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  Actualizada: 20/IX/04

INFORME SOBRE DERECHOS HUMANOS
COLOMBIA
2002

English version


Resumen ejecutivo

Colombia es una democracia constitucional, multipartidista en la cual la política ha sido dominada desde hace tiempo por los partidos Liberal y Conservador. El 10 de marzo, los electores votaron por una legislatura bicameral con una mezcla de miembros liberales, conservadores e independientes. El 26 de mayo, los electores eligieron al candidato independiente Álvaro Uribe Vélez. Ambas elecciones fueron en general libres, justas y trasparentes, a pesar de los esfuerzos de intimidación de organizaciones terroristas como las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) para evitarlas. Un gran conflicto interno armado entre el estado, los grupos paramilitares y la guerrilla, (en particular las FARC, la organización terrorista Ejército de Liberación Nacional,ELN, y los grupos paramilitares de derecha, como las Autodefensas Unidas de Colombia, AUC) ocasionaron la muerte de entre 5.000 y 6.000 civiles durante el año, incluyendo bajas en combate, asesinatos políticos y desapariciones forzosas. Se presentaron serias violaciones de los derechos humanos. La justicia ordinaria fue, en gran parte, independiente de la influencia gubernamental; sin embargo, el soborno y la intimidación de jueces, testigos y fiscales fueron comunes.

El Ministerio de Defensa Nacional, liderado por un civil, es responsable de la seguridad interna y supervisa tanto a la Policía Nacional como a las Fuerzas Armadas (incluyendo al Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada, la cual incluye la infantería de marina y el cuerpo de Guardacostas). Además de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, la Fuerza Pública de seguridad incluye autoridades policivas y de investigación, incluyendo al Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), el cual tiene una amplia autoridad en la recopilación de inteligencia, el mantenimiento del orden público y cumple funciones de control de inmigración, así como el Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía General (CTI).

La Policía Nacional tiene a su cargo el mantenimiento del orden y la seguridad interna en las áreas urbanas, aunque los persistentes ataques de la guerrilla en destacamentos aislados han obligado a la Policía, la cual no cuenta con el personal suficiente, a dejar 157 municipios sin la presencia de uniformados. Las Fuerzas Armadas son responsables de la seguridad y el orden en áreas rurales y respaldan a la Policía Nacional en áreas urbanas cuando es necesario. A través de los años, las fuerzas de seguridad pública han dado pasos importantes para mejorar su récord en derechos humanos; no obstante, algunos de los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional continúan cometiendo graves violaciones de los derechos humanos.

A pesar de décadas de violencia relacionada con los narcóticos y la política, la economía es diversa y relativamente avanzada. La población del país se calcula en 44.000.000. Las principales exportaciones legales son petróleo, carbón, café, y flores aunque el narcotráfico ilegal ha creado una economía ilícita. El crecimiento económico del año se calcula en un 1,6%, mientras la tasa de inflacián al final del año fue del 7%. La desigualdad en la distribución de los ingresos es tremenda, con el 67% de la población viviendo en condiciones de pobreza.

El récord del Estado en materia de derechos humanos continuó siendo deficiente; hubo esfuerzos continuos por mejorar el marco legal y los mecanismos institucionales, pero se retardó la implementación, y en muchas áreas continuaron encontrándose graves problemas. Un porcentaje pequeño del total reportado de abusos de derechos humanos es atribuido a las fuerzas de seguridad del Estado; sin embargo, las fuerzas de seguridad del Estado continuaron cometiendo serios abusos, incluyendo muertes ilegales y extrajudiciales. Algunos miembros de las fuerzas de seguridad colaboraron con los grupos paramilitares, los cuales cometieron serios abusos. La impunidad siguió en el corazón de los problemas del país en materia de derechos humanos. Los juzgados fueron ineficientes, se encontraban sobrecargados por la acumulación de los casos y debilitados por la corrupción y la intimidación. A pesar de algunos enjuiciamientos y condenas, las autoridades pocas veces llevaron a juicio a los oficiales de alto rango de las fuerzas de seguridad acusados por violaciones de los derechos humanos.

La policía Nacional, los guardianes penitenciarios y las fuerzas militares maltrataron a los detenidos. Las condiciones en las hacinadas y mal financiadas cárceles fueron duras; sin embargo, algunas renovaciones y nuevas construcciones mejoraron los problemas. Se presentaron acusaciones de arrestos y detenciones arbitrarias, particularmente en "Zonas de Rehabilitación y Consolidación" y las detenciones prolongadas previas al juicio continuaron siendo uno de los problemas principales. Las autoridades a veces infringieron el derecho a la intimidad de los ciudadanos y las fuerzas de seguridad a veces interfirieron las demostraciones. Muchos periodistas fueron asesinados, pero continuaron trabajando bajo un ambiente de amenazas e intimidación, en algunos casos por parte de funcionarios locales, pero principalmente de los grupos paramilitares y de la guerrilla. Los periodistas practicaron la autocensura para evitar represalias. Hubo algunas restricciones en la libertad de movimiento, generalmente por preocupaciones de seguridad, confinadas a áreas geográficas definidas, sobre todo a las "zonas de Rehabilitación y Consolidación". La violencia e inestabilidad en las áreas rurales desplazaron a más de 400.000 civiles de sus hogares. La cifra total de desplazados puede exceder los 2,5 millones. Hubo informes de que los miembros de las fuerzas de seguridad habían acosado a miembros de los grupos de derechos humanos. La violencia y la extensa discriminación de la sociedad contra la mujer, el abuso de menores y la prostitución infantil son problemas graves. Continuó la extensa discriminación de la sociedad contra los indígenas y las minorías. Los líderes sindicalistas y los activistas continuaron siendo blanco de altos niveles de violencia. El trabajo infantil es un problema generalizado. La trata de mujeres y niñas con el propósito de explotación sexual es un gran problema. Colombia fue invitada por el Grupo de Convocación de la Comunidad de Democracias a participar en la Segunda Reunión Ministerial de la Comunidad de Democracias, que se realizó en Seúl, República de Corea, en noviembre de 2002.

Los paramilitares continuaron cometiendo numerosos asesinatos, particularmente de líderes sindicalistas, secuestrando y torturando con frecuencia a quienes creían eran simpatizantes de la guerrilla, antes de ejecutarlos. Los grupos militares realizaban asesinatos de "limpieza social" de homosexuales y otros considerados elementos "indeseables". No obstante, los paramilitares parecieron realizar menos masacres a gran escala que en 2001. Con frecuencia, los paramilitares interferían con la privacidad personal en áreas donde ejercían el control "de facto" y habitualmente se entablaban operaciones militares en las que ponían en riesgo la vida de civiles, combatiendo en áreas urbanas y empleando a los habitantes civiles como protección. Los paramilitares desplazaron a miles, reinando el terror, obligando al desplazamiento de poblaciones y realizando operaciones militares que ahuyentaron a los campesinos de sus hogares. Los paramilitares amenazaron y atacaron a los defensores de los derechos humanos y a los periodistas que criticaban sus actividades ilegales. Los paramilitares también reclutaron niños soldados.

Los grupos guerrilleros, en particular las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), fueron responsables de un inmenso porcentaje de muertes entre la población civil atribuible al conflicto armado interno. El índice de abusos cometido por la guerrilla aumentó durante el año, en particular, mientras las FARC intentaban interrumpir las elecciones nacionales y complicar el pacífico traspaso de poder entre las administraciones. Iniciaron una campaña para desestabilizar los gobiernos municipales al asesinar a nueve alcaldes y amenazar con ejecutar a otros, obligando a casi 400 alcaldes a presentar su renuncia. Además de los políticos, la guerrilla también asesinó a periodistas, líderes sindicalistas y numerosos líderes religiosos. Las FARC continuaron secuestrando, torturando y asesinado miembros de las fuerzas públicas de seguridad aun cuando no estaban de servicio. La guerrilla, en particular las FARC y el ELN, secuestró a miles de civiles para ayudar a financiar la subversión y aplicar presión política al Estado. Las víctimas fueron retenidas en condiciones deplorables y con frecuencia torturadas física y psicológicamente. Los grupos guerrilleros, sobre todo las FARC, fueron responsables de la muerte y de las heridas de miles de civiles durante los ataques indiscriminados a pequeñas poblaciones y bombardeos terroristas por todo el país. Los grupos guerrilleros, sobre todo las FARC, iniciaron el reclutamiento de menores y el uso de mujeres como esclavas sexuales.

En abril, el Director Ejecutivo de la División para las Américas de Human Rights Watch testificó que tanto las FARC como las AUC cometieron abusos y crímenes similares, aunque sus motivos y metas fuesen diferentes.

El Estado inició un programa de protección de los defensores de derechos humanos, líderes sindicalistas, periodistas, alcaldes y otros grupos amenazados. El programa ofreció una variedad de opciones de protección, desde vehículos blindados, oficinas blindadas y reubicación hasta ayuda económica.


RESPETO POR LOS DERECHOS HUMANOS

    Sección 1. - Respeto por la integridad de la persona, incluyendo la libertad de no ser víctima de:

    1. La privación de la vida con arbitrariedad e ilegitimidad

      Los asesinatos políticos y extrajudiciales continuaron siendo un problema serio. El Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CPDDH), una importante ONG local de derechos humanos (ver la Sección 4.), calculó que de los 28.230 homicidios reportados por la Policía Nacional, 4.416 tuvieron un motivo político. El DAS calculó que hubo aproximadamente 4.025 homicidios, la mayoría realizados por actores no pertenecientes al Estado. No obstante, algunos miembros de las fuerzas de seguridad continuaron cometiendo asesinatos. El CPDDH informó que las fuerzas de seguridad realizaron 59 asesinatos políticos en el trascurso del año, (1,34% del total). El fundador jesuita del Centro de Investigación y Educación Popular (CINEP) informó que las fuerzas de seguridad fueron responsables de 92 homicidios intencionales de personas protegidas, en los primeros seis meses de 2001. La mayoría de los incidentes mencionados por el CPDDH y el CINEP fueron investigados por las autoridades militares y civiles al finalizar el año. La justicia ordinaria vio un aumento de personal militar acusado de violaciones de derechos humanos (ver la Sección 1.e.). Los miembros de las fuerzas de seguridad a veces colaboraron ilegalmente con las fuerzas paramilitares y las autoridades continuaron investigando casos anteriores de colaboración en masacres o el hecho de no evitarlas, realizadas por los paramilitares. Las investigaciones de asesinatos y masacres del pasado procedieron lentamente. No hubo ningún informe de que la Policía o ex miembros de las fuerzas de seguridad cometieran asesinatos de limpieza social.

      El 25 de septiembre, cerca al municipio de Brisas de Yanacué, en el municipio de Cantagallo, departamento de Bolívar, tropas del Ejército irrumpieron en una residencia privada antes del amanecer y asesinaron a Florentino Castellanos y a su hijo de nueve años. Mongui Jerez, la esposa de Castellanos, quedó seriamente herida y perdió un brazo y una pierna. El Ejército sospechó erróneamente que miembros de las FARC se escondían en la vivienda de la familia. Para finales del año, la Procuraduría General y el Ejército investigaron el incidente, tratando de establecer los hechos y determinar si el Ejército debía trasladar la investigación a la Fiscalía General de la Nación.

      El 8 de diciembre, la Fiscalía General acusó a ocho miembros de la IX Brigada del Ejército, incluyendo un coronel y un capitán, por la muerte del desertor de las FARC Robinson Castro, el 24 de agosto. Los sospechosos supuestamente asesinaron a Castro para robarle los US $250.000 ($728,1 millones de pesos) en efectivo que Castro planeaba entregar a las autoridades gubernamentales.

      Las autoridades continúan investigando la matanza del 4 de abril del policía Carlos Ceballos Gómez, quien testificó en la investigación de interceptación ilegal de líneas telefónicas por la fuerza anti-secuestros GAULA de Medellín (ver la Sección 1.f.).

      La CPDDH informó que 2.452 personas fueron asesinadas en diversas masacres durante el año. La CPDDH define la palabra "masacre" como el asesinato de tres o más personas fuera de combate en la misma ubicación en un período de 24 horas. El Ministerio de Defensa Nacional informó de una cifra mucho menor, con solo 361 personas asesinadas en masacres en lo trascurrido del año. La Policía Nacional registró 680 víctimas de masacres. Tanto el Ministerio de Defensa Nacional como la Policía Nacional definen "masacre" como el asesinato fuera de combate de cuatro o más personas en un solo incidente. El CPDDH informó que las fuerzas de seguridad del Estado eliminaron a 86 personas en masacres durante el año, aunque no dio ninguna información sobre los incidentes en particular. Continuaron los informes sobre los actos de negligencia u omisión deliberada por parte de las fuerzas de seguridad del Estado, los cuales facilitaron las masacres.

      La Procuraduría General recibió 217 reclamos contra miembros de las fuerzas de seguridad del Estado relacionadas con masacres y asesinatos. La Procuraduría General sancionó a tres miembros del Ejército y a ocho miembros de la Policía bajo cargos de asesinato, y exoneró a cinco miembros del Ejército, a dos miembros de la Policía y a un miembro de la fuerza aérea. Este despacho continuó refiriendo todos los casos de violación de derechos humanos a la Fiscalía General para la investigación penal.

      No hubo ningún progreso significativo de la Fiscalía General ni de la Procuraduría General en la masacre de marzo de 2001 en San Carlos, departamento de Antioquia, que tuvo como resultado la muerte de 13 personas. La CCJ y el CINEP acusaron a las tropas del Ejército y a la Policía de retirarse deliberadamente del área del ataque tres días antes de la masacre y permitir que un camión cargado con 15 rehenes paramilitares cruzara sin contratiempos un retén militar.

      En noviembre 28, los fiscales cerraron permanentemente su investigación contra el Coronel del Ejército Miguel Ángel Sierra, el Capitán del Ejército Carlos Alirio Buitrago y cuatro reclutas por su supuesta participación en las matanzas de enero de 2000 de Uberney Giraldo y José Evelio Gallo cerca a la población de San Antonio en el municipio de Montebello, departamento de Antioquia, ambos guerrilleros desmovilizados tiempo atrás de la Corriente de Renovación Socialista (CRS). La Fiscalía General continuaba investigando la sospechosa participación en los delitos de los suboficiales del Ejército Humberto de Jesús Blandón y Sandro Fernando Barrera.

      El 6 de junio la Fiscalía General ordenó la destitución del Teniente del Ejército Emilio Suárez y de 28 soldados por su participación en el secuestro en 1997 y el asesinato de dos supuestos guerrilleros cerca de Santa Ana, departamento de Antioquia, y el subsiguiente montaje de un enfrentamiento falso para cubrir los crímenes.

      El 5 de noviembre el Teniente Coronel (r) del Ejército Jorge Plazas Acevedo, ex Jefe de Inteligencia de la XIII Brigada del Ejército, fue sentenciado a 40 años de prisión por su papel en el secuestro en 1998 y posterior asesinato en 1999 del líder comercial judío Benjamín Khoudari. El Tribunal Superior de Bogotá aún no había decretado las apelaciones de otras dos personas por sus acusaciones por secuestro agravado y asesinato en ese caso.

      La Fiscalía continuó con la investigación de la posible participación de las fuerzas de seguridad en la masacre de Barrancabermeja en mayo de 1998, así como del asesinato de Elizabeth Cañas Cano en julio de 2000, una testigo ocular. La Procuraduría General también llevabó a cabo una investigación acerca de la muerte de Cañas. No parecía que fuera a haber ningún progreso en ninguna de las dos investigaciones.

      No parece que fuera a haber un fallo en el juicio del Coronel (r) Bernardo Ruiz, ex comandante de una brigada de inteligencia militar, por supuestamente organizar el asesinato en Bogotá en 1995, del líder del Partido Conservador de oposición Álvaro Gómez Hurtado. Dos civiles fueron acusados del homicidio y sentenciados a prisión, mientras otras cuatro fueron declaradas inocentes.

      La Corte Suprema de Justicia aún no ha fallado sobre la apelación de cinco oficiales del Ejército y cuatro paramilitares de sus condenas en 1998 en el caso de la masacre paramilitar de 1988 en Nuevo Segovia, en la cual 43 personas fueron asesinadas.

