Jump to content
Seguro Social en línea
Publicaciones electrónicas
Portada – Publicaciones SSA logo: link to Social Security Online home

Trabajadores domésticos

SSA Publication No. 05-10921; (Household Workers); July 2004; ICN 482280; (.PDF) logoEnglish

 

Contenido

¿Qué salarios deben ser informados?
¿Están todos los trabajadores domésticos protegidos por el Seguro Social?
Cómo informar los salarios
Cómo un trabajador doméstico gana créditos de Seguro Social
Cómo comunicarse con el Seguro Social

 
 

Si usted emplea a una persona para trabajar en su casa, como un trabajador doméstico, cocinero, jardinero, niñera o nana, tanto usted como su empleado deben saber como pagar impuestos de Seguro Social y Medicare.

Algún día su trabajador doméstico tendrá derecho a Seguro Social y Medicare—pero sólo si usted deduce los impuestos de Seguro Social y Medicare del salario del empleado, paga impuestos al Servicio de Impuestos Internos (IRS, las siglas en inglés) e informa estos salarios a la Administración del Seguro Social.

Cuando usted informa los salarios y paga los impuestos, su empleado recibe créditos para beneficios futuros de Seguro Social y Medicare. Estos incluyen beneficios de jubilación (tan temprano como a los 62 años de edad) e incapacidad para el trabajador y sus dependientes. También incluye beneficios de sobrevivientes para los dependientes del trabajador si éste (a) fallece.

[Regresar al principio]

 
 

¿Qué salarios deben ser informados?

Si usted le paga a un trabajador doméstico $1,400 o más en salarios en efectivo durante el año 2004, debe deducir los impuestos de Seguro Social y Medicare e informar los salarios anualmente. Esto incluye cualquier dinero en efectivo que usted paga para cubrir los gastos de transportación, comida o vivienda del empleado. Si usted no informa los salarios a tiempo, es posible que tenga que pagar una multa además de los impuestos atrasados.

[Regresar al principio]

 
 

¿Están todos los trabajadores domésticos protegidos por el Seguro Social?

Si usted le paga a un trabajador doméstico $1,400 o más en salarios en efectivo durante el año, el trabajo está protegido por el Seguro Social. Sin embargo, ciertas reglas especiales aplican en las siguientes situaciones.

Si usted administra un hotel o casa de huéspedes, todos los salarios que usted le pague a los empleados deben ser informados, aunque sean menos de $1,400 al año.

No tiene que pagar impuestos de Seguro Social a trabajadores domésticos menores de 18 años, (como niñeras o nanas) a menos que el trabajo doméstico sea el oficio principal del trabajador.

Si usted emplea a su hijo de 21 años o más para hacer trabajo doméstico para usted, tiene que pagar impuestos de Seguro Social. En ciertas situaciones, el trabajo doméstico hecho por los padres de usted requerirá el pago de impuestos.

Comuníquese con cualquier oficina del Seguro Social para más información.

[Regresar al principio]

 
 

Cómo informar los salarios

Comuníquese con el Servicio de Impuestos Internos con respecto a los requisitos o formularios necesarios para hacer el informe. El Servicio de Impuestos Internos le dará información sobre cómo llenar los formularios, y cuándo y dónde debe presentarlos. Mientras tanto, aquí hay algunos datos que querrá saber.

Llevar un registro—Para propósitos de Seguro Social, usted necesita el nombre, dirección, y número de Seguro Social de cada trabajador doméstico y la cantidad de salarios que le ha pagado. Copie el número de Seguro Social directamente de la tarjeta de Seguro Social del individuo. Si un empleado no tiene una tarjeta, debe solicitarla en cualquier oficina de Seguro Social.

Deducción de impuestos de Seguro Social y Medicare—La tasa de impuestos de Seguro Social en el 2004 tanto para el empleado como para el empleador es 6.2 por ciento sobre un máximo de $87,900 en salarios. La tasa de impuesto de Medicare es 1.45 por ciento del salario total.

Presentando su informe—Debe usar su propia declaración de impuestos sobre ingresos federales (formulario 1040 del IRS) para informar salarios de $1,400 o más que usted pagó al trabajador doméstico. (En Puerto Rico comuníquese con el Servicio de Rentas Internas Federales para instrucciones). Como empleador, usted paga una porción de los impuestos de Seguro Social y Medicare, junto con los impuestos que retuvo del salario de su empleado, cuando haga su declaración de impuestos.

Declaración del formulario W-2 después de que termine el año—Usted también debe darle a su trabajador doméstico las copias B, C, y 2 del formulario W-2 (Comprobante de Salarios e Impuestos) en o antes del 31 de enero del año después que pagó los salarios. Envíe la copia a la Administración del Seguro Social en o antes del último día de febrero. Usted puede obtener este formulario y las instrucciones sobre cómo llenarlo en cualquier oficina del Servicio de Impuestos Internos.

[Regresar al principio]

 
 

Cómo un trabajador doméstico gana créditos de Seguro Social

El trabajo doméstico se acredita un poco diferente a otros trabajos. Por lo general, una persona gana un crédito por cada $900 (en el 2004) de ganancias informadas, hasta un máximo de cuatro créditos por año. Sin embargo, un trabajador doméstico solamente gana créditos de Seguro Social si tiene ganancias de por lo menos $1,400 de cualquier empleador. Por ejemplo, un trabajador doméstico que trabajó para tres empleadores y ganó $700, $800, y $1,400 respectivamente (un total de $2,900) solamente recibirá un crédito de Seguro Social por los $1,400 acreditados a su registro de ganancias.

El número de créditos que necesita un trabajador (incluyendo los trabajadores domésticos) para tener derecho a beneficios de Seguro Social depende de su edad y el tipo de beneficio. La mayoría de las personas necesitan 10 años de trabajo (40 créditos) para tener derecho a beneficios. Las personas más jóvenes necesitan menos créditos para tener derecho a beneficios de incapacidad, o para que su familia tenga derecho a beneficios de sobrevivientes si el trabajador fallece.

Recuerde, si usted no informa los salarios de su empleado, es posible que él o ella no acumule suficientes créditos para recibir beneficios de Seguro Social, o que la cantidad del beneficio sea más baja.

[Regresar al principio]

 
 

Cómo comunicarse con el Seguro Social

Para informarse mejor, visite nuestro sitio de Internet en www.segurosocial.gov/espanol o llame a nuestro número gratis al 1-800-772-1213. (Si tiene problemas auditivos marque nuestro número TTY, 1-800-325-0778). Con mucho gusto contestaremos las preguntas específicas que usted tenga. También ofrecemos información telefónica automatizada las 24 horas al día.

Proveemos servicios de intérprete gratis para ayudarle con sus trámites de Seguro Social. Estos servicios están disponibles tanto por teléfono como en nuestras oficinas. Una vez se comunique con nuestro número gratis, 1-800-772-1213, oprima el 2 si desea el servicio en español y espere a que le atienda un representante.

Todas nuestras llamadas telefónicas son confidenciales. Como también queremos ofrecerle el servicio más cortés y correcto, es posible que un segundo representante escuche algunas llamadas.

[Regresar al principio]

 
  Privacy Policy | Accessibility Policy | Linking Policy | Site Map Link to GovBenefits.gov:  Learn about other government benefits