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  Actualizada: 03/IX/04

Preguntas frecuentes sobre Visas de inmigrante

English version

¿Dónde puedo conseguir información sobre cómo inmigrar a Estados Unidos?
¿Dónde puedo encontrar información sobre el estado de una solicitud de Visa de Inmigrante?
¿Cuánto se demora un caso en llegar del National Visa Center a la Embajada?
¿Dónde puedo encontrar la fecha de una cita para un caso de Visa de Inmigrante?
¿Cuál es el procedimiento para presentar una solicitud de Visa de Inmigrante para un familiar?
¿Es necesario pedir cita para presentar solicitud de Visa de Inmigrante para un familiar en la Embajada?
¿Es necesario que el solicitante esté presente cuando se presenta la solicitud de Visa de Inmigrante?
¿Cuáles documentos se requieren para presentar una solicitud de Visa de Inmigrante?
¿Cuál es el procedimiento para presentar una solicitud de Visa de Inmigrante para el/la cónyuge de un residente en EE.UU.?
Una vez que se ha fijado la fecha de la cita, ¿el/la solicitante puede hacer planes para viajar?
¿Qué debe hacer un solicitante que no haya recibido los Paquetes 3 y 4?
¿Cuáles documentos necesita el/la solicitante para la cita de entrevista?
¿Es necesario que el/la ciudadano/a estadounidense esté presente para la entrevista del solicitante?
Si el/la ciudadano/a estadounidense no ha trabajado en los últimos tres años, ¿necesita presentar un Formulario I-864? ¿Qué sucede si el/la ciudadano/a estadounidense ha estado viviendo fuera de EE.UU.? ¿Qué se le exige sobre impuestos?
¿Dónde se puede hacer autenticar un Formulario I-864 (Affidavit of Support)?
¿Cuáles son los requisitos para actuar como co-fiador para una Visa de Inmigrante?
¿Cuáles son los requisitos para las fotografías?
¿Cuándo puede el solicitante ir a sus exámenes médicos?
Para la solicitud de Visa de Inmigrante, ¿sirve un examen médico reciente hecho por un médico que no sea el aprobado por la Embajada?
¿Cuáles médicos debe usar el solicitante para sus exámenes para la Visa de Inmigrante?
¿Qué sucede si el/la solicitante pierde su cita para la entrevista?
¿Cuál es el procedimiento para las Visas V y K?
Si al solicitante se le niega la Visa de Inmigrante según la Sección 221G de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, ¿debe pedir otra cita?
¿Qué es un proceso administrativo y cuánto demora?
¿Cuánto tiempo puede permanecer fuera de EE.UU. un residente con tarjeta verde?
¿Qué debe hacer un residente si se le pierde o le roban su tarjeta verde?
¿Por qué demora tanto un proceso de pedido de perdón?
¿Cómo se puede solicitar asilo político?
¿Puede un abogado acompañarme o participar en la entrevista para la Visa de Inmigrante?
¿Una persona de otro país (i.e. no de Colombia) puede hacer que envíen su solicitud a la Embajada en Bogotá?
¿Cuánto tiempo después de haber sido aprobada mi visa de inmigrante la recibiré?
¿Mi abogado puede comunicarse con la Embajada para averiguar sobre mi caso?
Si envío un correo electrónico sobre mi caso a la Unidad de visas de inmigrante, ¿recibiré respuesta?



¿Dónde puedo conseguir información sobre cómo inmigrar a Estados Unidos?<

Puede visitar la página de la Oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración del Departamento de la Seguridad del Territorio Nacional (DHS) para mayor información sobre el proceso de inmigración.

¿Dónde puedo encontrar información sobre el estado de una solicitud de Visa de Inmigrante?

Comuníquese con el National Visa Center, el centro de acopio de todas las solicitudes presentadas en EE.UU. para casos que se van a procesar en las embajadas:

NATIONAL VISA CENTER
32 ROCHESTER AVE
PORTSMOUTH   NH     03801-2909

Tel.: (603) 334-0700

¿Cuánto se demora un caso en llegar del National Visa Center a la Embajada?