      En mayo 23, el Consejo de Estado anuló por tecnicismo una orden de 1994 emitida por el Inspector General de destituir al Brigadier General Álvaro Buendía de las Fuerzas Armadas por su participación en el secuestro, tortura y posterior asesinato en 1987 de Nydia Erika Bautista, una guerrillera del M-19. La Procuraduría apeló la decisión a finales del año. La Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (Asfaddes) y la oficina en Bogotá del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (UNHCR) rechazó la decisión. Asfaddes y los familiares de Nydia Erika ya habían presentado el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (IACHR). Era muy difícil que la Fiscalía fuera a lograr nada en una investigación del caso.

      Continuaron las acusaciones creíbles de cooperación con los grupos paramilitares, incluyendo las instancias de apoyo pasivo y de colaboración directa de miembros de las fuerzas públicas de seguridad, en particular del Ejército. La evidencia sugiere que hubo arreglos tácitos entre los comandantes militares locales y los grupos paramilitares en algunas regiones, y las fuerzas paramilitares operaron libremente en algunas áreas a pesar de una gran presencia militar. Algunos miembros de las fuerzas de seguridad colaboraron activamente con miembros de los grupos paramilitares, los pasaron por retenes, compartieron inteligencia con ellos, les proporcionaron municiones y supuestamente se unieron a sus filas mientras estaban fuera de servicio.

      El alto mando militar afirmó repetidamente que no toleraría colaboración entre el personal militar y los grupos paramilitares y que el Ejército combatiría a los grupos paramilitares. Aunque las fuerzas de seguridad del Estado duplicaron las operaciones contra los paramilitares durante el año y triplicaron el número de paramilitares capturados desde 2000 (ver la Sección 1.g.), las acciones de las fuerzas de seguridad en el campo no siempre fueron consistentes con las posiciones del liderazgo. Además de una colaboración activa, el Ejército fue acusado de no responder en manera oportuna a los avisos de posibles masacres paramilitares o matanzas selectivas. Las entidades militares frecuentemente citaron falta de información, efectivos militares y movilidad para explicar esta situación. La impunidad para el personal militar que colaboró con miembros de los grupos paramilitares siguió siendo algo común.

      Hacia enero de 2001 continuó una investigación por la masacre paramilitar de 27 civiles cerca al municipio de Chengue, (Sucre). El 12 de noviembre, un tribunal penal especializado en Sincelejo encontró al Sargento del Ejército Rubén Darío Rojas "no culpable" de facilitar la masacre. La Fiscalía apeló la decisión. Ese mismo tribunal especializado aún debía dictaminar la culpabilidad del Sargento del Ejército Euclides Rafael Bossa, aunque la evidencia contra los dos sindicados era similar. La Fiscalía vinculó formalmente a la líder paramilitar Nidia Esther Veilla con el crimen. La Procuraduría General abrió una investigación disciplinaria del entonces Almirante de la Armada Rodrigo Quiñones, por posibles actos de omisión al fracasar en su intento de evitar una masacre. Quiñones renunció a partir del 31 de diciembre.

      En diciembre, las autoridades liberaron a dos asesinos arrestados en agosto de 2001 por el asesinato de Yolanda Paternina, fiscal encargada del caso Chengue, por falta de pruebas. Dos investigadores del CTI que trabajaron de incógnito en el caso ya habían desaparecido en abril de 2001 cerca al municipio de Berrugas y se presume que murieron.

      El 3 de mayo, la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General acusó formalmente a 72 paramilitares por el asesinato de 20 personas en la masacre de abril 2001 en el Alto Naya, limítrofe con los departamentos de Cauca y Valle del Cauca. Quince paramilitares se declararon culpables de confabulación para cometer los crímenes. Otros tres fueron acusados por asesinato y sentenciados a 26 años de prisión. La Procuraduría realizó una investigación disciplinaria en los alegatos de negligencia por parte del Ejército para prevenir la masacre. Según los fiscales, ningún miembro del servicio activo estuvo implicado en la comisión de este crimen.

      La Procuraduría investigó al Brigadier General del Ejército Eduardo Herrera y al Coronel de la Policía Guillermo Aranda por posible mala conducta durante el secuestro paramilitar de 43 hombres en julio 2001 cerca de Peque, departamento de Antioquia. Siete de estos hombres, quienes fueron obligados por las FARC a arrear ganado, fueron encontrados muertos. A finales del año, aún no era claro si habían sido asesinados por sus secuestradores paramilitares o si lo hicieron las FARC pensando que eran colaboradores paramilitares.

      La Procuraduría no halló ninguna evidencia de mala conducta por parte de ningún miembro de las fuerzas de seguridad pública relacionadas con la masacre paramilitar de 24 personas en octubre 2001 cerca de Buga (Valle del Cauca). La Fiscalía continuó con su investigación penal.

      Las autoridades civiles continuaron con la investigación de la masacre paramilitar de 42 personas en febrero de 2000, en el barrio El Salado de la ciudad de Ovejas, departamento de Sucre. Una investigación militar inicial no encontró ninguna justificación para las quejas de que los militares no evitaron el ataque intencionalmente. Las autoridades detuvieron a 16 supuestos paramilitares, quienes para finales del año estaban siendo juzgados. La Procuraduría continuó con su investigación disciplinaria de nueve miembros de las fuerzas de seguridad pública, incluyendo al Contralmirante de la Armada Rodrigo Quiñones, por posible negligencia relacionada con el incidente.

      La Fiscalía también investigó las acusaciones sobre la complicidad del ejército en una serie de crímenes paramilitares alrededor y en la comunidad de paz de San José de Apartadó, en la región de Urabá, departamento de Antioquia, en 2000 y 2001. En dos incidentes separados, los paramilitares masacraron a cinco residentes de San José y a seis residentes de la vecina comunidad de La Unión. En marzo 2001, los paramilitares nuevamente ingresaron a San José y amenazaron a miembros de la comunidad. En julio de 2001, los paramilitares incursionaron en La Unión, mataron a un residente y desplazaron a cientos más. El 30 de marzo, presuntos militares mataron a un miembro de la comunidad de paz de San José en la carretera entre San José y Apartadó. El 20 de octubre, los paramilitares incursionaron en La Unión, "desaparecieron" a un residente y ahuyentaron a cientos más, desplazándolos a San José.

      Para evitar cualquier nuevo ataque terrorista contra la comunidad, el ejército estableció presencia militar en las montañas alrededor de La Unión. Para finales del año, los residentes de La Unión aún no habían regresado. Aunque los líderes de las comunidades de paz habían acusado a los miembros de la XVII Brigada de participación o negligencia en muchos de estos incidentes, los fiscales no revelaron ninguna prueba de complicidad.

      Continuó la investigación del Coronel del Ejército Víctor Matamoros y el Capitán del Ejército Juan Carlos Fernández, respecto a las acusaciones presentadas contra ellos de que los dos habían colaborado con los paramilitares entre 1997 y 1999 en el departamento de Norte de Santander. En ese entonces Matamoros y Fernández eran ex comandante y ex director de Inteligencia, respectivamente, de un batallón del Ejército en Cúcuta, capital del Norte de Santander. En 1999, por un período de cinco meses, ocurrieron 15 grandes masacres paramilitares cerca de las poblaciones de La Gabarra y Tibú (Norte de Santander). El 8 de abril, un juzgado en Cúcuta condenó a Giovanni Velásquez, un paramilitar, de asesinato agravado por su participación en la masacre.

      En marzo de 2001, la Fiscalía General acusó al ex comandante de la base militar de Tibú Mauricio Llorente Chávez, al ex comandante de la Policía de Tibú el Mayor Harbey Fernando Ortega Ruales, y a 13 agentes de la Policía, de homicidio y complicidad en una de las masacres paramilitares de 1999 en Tibú. Continuá una investigación sobre una masacre paramilitar relacionada del 29 de mayo de 1999 en la cual seis personas fueron asesinadas en Los Cuervos. La Procuraduría continuó con su investigación disciplinaria sobre la posible participación de un funcionario de la Policía en la masacre de Los Cuervos; sin embargo, la Procuraduría cerró su investigación sobre la masacre de Tibú tras no hallar ninguna prueba de negligencia o complicidad de ningún miembro de las fuerzas públicas de seguridad.

      La Fiscalía General cerró su investigación sobre las acusaciones recibidas de que el Coronel Rafael Alfonso Hani había confabulado con los paramilitares mientras era Comandante del Batallón Palacé de Buga del Ejército, localizado en Tuluá (Valle del Cauca) entre 1999 y 2000. Aunque efectivamente hubo un aumento significativo en la actividad paramilitar en la región durante el mando de Hani, los fiscales no encontraron suficientes evidencias para acusarlo. La Procuraduría General le abrió otra investigación disciplinaria a Hani.

      La Fiscalía General continuó investigando la masacre paramilitar de 19 personas en 1998 en Puerto Alvira (Meta). En marzo de 2001, el Tribunal Superior Militar confirmó el fallo de un tribunal militar de primera instancia para cerrar el caso. La Procuraduría General formalmente exoneró al Mayor General Agustín Ardila, al Mayor General Jaime Humberto Cortés, al Brigadier General Freddy Padilla, al Brigadier General Jaime Uscátegui y al Teniente Coronel Gustavo Sánchez de cualquier mala acción relacionada con la masacre en Puerto Alvira. La Fiscalía General continuó con su investigación de 21 miembros de las fuerzas de seguridad pública por la supuesta confabulación con paramilitares responsables de aproximadamente 160 asesinatos de limpieza social en el noreste antioqueño entre 1995 y 1998. La Procuraduría Nacional investigó a 26 oficiales que enfrentaban cargos disciplinarios relacionados con los mismos eventos. La Fiscalía continuó investigando al General Jaime Uscátegui por su supuesta confabulación con paramilitares, relacionada con la masacre de 1997 en Mapiripán (Meta). En noviembre de 2001, la Corte Constitucional anuló por razones jurisdiccionales la condena impartida a Uscátegui por un tribunal militar en abril de 2001, por incumplimiento del deber al no prevenir la masacre (ver la Sección 1.e.). La Fiscalía también procesó a otros 11 acusados, incluyendo a tres miembros de las Fuerzas Armadas, por cargos relacionados a los eventos en Mapiripán.


      Subir

      No se anunció ningún nuevo adelanto en una investigación realizada por la Fiscalía contra el Brigadier General (r) Fernando Millán en relación con los alegatos de que él armó y equipó a un grupo paramilitar en el departamento de Santander en 1997, el cual fue responsable de la muerte de al menos 11 personas en 1997. El 8 de marzo la Procuraduría General, la cual realizó una investigación disciplinaria de las acusaciones, exoneró a Millán pero halló culpable al Coronel del Ejército Hernando Sánchez y al Teniente de la Policía Oscar Esteban Hernández, ordenando su destitución inmediata. La decisión fue confirmada por apelación el 9 de julio.

      La Fiscalía General continuó con su investigación sobre las acusaciones de que el ex General Rito Alejo del Río había colaborado con los paramilitares en la región de Urabá (Antioquia), durante su mando como comandante de la XVII Brigada del Ejército entre 1995 y 1997. Del Río fue arrestado bajo esos cargos en julio de 2001, pero posteriormente fue puesto en libertad como resultado de un fallo controversial sobre la existencia de fallas jurisdiccionales en la orden de captura. El 5 de diciembre, la Procuraduría General cerró su investigación disciplinaria con acusaciones similares tras no hallar suficiente evidencia sobre los presuntos crímenes.

      Continuó el juicio del Coronel (r) del Ejército José Ancízar Hincapié por la presunta colaboración entre 1993 y 1994 con un grupo paramilitar que asesinó a 11 personas.

      El antiguo informante de inteligencia de la Armada Jimmy Alberto Arenas fue declarado culpable por el asesinato de 63 personas en Barrancabermeja entre 1991 y 1993 y recibió una larga condena en prisión.

      La mayoría de los aproximadamente 80 casos del país ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (IACHR), fueron relacionados con violaciones al derecho a la vida. La IACHR continuó en su intento por intermediar un acuerdo amistoso a la queja formal presentada por el antiguo Partido de la Unión Patriótica (UP) contra el Estado, acusándolo de "acción por omisión" en lo que la UP denominó un "genocidio político" de los miembros de la UP y el Partido Comunista. Continúan las negociaciones iniciadas en 1999 para resolver la disputa en forma amistosa. A pesar de la continua implementación de un programa de protección del Ministerio del Interior y de Justicia para los miembros de la UP y el Partido Comunista, poco se ha logrado. El Estado mencionó el sinfín de quejas como factor de complicación en la resolución de la disputa. Los miembros de la UP continuaron siendo blanco de la violencia. El 26 de noviembre, 10 hombres armados secuestraron a Omar de Jesús Correa cerca a una estación del Metro de Medellín. Para finales del año aún se desconocía tanto su estado como su ubicación. En 2001, la IACHR presentó un caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos relacionado con una presunta colaboración militar-paramilitar en las matanzas en 1996 de 19 comerciantes cerca al municipio de Simacota (Santander).

      El 29 de julio, el Estado finalizó un acuerdo amistoso de las quejas relacionadas con los asesinatos de ocho niños y un adulto en Villa Tina, un barrio popular de Medellín. Como parte del acuerdo, el Estado acordó construir y dotar a la comunidad con un moderno centro de salud; financiar la creación de un centro para la generación de empleo y el fomento de microempresas y la indemnización de las familias de las víctimas. Poco después de llegar a la presidencia, Álvaro Uribe dio instrucciones a todos los funcionarios del ministerio para que resolvieran todos los casos pendientes en los cuales la responsabilidad del estado parecía clara. El 17 de octubre, el Estado dió inicio serias negociaciones en cinco casos.

      Los grupos paramilitares cometieron una cantidad de asesinatos extrajudiciales, principalmente en las áreas donde competían por el control con la guerrilla y frecuentemente en ausencia de una presencia fuerte de las fuerzas de seguridad del Estado.

      El despacho del Defensor del Pueblo recibió quejas relacionadas con 397 masacres durante el año. Al 31 de octubre, la Defensoría del Pueblo informó haber recibido informes de que los paramilitares eran responsables de 329 asesinatos. Según la Comisión Colombiana de Juristas (CCJ), una ONG local conocida (ver la Sección 4.), los paramilitares fueron responsables de las muertes de al menos 930 civiles en los primeros seis meses del año. Los grupos paramilitares tuvieron como objetivo a periodistas (ver la Sección 2.a.), defensores de derechos humanos (ver la Sección 4.), líderes sindicales (ver la Sección 6.a.), activistas comunitarios, dirigentes indígenas (ver la Sección 5.), políticos nacionales y otras personas a quienes acusaron de simpatizar con la guerrilla.

      La Fiscalía continuó con las investigaciones de numerosas matanzas realizadas por paramilitares en el puerto fluvial de Barrancabermeja (Santander). Durante el año, el personal del Ejército se concentró en combatir la influencia paramilitar en la región. De los 54 miembros confirmados de grupos ilegales alzados en armas capturados por el batallón del Ejército en Barrancabermeja, 48 eran paramilitares. El Batallón también capturó a 66 personas involucradas en el robo de gasolina, multi-millonaria empresa criminal dominada por los paramilitares.

      Cuatro paramilitares fueron juzgados por el asesinato en febrero de 2001 del ex Defensor del Pueblo regional, Iván Villamizar (ver la Sección 4.).

      La Fiscalía investigó el asesinato por parte de presuntos paramilitares en septiembre de 2001 del Congresista y Presidente (e) del Comité de Paz de la Cámara de Representantes, Jairo Hernando Rojas.

      Los paramilitares también asesinaron a miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía quienes intentaron obstaculizar sus actividades ilegales. Por ejemplo, el 14 de junio, pistoleros paramilitares interrumpieron una clase de inglés de una escuela nocturna en Pamplona (Norte de Santander), y asesinaron al Jefe de Policía de la localidad, el Mayor Sergio Gutiérrez. Gutiérrez había recibido amenazas de muerte previniéndole que desistiera de sus esfuerzos por desmantelar una organización paramilitar local. El 19 de noviembre, 12 hombres armados asesinaron a dos policías investigadores que trabajaron en una operación para combatir extorsionistas paramilitares en el municipio de La Ceja (Antioquia). El 3 de diciembre, 15 paramilitares del Bloque Central Bolívar detuvo un autobús a 12 millas del municipio de Concepción (Santander), bajaron a tres policías desarmados vestidos de civil y los eliminaron. Los tres oficiales viajaban al municipio de Málaga para atestiguar en un caso penal contra paramilitares.

