar su solicitud de manera electrónica a través de nuestro sistema de presentación electrónica. Debe enviar su solicitud por correo a la localidad que se le indica en la carta de invitación.

Fecha Límite para Presentar Solicitudes

La carta de invitación del NVC le indicará la fecha límite para presentar solicitudes. Por lo general, los peticionarios que son invitados a participar del Programa HFRP tienen seis meses a partir de la fecha de la carta de invitación para presentar sus solicitudes. La razón para esta fecha límite es que los beneficios del programa HFRP tienen límites de tiempo. Para obtener el beneficio de una reunificación familiar más rápida debe enviar las solicitudes a este programa de manera oportuna.

Procesamiento de su Solicitud

Después de que usted presente su solicitud en la Localidad Segura (Lockbox) de USCIS, el paquete de solicitud será enviado al centro de servicio de USCIS para adjudicación. El centro de servicio verificará que la solicitud fue presentada por un peticionario cualificado, lo que significa que usted recibirá una carta para solicitar al programa. Además, el centro de servicio revisará la documentación y determinará si el beneficiario está cualificado para recibir el permiso humanitario. El centro de servicio puede solicitar evidencia adicional, denegar o aprobar su solicitud de manera condicional.

Si el centro de servicio aprueba su solicitud de manera condicional, la enviarán al NVC. Ellos le notificarán dentro de 60 días que han recibido su caso.

Si denegamos el Formulario I-131 que presentó bajo el Programa HFRP, la decisión será final. Sin embargo, si denegamos su Formulario I-131, el beneficiario aún puede ser elegible para procesamiento de visa de inmigrante a base de su Formulario I-130 de base que fue aprobado en su nombre. Cuando la visa de inmigrante de esa persona esté disponible, contactarán al NVC para comenzar el proceso de solicitud de la visa de inmigrante.

Puede tomar cerca de 6 meses procesar una solicitud HFRP desde el momento en que la recibimos hasta que se expida el documento de viaje. El tiempo requerido para alcanzar una decisión en su caso dependerá en los asuntos planteados y si requerimos evidencia adicional.

Solicitudes de Evidencia

Si el centro de servicio determina que una solicitud carece de la evidencia requerida o que se necesita tener evidencia o información adicional, el centro de servicio le enviará una Solicitud de Evidencia (RFE, por sus siglas en inglés). Usted debe proporcionar la evidencia, o demostrar que la evidencia no está disponible y enviar evidencia segundara en su lugar. Denegaremos su solicitud si no responde al RFE dentro del plazo requerido.

Entrevista

Aviso: El NVC programa las citas. Por favor, no intente programar una cita directamente con una Oficina Local de USCIS ni con la Embajada Estadounidense en Puerto Príncipe.

El NVC se pondrá en contacto con usted y con el beneficiario principal en relación con cualquier requisito adicional y para la programación de la entrevista del beneficiario. En la fecha de la entrevista, un oficial de USCIS en Puerto Príncipe entrevistará al beneficiario principal y a los beneficiarios derivados para verificar sus identidades y confirmar su elegibilidad para obtener el permiso humanitario bajo el Programa HFRP.

Si usted olvida la fecha de entrevista de su familiar, puede ponerse en contacto con el NVC a través de su Formulario de Preguntas del Público.

Cómo Prepararse para la Entrevista

La otorgación del permiso humanitario no es automática. Ejerceremos nuestra discreción para otorgar el permiso humanitario según cada caso individual. Por lo general, solo otorgamos el permiso humanitario a los beneficiarios que cumplen con los requisitos de elegibilidad de HFRP y también:

Esto incluye que:

  • Pasen una verificación de antecedentes;
  • Pasen un examen médico;
  • Resulten admisibles a Estados Unidos; y
  • Obtengan una discreción favorable en su caso.

El día de la entrevista, los beneficiarios deben llevar:

  • Una identificación con foto expedida por el gobierno;
  • Pasaporte
  • Documentos civiles en originales que demuestren su elegibilidad al programa, además de traducciones certificadas de esos documentos al idioma inglés;
  • Resultados de los exámenes médicos; y
  • Una copia de su notificación de programación de cita de entrevista.

Debe presentarle esos documentos al oficial para que este los revise el día de la entrevista. La notificación de cita de entrevista que recibió de parte del NVC contendrá información adicional sobre la documentación necesaria y las instrucciones sobre cómo obtener el examen médico.

Los haitianos que han cometido crímenes serios o que no pasen las verificaciones de antecedentes no obtendrán el permiso humanitario.