Los casos demoran aproximadamente seis semanas en llegar del National Visa Center a la Embajada. Apenas se reciben, la Unidad de Visas de inmigrante envía el Paquete 4 al solicitante incluyendo la fecha de la cita para la entrevista.

¿Dónde puedo encontrar la fecha de una cita para un caso de Visa de Inmigrante?

Las fechas de las citas para solicitudes de familiares aparecen en nuestra página alrededor del 20 del mes anterior a la cita. O sea, las citas del mes de abril aparecen alrededor del 20 de marzo. Los casos aparecen en orden del número asignado a cada caso, así que es necesario saber el número del caso para buscar la fecha de la entrevista. Si el caso aparece en la lista de citas pero el solicitante no ha recibido notificación de la Embajada, él/ella debe comunicarse con la Unidad de Visas de Inmigrante por correo electrónico: ivbogota@state.gov y le dirán qué documentos necesita para presentarse a la entrevista.

¿Cuál es el procedimiento para presentar una solicitud de Visa de Inmigrante para un familiar?

Los ciudadanos estadounidenses que residen en EE.UU. deben presentar sus solicitudes en EE.UU. ante la Oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración delDepartamento de la Seguridad del Territorio Nacional (DHS) con jurisdicción sobre su sitio de residencia. Todas las solicitudes de Visa de Inmigrante para padres, hermanos e hijos mayores de 21 años, deben presentarse en EE.UU. ante el DHS.

Los ciudadanos estadounidenses que residen en Colombia pueden presentar solicitud en la Embajada para sus cónyuges, hijos solteros menores de 21 años e hijastros. Los ciudadanos estasounidenses deben tener una visa vigente de residente en Colombia, y estar residiendo en Colombia por lo menos por seis meses.

¿Es necesario pedir cita para presentar solicitud de Visa de Inmigrante para un familiar en la Embajada?

No. El/la ciudadano/a estadounidense que reside en Colombia puede presentarse a la Unidad de Visas de Inmigrante de la Embajada, cualquier día, de lunes a jueves a la 1:00PM para presentar su solicitud. Encontrará todos los formularios necesarios en una mesa junto a las ventanillas de entrevista y los puede llenar mientras espera a un funcionario consular. Hay un costo de US $185,00 por cada solicitud.

¿Es necesario que el/la solicitante esté presente cuando se presenta la solicitud de Visa de Inmigrante?

No. Únicamente el/la ciudadano/a estadounidense necesita presentarse a la Embajada de lunes a jueves a la 1:00PM para presentar la solicitud, y debe presentar el pasaporte del beneficiario.

¿Cuáles documentos se requieren para presentar una solicitud de Visa de Inmigrante?

El/la ciudadano/a estadounidense debe presentar prueba de su (pasaporte o certificado de nacimiento), prueba de su relación con el/la solicitante, el Formulario I-130 de solicitud para un familiar extranjero, la hoja DS-230 de información biográfica, y US $185,00 por cada solicitud.

¿Cuál es el procedimiento para presentar una solicitud de Visa de Inmigrante para el/la cónyuge de un residente en EE.UU.?

Los residentes tienen que presentar en EE.UU. las solicitudes de Visa de Inmigrante para sus familiares, ante la Oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración del Departamento de la Seguridad del Territorio Nacional (DHS) con jurisdicción sobre su sitio de residencia.

Una vez que se ha fijado la fecha de la cita, ¿el/la solicitante puede hacer planes para viajar?

No. Aconsejamos a los solicitantes no hacer planes de viaje hasta que la visa haya sido aprobada.

¿Qué debe hacer un solicitante que no haya recibido los paquetes de información 3 y 4?