      En noviembre de 2001, el líder de las AUC Carlos Castaño, emitió un comunicado público prometiendo el cese de masacres paramilitares a gran escala. Según las observaciones realizadas por diplomáticos y la prensa nacional, muchos grupos paramilitares afiliados a las AUC parecieron cambiar sus operaciones a raíz de ello, disminuyendo en forma significativa el número de masacres perpetradas por los paramilitares. Por ejemplo, según el Ministerio de Defensa Nacional, los paramilitares habían asesinado a 54 personas en 11 masacres desde el 30 de noviembre, comparado con las 281 víctimas en 42 masacres durante 2001. La Policía Nacional anunció una cifra similar, informando que 59 personas fueron asesinadas por paramilitares en masacres durante el año. No obstante, el CPDDH dio a conocer una cifra mucho más alta, informando que los paramilitares habían asesinado a 1.549 personas en masacres.

      Por ejemplo el 22 de agosto, miembros del Frente Calima de las AUC, el cual está muy involucrado con el narcotráfico, secuestraron y asesinaron a ocho personas cerca de la población de Barragán (Valle del Cauca). Dos días después, tropas del ejército asesinaron a dos paramilitares sospechosos de haber participado en las matanzas.

      Los fiscales continuaron investigando las masacres cometidas por los paramilitares en 2001 en los municipios de: El Peñol (Antioquia); Frias (Magdalena); Sabaleta (Valle del Cauca), y una región remota en el departamento de Boyacá. No hubo ningún progreso en ninguna de estas investigaciones.

      Los fiscales continuaron con la investigación de una masacre paramilitar, en abril de 2001, de 21 hombres en Tibú (Norte de Santander).

      La Fiscalía continuó con la investigación de una serie de ataques en noviembre de 2000 en la que los paramilitares asesinaron a 27 pescadores en la Ciénaga de Santa Marta, departamento del Magdalena.

      La Fiscalía continuó con la investigación de dos masacres diferentes cerca a Trujillo (Valle del Cauca), en 1989, 1990 y 1994. Las autoridades detuvieron a un paramilitar y presentaron órdenes de arresto de otros tres. Uno de los paramilitares sospechosos fue asesinado mientras se encontraba detenido.

      La Fiscalía reabrió una investigación por el asesinato de Carlos Pizarro, candidato presidencial y antiguo jefe del grupo subversivo M-19, en 1990, luego de que el líder de las AUC Carlos Castaño, admitiera los asesinatos en sus memorias publicadas en noviembre de 2001. En junio, los fiscales solicitaron que Castaño fuera juzgado como reo ausente y sentenciado a 60 años de prisión.

      En Barrancabermeja, Cúcuta y otras ciudades se reportaron incidentes de "limpieza social" paramilitar contra homosexuales, prostitutas, drogadictos, pordioseros y personas con problemas mentales. El CCJ informó que los paramilitares cometieron al menos 212 matanzas de "limpieza social" en los primeros seis meses del año. Por ejemplo el 14 de junio, los paramilitares ejecutaron a dos hombres en las afueras del municipio de Girón (Santander); una nota pegada a uno de los cuerpos intentó justificar las matanzas argumentando que los hombres eran delincuentes comunes. El 14 de septiembre en el municipio de Soledad (Atlántico), los paramilitares asesinaron al presunto pordiosero Mario Paut de 19 años por haber quebrantado el toque de queda de las 9PM. Paut había salido de su hogar a las 10PM para comprarle pañales a su bebé de un mes.

      En lo que va del año la guerrilla, sobre todo las FARC, parece haber cometido un mayor porcentaje de los asesinatos ocurridos en la nación, comparado con el porcentaje del año anterior, siendo con frecuencia la población civil su blanco. El Ministerio de Defensa Nacional atribuyó a los grupos guerrilleros el 70% de las muertes de civiles, o sea, 916 asesinatos, entre enero y noviembre. El Ministerio de Defensa atribuyó a la guerrilla el 51% de las muertes de civiles en 2001. La Defensoría del Pueblo informó que desde el 31 de octubre había recibido reportes de 324 asesinatos intencionales cometidos por la guerrilla: 193 de las FARC; 20 del ELN y 111 de grupos guerrilleros no identificados. No obstante, el CPDDH informó que la guerrilla era responsable de tan sólo 452 muertes de civiles durante el año, o sea, el 10% del total. El CPDDH atribuyó 382 asesinatos a las FARC y 53 al ELN. El CPDDH atribuyó la muerte de 3.882 civiles a grupos armados no identificados al margen de la ley.

      Los objetivos de la guerrilla incluyeron a funcionarios y candidatos elegidos localmente para puestos públicos (ver la Sección 3.), líderes cívicos, propietarios de negocios, y campesinos opuestos a las actividades de la guerrilla, líderes religiosos (ver la Sección 2.c.), miembros de grupos indígenas (ver la Sección 5.), dirigentes laborales (ver la Sección 6.a.) y maestros (ver la Sección 2.d.). Algunas de las comunidades controladas por la guerrilla también experimentaron asesinatos de limpieza social. Con frecuencia las ofensivas guerrilleras involucraron significativas bajas entre la población civil (ver la Sección 1.g.) e impulsaron desplazamientos significativos (ver la Sección 2.d.).

      Muchos de los asesinatos cometidos por la guerrilla tenían una motivación política. El jefe de seguridad del Presidente Andrés Pastrana afirma haber frustrado 92 intentos contra la vida de Pastrana, la gran mayoría de la guerrilla, durante los cuatro años de su mandato, el cual finalizó el 7 de agosto. Las FARC también intentaron asesinar al entonces candidato presidencial y hoy presidente Álvaro Uribe al menos 12 veces(ver la Sección 3.).

      Grupos guerrilleros más pequeños también cometieron varios asesinatos con motivación política. Por ejemplo, el 27 de abril, siete miembros del Ejército Popular de Liberación (EPL) asesinaron a una adolescente de 16 años en el municipio de San Calixto (Norte de Santander), por asociarse con militares locales.

      Las FARC cometieron más masacres a mayor escala que en 2001. El Ministerio de Defensa atribuyó a la guerrilla el 85% de las muertes de civiles en masacres durante el año, o sea, 307 asesinatos. En 2001, el Ministerio de Defensa atribuyó a la guerrilla el 36% de dichas muertes. El CPDDH informó que la guerrilla asesinó a 280 personas durante varias masacres en el trascurso del año; sólo el 11% de su cálculo mucho mayor de víctimas de masacres. Según el CPDDH, las FARC asesinaron a 241 personas en masacres y el ELN a 31. El CPDDH culpa a varios grupos no identificados armados al margen de la ley por la muerte de otras 691 personas.

      El 15 de septiembre, las FARC secuestraron a 22 recolectores de coca cerca al municipio de vista Hermosa (Meta). Tras cuatro días de torturas, los guerrilleros asesinaron a 11 de los recolectores y los enterraron en una fosa común, aparentemente porque la guerrilla sospechó que eran colaboradores de los paramilitares. El 10 de agosto, cerca del municipio de La Gabarra (Santander), las FARC asesinaron a siete campesinos que se negaron a ser reclutados a la fuerza. El 31 de agosto, cerca al Corralito en la región de Montes de María (Bolívar), las FARC asesinaron a ocho campesinos a quienes acusaron de ser colaboradores de los paramilitares.

      Los fiscales continuaron con la investigación de las matanzas, en febrero de 2001, de siete excursionistas en el Parque Nacional Puracé en la frontera entre los departamentos de Huila y Cauca. Ocho líderes de las FARC fueron identificados como sospechosos en el caso.

      También continuó una investigación contra las FARC por la masacre en mayo de 2001 de siete campesinos cerca al Alto Sinú, en el municipio de Tierra Alta (Córdoba). Los fiscales ordenaron el arresto de Jhoverman Sánchez, líder del Frente 58 de las FARC.

      No hubo ningún progreso en la investigación contra el ELN por las muertes de nueve campesinos en la comunidad de La Cristalina, ubicada cerca a Puerto Wilches (Santander), en venganza por su oposición verbal contra una propuesta del Estado para crear una zona de despeje en la región para el ELN, a raíz de posibles diálogos de paz.

      La Fiscalía continuó con la investigación de las muertes, desapariciones y secuestros de policías y personal militar fuera de servicio, quienes con frecuencia eran asesinados como parte del "Plan Pistola" de las FARC, anunciado públicamente. El 12 de mayo, las FARC secuestraron, torturaron y ejecutaron a nueve soldados rasos durante una celebración del Día de la Madre en el departamento de Caquetá (ver la Sección 1.b.). El 14 de septiembre en Cúcuta (Norte de Santander), un miembro de las FARC asesinó a un soldado de 18 años en la casa de su madre.

      No se logró mucho durante las investigaciones de los asesinatos cometidos por las FARC en su antigua zona de despeje. Por ejemplo, no se anticipó ningún arresto de los miembros de las FARC por la muerte de siete residentes de la antigua población de La Macarena (Meta), la semana después de la derogación de la zona de despeje de las FARC. Según se informa, cinco de las víctimas fueron asesinadas por no cooperar con las FARC, y otros dos fueron asesinados por intentar robarse la cama personal del comandante "Mono Jojoy" y su preciado cerdo, tras su partida.

      La Fiscalía continuó investigando la masacre de 20 personas, incluyendo a ocho policías y al alcalde del municipio de Vigía del Fuerte (Antioquia), durante un ataque de las FARC en marzo de 2000 contra Vigía del Fuerte y Bellavista (Chocó), ubicados en lados opuestos del Río Atrato. El 8 de abril, las autoridades acusaron a tres miembros de las FARC de asesinato y terrorismo. Fueron capturados y esperaban ser juzgados a finales del año.

      La Fiscalía continuó investigando el asesinato cometido por las FARC en diciembre de 2000, del presidente de la Comisión de Paz del Congreso Diego Turbay, su madre y otras cinco personas en el departamento de Caquetá. No se esperaba ningún progreso en el arresto de altos líderes de las FARC acusados de organizar el crimen. No obstante el 5 de junio un tribunal sentenció, en su ausencia, a Manuel Marulanda , alias "Tirofijo"; a Jorge Briceño, alias "Mono Jojoy" y a otros tres miembros del Secretariado de las FARC, a 396 años de prisión por el secuestro y asesinato en 1997 del hermano mayor de Turbay, el entonces Senador Rodrigo Turbay.

      El 5 de noviembre, la Fiscalía ordenó el arresto de ocho miembros del Frente 57 de las FARC por el asesinato en enero de 2001 de Henry Perea, alcalde del municipio de Juradó (Chocó). Perea había sido sacado de su despacho y asesinado a plena luz del día. No hubo ningún arresto.

      El 30 de julio, los fiscales acusaron a nueve líderes de las FARC por el secuestro y posterior asesinato en septiembre de 2001 de la ex ministra de Cultura Consuelo Araujo cerca de Valledupar (Cesar). Las FARC aparentemente asesinaron a Araujo cuando se dieron cuenta de que ella no podía mantener el ritmo necesario para que las FARC evitaran los esfuerzos militares de rescatarla. El 18 de noviembre la Fiscalía ordenó el arresto de otros dos líderes de las FARC por su participación en el crimen.

      Las autoridades fracasaron en el intento por capturar al comandante del Bloque Oriental de las FARC, Germán Briceño conocido como "Grannobles", acusado de las matanzas de 1999 de los activistas estadounidenses por los derechos indigenistas Terence Freitas, Lahe'ena'e Gay, e Ingrid Washinawatok cerca a Saravena (Arauca). El 28 de noviembre la policía arrestó a tres guerrilleros de las FARC sospechosos de participar en el secuestro. El confeso miembro de las FARC Nelson Vargas, sospechoso de participar directamente en los asesinatos, ya estaba en prisión sentenciado por rebelión.

      Las FARC ejecutaron a los combatientes guerrilleros que intentaban desertar. Por ejemplo, el 3 de junio cerca de Yondó, al este del departamento de Antioquia, las FARC asesinaron a dos soldadas que planeaban desertar.

      Los guerrilleros asesinaron a los ciudadanos con bombas, artillería y minas antipersonal y continuaron con su práctica de emplear cilindros de gas en pequeñas poblaciones, asesinando a civiles en forma indiscriminada (ver la Sección 1.g.).


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    2. La desaparición

      La ley específicamente define la desaparición forzada como un crimen. Desde 1977 se han reportado oficialmente más de 3.800 casos de desapariciones forzadas. Muy pocas han sido resueltas. La gran mayoría de las victimas de desaparición forzada no han sido vistas desde entonces ni se ha vuelto a saber de ellas.

      El CPDDH atribuyó 10 desapariciones forzadas a las fuerzas de seguridad del Estado este año. El CCJ rinformó de cuatro de estos casos en los primeros seis meses del año. La Procuraduría investigó a 105 miembros de las fuerzas de seguridad del Estado por cargos disciplinarios relacionados con masacres y desapariciones forzadas (ver la Sección 1.a.). En 35 casos, las acusaciones fueron lo suficientemente creíbles como para que la Procuraduría abriera una investigación formal. Un capitán del Ejército fue formalmente acusado, dos agentes de la Policía fueron hallados culpables y sancionados y un agente de la Policía fue exonerado.

      La ley prohíbe el secuestro; sin embargo, éste siguió siendo un problema grave. Según la Fundación País Libre, una ONG antisecuestro (ver la Sección 4.), en el año hubo 2.986 secuestros de los cuales 936 fueron atribuidos a las FARC, 766 al ELN y 180 a los paramilitares incluyendo a las AUC, y el restante a grupos pequeños como el ELP (Ejército de Liberación Popular) y a la delincuencia común. Los miembros de grupos élite antisecuestro del Estado, conocidos como GAULA y otras unidades de las fuerzas de seguridad liberaron a 693 rehenes y obligaron la liberación de 190 más. No obstante los esfuerzos realizados por el gobierno, La Fundación País Libre informó que al menos 62 personas murieron en cautiverio durante el año, incluyendo tres niños. Treinta y ocho de estas personas fueron asesinadas por sus propios captores. El 29 de enero, el entonces presidente Andrés Pastrana firmó una nueva ley antisecuestro que proporciona sentencias de 40 años de cárcel. A la vez, Pastrana anunció el desembolso de aproximadamente US $2 millones (unos $5 millardos de pesos) para el fortalecimiento de los GAULA.

      Algunos miembros de las fuerzas de seguridad del Estado participaron en secuestros extorsivos. Por ejemplo, el 14 de mayo la policía arrestó a dos miembros de la Policía Nacional y a un funcionario de la Fiscalía General por su participación en el secuestro del empresario Esteban Rangel. El 20 de septiembre, la BBC informó que personas que habían sido secuestradas afirmaron haber sido raptadas por miembros de la Policía durante un retén o tras haber sido detenidas por patrullas de la Policía. El informe señaló que las víctimas no sabían si habían sido secuestradas por policías corruptos o por guerrilleros disfrazados de policías con uniformes robados.

      Los paramilitares fueron responsables de la mayoría de las desapariciones forzadas. El CPDDH atribuyó a los paramilitares 439 de las desapariciones forzadas ocurridas durante el año, o sea, el 60%. El CPDDH también informó que 277 personas fueron desaparecidas "a la fuerza" por grupos armados no identificados. Según la Fundación País Libre, los paramilitares fueron responsables de 180 secuestros, o sea, el 7% de todos los secuestros realizados durante el año, para los cuales se identificó un autor. Generalmente los paramilitares secuestraron a personas de quienes sospechaban eran colaboradores de la guerrilla y a quienes generalmente asesinaban (ver la Sección 1.a.). En abril y octubre, presuntos paramilitares secuestraron a varias personas cerca de la población de San José de Apartadó, en la región de Urabá, departamento de Antioquia (ver la Sección 1.a.).

      La investigación continuó en el secuestro paramilitar de junio de 2001 del líder indígena Embera-Katío Kimi Domicó en Tierralta, departamento de Córdoba. Se cree que el secuestro de Domicó se debió a la retaliación de una posible cooperación con las FARC. En diciembre de 2001, el comandante militar de las AUC Salvatore Mancuso, dio a entender que Domicó había sido asesinado.

