Embassy Seal US Department of State
Embassy of the United States to Paraguay flag graphic
 
U.S. Citizen Services
Information For Travelers
Public Services
Passports
Medical Information
Birth Abroad
Federal Benefits Unit

INFORMACION GENERAL PARA VISA DE ESTUDIANTES

La Ley de Inmigración y Nacionalidad establece dos categorías de visa de no inmigrante para
las personas que desean estudiar en los Estados Unidos. La visa F corresponde a estudios académicos (colegios primarios y secundarios, universidades, conservatorios, otras instituciones academicas o cursos de inglés). La visa M corresponde a estudios no académicos o vocacionales. Para poder recibir una visa de estudiante, el aplicante deberá reunir los siguientes requisitos:

DOCUMENTACION:

Para solicitar una visa de estudiante para estudios académicos o de idioma, el interesado debe haber sido aceptado para asistir a un curso completo en una institución académica. El estudiante debe presentar al funcionario consular el formulario I-20, Certificado de Aptitud para la Condición de Estudiante no inmigrante de Estudiantes Académicos y de idioma. El I-20 debe estar firmado por el estudiante y el funcionario de la escuela indicada ( normalmente el Superintendente). El aplicante que solicita una visa de estudiante para realizar estudios vocacionales, debe haber sido aceptado para asistir a un curso completo en una institución académica aprobada por el Fiscal General. El estudiante debe presentar el formulario I-20 M-N, Certificado de Aptitud para la Condición de Estudiante no Inmigrante (M-1) De Estudios Vocacionales, debidamente completo y firmado por el solicitante y el funcionario de la escuela designada.
En ambos casos los aplicantes deberán presentar también los formularios: DS-156, DS-157 y DS-158, una foto carnet 5 x 5 cm color o blanco y negro, con fondo claro, el pasaporte legalizado, el recibo de pago del Citibank ( u$ 100, pero se paga en guaranies) por la aplicación de la visa. Además se debe presentar toda la información que se pide para los solicitantes de visa no inmigrante (chequear hoja explicativa).
Para solicitar una entrevista se debera llamar al telefono 212-098 de 08.00 a 10.00 y de 15.00 a 17.00 de Lunes a Jueves. Debera tener a mano el numero de pasaporte del aplicante y el numero de recibo de pago. El mismo tiene una validez de un año y no es reembolsable.

RECURSOS FINANCIEROS:

El solicitante de visa de estudiante F-1 debe presentar evidencia de que dispone de medios confiables e identificables para afrontar todos los gastos de sostenimiento y de la escuela durante todo el período de estudio en los Estados Unidos. Esta evidencia puede traducirse en
extractos de cuentas bancarias, cajas de ahorro, etc. Especificamente el solicitante debe presentar documentos que prueben que dispone de fondos en forma inmediata para afrontar
todos los gastos del primer año de estudio y que ante circunstancias imprevistas dispondrá de fondos para cada año posterior al estudio. El solicitante de visa M-1 debe tener evidencia que posee fondos suficientes y que puede disponer en forma inmediata a los mismos para abonar todos los costos emergentes de la enseñanza y de su sostenimiento durante todo el período que desea estudiar.


NIVEL ACADEMICO:

El solicitante de visa de estudiante debe haber completado satisfactoriamente un curso normalmente requerido para inscribirse en el nivel de estudio de que se trata. A no ser que el estudiante participe exclusivamente en un programa de entrenamiento en idioma inglés, debe tener fluidez en inglés para aspirar al curso correspondiente, o la escuela debe haber hecho los arreglos necesarios para que tome clases del idioma inglés o dictar el curso en el idioma nativo del estudiante.


RESIDENCIA EN EL EXTERIOR:

Los solicitantes de visa de estudiante deben establecer a satisfacción del funcionario consular que tienen residencia en un país extranjero y que no tienen intenciones de abandonarlo y que dejarán los Estados Unidos una vez concluído sus estudios.


FAMILIARES:

El cónyuge o hijo de un estudiante puede también recibir una visa de no inmigrante a efectos de acompañar al solicitante principal. Los integrantes de la familia deben cumplir con todos los requisitos de visa, incluyendo la evidencia de que poseen fondos suficientes para su sostenimiento y que dejarán los Estados Unidos una vez concluído el programa de estudio.

EMPLEO DEL ESTUDIANTE:

Un estudiante F-1 no puede aceptar trabajo fuera de la universidad en ningún momento durante el primer año de estudio. En circunstancias especiales el Servicio de Inmigración y Naturalización puede conceder permiso para aceptar trabajo fuera de la universidad transcurrido un año. Los estudiantes F-1 pueden aceptar trabajo dentro de la universidad sin permiso del Servicio de Inmigración. El estudiante M-1 no podrá aceptar empleo alguno excepto un empleo temporario para su capacitación práctica. Los conyuges e hijos de estudiantes no pueden aceptar trabajo en ningún momento.

ASISTENCIA A COLEGIOS PUBLICOS

En el año 1996 una nueva ley , estableció que el estudiante extranjero solo podrá asistir por un año y tendrá que demonstrar que ha pagado a la Agencia encargada de administrar dicho colegio, el equivalente al costo del año escolar por capita de un alumno regular.

CONFIRMACION DE SEVIS

Cada colegio, instituto u universidad, deberá cargar los datos del alumno en el programa especialmente diseñado por el Servicio de Inmigración que se llama SEVIS. Las visas no se podrán otorgar hasta tener dicha confirmación.

PAGO DE TASA DE SEVIS

Las personas que aplican por visas F, M y J cuyos I-20 o Ds-2029 fueron emitidos a partir del 01 de Septiembre del 2004, deberan pagar la tasa del SEVIS, antes de aplicar por la visa. Dicha tasa se fijo en U$ 100. En caso de una familia, solo el aplicante principal debera realizar el pago. Se recuerda que para la entrevista, el aplicante debera traer consigo el recibo de pago de la tasa.
Para realizar dicho pago uno debe entrar a la pagina www.fmjfee.com


back to top ^

Embassy of the United States