Los solicitantes que no hayan recibido la información para su entrevista (Paquetes 3 y 4) pueden presentarse a la Embajada cualquier día de lunes a jueves a las 12:30PM y recogerla personalmente. Aún si viven fuera de Bogotá, tendrán que presentarse para sus exámenes médicos, los cuales sólo podrán ser efectuados por uno de los médicos aprobados por la Embajada.

¿Cuáles documentos necesita el/la solicitante para la cita de entrevista?

Cada solicitante recibirá la fecha y hora de su entrevista, a la cual debe presentar lo siguiente:

  • Certificado de nacimiento y de bautismo
  • Cuatro fotos de frente (dos para la entrevista y dos para la cita médica)
  • Certificado de policía (no se exige para menores de 18 años)
  • El (Affidavit of Support (Formulario I-864, diligenciado y firmado por el/la cónyuge estadounidense y autenticado por un notario en EE.UU. (El (Affidavit of Support puede ser autenticado en la Embajada de lunes a jueves a la 1:00PM.)
  • Los formularios 1040 y W-2 de los impuestos del ciudadano estadounidense de los últimos tres años.
  • Una carta reciente del empleador del ciudadano estadounidense, incluyendo cuánto hace que ha tenido ese empleo y cuánto gana al año.
  • Informe médico, de un médico aprobado por la Embajada (cada solicitante recibirá la lista de estos).
  • Otros documentos podrían ser necesarios, dependiendo de las circunstancias.

¿Es necesario que el ciudadano estadounidense esté presente para la entrevista del solicitante?

No. El/la ciudadano/a estadounidense únicamente necesita presentar la solicitud en persona. Después no tiene que volver a la Sección Consular para la entrevista del solicitante.

Si el/la ciudadano/a estadounidense no ha trabajado en los últimos tres años, ¿necesita presentar un Formulario I-864? ¿Qué sucede si el/la ciudadano/a estadounidense ha estado viviendo fuera de EE.UU.? ¿Qué se le exige sobre impuestos?

Cada ciudadano estadounidense que presente solicitud para Visa de Inmigrante, ya sea que ha estado viviendo en EE.UU. o en el extranjero en los últimos tres años, debe presentar un (Affidavit of Supportautenticado para la solicitud. Si no ha pagado impuestos en EE.UU. en los últimos tres años, en el momento de la entrevista debe presentar una carta a la Embajada explicando el por qué.

¿Dónde se puede hacer autenticar un Formulario I-864 (Affidavit of Support)?

El Formulario I-864 sólo puede ser autenticado en EE.UU. o en Embajada de EE.UU. No se acepta la autenticación de ninguna otra entidad.

¿Cuáles son los requisitos para actuar como co-fiador para una Visa de Inmigrante?

Un co-fiador tiene que tener un ingreso anual de por lo menos el 125% sobre la línea de pobreza en EE.UU. para el número de personas en su familia (incluyendo al solicitante). El co-fiador no tiene que ser un miembro de la familia, pero debe tener por lo menos 18 años de edad, y ser ciudadano estadounidense o un extranjero admitido a EE.UU. como residente legal.

¿Cuáles son los requisitos para las fotografías?

Cuatro (4) son requeridos . Deben ser a color, con fondo blanco, sobre papel brillante, sin retocar de 5cm X 5cm. La dimensión de la imagen facial debe ser de una pulgada (2.5 cm de la quijada a la frente). Sin nada que cubra la cabeza, sin anteojos o aretes. Las fotografías son necesarias para todos los solicitantes, sin distinción de edades y deben tomarse antes del día de la cita. El/la solicitante de Visa de Inmigrante debe presentar cuatro fotos (dos para la entrevista y dos para la cita médica) a color con fondo blanco, sin retocar y sin borde. No se aceptan fotos instantáneas ni digitales. Las fotos deben ser de 5x5 centímetros, de frente. La cara del solicitante debe tener 2,5 cms. (una pulgada) de altura de la quijada al sitio de la frente donde empieza el cabello. Sin nada que cubra la cabeza; sin aretes ni gafas. Las fotos se les exigen a todos los solicitantes, sin importar su edad, y deben ser tomadas antes del día de la entrevista.