      Las autoridades continuaron con la investigación del secuestro paramilitar de 13 pescadores cerca a la Ciénaga de Santa Marta (Magdalena). Tres de las víctimas escaparon y se confirmó la muerte de al menos seis de ellas. Se asumió la muerte de las cuatro víctimas que aún permanecen desaparecidas.

      En ocasiones los paramilitares secuestraron a funcionarios quienes investigaban los crímenes paramilitares (ver la Sección 1.a.). Se desconoce lo sucedido en las desapariciones de abril de 2001 de dos investigadores del CTI quienes estaban trabajando como agentes secretos en la masacre paramilitar de enero de 2001 en el municipio de Chengue, departamento de Sucre (ver la Sección 1.a.). Continuó la investigación en el secuestro en 2000 de siete miembros del CTI cerca a Minguillo (Cesar). Se desconoce el paradero de los funcionarios del CTI y se presume que murieron.

      Por lo general los paramilitares no mantienen a sus rehenes por mucho tiempo para obtener concesiones políticas. No obstante, sí secuestran para obtener recompensa. Por ejemplo, en 2000 los paramilitares secuestraron al empresario venezolano Richard Bolton, quien fue liberado el 15 de julio cuando su familia pagó una fuerte suma por su liberación.

      Tanto para las FARC como para el ELN el secuestro continuó siendo una establecida sin ambigüedades como principal fuente de ingreso. Las FARC continuaron secuestrando a personas a partir de su "Ley 002", anunciada en marzo de 2000, la cual exige que las personas con activos superiores a US $1 millón (unos $2,95 millardos de pesos) debían realizar un pago voluntario a las FARC o arriesgarse a ser secuestrados. La Fundación País Libre informó que los guerrilleros fueron responsables del 75% de los 2.986 secuestros reportados durante el año, en los cuales se identificó un responsable. La Fundación informó que las FARC secuestraron a 936 personas y el ELN a 776. Además, las FARC con frecuencia compraron a las víctimas de secuestros realizados por la delincuencia común y luego negociaron la recompensa con las familias. Hubo muchos informes de que la guerrilla torturaba a las víctimas de secuestro (ver la Sección 1.b., 1.c. y 1.g.). Varias de las víctimas liberadas dicen que las FARC mantenían cautivas a más de 200 personas en la zona de despeje, antes de que ésta fuese cerrada en febrero.

      Según la Fundación País Libre, los empresarios, los funcionarios y los ganaderos fueron las víctimas preferidas de la guerrilla. Sin embargo, las principales víctimas del secuestro fueron los niños: más de 384 fueron secuestrados en el trascurso del año. Por ejemplo a comienzos de 2001, las FARC secuestraron a Laura Ulloa de 11 años mientras esperaba el bus del colegio en Cali y no fue puesta en libertad sino hasta el 5 de abril. En octubre de 2001, las FARC secuestraron a Mariana Ossa de 18 meses en un barrio de clase media de Medellín. A pesar de que sus padres pagaron el rescate de la pequeña en julio, ésta no fue puesta en libertad sino hasta el 22 de diciembre. Las FARC secuestraron a los hijos de varios alcaldes para obligar a los alcaldes a renunciar (ver la Sección 3.).

      Según la Fundación País Libre, 1.714 secuestros durante el año, o sea, más del 57% del total, fueron motivados por razones económicas. Durante una entrevista realizada por un diario el 2 de abril, el comandante principal del ELN Nicolás Rodríguez, alias "Gabino", declaró que el ELN esperaba que se le pagara por la libertad de los secuestrados. Gabino añadió que las víctimas "tienen un valor económico específico" y que "el Estado debía entender que si había fondos para un acuerdo de paz, esos fondos debían emplearse para solucionar la situación de estos secuestrados". De inmediato el Gobierno rechazó las exigencias de Gabino.

      El 19 de agosto, el ELN secuestró a 27 turistas de un complejo turístico cerca a Bahía Solano (Chocó). Para finales del año todos habían sido liberados excepto tres: la mayoría tras el pago de fuertes recompensas o el compromiso de pagarés acompañados por amenazas de muerte si no cumplían con el pago. Las víctimas informaron que el grupo (conformado entre otros por ancianos y niños) fue obligado a realizar largas caminatas de hasta 12 horas diarias atravesando selvas y pantanos, con apenas pequeñas raciones de plátano y arroz. Muchas de las víctimas contrajeron malaria y otras enfermedades graves y uno de los ancianos falleció de un ataque al corazón y fue enterrado en una tumba sin marcar.

      A veces, los guerrilleros exigeron el pago de recompensas antes de devolver los cuerpos de los secuestrados fallecidos en cautiverio. Por ejemplo en abril, los familiares de un comerciante secuestrado en Pensilvania (Caldas), pagaron a las FARC casi US $2.000 ($5,9 millones de pesos) por recuperar el cuerpo.

      Los guerrilleros también secuestraron a los extranjeros por dinero. Según la Fundación País Libre, 31 extranjeros fueron secuestrados en el trascurso del año. Por ejemplo, el 19 de abril, las FARC secuestraron a dos ciudadanos canadienses y un ciudadano francés cuyo helicóptero realizó un aterrizaje de emergencia en una región remota del departamento de Nariño. Fueron liberados el 30 de julio. Funcionarios del gobierno creen que se pagó una recompensa. En octubre de 2001, las FARC secuestraron al estudiante holandés Roelant Jonker cerca al municipio de Santa Cecilia (Chocó). Jonker fue liberado el 12 de junio a cambio del pago de una recompensa de US $8.000 ($23,6 millones de pesos). El 22 de mayo, un equipo compuesto por efectivos del Ejército, la Policía y el DAS rescataron a María Luisa Trevissan de Bachetti de 64 años de edad, ciudadana italiana y propietaria de una planta venezolana de acero, de manos de un grupo compuesto por miembros de la FARC y el ELN, quienes la tuvieron prisionera en el municipio de Maicao (Guajira). Trevissan de Bachetti había sido secuestrada el 19 de abril en Venezuela. La guerrilla exigía US $10 millones ($29,5 millardos de pesos) por su liberación.

      Las FARC realizaron numerosos secuestros con motivos políticos en un intento por desestabilizar al Estado y presionando a favor de un intercambio de prisioneros. Según la Fundación País Libre, en el año hubo 208 secuestros políticos. El 15 de abril, Human Rights Watch publicó una carta dirigida al jefe de las FARC Manuel Marulanda, en la cual le exigían que cesaran inmediatamente de atacar a los dirigentes políticos.

      El 20 de febrero, operativos de las FARC secuestraron una aeronave comercial que viajaba desde Neiva, capital del departamento del Huila, a Bogotá, obligándola a aterrizar en una carretera entre Bogotá y Neiva. Secuestraron al Senador Jorge Eduardo Gechem, Presidente de la Comisión de Paz del Senado. Aparentemente el secuestro fue planeado con el único propósito de secuestrar al Senador Gechem. El primo de Gechem, Diego Turbay, ex presidente de la Comisión de Paz de la Cámara de Representantes, fue asesinado por las FARC en 2000. El secuestro de Gechem llevó al entonces presidente Pastrana a poner fin definitivo a las estancadas negociaciones de paz con las FARC y a las zonas de despeje de las FARC en el sur.

      El 23 de febrero, tres días después de abolirse las zonas de despeje, las FARC secuestraron a la candidata presidencial Ingrid Betancourt y a su directora de campaña Clara Rojas, en una carretera entre Florencia y San Vicente del Caguán (Caquetá). El 23 de julio, las FARC dieron a conocer una videocinta de una Betancourt delgada y cansada, aparentemente grabada el 15 de mayo. A principios de octubre, un noticiero de televisión de Bogotá recibió un mensaje de las FARC que decía que Betancourt se encontraba en buenas condiciones.

      El 11 de abril, a plena luz del día, las FARC secuestraron con osadía a 16 diputados de la Asamblea Departamental del Valle del Cauca reunidos en su sede principal, en el centro de Cali. Los operativos de las FARC vestían uniformes militares y anunciaron que el edificio estaba siendo evacuado debido a una amenaza de bomba. Sacaron rápidamente a todas las víctimas y las montaron en un bus con los emblemas del Ejército. A pesar de que cuatro de las víctimas fueron rescatadas por los militares una semana después, para finales del año, 12 de las víctimas continuaban secuestradas. El 28 de agosto y el 27 de diciembre, las FARC dieron a conocer videos de los otros 12 prisioneros quienes parecían gozar de buen estado de salud.

      El 21 de abril, las FARC secuestraron a Guillermo Gaviria, gobernador de Antioquia, y a Gilberto Echeverri, comisionado de paz del departamento y ex ministro de Defensa, cuando el Gobernador dirigía una marcha de paz a través de la población antioqueña de El Vaho.

      Las FARC mantuvieron cautivos a los miembros del Congreso Orlando Bernal, Luis Eladio Pérez, y Consuelo González, secuestrados en 2001 y al Congresista Oscar Lizcano, secuestrado en 2000. Los cuatro murieron durante su cautiverio. Las FARC también tenía al ex gobernador de Meta Alan Jara, secuestrado en julio de 2001, mientras viajaba en un vehículo oficial de las Naciones Unidas, acompañado por el director del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y otros funcionarios gubernamentales.

      Las FARC continuaron manteniendo cautivas a nueve víctimas de un secuestro masivo efectuado en julio de 2001, en un lujoso edificio de apartamentos en Neiva (Huila). Entre los secuestrados se encontraban la esposa y dos hijos de un congresista.

      Los miembros de las fuerzas de seguridad pública también estaban entre las víctimas preferidas de los secuestros con motivo político. Según la Fundación País Libre, 68 miembros de las fuerzas de seguridad pública fueron secuestrados en el trascurso del año, todos por la guerrilla, sobre todo por las FARC. El Ministerio de Defensa informó que las FARC y el ELN continuabann reteniendo o habían "desaparecido" al menos a 102 miembros de las fuerzas de seguridad pública.

      El 5 de mayo, el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) recuperó los cuerpos de dos policías, ambos asesinados por las FARC. Uno de los cuerpos era el del cabo José Norberto Pérez, padre de Andrés Felipe Pérez, un joven de 13 años quien murió de cáncer en diciembre de 2001, tras haberle rogado a las FARC que liberaran a su padre para que la familia pudiera estar reunida antes de la muerte del muchacho.

      Los guerrilleros secuestraron a periodistas (ver la Sección 2.a.).


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    3. Tortura y otros castigos o tratamientos crueles, inhumanos, o degradantes

      La Constitución y la ley penal explícitamente prohíben la tortura, así como el tratamiento o castigo cruel, inhumano, o degradante; sin embargo, hubo informes de tortura y maltrato de detenidos por parte de la Policía, militares y guardianes de prisión. El Código Penal Militar ordena que los juicios de miembros de las fuerzas militares y de la Policía, acusados de tortura, debían ser juzgados por la justicia ordinaria en vez de la justicia penal militar (ver la Sección 1.e.).

      En mayo de 2000, el Congreso tipificó como delito la tortura (ver la Sección 1.b.) y, según el Código Penal Militar, los miembros de las fuerzas militares y de la Policía acusados de tortura debían ser juzgados por la justicia ordinaria en vez de la justicia penal militar (ver la Sección 1.e.). La Procuraduría General recibió 103 quejas de tortura de agentes estatales durante el año. El CINEP informó que las fuerzas de seguridad del Estado torturaron a 16 personas durante los primeros seis meses del año; 14 casos le fueron atribuidos al Ejército y dos a la Policía.

      La Fiscalía investigaba las acusaciones publicadas durante el año por el Comité para la Solidaridad de los Prisioneros Políticos (CSPP) sobre miembros del GAULA de Cali quienes supuestamente colaboraban con los paramilitares en la retención y tortura de individuos sospechosos de participar en secuestros.

      El Coronel José Ancizar Molano, los capitanes Álvaro Hernando Moreno y Rafael García, el Teniente Carlos Eduardo Jaramillo y cuatro suboficiales continuaban siendo juzgados al finalizar el año por la tortura de 12 infantes de marina quienes habían sido asfixiados y electrocutados en 1995.

      El CINEP informó de 42 casos de tortura por parte de paramilitares en el primer semestre del año. Las víctimas de los asesinatos paramilitares generalmente mostraban señas de tortura.

      La guerrilla también torturaba y abusaba de las personas. El CINEP informó sólo de tres casos de tortura realizados por la guerrilla durante los seis primeros meses del año; sin embargo numerosas víctimas de secuestro quienes fueron asesinadas posteriormente muestraban signos de tortura y desfiguración. Numerosos secuestrados y rehenes tomados por la guerrilla durante combates, liberados y/o rescatados, informaron de la negación de atención médica y tortura física y sicológica durante su cautiverío (ver la Sección 1.b.). El Ministerio de Defensa Nacional informó que la guerrilla torturó o mutiló y asesinó a soldados y policías después de éstos haberse rendido (ver la Sección 1.g.).

      Las condiciones carcelarias fueron duras, en especial para los prisioneros que no contaban con suficiente apoyo externo. La hacinación severa y las peligrosas condiciones sanitarias y de salud continuaron siendo un problema serio. El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) informó que la ración diaria de alimento por prisionero era sólo US $1,25 ($3.500 pesos). Fuentes particulares continuaron siendo la principal fuente de alimentos para los presos. En junio de 2001, con base en una tutela establecida por los presos de la cárcel de Valledupar (Cesar), la Corte Suprema de Valledupar ordenó al INPEC mejorar las condiciones de las prisiones en el departamento. Muchos de los 10.000 guardianes estaban mal capacitados o eran corruptos. El 6 de marzo, algunos guardianes en la cárcel de Valledupar golpearon tan brutalmente en su celda a un prisionero rebelde, que murió 36 horas después. La Fiscalía arrestó a seis guardianes acusándolos de asesinato. Se informó que la Oficina también investigaba quejas de brutalidad por parte de los guardianes en otras prisiones.

      Sólo cuatro prisiones cumplen con las normas internacionales para el tratamiento de prisioneros: Valledupar, Acacías, Popayán y Cómbita. Dos prisiones más, diseñadas para cumplir estas normas, están siendo construidas en La Dorada (Caldas) y Palo Gordo, cerca a Bucaramanga (Santander). En otras prisiones del país, los reclusos pagan por comer, beber, dormir en un colchón, lavar ropa, o hacer llamadas telefónicas. Muchos de los internos pagan comisión de protección a los compañeros reclusos o a guardianes corruptos de la prisión.

      Según el INPEC, el hacinamiento continúa siendo un problema grave. Para octubre, las prisiones y cárceles del país albergaban aproximadamente a 52.900 internos, un 16% por encima de su capacidad máxima de 45.500 internos. Las cárceles más grandes del país fueron las más hacinadas. Por ejemplo, la prisión de Bellavista en Medellín, la más grande del país, albergaba tres veces la capacidad de prisioneros para la cual fue diseñada inicialmente.

      Aproximadamente el 17,8% de las cárceles del país tienen entre 40 y 80 años de construidas, el 3,5% entre 80 y 201 años y el 2,4% más de 201 años. El Ministerio de Justicia y del Derecho hizo adelantos muy significativos en la implementación de un plan anunciado en 2000 para ampliar la capacidad carcelaria en 18.000 cupos para el 2003. Desde el anuncio, el Estado renovó 17 de las 151 penitenciarías, incluyendo algunas de las más grandes, ampliando la capacidad en 6.400 cupos.

      A veces el Estado no logró evitar la violencia mortal entre los reclusos. Por ejemplo, el 12 de julio, una revisión rutinaria en una celda de la prisión de La Cárcel Modelo en Bucaramanga reveló planes para una fuga masiva dirigida por internos del ELN y ocasionó un gran motín que tuvo como resultado la muerte de un interno y serias heridas a otros cuatro. EL INPEC informó de ocho motines grandes, comparado con los 19 de 2001. No obstante, a diferencia del año anterior cuando murieron 61 internos durante tales revueltas, sólo se perdieron tres vidas en estas revueltas.