La INA nos otorga la autoridad para ejercer nuestra discreción para autorizar un permiso de permanencia temporal por razones humanitarias o beneficio público significativo.

Proceso Después de la Entrevista

Aviso: Los beneficiarios no deben tomar decisiones permanentes – tales como vender o comprar propiedades, dejar un empleo o salirse de la escuela – hasta tanto tengan el documento de viaje de permiso humanitario HFRP en sus manos.

Si el viaje es aprobado

  • El personal de la Embajada Estadounidense le expedirá los documentos de viaje necesarios para el beneficiario que está en Haití. Estos documentos de viaje le permitirán al beneficiario a viajar a Estados Unidos y solicitar permiso de ingreso con un oficial del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés) en un puerto de entrada.
  • Los beneficiarios que viajan a Estados Unidos bajo el Programa HFRP deben programar y pagar su propio viaje.

Si el viaje no es aprobado

La oficina de USCIS en Puerto Príncipe les enviará una notificación por escrito a los beneficiarios a quienes no se les ha aprobado el viaje hacia Estados Unidos. Usted, en calidad de peticionario, también recibirá una notificación por escrito de la decisión.

Si Denegamos su Permiso Humanitario

  • Nuestra decisión sobre el permiso humanitario es final, y no existe derecho para apelarla.
  • Si le denegamos el permiso humanitario a un beneficiario, puede que este aún sea elegible para procesamiento de visa de inmigrante a base de la aprobación del Formulario I-130 que fue presentado en su nombre.
  • En algunas circunstancias, la razón por la cual se deniega el permiso humanitario puede conllevar que revoquemos la aprobación del Formulario I-130 de base del beneficiario. Si revocamos la aprobación del Formulario I-130, el beneficiario ya no será elegible para obtener una visa de inmigrante. Tomaremos esas determinaciones según cada caso individual.

Permiso Humanitario o de Beneficio Público Significativo

Las personas están en Haití pero que no son elegibles a participar del programa HFRP y tienen razones humanitarias urgentes o de beneficio público significativo para venir a Estados Unidos, pueden ser elegibles para solicitar un permiso de permanencia temporal bajo el proceso estándar del permiso de permanencia temporal. Por ejemplo, existen circunstancias en las que un familiar que es particularmente vulnerable y fuera dejado en Haití pueda tener razones humanitarias urgentes para unirse a su familiar que está en Estados Unidos.

Para obtener información sobre cómo solicitar el permiso de permanencia temporal mediante el proceso estándar vea nuestra página Permiso Humanitario o de Beneficio Público Significativo para Personas que Viven Fuera de Estados Unidos.

 

Una vez Otorgamos el Permiso Humanitario

Si otorgamos el permiso humanitario en virtud del programa HFRP, el Departamento de Estado o USCIS emitirá los documentos de viaje necesarios para el beneficiario que está en Haití. Estos documentos de viaje le permitirán al beneficiario viajar a Estados Unidos y obtener el permiso de permanencia temporal con un oficial del CBP en un puerto de entrada.

El permiso de permanencia temporal le permite a una persona estar legalmente presente en Estados Unidos y solicitar autorización de empleo. Este permiso no le otorga estatus de inmigración legal en Estados Unidos.

Sin embargo, se espera que los beneficiarios del Programa HFRP a quienes se le otorgue el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos soliciten el estatus de residente permanente tan pronto como su visa de inmigrante esté disponible – usualmente dentro del plazo de 2 años desde que obtuvo su permiso de permanencia temporal (permiso humanitario).

Permiso Humanitario Bajo el Programa HFRP

Si a usted se le otorga un permiso de permanencia temporal (permiso humanitario) bajo el Programa HFRP, usted entrará a EE.UU. en calidad de persona que tiene permiso de permanencia temporal (“parolee”).

Cuando usted llega a un puerto de entrada de Estados Unidos, presentará sus documentos de viaje a un oficial de CBP. CBP revisará los documentos, y si todo está en orden, le otorgará el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos por un plazo de 3 años.

El permiso de permanencia es temporal y, por sí solo, no lo hace elegible para obtener una Tarjeta Verde (Green Card). Simplemente le permite permanecer en Estados Unidos por el periodo por el cual está autorizado el permiso y solicitar autorización de empleo. Para obtener un estatus permanente (Green Card), usted debe presentar una solicitud y cumplir con los requisitos del estatus permanente.

Cómo Solicitar una Tarjeta Verde (Green Card)

Una vez que su visa de inmigrante esté disponible, por lo general a los dos años de que obtuvo el permiso de permanencia temporal en EE.UU.,  debe solicitar el estatus de residencia permanente legal (Green Card).

