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EMBAJADA DE EL SALVADOR
2308 California Street, N.W.
Washington, DC 20008

 

La Embajada de la República de El Salvador saluda muy atentamente al Departamento de Estado y desea referirse a la nota del Departamento fechada 7 de marzo de 2000 relativa al Memorándum de Entendimiento entre el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Gobierno de la República de El Salvador Concerniente a la Imposición de Restricciones de Importación sobre Ciertas Categorías de Material Arqueológico Procedente de Culturas Prehispánicas de la República de El Salvador hecho en Washington el 8 de marzo de 1995 (en adelante "el MOU").

La Embajada de la República de El Salvador, en nombre del Gobierno de la República de El Salvador, por el presente declara su aceptación de la prórroga del MOU por un período adicional de cinco años, así como la sustitución del Artículo II del MOU por el Artículo II adjunto a la nota mencionada anteriormente (que también se adjunta a la presente). Por lo tanto, esta nota y la nota del Departamento de Estado de 7 de marzo de 2000 constituyen un acuerdo para prorrogar y enmendar el MOU, que entrará en vigor en la fecha de la presente nota y será efectivo a partir del 8 de marzo de 2000.

La Embajada de la República de El Salvador aprovecha la oportunidad para renovar al Departamento de Estado las seguridades de su más alta consideración.

Anexo: Como se indica

Embajada de la República de El Salvador,
Washington, 7 de marzo de 2000

ANEXO

Artículo II

A. El Gobierno de la República de El Salvador hará uso de sus mejores esfuerzos para estimular los préstamos de largo y corto plazo, para fines científicos y de investigación, de sus materiales arqueológicos bajo circunstancias en las cuales tal intercambio no haga peligrar su patrimonio cultural, y cuando sea compatible con las obligaciones del Consejo Nacional para la Cultura y el Arte (CONCULTURA), que se cumplan de acuerdo con la Ley Especial para la Protección del Patrimonio Cultural de El Salvador.

B. Los representantes del Gobierno de los Estados Unidos de América participarán en un esfuerzo conjunto con los representantes del Gobierno de la República de El Salvador, para publicar y hacer cumplir este Memorándum de Entendimiento.

C. El Gobierno de los Estados Unidos de América continuará haciendo uso de sus mejores esfuerzos para facilitar la asistencia técnica en la administración y seguridad de los recursos culturales a El Salvador, según proceda conforme a los programas existentes en los sectores públicos y/o privados.

D. Ambos países se esforzarán por estimular a las instituciones académicas, instituciones no gubernamentales y otras organizaciones privadas para que cooperen en el intercambio de conocimientos e información acerca del patrimonio cultural de El Salvador y por colaborar en la preservación y protección de dicho patrimonio cultural, a través de la asistencia técnica apropiada, entrenamiento y recursos.

E. El Gobierno de la República de El Salvador utilizará sus mejores esfuerzos para continuar sistemáticamente el registro de la propiedad cultural según lo estipulen sus leyes.

F. El Gobierno de la República de El Salvador continuará y fortalecerá, donde sea posible, su esfuerzo de educar al público, en lo relativo a su Ley Especial de 1993 y a la importancia de proteger los sitios arqueológicos.

G. El Gobierno de la República de El Salvador continuará en su tarea de fortalecer la cooperación técnica y financiera dentro de Centro América y especialmente con los Estados vecinos inmediatos, así como con organizaciones internacionales, para la protección del patrimonio cultural de la región.

H. El Gobierno de la República de El Salvador utilizará sus mejores esfuerzos para asegurar el cumplimiento, la interdicción y el enjuiciamiento de las exportaciones ilícitas de materiales arqueológicos y para que se hagan públicos los registros de las detenciones relacionadas con los saqueadores y el embargo de la propiedad cultural.


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Revised: October 31, 2001
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