      No hubo fugas significativas; no obstante, durante el año se fugaron un total de 223 prisioneros de las prisiones del país. Estas fugas fueron divididas equitativamente entre las fugas tradicionales y los abusos de privilegios administrativos, como los pases de 72 horas. Aún así, estas cifras representaron una mejoría de las 781 fugas registradas en 2000. Esto se debió a la mejor seguridad externa, la cual evitó que paramilitares y guerrilleros ayudaran a escapar a sus camaradas presos, y la revocación durante el año de la política que permitía la emisión de pases por 72 horas a prisioneros privilegiados. Algunos de los intentos de fuga fallidos habían sido planes muy elaborados, como el del esfuerzo de unos paramilitares, descubierto en octubre, para fugarse de La Picota en Bogota, a través de un túnel.

      Durante el año, las autoridades trasladaron a importantes narcotraficantes a la nueva prisión de alta seguridad en Cómbita, donde enfrentaron las mismas condiciones austeras que los otros prisioneros. También se completó la renovación de la nueva ala de alta seguridad de la prisión La Picota en Bogotá, poniendo fin al tan cómodo estilo de vida de muchos internos.

      Hay instalaciones en cada cárcel separadas para mujeres, y en algunas partes del país, existen cárceles exclusivas para mujeres. Las condiciones en las cárceles de mujeres son similares pero son mucho menos violentas. Según el Código de Procedimiento Penal, ningún menor de 18 años puede ser detenido en prisión. Los reos juveniles quedan detenidos en instalaciones separadas manejadas por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).

      No existen instalaciones separadas para quienes hayan sido detenidos y esperan ser juzgados. Éstos conforman aproximadamente el 43% de todos los reos. Según el INPEC, 981 personas acusadas, quienes esperaban ser juzgadas, estaban detenidas en celdas de estaciones de policía hacinadas, aunque los jueces habían ordenado su traslado a instalaciones de detención a largo plazo. Los comandantes militares y carcelarios locales o regionales no siempre prepararon los registros obligatorios de detención ni siguieron los procedimientos de notificación; como resultado, no siempre fue posible llevar cuenta precisa del total de los detenidos.

      El CICR continuó teniendo acceso constante a la mayoría de las cárceles y los centros de detención de la Policía y militares. El CICR continúa teniendo acceso a civiles retenidos por los grupos paramilitares y la guerrilla. Sin embargo, las FARC y el ELN le siguen negando acceso al CICR a los rehenes de la Policía o los militares (ver la Sección 1.b. y 1.g.).


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    4. Arresto, detención o exilio arbitrario

      La Constitución incluye varias disposiciones diseñadas para evitar detenciones ilegales; sin embargo, se siguieron presentando casos en los que las autoridades arrestaban o detenían arbitrariamente a ciudadanos. Muchas de estas acusaciones se originaron en las "Zonas de Rehabilitación y Consolidación" establecidas por decreto presidencial, donde las fuerzas de seguridad recibieron poderes especiales para establecer el orden público.

      El presidente Uribe promulgó el decreto 2002 del 10 de septiembre en ejercicio de sus atribuciones de la declaración del "Estado de Conmoción Interior" (ver la Sección 1.f.). Además de autorizar la definición de las "Zonas de Rehabilitación y Consolidación", el decreto otorga a la Policía y las Fuerzas Armadas el derecho a disponer la captura de personas, la interceptación de comunicaciones y la inspección o registro domiciliario, sin que medie autorización judicial, siempre que haya urgencia insuperable. Sin embargo, el 26 de noviembre la Corte Constitucional tumbó las cláusulas del decreto que le otorgaban al Ejército las atribuciones de policía, recalcando que los funcionarios fiscales deben determinar cuándo los intereses de la libertad personal pueden ser violados a razón de los intereses de la seguridad pública.

      La decisión de la Corte Constitucional era consistente con su decisión del 11 de abril que tumbaba Ley de 2001 sobre Seguridad y Defensa Nacional sobre la base de que infringía el derecho al debido proceso de las personas detenidas o investigadas por los militares (ver la Sección 1.e.). Entre otras cosas, la ley no especificaba el período máximo en el cual se puede retener a los detenidos antes de entregarlos a las autoridades civiles.

      La ley prohíbe la detención incomunicada. Aún en las "Zonas de Rehabilitación", cualquier retenido en detención preventiva debe ser llevado ante un fiscal en un plazo de 36 horas. El fiscal debe entonces actuar sobre la petición dentro de las 36 horas siguientes a su presentación. A pesar de estas protecciones legales, continuaron los casos de detención arbitraria.

      Existe la posibilidad de libertad condicional anterior al juicio en ciertas circunstancias, por ejemplo, en relación con delitos menores o después de mucho tiempo en detención preventiva. En el caso de la mayoría de los delitos serios, la detención antes del la formulación de cargos oficiales puede exceder los 180 días, tiempo tras el cual el capturado debe ser puesto en libertad condicional. En el caso de delito serio, como el asesinato y el terrorismo, las autoridades tienen hasta 360 días para formular cargos antes de que el capturado sea puesto en libertad condicional.

      Los paramilitares en Barrancabermeja (Santander) ejercieron "controles sociales" ilegales como toques de queda para los jóvenes, castigos para la violencia doméstica y delitos menores, y la entrega de tarjetas de identificación producidas por los paramilitares para los residentes de buena fe.

      Las FARC presionaron al Gobierno y al Congreso a adoptar una ley permanente de canje de prisioneros; sin embargo, las administraciones de Pastrana y Uribe rechazaron la idea. Los familiares de las víctimas secuestradas, en particular los familiares de los 12 diputados a la Asamblea Departamental del Valle del Cauca secuestrados en abril, y todavía en manos de las FARC (ver la Sección 1.b.), presionaron al Estado a participar en un canje único humanitario de prisioneros. Durante el año, los guerrilleros continuaron reteniendo al menos a 47 y hasta 102 soldados y policías que habían sido capturados durante enfrentamientos, o secuestrados cuando se encontraban fuera de servicio. El CICR no tuvo acceso a ellos (ver la Sección 1.b.).


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    5. La negación al derecho a un juicio público imparcial

      La Constitución ofrece un sistema judicial independiente, y el sistema judicial ordinario fue independiente de las ramas ejecutiva y legislativa tanto en la práctica como en teoría; sin embargo, el soborno o la intimidación de jueces, testigos, y fiscales fue una práctica común. La impunidad continuaba siendo el mayor problema que amenazaba la credibilidad del compromiso del Estado por los derechos humanos. La Corporación Excelencia en la Justicia que preparaba un estudio sobre la impunidad, informó que el nivel general de la impunidad citada por una variedad de fuentes gubernamentales y no gubernamentales era del 80 al 95%.

      Desde hace tiempo los jueces se han visto sujetos a las amenazas y la intimidación, sobre todo cuando manejan casos relacionados con miembros de las fuerzas de seguridad pública o de paramilitares, guerrilla y organizaciones de narcotraficantes. Continuaron los ataques violentos y las amenazas contra los fiscales, los abogados defensores y los jueces. Los fiscales informaron que con frecuencia los posibles testigos en casos importantes no confiaban en la habilidad del Estado para protegerlos y por ende se negaban a atestiguar, disminuyendo las posibilidades de lograr una sentencia en el caso. Por ejemplo en diciembre, dos testigos de la fiscalía no se presentaron a rendir declaratoria en el juicio contra tres miembros del Ejército Republicano Irlandés (IRA) acusados de entrenar a miembros de las FARC. Uno de los testigos no pudo ser hallado y el otro dijo que teme por su vida.

      Según una declaración emitida por la Corte Suprema, desde el 16 de julio las organizaciones terroristas como las FARC y las AUC amenazaron a funcionarios judiciales en al menos 368 juzgados en 231 municipios. Desde el 30 de agosto, 408 jueces y 396 fiscales de 248 municipios se vieron obligados a trabajar fuera de sus despachos en las capitales de los departamentos, por razones de seguridad.

      En marzo de 2001, la juez Esther González de Bogotá recibió amenazas aparentemente relacionadas con casos importantes en su lista de casos, incluyendo el asesinato de Álvaro Gómez en 1995, la masacre de Mapiripán en 1997, y los asesinatos de tres voluntarios de CINEP en 1997. También en marzo de 2001, la juez Adalgisa Lopera de Medellín huyó de la ciudad con su familia luego de haber sido amenazada de muerte. La juez Lopera manejó casos de paramilitarismo, terrorismo y narcotráfico.

      En abril de 2001, dos empleados del CTI quienes trabajaban de incógnito investigando la masacre de Chengué en 2001, desaparecieron en el departamento de Sucre. En diciembre, dos sicarios quienes habían sido arrestados por el asesinato de Yolanda Paternina en agosto de 2001, principal fiscal en el caso, fueron puestos en libertad por falta de evidencias (ver la Sección 1.a.).

      Continuó la investigación en el asesinato de la fiscal Margarita María Pulgarín en abril de 2000 en Medellín. Se sospecha que fue asesinada por los paramilitares. Aunque un sospechoso fue acusado en ausencia, para finales del año no había ningún detenido.

      La justicia ordinaria es una rama separada e independiente del Estado la cual emplea un sistema judicial napoleónico, incorporando algunos elementos acusatorios. El sistema de justicia penal militar, el cual forma parte de la rama ejecutiva, también depende de un sistema mixto, aunque predominan los aspectos acusatorios.

      El 16 de diciembre, el Congreso aprobó los cambios constitucionales asignados para trasformar el actual sistema judicial mixto a un sistema puramente acusatorio. Las reformas entrarán en vigor a partir de enero de 2005, fecha para la cual deberán haberse realizado cambios importantes a los códigos penales, de procedimiento penal y de pruebas. Después de esa fecha, los jueces y los fiscales, formularán las detenciones preventivas y decidirán las mociones antes del juicio. Los juicios se realizarán en un tribunal abierto y los procesos se decidirán con base en un proceso de tribunal oral, en vez de un dossier escrito exhaustivo. El Fiscal General Luis Camilo Osorio predijo que las reformas reducirán en promedio la fase investigadora de un caso de tres años a cinco meses.

      El sistema judicial estuvo sumamente sobrecargado. Con base en la información recolectada entre el 77% de los juzgados de la nación, desde septiembre, la sala administrativa del Consejo Superior de la Judicatura (CSJ) informó que la judicatura se enfrentó a un retraso de al menos 1,14 millones de casos; aproximadamente 140.000 de ellos eran casos criminales. Estos retrasos habían creado un gran número de detenidos esperando juicio (ver la Sección 1.c.). En octubre, el presidente del Consejo de Estado se quejó que el Consejo enfrentaba un retraso en sus casos de seis a ocho años. La Fiscalía informó que aún estaban pendientes 220.000 órdenes de captura.

      El sistema de justicia ordinaria está conformado por cuatro jurisdicciones funcionales: civil, administrativa, constitucional y especializada. La jurisdicción civil es la mayor jurisdicción dentro de la justicia ordinaria, y maneja todos los casos criminales, laborales, agrarios y domésticos relacionados con ciudadanos naturales. La jurisdicción civil está dividida en 31 distritos judiciales, cada uno con al menos un circuito judicial que cubre uno o más municipios. Un tribunal superior hace las veces de tribunal de apelación del distrito. Los 436 magistrados de la jurisdicción civil se encuentran distribuidos según la población de cada distrito. El distrito y los tribunales municipales, cada uno conformado por un juez, un secretario y quizás personal administrativo, son las células básicas de la jurisdicción civil. En los pueblos más pequeños, un solo juez "todero" dictamina en todos los casos.

      Los tribunales de circuito especializados dentro de la jurisdicción de primera instancia manejan casos que incluyen delitos designados como amenazas serias a la administración de la justicia, incluyendo el narcotráfico, el terrorismo, el paramilitarismo, la tortura y el lavado de activos.

      La Corte Suprema es el más alto tribunal dentro de la justicia ordinaria y sirve como tribunal final de apelaciones. Además de revisar sentencias de los tribunales de segunda instancia, la Corte Suprema tiene jurisdicción original en los juicios del Presidente, los ministros, los directores de las agencias gubernamentales independientes, los almirantes y generales, los magistrados de la Corte Suprema, el Consejo de Estado, la Corte Constitucional y el Consejo Superior de la Judicatura.

      La jurisdicción administrativa del sistema de justicia ordinaria está dividida en 27 distritos judiciales con un número igual de tribunales. Cada tribunal está conformado por uno o hasta 23 magistrados, dependiendo de la población del distrito. Las acciones administrativas como decretos y resoluciones pueden ser reencausadas en la jurisdicción administrativa con base en fundamentos constitucionales o de otro tipo. El Consejo de Estado es el mayor tribunal con jurisdicción administrativa y hace las de tribunal final de apelaciones en acciones relacionadas con actos administrativos.

      La Corte Constitucional, encargada de "salvaguardar la integridad y la supremacía" de la Constitución, es el único cuerpo judicial que comprende la jurisdicción constitucional del sistema de justicia ordinaria. Decreta la constitucionalidad de las leyes, los decretos presidenciales y las reformas constitucionales. La Corte Constitucional también puede promulgar opiniones asesoras sobre la constitucionalidad de los proyectos de ley y revisa en forma aleatoria las decisiones de los tribunales de segunda instancia sobre las "tutelas" (órdenes judiciales de protección de los derechos fundamentales), las cuales pueden ser presentadas ante cualquier juez de cualquier juzgado en cualquier etapa de un procedimiento judicial, como último recurso de defensa legal. Los juzgados deben dictaminar sobre la validez de una tutela en un período de 10 días. Aproximadamente 15.500 tutelas se encuentran ante la Corte Constitucional para una posible revisión.

      La jurisdicción funcional final del sistema de justicia ordinaria es la jurisdicción especializada. La jurisdicción especializada consiste en la justicia del programa de paz diseñada para fomentar una solución alterna a las disputas a escala municipal, la cual ha sido implementada en menos el 1% de los municipios del país; y en la jurisdicción indígena, la cual concede a los líderes indígenas el derecho a ejercer funciones judiciales en las reservas indígenas basándose en sus leyes tradicionales (ver la Sección 5.).

      El CSJ es responsable de la administración y disciplina del sistema de justicia ordinaria. El CSJ está dividido en dos salas: la administrativa y la disciplinaria. La sala administrativa supervisa la ejecución del presupuesto del sistema de justicia ordinaria y determina su organización. La sala disciplinaria disciplina a los funcionarios judiciales y resuelve los procesos que se adelanten contra los sistemas de justicia ordinaria y militar.

      La Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, la Corte Constitucional y el CSJ son cuatro cuerpos judiciales supremos que con frecuencia dictaminan sentencias conflictivas y a menudo no concuerdan en sus responsabilidades jurisdiccionales.

      La Fiscalía tiene la misión de investigar crímenes y presentar pruebas contra los culpables. La Corte Suprema elige al Fiscal General de una terna elegida por el Presidente. El período de cuatro años del Fiscal General coincide con dos años de dos administraciones presidenciales consecutivas. La Oficina es independiente de las ramas ejecutiva y judicial y está dividida en oficinas nacionales, regionales y locales. La Oficina cuenta con su propio cuerpo de investigadores armados conocido como el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI). La Oficina tiene importantes funciones judiciales; sin embargo, según las reformas constitucionales aprobadas en diciembre, para 2005 se convertirá en una agencia puramente investigativa y acusatoria.

      El Fiscal General creó la Unidad Especial de Derechos Humanos en 1995. Desde octubre, los 41 fiscales de la Unidad tenían 1.369 casos abiertos, los cuales incluían 1.618 sospechosos, entre ellos 173 miembros de las fuerzas de seguridad del Estado. La Unidad de Derechos Humanos arrestó a 57 miembros de las fuerzas de seguridad del Estado en el trascurso del año y presentó cargos contra 25 por una variedad de delitos incluyendo asesinato, tortura, secuestro y colaboración con grupos paramilitares. Sin embargo, la impunidad segió siendo extensa.

      En noviembre, Human Rights Watch publicó un informe titulado "Un giro erróneo: la actuación de la Fiscalía General de la Nación", el cual insinuaba que bajo la dirección del Fiscal General Luis Camilo Osorio, la capacidad de la Fiscalía para investigar y procesar casos de derechos humanos se había deteriorado. El informe acusó al Fiscal General de no respaldar a los fiscales que trabajaban en los casos de derechos humanos al no suministrar la debida protección a los funcionarios judiciales cuyas vidas se encontraban amenazadas y al retirar forzosamente y despedir a fiscales veteranos e investigadores judiciales.