Para solicitar una Tarjeta Verde (Green Card) debe presentar el Formulario I-1485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar Estatus, con la tarifa correspondiente. Puede encontrar las instrucciones sobre cómo presentar el Formulario I-485 en www.uscis.gov/es/formularios/i-485.

Si una Visa de Inmigrante No Está Disponible Cuando Expire el Permiso de Permanencia Temporal

Si su visa de inmigrante aún no está disponible al momento en que expire su permiso de permanencia temporal (permiso humanitario), debe solicitarle a USCIS una nueva autorización y pagar la tarifa requerida (o solicitar una exención de tarifas).

Si usted permanece en Estados Unidos después de que caduque el periodo de autorización de su permiso de permanencia temporal sin haber solicitado un ajuste de estatus o una extensión de su periodo de permiso, usted estará en estatus ilegal, y esto puede traer serias consecuencias de inmigración.

Cómo Solicitar la Autorización de Empleo

Una vez se le otorgue el permiso humanitario para permanecer temporalmente en EE.UU. bajo el Programa HFRP, usted será elegible para solicitar autorización de empleo de parte de USCIS.

Para solicitar autorización de empleo, debe presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, con la tarifa requerida.

Elegibilidad para Ciertos Beneficios

Una vez usted haya obtenido el permiso humanitario bajo el Programa HFRP, usted cumple con la definición de “persona Cubana/Haitiana que ingresa a EE.UU.” y puede que sea elegible para obtener beneficios públicos.*

Usted será elegible para solicitar beneficios y servicios a partir de la fecha en que comenzó su estatus como persona Cubana/Haitiana que ingresa a EE.UU. Esta es la fecha en que usted entra a EE.UU. bajo el permiso humanitario.

Usted también será elegible para servicios de orientación inicial a través del Programa de Participantes Cubanos-Haitianos (CHEP, por sus siglas en inglés). Aunque los servicios de orientación solo están disponibles actualmente en Miami, estamos trabajando con nuestros socios de CHEP para explorar las posibilidades de ampliar estos servicios a otros lugares. Puede encontrar información adicional en nuestra página de CHEP.

*Vea la sección 501(e)(1) de la Ley de Educación y Asistencia a Refugiados (REAA, por sus siglas en inglés) de 1980.

Tarifas de Solicitud y Costos Estimados Asociados con Convertirse en Residente Permanente Legal (LPR)

Usted debe pagar la tarifa de presentación del Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, que actualmente es $575, por cada solicitud al Programa HFRP que usted presente por cada familiar, o puede solicitar una exención de tarifa. Ya que las tarifas están sujetas a cambios, usted debe verificar el Desglose de Tarifas antes de presentar cualquier petición o solicitud. También debe cubrir los costos asociados con asistir a la entrevista en Puerto Príncipe, incluidos los exámenes médicos y viajar a Estados Unidos.

Para trabajar en Estados Unidos, los beneficiarios del Programa HFRP tienen que presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, después de ingresar a Estados Unidos. La tarifa es de $410. Los solicitantes pueden pedir una exención de tarifas mediante el Formulario I-912, Petición de Exención de Tarifas. Para instrucciones, por favor vea las Guías para la Petición de Exención de Tarifas de USCIS.

Como beneficiarios de este programa, sus familiares pueden solicitar el estatus de residente permanente legal una vez que sus visas estén disponibles. Anticipamos que las vistas para todos los beneficiarios del Programa HFRP estén disponibles aproximadamente dentro del periodo de dos años después de haber obtenido permiso de permanencia temporal en los Estados Unidos.

Sus familiares deberán pagar una tarifa para obtener el estatus de residente permanente legal (Tarjeta Verde).Para solicitar la Tarjeta verde, deben presentar el Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajuste de Estatus una vez su visa esté disponible. Actualmente, la tarifa es $1,225 (incluye el cargo de $85 por concepto de servicios biométricos). No hay exención de tarifas disponible. Todas las tarifas están sujetas a cambios, por lo que debe verificar el desglose de tarifas de USCIS antes de presentar cualquier petición o solicitud.

El costo total para obtener autorización de empleo y convertirse en residente permanente legal si primero le fue concedido permiso de permanencia temporal bajo el Programa HFRP (incluido el costo de la solicitud al Programa HFRP), es aproximadamente $2,210. En comparación, el costo que tiene entrar a Estados Unidos con una visa de inmigrante es $665.Una persona que ingresa como inmigrante tiene estatus de residente permanente legal y está autorizada a trabajar luego de ser admitida a Estados Unidos, por lo que no existen costos adicionales para solicitar una autorización de empleo.