¿Cuándo puede el solicitante ir a sus exámenes médicos?

El examen médico se puede programar después de tener la fecha de la cita para la entrevista y cuando se haya recibido el Paquete 4.

Para la solicitud de Visa de Inmigrante, ¿sirve un examen médico reciente, hecho por un médico que no sea el aprobado por la Embajada?

No. El examen médico debe ser llevado a cabo en Bogotá por uno de los médicos aprobados por la Embajada.

¿Cuáles médicos debe usar el/la solicitante para sus exámenes para la Visa de Inmigrante?

Los siguientes son los únicos médicos y laboratorio aprobados para los exámenes médicos para la Visa de Inmigrante:

Instituto y Laboratorio Clínico
Calle 38 # 8-28, Local 1
Bogotá
Tel.: 232-7272

Dra. María Consuelo González
Carrera 8 # 49-25 Of. 302
Bogotá
Tel.: 288-7629, 245-929

Dr. Jairo H. Roa
Hospital San Ignacio
Carrera 7 # 4-62 Of. 724
Bogotá
Tel.: 232-5032, 285-0020, ext. 3738

¿Qué sucede si el/la solicitante pierde su cita para la entrevista?

La Unidad de Visas de Inmigrante volverá a programar la cita para la entrevista, generalmente uno o dos meses después de la fecha en que se solicita otra cita. El/la solicitante recibirá notificación de la nueva cita por correo. Las citas para Visa de Inmigrante también se anuncian en nuestra página en la internet.

¿Cuál es el procedimiento para las Visas V y K?

El/la ciudadano/a estadounidense debe iniciar el proceso de solicitud de una Visa V o K ante la la Oficina de Servicios de Ciudadanía e Inmigración del Departamento de la Seguridad del Territorio Nacional (DHS) en EE.UU. Si se aprueba la visa, el DHS enviará la solicitud del National Visa Center, el cual la enviará a la Embajada. Cuando la Embajada recibe la solicitud aprobada, envía los Paquetes 3 y 4 por correo al solicitante, con una carta informándole de su cita y que puede pagar el equivalente de US $100,00 en cualquier sucursal del Banco Unión Colombiano, donde le pondrán un recibo adhesivo en su pasaporte. Luego el/la solicitante puede presentarse a la Embajada para su entrevista el día de su cita. Si todos los documentos están en orden, y no existe ninguna ineligibilidad, la visa será aprobada y quedará lista para recogerla al día siguiente.

Si al solicitante se le niega la Visa de Inmigrante según la Sección 221G de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, ¿debe pedir otra cita?

No es necesario pedir otra cita. El/La solicitante puede volver a la Embajada con los documentos exigidos, de lunes a jueves a las 7:00AM. La carta sobre la Sección 221G que recibió cuando se le negó la visa, le permitirá ingresar a la Embajada

¿Qué es un proceso administrativo y cuánto demora?

Un proceso administrativo generalmente se refiere a un chequeo de seguridad exigido por ley al Departamento de Estado para los solicitantes mayores de 16 años. Es un proceso normal que se hace automáticamente y, si no se hizo en el último año, debe actualizarse. El proceso administrativo normalmente dura de cuatro a seis semanas. Se debe tener paciencia. La Unidad de Visas de Inmigrante se comunica con el/la solicitante apenas se reciben los resultados.

¿Cuánto tiempo puede permanecer fuera de EE.UU. un residente con tarjeta verde (Formulario I-551)?

Los residentes pueden permanecer fuera de EE.UU. por un año menos un día. Si antes de salir del país tienen planes de permanecer más de un año en el extranjero, es necesario solicitar (antes de viajar) un "permiso para retornar" en el Departamento de la Seguridad del Territorio Nacional (DHS).

¿Qué debe hacer un/a residente si se le pierde o le roban su tarjeta verde?