      En su respuesta de diciembre, la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía informó que, por primera vez en su historia, Osorio había obtenido una suma fija en el presupuesto nacional destinado a la Unidad. Aunque fue cierto que cuatro de los 41 fiscales de la Unidad habían sido despedidos durante el año, sus reemplazos contaban con experiencia igual o mayor. Por último, la Unidad trabajaba con ahínco para aumentar la protección disponible para los fiscales.

      La Procuraduría investiga las acusaciones presentadas contra empleados públicos por mala conducta, incluso a miembros de las fuerzas de seguridad del Estado. El Procurador General, cuyo período coincide con dos años de dos presidentes, es elegido por el Senado para un período de cuatro años, de una terna presentada por el Presidente, la Corte Suprema y el Consejo de Estado. En el trascurso del año, la Procuraduría recibió 395 quejas de supuestas violaciones serias de los derechos humanos por parte de agentes del estado, comparadas con las 502 quejas presentadas en 2001. De estas quejas, 235 fueron presentadas contra el Ejército, tres contra la Armada, ocho contra la Fuerza Aérea y 149 contra la Policía Nacional. De esas quejas, 380 aún se encuentran bajo investigación preliminar, 14 ya están bajo investigación disciplinaria oficial y en un caso ya se presentaron cargos oficiales. La Procuraduría impone sanciones administrativas que van desde una reprimenda escrita hasta la destitución del cargo y la pérdida de la investidura. No cuenta con la autoridad para imponer sanciones delictivas, pero puede remitir los casos a la Fiscalía General. A su vez, la Procuraduría remitió a la Fiscalía General todos los casos sobre violaciones de los derechos humanos recibidos durante el año para ser investigados e informó que la mayoría de dichos casos fueron investigados por la Fiscalía.

      La Defensoría del Pueblo emplea 923 defensores públicos en todo el país para ofrecer representación legal en casos criminales a los detenidos que no cuenten con recursos para pagar un abogado. No obstante, hasta diciembre pasado, estos defensores tuvieron que administrar más de 70.000 casos. Además de proporcionar abogados para la defensa pública en los casos penales, las 34 oficinas regionales y departamentales de la Defensoría del Pueblo en todo el país suministran un canal legal para miles de quejas y acusaciones sobre violaciones de derechos humanos (ver la Sección 4.). El Defensor del Pueblo, quien es supervisado por la Procuraduría, es elegido por la Cámara de Representantes de una terna presentada por el Presidente para un período de cuatro años que abarca las administraciones de dos Presidentes.

      Un caso penal empieza con una investigación preliminar que puede durar hasta 180 días hábiles. Si se encuentra evidencia que vincule a un individuo en particular con un crimen o delito, el caso pasa a una etapa investigativa en la cual los fiscales cuentan con 360 días hábiles para presentar cargos. Una vez presentados los cargos, el Estado tiene 35 días hábiles para llevar el caso a juicio. Los juicios son públicos. Los jueces interrogan a los testigos directamente y determinan el resultado de todos los juicios. No hay jurados.

      La Constitución específicamente establece el derecho al debido proceso. Sin embargo, desde el 30 de noviembre, la Defensoría del Pueblo ha recibido 1.270 quejas de negación al debido proceso. Un acusado se presume inocente hasta que se pruebe que es culpable y tiene derecho a consulta oportuna con un abogado defensor. Los abogados de la Defensoría del Pueblo están en la obligación de representar a los indigentes sindicados; sin embargo, la representación de los indigentes históricamente ha sido inadecuada. Se calcula que en el trascurso del año aproximadamente el 90% de los indigentes sindicados no recibieron la asistencia de un defensor público. Los acusados tienen el derecho a estar presentes durante los procesos en su contra, a presentar testigos y pruebas en su propia defensa y a interrogar a los testigos de la fiscalía. Los acusados también tienen el derecho de revisar las pruebas del Estado relacionadas con el caso. Los acusados tienen derecho a apelar su condena ante un tribunal superior. La Constitución extiende estos derechos a todos los ciudadanos.

      Como parte del Ministerio de Defensa Nacional, el sistema de justicia penal militar se encuentra bajo la rama ejecutiva. Para mejorar la responsabilidad y la independencia del sistema de justicia penal militar, el Código Penal Militar fue enmendado en 2000 para que los fiscales militares reporten directamente al director del sistema de justiciapenal militar, en vez de a sus comandantes de unidad. El director del sistema de justicia penal militar es supervisado directamente por el Ministro de Defensa, quien es un civil. No obstante, la impunidad entre los miembros de las fuerzas de seguridad pública (sobre todo los oficiales de más alto rango) acusados de violaciones de los derechos humanos o de colaborar con los paramilitares, continuó siendo un problema. Algunos miembros del personal de la justicia penal militar que investigaban los casos más sensibles, informaron de presiones para dictar ciertas sentencias y de amenazas o acosos si no lo hacían.

      El sistema de justicia penal militar está conformado por el Tribunal Militar Superior, el cual hace las veces de Corte Militar de Apelaciones para todos los casos juzgados en el sistema de justicia penal militar, y 40 juzgados militares. La Corte Suprema de Justicia es la corte de segunda instancia para los casos en los cuales se imponen sentencias superiores a los seis años de prisión. La justicia penal militar puede investigar, acusar y juzgar al personal militar y de la Policía en servicio activo por presuntos crímenes "relacionados con actos del servicio militar". Los tribunales de primera instancia deben juzgar al personal uniformado retirado, aún por actos relacionados durante el servicio, cometidos antes de su retiro. El Código Penal Militar define específicamente a la desaparición forzada, la tortura y los genocidios como crímenes no relacionados con actos del servicio militar. Además, una directiva presidencial de 2000 cambió a la "categoría de ley" un fallo de la Corte Constitucional de 1997 que definía todas las violaciones serias de los derechos humanos como no relacionados con actos del servicio militar. El Código Penal Militar también ofrece protección a los miembros activos de la Fuerza Pública quienes se puedan sentir presionados por sus comandantes para violar los derechos humanos. Por ejemplo, el Código niega a los comandantes de unidad el poder de juzgar a sus subordinados y establece protección legal para los miembros activos quienes se rehúsen obedecer órdenes ilegales para cometer violaciones de los derechos humanos.

      Las investigaciones criminales realizadas por el sistema de justicia penal militar están diseñadas para ser culminadas con rapidez. Por ley, una investigación puede durar hasta 180 días hábiles, tiempo tras el cual el sospechoso tiene que llegar a juicio en los siguientes dos meses. Sin embargo, este riguroso horario se puede suspender si el acusado apela la jurisdicción del tribunal o el fallo procesal. Esta excepción hace que muchos casos en la justicia penal militar duren muchos años. Por ejemplo, las apelaciones jurisdiccionales fueron responsables por la demora en la investigación militar del aparente bombardeo de la Fuerza Aérea a la población de Santo Domingo (Arauca), en diciembre de 1998 (ver la Sección 1.g.). La investigación oficial del sistema de justicia penal militar se inició en 2000 y continuaba en su fase investigativa cuando fue trasferida a la justicia ordinaria en diciembre.

      El procedimiento penal dentro del sistema de justicia penal militar es similar al del sistema de justicia ordinaria, con la excepción de que el sistema de justicia penal militar ha incorporado diversos elementos acusatorios. Los acusados se presumen inocentes hasta que se pruebe que son culpables y tienen derecho a ser representados por un abogado defensor. Sin embargo, no existe un equivalente militar del defensor público; por lo general los acusados deben conseguir y costear su propio abogado defensor. Los representantes de la justicia ordinaria (generalmente de la Procuraduría) tienen derecho a estar presentes durante los juicios militares.

      La justicia penal militar demostró voluntad durante el año para entregar los casos de personal militar acusado de violaciones de los derechos humanos u otras actividades criminales, al sistema de justicia ordinaria. El Tribunal Militar Superior informó que entre agosto y diciembre de 1997 trasfirió voluntariamente 1.377 casos (627 militares y 750 de la policía) al sistema de justicia ordinaria. Una revisión independiente de los 627 casos relacionados con el personal militar reveló que 168 casos estaban relacionados con acusaciones de graves violaciones de los derechos humanos o por colaboración con los paramilitares.

      En septiembre de 2000, el Presidente sancionó 12 decretos para reformar y fortalecer el las fuerzas militares. Los decretos aguzaron las definiciones, las clasificaciones y los castigos por los delitos, exigieron que los oficiales de las fuerzas militares cooperaran con los investigadores civiles quienes investigan dichos delitos y ordenó, con pocas excepciones, la remoción del personal militar acusado y enviado a prisión por el sistema de justicia penal militar o por la justicia ordinaria.

      El decreto presidencial 1790 de 2000 autoriza a la alta cúpula militar a desvincular discrecionalmente a cualquier militar, independientemente del tiempo que lleve en el servicio activo. Desde octubre de 2000 hasta finales de 2001, las fuerzas militares destituyeron aproximadamente a 600 de sus miembros; no hay datos respecto a cuántos fueron destituidos durante el año bajo la autorización del decreto 1790. No hay información disponible del Ministerio de Defensa Nacional sobre las razones específicas de estas destituciones, ni se publicaron los nombres. El Ministerio de Defensa Nacional confirmó los alegatos de varias ONG de derechos humanos, respecto a que un gran número de los destituidos posteriormente se unieron a los grupos paramilitares.

      Cuando los oficiales militares fueron enjuiciados, condenados y sentenciados por violaciones de los derechos humanos, generalmente no fueron encarcelados en prisiones civiles, sino confinados a sus bases o enviados a centros de detención de la policía militar, según lo establece la ley. Durante su encarcelamiento, algunos desempeñaron funciones administrativas. El Ministerio de Defensa Nacional informó, y la Fiscalía confirmó, que los prisioneros militares y de la Policía acusados por fiscales civiles, habitualmente fueron suspendidos de sus obligaciones y recibieron medio salario. Oficiales y suboficiales fueron removidos de cualquier función de mando. Cuarenta y un miembros de las fuerzas militares y 25 oficiales de la Policía fueron suspendidos para finales del año.

      Para abordar las inquietudes que existían sobre posibles fugas de centros de reclusión militar improvisados, en junio se inauguró una nueva prisión militar de alta seguridad cerca de Melgar (Tolima). El INPEC (entidad civil) proporcionó supervisión de la administración militar de la prisión. Aunque ésta fue diseñada con capacidad para 200 internos, no tuvo capacidad suficiente para albergar a todos los prisioneros militares, dejando a algunos en instalaciones con medidas de seguridad muy cuestionables.

      El caso del ex General Jaime Humberto Uscátegui, acusado de no haber impedido la masacre de 1997 en Mapiripán (Meta), continuó siendo investigado por la Fiscalía (ver la Sección 1.a.). Aunque la Constitución dicta que los generales acusados de delitos relacionados con los actos de servicio deben ser juzgados por la Corte Suprema, Uscátegui sería enjuiciado en un tribunal ordinario porque los delitos de los cuales se le acusa no están relacionados con actos de servicio.

      Según datos del CSJ, cuando surgieron conflictos de jurisdicción entre los sistemas de justicia penal militar y justicia ordinaria, el número total de casos asignados a los tribunales militares bajó del 50% en 1992 a un 15% en 2000, mientras que los casos asignados a la justicia ordinaria aumentaron del 40% en 1992 al 60% durante el mismo período. Entre enero y septiembre, el CSJ falló en 39 conflictos de jurisdicción entre los sistemas de justicia penal militar y justicia ordinaria, asignando 16 casos al sistema de justicia ordinaria, cinco casos al sistema de justicia penal militar y absteniéndose de fallar en 18 casos.

      El Estado declaró que no tiene ningún prisionero político.

      El CICR tuvo acceso a aproximadamente 3.000 prisioneros acusados de terrorismo, rebelión o de ayudar y encubrir a la insurgencia.


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    6. Interferencia arbitraria con la intimidad, la familia, el hogar o la correspondencia

      La ley establece la protección de estos derechos, y el Estado generalmente los respetó en la práctica; sin embargo, a veces las autoridades las infringieron.

      El 8 de agosto, el presidente Uribe promulgó un "Estado de Conmoción Interior" (respaldado por la Corte Constitucional el 2 de octubre) el cual le concedía poderes para un plan de emergencia con la posibilidad de restringir los derechos individuales. El 10 de septiembre, el presidente Uribe promulgó el decreto 2002, el cual autoriza a los miembros de las fuerzas de seguridad pública a realizar capturas, allanamientos e interceptaciones de comunicaciones, sin autorización judicial. Aún era necesaria la comunicación verbal de una autorización judicial, excepto cuando existían circunstancias de urgencia insuperable. Los arrestos, los allanamientos y las interceptaciones de comunicaciones realizados sin la autorización judicial, tenían que ser justificadas en las siguientes 24 horas. El 26 de noviembre, la Corte Constitucional tumbó las cláusulas del decreto 2002 las cuales le otorgaban a las fuerzas armadas las atribuciones de policía, recalcando que sólo los fiscales pueden decidir cuándo el derecho a la intimidad puede ser violado en el interés de la seguridad pública. El decreto 2002 también autorizaba la creación de "zonas de rehabilitación y consolidación" especiales en las cuales las autoridades militares pueden ejercer poderes excepcionales, incluyendo la reglamentación del derecho de circulación de la ciudadanía y la confiscación temporal de los bienes y servicios particulares. Dos de estas zonas fueron creadas durante el año, una en el departamento de Arauca y la otra incluyendo sectores de los departamentos de Bolívar y Sucre. En su decisión del 26 de noviembre, la Corte Constitucional tumbó una cláusula que le otorgaba a ejército la autoridad para realizar censos en estas zonas.

      Con la excepción de circunstancias de urgencia insuperable, la ley exige una autorización judicial firmada por un fiscal para que las autoridades puedan ingresar a una residencia particular sin el consentimiento de su propietario. El Ministerio de Defensa Nacional continuó entrenando a las fuerzas de seguridad pública en los procesos legales de registro para que cumplan con los mandatos constitucionales y las normas de derechos humanos.

      Las autoridades gubernamentales generalmente necesitan una orden judicial para interceptar correspondencia o escuchar las conversaciones telefónicas. Esta protección se extiende a los prisioneros en las cárceles. Sin embargo, las autoridades a veces interceptaron teléfonos sin haber obtenido una autorización previa.

      La Fiscalía continuó una investigación del GAULA de Medellín, acusado de haber interceptado amplia e ilegalmente, los teléfonos de ONG de derechos humanos (ver la Sección 1.b.). Los fiscales también continuaron con la investigación del asesinato en abril de 2001 del policía Carlos Ceballos, quien atestiguó en ese caso (ver la Sección 1.a.). La Procuraduría General realizaba su propia investigación disciplinaria sobre el asesinato de Ceballos.

      El Gobierno por lo general no castigó a los familiares por las supuestas violaciones cometidas por sus parientes. Sin embargo, sí hubo quejas de que algunos familiares de líderes guerrilleros habían sido falsamente acusados de delitos. Por ejemplo, el 16 de julio, funcionarios del DAS en Bogotá arrestaron a Javier Carvajalino, hermano del líder de las FARC Jesús Emilio Carvajalino, alias "Andrés Paris". Javier Carvajalino, distinguido abogado vinculado a la oficina distrital de la Defensoría del Pueblo en Bogotá, fue acusado de concierto para cometer actos terroristas en la capital del país. El arresto fue criticado no sólo por las ONG de derechos humanos, sino también por funcionarios, y el 20 de noviembre Carvajalino fue puesto en libertad tras un fallo de un fiscal de cerrar el caso por falta de evidencia.

      Los paramilitares interceptaron ilegalmente las comunicaciones privadas, intentando identificar a los colaboradores de la guerrilla. También irrumpieron en residencias particulares buscando individuos sospechosos de ser guerrilleros. Los paramilitares causaron desplazamiento. Los paramilitares acosaron, amenazaron y asesinaron a personas por su afiliación a organizaciones políticas de izquierda y también amenazaronn y asesinaron a familiares de guerrilleros conocidos.