En muy pocos casos, una visa de inmigrante podría estar disponible para una persona mientras su caso es procesado bajo el Programa HFRP. En dichos casos, la persona podría continuar con su proceso para el permiso de ingreso, o podría optar por ser procesado por el Departamento de Estado para una visa de inmigrante. Se le requerirá a dicha persona que pague cualquier tarifa asociada con dicho proceso y no reembolsaremos la tarifa de presentación del Programa HFRP.

La tabla a continuación explica la cantidad total de tarifas que usted pagará según la manera en que ingresa a los Estados Unidos y obtiene la residencia permanente legal (Tarjeta Verde).

Si viene a los Estados Unidos Debe presentar Y pagar Costo Total por persona
A través del Programa HFRP, entonces debe solicitar un ajuste de estatus
  • Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje
  • Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo **
Formulario I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar Estatus + Servicios Biométricos ($985 + 85)

$575

$410

$1,225
$2,210
A través de una visa de inmigrante
  • Tarifa de presentación de solicitud de Visa de Inmigrante (para un Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, que ha sido aprobado)
  • Revisión de la Declaración Jurada de Patrocinio Económico de parte del Departamento de Estado
  • Tarifa de Inmigrante de USCIS (en línea)

$325

$120

$220
$665

*Tarifas válidas a partir del 23 de diciembre de 2016, y están sujetas a cambios.

** No se le requiere ajuste al estatus de residente permanente. Sin embargo, si un beneficiario HFRP desea trabajar en los Estados Unidos ante de obtener su Tarjeta Verde, debe solicitar autorización de empleo.

Estos costos están relacionados con los procesos de inmigración descritos arriba para convertirse en residente permanente legal y no tienen el propósito de representar cualquier otro costo o beneficio que podrían estar asociados con el permiso de ingreso o el estatus de residente permanente legal en los Estados Unidos.

Trasfondo del Programa

Creamos el Programa HFRP en diciembre 18 de 2014 para promover la unidad familiar reduciendo el tiempo que los ciudadanos estadounidenses y los residentes permanentes legales están separados de sus seres queridos que están en Haití. El programa también apoya las metas de Estados Unidos respecto a la reconstrucción a largo plazo y el desarrollo de Haití, al permitir que los beneficiarios del programa HFRP trabajen en los Estados Unidos y contribuyan a Haití a través de sus remesas, si así desean hacerlo.

Buscamos beneficiar con el programa HFRP a tantas personas como sea posible, mientras también considera las capacidades operacionales del gobierno estadounidense, especialmente de la Embajada Estadounidense en Puerto Príncipe, y los recursos disponibles para ayudar a los beneficiarios del programa.

Anticipamos llevar a cabo anualmente cerca de 5,000 entrevistas para el Programa HFRP.  Esta cantidad podría fluctuar cada año dependiendo de las capacidades operacionales de la Embajada Estadounidense en Puerto Príncipe y en la cantidad de personas que solicitan al programa cuando sean invitados a ello.

Cómo Protegerse de las Estafas

Cuando comience a solicitar al Programa HFR, es recomendable que recuerde:

  • El NVC solo lo contactará a usted por escrito y solo le enviará correspondencia a una dirección en Estados Unidos. El NVC comenzó a contactar a los peticionarios elegibles en Estados Unidos en marzo de 2015. Cualquier contacto o solicitud hecha antes de esa fecha fue autorizada por nosotros y no es válido. Por favor visite nuestra página Cómo Reportar Estafas de Inmigración para aprender más sobre cómo reportar correspondencia sospechosa.
  • USCIS y el Departamento de Estado les exhorta a usted y a sus familiares a estar atentos sobre la posibilidad de que personas que reclaman ser representantes del gobierno estadounidense le pidan dinero.  Estas personas, comúnmente conocidos como “estafadores” pueden intentar engañarlo para hacer que usted les pague dinero al ofrecerle ayudarlo a presentar una solicitud con el Programa HFRP. Para aprender más sobre las estafas de inmigración más comunes y cómo reportar a los estafadores, por favor visite nuestra página Evite Estafas.
  • Los sitios web que terminan en “.gov” son los sitios web oficiales del gobierno. La información contenida en un sitio web oficial del gobierno que termina en “.gov” es la información oficial y correcta. Las direcciones oficiales de correo electrónico del gobierno también terminan en “.gov”, y cualquier correspondencia que venga de una dirección que no termina en “.gov” debe considerarla como sospechosa.
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