Los residentes pueden presentarse a la Unidad de Visas de Inmigrante de lunes a jueves a la 1:00PM a solicitar una carta de transporte. Deben presentar su tarjeta verde vencida, su pasaporte, y copia del denuncio ante la Policía (si aplica al caso), US$300,00, cuatro fotos como las de la Visa de Inmigrante, y una carta del DAS en Bogotá (Calle 100 #11B-27, Edificio Platinum) con la lista de entradas y salidas de Colombia desde 1990 hasta el presente. Si la solicitud es aprobada, se emitirá una carta de transporte en unos pocos días, con la cual podrá re-ingresar a EE.UU. Al ingresar a EE.UU., el residente le debe decir al funcionario de Inmigración que necesita una nueva tarjeta verde.

¿Por qué demora tanto un proceso de pedido de perdón?

Las solicitudes de perdón presentadas en la Embajada son enviadas al Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) del Departamento de la Seguridad del Territorio Nacional en Panamá para ser procesadas. Debido al gran volumen de solicitudes de perdón que esa oficina recibe, puede haber demoras.

¿Cómo se puede solicitar asilo político?

La Embajada no tiene autoridad para otorgar asilo político y únicamente otorga Visas de No-inmigrante a los turistas genuinos.

¿Puede un abogado o el ciudadano estadounidense acompañarme o participar en la entrevista para la Visa de Inmigrante?

No, únicamente el beneficiario, sus derivados, o un tutor en el caso de un menor de edad, puede participar en la entrevista para la Visa de Inmigrante. El solicitante puede recibir la ayuda de un abogado para llenar los formularios y verificar que todos los documentos estén en regla, pero a la entrevista sólo pueden entrar quienes aparecen en la solicitud.

¿Una persona de otro país (i.e. no de Colombia) puede hacer que envíen su solicitud a la Embajada en Bogotá?

Sí, aceptamos solicitudes enviadas a nuestra Sección Consular por el National Visa Center para ciudadanos de otros países, pero deben residir en Colombia.

Question: ¿Cuánto tiempo después de haber sido aprobada mi visa de inmigrante la recibiré?

En primer lugar, debido a los nuevos requisitos biométrico, es imposible entregar una visa el mismo día que es aprobada. La única excepción son los casos de adopciones. Cuando esta listo, el paquete con la visa es entregado a DOMESA de Colombia S.A. para el envío a la dirección proporcionada por el solicitante. Normalmente, el pasaporte con la visa y demás documentos se entregan a esa dirección en una o dos semanas. Lamentablemente, DOMESA no ofrece servicio a la isla de San Andrés. Los residentes de San Andrés deben proporcionar una dirección alterna en otro departamento de Colombia. Cuando el funcionario consular entrega una papeleta de DOMESA al solicitante, también le entrega una tarjeta con información sobre el proceso.

Question: ¿Mi abogado puede comunicarse con la Embajada para averiguar sobre mi caso?

Sí, pero antes de poder darle información sobre su caso a terceros, es necesario que usted lo haya aprobado. Su abogado tiene que llenar el Formulario G-28 para quedar archivado como tal, y ese Formulario tiene que llegarnos por fax al: (571) 315-4155.

Question: Si envío un correo electrónico sobre mi caso a la Unidad de visas de inmigrante, ¿recibiré respuesta?

Sí. Con gusto respondemos todas las preguntas; sin embargo, a veces es muy difícil identificar el caso. Ayúdenos a ayudarle, asegurándose de incluir en su pregunta la información completa (nombres y apellidos completos del beneficiario y el número del caso que comienza por BGT-). Esto nos ahorrará mucho tiempo y garantizará que usted reciba una respuesta correcta y rápida.


Las preguntas sobre visas que sean enviadas al correo electrónico del Embajador o del Administrador de la página no recibirán respuesta.

Las preguntas enviadas a la Unidad de Visas de Inmigrante ivbogota@state.gov se responderán en orden de llegada y sólo si incluyen los nombres y apellidos completos del beneficiario y el número del caso que comienza por BGT-