      La guerrilla también interferían en forma arbitraria con los derechos a la intimidad, el hogar y la familia. Por ejemplo, la guerrilla interceptó líneas telefónicas y accedió a las cuentas bancarias de ciudadanos para seleccionar a las víctimas de extorsión y secuestro. Los guerrilleros también irrumpieron en residencias particulares buscando a sus víctimas de secuestro. Las FARC causaron desplazamientos masivos de campesinos y practicaron el reclutamiento forzado, especialmente de menores de edad (ver la Sección 1.g. y 5.).

      Los menores también fueron uno de los blancos de secuestro preferidos por la guerrilla (ver la Sección 1.b.).

      La guerrilla continuó su política de asesinato, ataque y amenaza de policías y personal militar fuera de servicio, de sus familiares y de los ciudadanos quienes cooperaban con ellos.

      Ex guerrilleras informaron de abortos forzados e implantación forzada de dispositivos intrauterinos (ver la Sección 1.g.).


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    7. Uso excesivo de la fuerza y violaciones del derecho internacional humanitario en los conflictos internos

      El conflicto interno del país, el cual se vive desde hace 40 años entre fuerzas del Estado, diversos grupos insurgentes de izquierda y un movimiento paramilitar de extrema derecha que apoya al Estado nominalmente, se intensificó durante el año. El conflicto armado interno y el narcotráfico que lo alimentó y prosperó de él, fueron las causas principales de las violaciones de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario. Mary Robinson, la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, señaló en su informe de 2001 que ninguna de las partes del conflicto respetó los principios del derecho internacional humanitario. Dijo que "el conflicto se ha deteriorado hasta tal punto que los combatientes están ignorando el precepto humanitario más básico...la población civil indefensa y los menores continúan siendo las principales víctimas de estas acciones". Por ejemplo, en noviembre de 2001, el Programa Mundial de Alimentos informó que grupos armados habían asaltado camiones que transportaban las entregas destinadas a menores desplazados.

      En su informe del año 2001, la Defensoría del Pueblo declaró que las mujeres, quienes por lo general se encuentran en desventaja social y económica, continuaron siendo las más afectadas por la violencia, especialmente en las zonas de guerra (ver la Sección 5.). La Defensoría del Pueblo también señaló la falta de programas gubernamentales para enfrentar sus problemas. Las líderes feministas de las organizaciones políticas y campesinas en varias regiones fueron objeto de persecución, amenazas, torturas y ejecuciones. La violencia intrafamiliar, el acoso sexual y el asesinato de las mujeres siguieron siendo graves problemas en todo el país (ver la Sección 5.). Más del 30% de los combatientes de las FARC son mujeres. Varios observadores criticaron el uso de combatientes femeninas en las organizaciones guerrilleras como de esclavas sexuales (ver las Secciones 1.f. y ( 5.).

      Las fuerzas de seguridad del Estado generalmente acataron las leyes del derecho internacional humanitario y respetaron los derechos humanos; sin embargo, algunos miembros de las fuerzas de seguridad violaron estas normas y cometieron graves violaciones de los derechos humanos. Datos recopilados por el CINEP indican que durante los primeros seis meses, las fuerzas de seguridad del Estado fueron responsables de la muerte de 30 civiles durante operaciones de combate. Los grupos paramilitares y la guerrilla cometieron la mayoría de las violaciones.

      En diciembre, Amnistía Internacional (AI) publicó un informe titulado "Colombia: ¿seguridad a que precio?", el cual aseguraba que el Estado había contribuido a la impunidad al debilitar el papel de las instituciones civiles de derechos humanos, restringiendo los derechos de la poblacion civil por medio de las medidas de seguridad autorizadas por el "Estado de Conmoción Interior" y el decreto presidencial 2002, e involucrando a la población civil en el conflicto interno a través de políticas como el programa de informantes civiles. El Estado insistió en que no estaba debilitando las entidades civiles y que era necesario instituir mejores medidas de seguridad para establecer un entorno seguro en el cual los grupos ilegales alzados en armas no pudieran infringir los derechos humanos.

      Durante el año no hubo ningún informe de que los hospitales públicos hubieran sido militarizados por el Estado en las áreas de conflicto, lo cual había aumentado el riesgo de que la guerrilla los hubiera convertido en blancos de sus ataques. No hubo ningún informe de que el Estado hubiese negado atención médica a los guerrilleros. En 2000 la Corte Constitucional estableció que las fuerzas de seguridad del Estado no podían mantener instalaciones (como estaciones de policía) cerca de los planteles educativos, para evitar poner en peligro la vida de los estudiantes en caso de ataques guerrilleros; sin embargo, esta práctica continuó en algunas comunidades.

      El desplazamiento forzado está tipificado como delito; sin embargo, los operativos de contra-insurgencia militar a veces obligaban a los campesinos a huir de sus hogares y de sus tierras y hubo una población muy grande de desplazados (.ver la Sección 2.d.). Las ONG y las organizaciones gubernamentales internacionales a veces culpaban a la negligencia del Estado por los desplazamientos masivos, como ocurrió en mayo en el departamento del Chocó, donde un combate librado entre las FARC y las AUC a lo largo del Río Atrato, obligó a por lo menos 3.000 personas a huir del municipio de Bojayá y sus alrededores. La OACDH responsabilizó parcialmente al Estado por los eventos de Bojayá en los cuales murieron 119 civiles, puesto que parecía que el Estado había ignorado las advertencias de la Iglesia Católica sobre grandes grupos paramilitares que pasaban por las instalaciones militares a lo largo del Río Atrato. El 18 de junio la Procuraduría abrió una investigación oficial sobre la conducta de las fuerzas de seguridad antes, durante e inmediatamente después de la tragedia de Bojayá.

      El CICR informó que el Estado, incluso las autoridades militares, había seguido una política de puertas abiertas hacia el CICR. Por ejemplo, en las semanas después del cierre de la antigua zona de despeje de las FARC, el CICR fue el único organismo internacional con acceso a la región. Los militares incorporaron fácilmente el currículo de la Cruz Roja sobre Derecho Internacional Humanitario el entrenamiento militar regular. Sin embargo, la impunidad continuó siendo un problema. Según fuentes militares, los comandantes locales con frecuencia trasferían o destituían a los soldados acusados de graves violaciones de los derechos humanos, en lugar de iniciar procesos legales contra ellos. No queda claro cuántos sospechosos de violaciones de los derechos humanos fueron investigados o enjuiciados después de haber sido destituídos de las fuerzas armadas (ver la Sección 1.e.).

      Un juez del ejército aún no había tomado ninguna decisión en cuanto a la responsabilidad de miembros de una unidad del Ejército por la matanza en 2000 de seis menores a manos de una unidad en el municipio de Pueblo Rico (Antioquia). El Tribunal Superior Militar devolvió el caso para su reconsideración en abril de 2001 tras un fallo inicial de inocencia basado en el hallazgo de que los niños habían quedado atrapados en el fuego cruzado entre el Ejército y los guerrilleros del ELN. El fallo de la Procuraduría quedó pendiente en relación con una investigación disciplinaria paralela del caso.

      En octubre, la procuraduría ordenó la destitución de dos pilotos de la Fuerza Aérea involucrados en el bombardeo del municipio de Santo Domingo (Arauca) en 1998. Los pilotos, quienes en el momento del ataque apoyaban a unidades del ejército que se encontraban en combate con las FARC, fueron sentenciados por negligencia. El 31 de octubre, la Corte Constitucional dictó fallo trasfiriendo a la justicia ordinaria un caso paralelo que estaba siendo manejado por el sistema penal militar. La Fuerza Aérea negó responsabilidad alguna en el incidente. El 25 de enero, presuntos paramilitares asesinaron a Ángel Riveros, un testigo en la investigación de Santo Domingo y líder comunitario en el departamento de Arauca.

      Algunos miembros de las fuerzas públicas de seguridad, principalmente soldados y suboficiales, colaboraron con o toleraron las actividades ilegales de los paramilitares. Las razones variaron desde simpatía ideológica y exigencias operacionales hasta corrupción y participación en actividades paramilitares ilegales, como el narcotráfico. El 27 de mayo, los organismos de seguridad civiles arrestaron al Mayor Orlando Alberto Martínez por su presunta participación en el tráfico de miles de rifles de asalto AK-47 procedentes de Bulgaria, con destino a las AUC. El 30 de mayo, Martínez fue destituido de las fuerzas armadas con base en el poder discrecional del decreto presidencial 1790 de 2000 (ver la Sección 1.e.).

      Las autoridades civiles de defensa y el alto mando militar recalcaron en repetidas ocasiones el rechazo oficial hacia los paramilitares y el compromiso del Gobierno de combatir a paramilitares y guerrilla con igual vigor. Durante los primeros 11 meses del año, las fuerzas de seguridad pública dieron de baja en combate a 183 paramilitares y capturaron a 1.214.

      Los paramilitares fueron responsables de numerosas violaciones del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos. Hubo aproximadamente 12.000 paramilitares en el país, organizados en varias asociaciones, la mayor y más influyente de las cuales fue la organización terrorista AUC. Las AUC experimentaron una serie de crisis en su liderazgo durante el año, las cuales llevaron a su desmantelamiento temporal y a una reducción en el número de sus miembros. La mayor de todas las organizaciones paramilitares, que permaneció como parte de las AUC, fue las Autodefensas Unidas de Córdoba y Urabá (ACCU), la cual operaba al norte del país y estaba dirigida por los principales organizadores de las AUC: Carlos Castaño y Salvatore Mancuso.

      Luego de una declaración de Carlos Castaño en noviembre de 2001 en la cual prometía poner fin a las masacres paramilitares, el número de masacres cometidas por paramilitares pareció reducirse dramáticamente. No obstante, los paramilitares continuaron realizando masacres y fueron responsables de numerosos asesinatos políticos selectivos (ver la Sección 1.a.), los cuales con frecuencia incluyeron el secuestro y la tortura (ver la Sección 1.b.) y 1.c.). Los grupos paramilitares emplearon el terror como táctica para quitarle apoyo a los guerrilleros.

      Los paramilitares desplazaron a la fuerza a los pobladores a lo largo de importantes corredores de tráfico de drogas y armas, o a los quienes se sospechaba simpatizaban con la guerrilla. Por ejemplo, el 18 de agosto, aproximadamente 400 paramilitares armados llegaron a las poblaciones de San Francisco y Puerto Matilde, ubicados en una región de dominio de las FARC, a lo largo del Río Cimitarra, en el municipio de Yondó (Antioquia). Aproximadamente 600 personas fueron desplazadas. La Defensoría del Pueblo informó haber recibido 1.528 quejas por desplazamientos forzados por la guerrilla, hasta el 31 de octubre. Los paramilitares también impidieron o limitaron la entrega de alimentos y medicinas a las poblaciones y regiones acusadas de simpatizar con la guerrilla, debilitando las economías locales e incrementando el desplazamiento forzado, particularmente en los departamentos de Chocó, Antioquia, Santander, Bolívar, Cesar y la Guajira (ver la Sección 2.d.). Por ejemplo, en marzo, la violencia y la intimidación de los paramilitares hacia las personas que transportaban alimentos y demás suministros a la población de San José de Apartadó, en la región de Urabá (Antioquia), aisló a la población del resto del país.

      Cientos de civiles murieron durante el año como resultado de combates entre paramilitares y guerrilleros. Por ejemplo, la OACDH acusó a las AUC de ser parcialmente responsables de las muertes de 119 civiles asesinados con un cilindro bomba en Bojayá (Chocó), basándose en que los combatientes de las AUC habían expuesto a la población civil al peligro, al buscar refugio en el pueblo. En el trascurso del año, los pobladores en las áreas rurales y las más pobres zonas urbanas fueron asesinados o heridos durante el intercambio de fuego entre los grupos alzados en armas al margen de la ley. Por ejemplo, el 30 de mayo, cuatro civiles en el barrio 20 de julio en la ciudad de Medellín (Antioquia) fueron asesinados por balas perdidas durante un intercambio de fuego entre paramilitares y milicias urbanas de izquierda.

      Los paramilitares no respetaron ni a los heridos ni al personal médico. Médicos y hospitales sospechosos de atender a los guerrilleros fueron declarados blanco militar. Por ejemplo, el 16 de agosto, un grupo de paramilitares fingieron ser pacientes y asesinaron a la enfermera Amparo Figueroa en un hospital regional del municipio de Miranda (Cauca). El nombre de Figueroa formaba parte de la lista paramilitar de personal médico acusado de suministrar atención médica a los guerrilleros. En marzo de 2001 los paramilitares secuestraron y asesinaron a un guerrillero herido del ELN transportado en una ambulancia de la Cruz Roja. Debido a esto el CICR suspendió la evacuación de combatientes heridos. Las evacuaciones del CICR continuaron suspendidas durante el resto del año. El 31 de diciembre, las AUC publicaron un boletín en el cual se comprometían a no atacar las ambulancias, infraestructura médica, personal de la salud ni miembros de misiones médicas.

      Anticipando posibles negociaciones de paz con el Gobierno, las AUC declararon un cese unilateral del fuego a partir del 1° de diciembre. Varios grupos paramilitares no afiliados acordaron acogerse a ceses similares. El 16 de diciembre, el Congreso enmendó la Ley 418 de 1997, la cual autoriza al presidente a negociar con los "grupos alzados en armas al margen de la ley", permitiendo la negociación con grupos, como paramilitares, los cuales no habían recibido la condición de "políticos" por parte del Gobierno. El 26 de diciembre, el Gobierno asignó a seis personas a una "comisión exploratoria" especial, la cual en cooperación con el Comisionado de Paz Luis Carlos Restrepo, debía ponerse en contacto con los grupos paramilitares que habían expresado interés en buscar la paz con el Estado. No obstante, no todos los paramilitares no cumplieron este cese del fuego y algunos continuaron cometiendo graves violaciones de los derechos humanos.

      Aunque los paramilitares continuaron reclutando menores de edad a lo largo del año (ver la Sección 5.), en diciembre el Bloque Central de Bolívar liberó a 19 menores combatientes y los entregó a una comisión humanitaria dirigida por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) (ver la Sección 5.).

      Las dos organizaciones guerrilleras de izquierda principales son las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) con 16.500 miembros y el Ejército de Liberación Nacional (ELN) con 4.500 miembros. Mientras las FARC han crecido y prosperado en los últimos años, debido al narcotráfico y la seguridad temporal de la zona de despeje, el ELN ha decaído. En áreas que antes estaban bajo el control del ELN, los dos grupos guerrilleros trabajaron unidos para combatir contra las fuerzas del Estado y los paramilitares.

      Tanto las FARC como el ELN atacaron sistemáticamente a civiles no combatientes y violaron los derechos de la ciudadanía a través del empleo de tácticas como asesinatos, secuestros y torturas (ver las Secciones 1.a., (1.b. y 1.c.). Los grupos guerrilleros también fueron responsables de numerosas muertes entre la población civil relacionadas con el conflicto interno. La Defensoría del Pueblo informó que hasta el 31 de octubre, el 63% de las quejas recibidas por violaciones del derecho internacional humanitario estaban relacionadas con abusos cometidos por la guerrilla. Tan sólo las FARC son responsables de al menos el 45% de estas quejas. Según el CINEP, la guerrilla asesinó a 1.243 personas durante el primer semestre del año. El CINEP atribuyó 1.115 de estas muertes a las FARC y 58 al ELN. El Ministerio de Defensa Nacional atribuyó 916 muertes a la guerrilla, o sea, el 70% de los asesinatos cometidos (ver la Sección 1.a.). Las FARC continuaron secuestrando, torturando y asesinado a soldados y policías fuera de servicio, como parte de su reconocido "Plan Pistola", anunciado abiertamente (ver las Secciones 1.a., (1.b. y 1.c.). La guerrilla también asesinó a líderes religiosos e indígenas y reclutó a menores a la fuerza (ver las Secciones 1.g, 2.c., y (5.).

      Los guerrilleros no respetaron ni a los heridos ni al personal médico. Tanto las FARC como el ELN con frecuencia ejecutaron a prisioneros heridos y amenazaron con matar a médicos y enfermeras. El 30 de agosto, por ejemplo, una unidad conjunta de las FARC y el ELN atacó una ambulancia en las afueras de Morales (Bolívar), hiriendo de gravedad a tres trabajadores de la salud. El 28 de julio el ELN detuvo una ambulancia en las afueras de la población de Cravo Norte (Arauca), asesinó al conductor y se apoderó de las medicinas que transportaba. El 31 de diciembre el ELN emitió un comunicado escrito en el cual se comprometía a no atacar ambulancias, infraestructura médica, empleados de la salud ni miembros de misiones médicas. Según la Fundación País Libre, la guerrilla fue responsable de los secuestros de 29 médicos durante el año, la mayoría por razones económicas (ver la Sección 1.b.).

