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DECLARACIÓN MINISTERIAL CONJUNTA MÉXICO - EUA ACERCA DE LOS DERECHOS LABORALES DE LOS TRABAJADORES MIGRATORIOS 

El Secretario del Trabajo y Previsión Social de México, Carlos María Abascal, y la Secretaria del Trabajo de los Estados Unidos de América, Elaine L. Chao, ratifican su compromiso de promover al máximo el cumplimiento de las leyes laborales para proteger a todos los trabajadores, en el ámbito de su competencia.  La aplicación vigorosa de dichas leyes incluye protecciones básicas para garantizar el pago de salario mínimo y lugares de trabajo seguros y saludables para todos los trabajadores, sin importar su condición migratoria. 

La reciente decisión de la Suprema Corte de Estados Unidos sobre el pago de indemnización a trabajadores migratorios ha generado interrogantes en ambos países respecto a la aplicación de las leyes laborales.  El cumplimiento de dichas leyes, --en particular aquéllas que tutelan los derechos de los trabajadores migratorios y de bajos ingresos, quienes se encuentran entre los más vulnerables,-- es una prioridad que comparten la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de México y el Departamento de Trabajo de EUA.  

Con el propósito de reafirmar esta prioridad compartida, ambos Secretarios oportunamente instruyeron a funcionarios de alto nivel a emprender consultas sobre las implicaciones de la decisión de la Suprema Corte acerca de los derechos laborales de los trabajadores migratorios en Estados Unidos, y a desarrollar áreas de cooperación bilateral.  Los funcionarios designados por los Secretarios se reunieron hace diez días en México para iniciar las consultas.

Las consultas se abocarán a atender temas que requieren colaboración entre las autoridades laborales y de otras dependencias federales de ambos países, con fundamento en la determinación común de hacer respetar los derechos laborales de todos los trabajadores, en particular los migratorios.  En tanto se desahogan las consultas, la Secretaria del Trabajo de EUA asegura que la decisión de la Suprema Corte de su país en el caso Hoffman no impedirá ni inhibirá la aplicación permanente de las normas laborales pertinentes, en particular aquéllas que garantizan salarios mínimos y lugares de trabajo seguros y saludables para todos los trabajadores en ese país, sin importar su condición migratoria.  

(Emitida simultáneamente en la ciudad de México y en Washington, D.C., 
el 15 de abril de 2002)  


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