      La guerrilla desplazó a muchos campesinos de sus tierras para abrir importantes rutas de tráfico de drogas y de armas y para retirar a posibles colaboradores del Gobierno y paramilitares de zonas estratégicas. Por ejemplo, a principios de agosto, las FARC obligaron a 1.600 campesinos a abandonar Puerto Alvira (Meta), a orillas del Río Guaviare, una importante ruta de tráfico. La Defensoría del Pueblo informó haber recibido 2.202 quejas de desplazamiento forzado por la guerrilla, incluyendo al menos a 1.500 instancias de desplazamiento forzado por las FARC. Los guerrilleros también bloquearon varias comunidades en aquellas áreas donde ejercían control. Por ejemplo, tras un deslizamiento en la cordillera de San Lucas (Bolívar), el cual destruyó varias pequeñas comunidades, el ELN no permitió el acceso del Estado ni de los cuerpos de socorro al lugar de la tragedia durante casi una semana. El 30 de diciembre cerca a San Lucas, en el oriente del departamento de Antioquia, el ELN prohibió el ingreso y la salida de vehículos. Al día siguiente, a menos de una milla del pueblo, y a pesar de la presencia en San Lucas de numerosos efectivos de la Policía y del Ejército, el ELN impuso su orden y ejecutó a cinco camioneros que ignoraron su edicto. Luego el 31 de diciembre, el ELN destruyó un importante puente que unía a San Lucas con la carretera Medellín-Bogota.

      La guerrilla empleó minas antipersonal para defender posiciones estáticas como bases y laboratorios de cocaína, y también como armas indiscriminadas de terror. Según la Vicepresidencia, las minas antipersonal asesinaron a un promedio de dos personas al día. En el país hubo aproximadamente 100.000 minas antipersonal instaladas por el 40% del territorio nacional. Hasta el 15 de septiembre, se presentaron 155 incidentes con minas antipersonal en los cuales murieron 107 de las 459 víctimas. El 55% de estas víctimas eran miembros de las fuerzas armadas. La guerrilla fue responsable del 90% de los incidentes relacionados con minas antipersonal. En septiembre la "Campaña Internacional para la Prohibición de las Minas Terrestres" criticó y señaló a las FARC como uno de las mayores usuarios de minas antipersonal. Las FARC disfrazaron las minas antipersonal como artículos de uso diario tales como balones de fútbol o tarros de pintura, y cada vez más emplearon minas de plástico, las cuales no podían ser detectadas por la tecnología tradicional de detección de minas. Miles de desplazados no pudieron regresar a sus hogares por temor a las minas antipersonal (ver la Sección 2.d.).

      Los combates entre guerrilleros y fuerzas de seguridad del Estado o paramilitares tuvieron como resultado la muerte de miles de civiles. Por ejemplo, el 2 de mayo, las FARC lanzaron una bomba en un cilindro de gas a las fuerzas de las AUC quienes se escondían en la población de Bojayá, a orillas del Río Atrato (Chocó). La bomba explotó contra la iglesia del pueblo, donde 300 civiles se habían refugiado del conflicto, dejando un saldo de 119 muertos, incluyendo 45 niños y al menos 105 heridos. El 20 de mayo, la OACDH en el país acusó a las FARC de haber disparado el cilindro de gas. El 8 de junio se informó que el comandante de las FARC Alfonso Cano describió el ataque en Bojayá como un error, ocasionado por la naturaleza de la guerra. El 8 de noviembre, Amnistía Internacional publicó una carta dirigida al Comandante de las FARC Manuel Marulanda, rechazando la excusa de Cano y pidiendo a las FARC que prometieran respetar el derecho de la población civil a no ser obligado a participar en el conflicto armado.

      Según el Ministerio de Defensa Nacional, hasta el 30 de noviembre la guerrilla (sobre todo las FARC y en menor proporción el ELN) llevó a cabo más de 1.000 bombardeos. En las primeras horas del 7 de abril, un carro bomba grande explotó en una zona congestionada de discotecas en Villavicencio (Meta). El carro bomba, que cobró la vida de 11 personas e hirió al menos a 70 más, fue detonado como un explosivo secundario cuyo blanco fueron los curiosos que habían llegado a mirar el resultado de una explosión más pequeña minutos antes. El 22 de octubre, un carro bomba de las FARC explotó en las afueras de una estación de la Policía Metropolitana de Bogotá, matando a tres personas e hiriendo al menos a otras 39. Otra bomba similar explotó en otra estación de policía el 9 de diciembre, hiriendo a 35 personas. El 10 de diciembre la policía de Bogotá se incautó cuatro carros bombas adicionales de las FARC, capaces de una destrucción aún mayor. El 13 de diciembre explotó un poderoso maletín-bomba de las FARC en el restaurante del piso 30 de un elegante hotel en un complejo residencial y comercial de Bogotá, hiriendo al menos a 30 personas. El 21 de diciembre el ELN detonó un carro bomba al lado de una estación de policía en Cúcuta (Norte de Santander), matando a cuatro civiles.

      Las FARC también incluyeron a particulares en sus bombardeos. El 13 de diciembre, por ejemplo, un libro-bomba explotó en las manos del Senador Germán Vargas, fuerte seguidor del presidente Uribe. Vargas perdió un dedo en la explosión. El 20 de agosto el CTI interceptó un libro similar dirigido al Fiscal General Luis Camilo Osorio, antes de que éste lo recibiera. Las FARC también emplearon otros métodos más creativos para "entregar" sus bombas: poniendo los explosivos en mulas y perros, en billeteras perdidas y dentro de cadáveres. Por ejemplo, el 22 de abril, miembros del Frente 61 de las FARC obligaron a dos menores a llevar un caballo cargado con explosivos hacia un retén militar cerca de la población de Acevedo (Huila). La carga explotó prematuramente, matando a uno de los pequeños. El 3 de mayo, guerrilleros de las FARC asesinaron a un joven de 14 años le pusieron explosivos al cadáver, y obligaron a un civil a manejar el vehículo hasta una guarnición militar en Vista Hermosa (Meta), donde fue desactivada por militares expertos anti-explosivos. El 30 de diciembre, cerca de Cerro Azul, al sur del departamento de Bolívar, un soldado del Ejército perdió una pierna al activar en forma accidental una bomba de las FARC que estaba en el cuerpo de un combatiente paramilitar, muerto durante un enfrentamiento entre las FARC y las AUC, cinco días antes.

      Tras la abolición de la zona de despeje en febrero, las FARC intensificaron su campaña sistemática de atacar y paralizar la infraestructura de la nación. Según datos gubernamentales, las FARC destruyeron 483 torres de energía, con un costo para la nación de aproximadamente US $335 millones ($760,45 millardos de pesos) en reparaciones y daños generales a la economía nacional. Grandes regiones del país quedaron inmersas en la oscuridad durante varias semanas. San Vicente del Caguán, antigua capital de la zona de despeje, la cual dependía de motobombas para obtener agua de pozos subterráneos, sufrió una escasez especialmente severa cuando las amenazas de las FARC desanimaron a empresas privadas que enviaban sus camiones cargados de alimentos, agua potable y otros suministros básicos. Hasta el 30 de septiembre la Asociación Nacional de Transportadores informó que al menos 75 buses habían sido asaltados y destruidos por guerrilleros, con pérdidas superiores a los US $4 millones ($9,08 millardos de pesos).

      Las FARC, junto con el ELN, también realizó 74 ataques contra el oleoducto Caño Limón-Coveñas, con el resultado de pérdidas por US $225 millones ($510,75 millardos de pesos) en ingresos para el Estado. Los ataques de la guerrilla a los oleoductos también causaron considerable daño ambiental. El 12 de octubre, los fiscales acusaron a nueve miembros del ELN, incluyendo al líder Nicholas Rodríguez, alias "Gabino", por el asesinato en 1998 de 84 personas durante la voladura de un oleoducto en el departamento de Antioquia. Las FARC también destruyeron 62 torres de telecomunicaciones y 100 brigadas. Además, las FARC atacaron 12 embalses y represas, siendo el más destacado el intento por volar la Represa de Chingaza, principal fuente de agua potable de Bogotá. Si este ataque hubiera tenido éxito, no sólo habría arriesgado el suministro de agua potable de la principal ciudad del país, sino que también hubiera inundado y destruido la ciudad de Villavicencio, capital del departamento de Meta, con una población aproximada de 300,000 habitantes.

      En su carta del 8 de noviembre dirigida al Comandante de las FARC Manuel Marulanda, Amnistía Internacional expresó su preocupación por el asesinato perpetrado por las FARC del líder indígena Embera Bertuflo Domicó, el 23 de julio .en Dabeiba (Antioquia) (ver la Sección 5.). La carta también describió los asesinatos de varios pastores evangélicos, incluyendo el de Abel Ruiz, el 31 de julio, a manos de presuntos miembros de las FARC en San Vicente del Caguán (Caquetá) (ver la Sección 2.c.). Como en el pasado, Amnistía Internacional criticó el reclutamiento de menores y la violencia contra las mujeres en las FARC (ver la Sección 5.). La carta hizo un llamado a las FARC y los grupos alzados en armas en todo el país para respetar los derechos de los no-combatientes.


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      Sección 2. - Respeto por las libertades civiles, incluyendo:

      1. La libertad de expresión y de prensa

        La Constitución establece la libertad de expresión y de prensa y el Gobierno por lo general respetó este derecho en la práctica; sin embargo, los periodistas habitualmente practicaron la autocensura para evitar las retaliaciones y la persecución por parte de los diferentes grupos. Los individuos criticaron al Estado tanto en público como en privado sin temor a represalias. Los medios de comunicación impresos privados publicaron una amplia gama de puntos de vista políticos y con frecuencia expresaron fuertes opiniones contra el Gobierno sin miedo a represalias. La propiedad de los medios continuó estando muy concentrada. Familias adineradas o grupos asociados con uno de los dos partidos políticos dominantes consolidaron su propiedad de los medios, mientras firmas regionales continuaron adquiriendo los medios locales de comunicación. Como resultado de la recesión económica generalizada, grandes conglomerados de prensa cerraron estaciones de radio y oficinas regionales de diarios en ciertas provincias, y redujeron su personal. En septiembre, problemas de carácter financiero obligaron a El Espectador, el diario más antiguo de la nación, a cambiar su circulación de diaria a semanal. Los problemas económicos y la concentración de la propiedad de los medios limitaron los recursos de los medios, obligándolos a depender fuertemente de unos cuantos anunciantes, incluyendo al Estado. La Comisión Nacional de Televisión continuó vigilando la programación de televisión durante el año.

        El Estado no se valió de leyes contra la difamación para suprimir la crítica o para entablar censura directa o indirecta de los medios. Sin embargo, la dependencia de los medios en los ingresos provenientes de pautas publicitarias del Estado, pudo haber reducido la crítica hacia las acciones y las políticas del Estado.

        El Estado no hizo valer la razón de seguridad nacional para suprimir las opiniones que fueron sólo situaciones políticamente embarazosas o desagradables por otros motivos. Sin embargo, la ONG Reporteros sin Fronteras criticó el decreto presidencial que creó las Zonas Especiales de Rehabilitación y Consolidación en las áreas de alto conflicto a las cuales los extranjeros, incluyendo a los periodistas, sólo podían ingresar con un permiso especial de las autoridades gubernamentales. La organización declaró que "la posibilidad de que a los periodistas se les niegue el acceso a las zonas especiales es una violación flagrante de la Convención Americana sobre Derechos Humanos suscrita en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos, cuyo artículo 13 garantiza la libertad de movimiento para los periodistas." De acuerdo con una decisión tomada el 26 de noviembre por la Corte Constitucional, el Gobierno anunció que concedería rápidamente a los corresponsales de prensa extranjera registrados ante la Oficina de Prensa Internacional del Gobierno, las autorizaciones para visitar las Zonas de Rehabilitación. También permaneció vigente una prohibición sobre la publicación de pruebas relacionadas con investigaciones penales, basada en las cláusulas de reservas del código penal y un estatuto anticorrupción.

        Por lo general los periodistas no se vieron acosados, intimidados ni atacados por la policía o por las fuerzas de seguridad pública. Sin embargo, sí hubo excepciones así como informes de amenazas contra periodistas por funcionarios locales acusados de corrupción. El 30 de enero, personas desconocidas dispararon contra Orlando Sierra, subdirector y columnista del diario manizaleño La Patria, en el departamento de Caldas. Falleció el 1° de febrero. El 9 de mayo, Luis Fernando Soto fue sentenciado a 19 años de prisión por el asesinato, pero aceptó un acuerdo legal que redujo su sentencia en 10 años. Otras dos personas se encontraban bajo arresto esperando a ser juzgados. Una investigación conjunta realizada por siete importantes periódicos y revistas reveló que políticos locales, a quien Sierra había acusado de corrupción en varias ocasiones, pudieron haber ordenado su asesinato.

        Durante el año paramilitares y guerrilleros intimidaron, amenazaron, secuestraron y asesinaron a periodistas. Según información recogida por la Federación Internacional de Periodistas (FLIP) y la Fundación Colombiana para la Libertad de Prensa, al menos 10 representantes de los medios fueron asesinados, 75 fueron amenazados y 12 fueron secuestrados. Al menos cuatro de los representantes de los medios asesinados en el trascurso del año lo fueron como consecuencia de su trabajo. Se cree que el número de amenazas reportadas es bajo, ya que muchos de los individuos amenazados no informaron de las amenazas a las autoridades ni a las ONG. ONG nacionales e internacionales y otras organizaciones internacionales informaron de autocensuras realizadas por los medios debido a las amenazas provenientes de grupos armados al margen de la ley. En mayo el Comité para la Protección de Periodistas incluyó al país en la lista de los 10 peores lugares para ser periodista, señalando que 29 periodistas habían sido asesinados en el país en los últimos 10 años.

        Los paramilitares habitualmente amenazaron a los periodistas. Por ejemplo, en una entrevista publicada en la edición del 8 de julio del diario santandereano Vanguardia Liberal, un comandante paramilitar de la región del Magdalena Medio amenazó con ejecutar a los periodistas que publicaran historias sensacionalistas sobre atrocidades paramilitares. En un comunicado del 29 de julio, paramilitares en el departamento de Arauca declararon que "periodistas, presentadores, corresponsales, dueños y gerentes de medios" serían declarados "blanco militar" si no "cumplían con las responsabilidades de su profesión".

        El 21 de marzo, el columnista Fernando Garavito de El Espectador salió exiliado del país debido a las amenazas de muerte recibidas, supuestamente de paramilitares. En sus columnas, Garavito criticaba duramente a los grupos paramilitares, así como al entonces candidato a la presidencia Álvaro Uribe.

        Se sospechó que los paramilitares asesinaron a periodistas. Por ejemplo, el 28 de junio, en las afueras de la capital de Arauca, en el departamento que lleva el mismo nombre, presuntos paramilitares interceptaron un vehículo conducido por Efraín Alberto Varela, director de Meridiano 70, una estación de radio local. A pesar de las súplicas de su hermana y su cuñado, Varela fue sacado del vehículo y asesinado. Seis días antes de su muerte, había denunciado al aire la llegada de 100 paramilitares a la ciudad de Arauca.

        No se esperaba ningún resultado en la investigación de la Fiscalía por el asesinato de Carlos José Restrepo a mano de paramilitares en septiembre de 2000. Restrepo, quien había sido ex guerrillero del grupo inactivo M-19, publicaba un pequeño periódico en el departamento de Tolima.

        En noviembre, un tribunal penal especializado en Bogotá empezó a recibir pruebas en el juicio de dos sicarios sospechosos de haber asesinado en 1999 a Jaime Garzón, periodista, comediante y activista de derechos humanos. El líder de las AUC, Carlos Castaño, fue juzgado en calidad de reo ausente por su papel organizando la muerte de Garzón.

        El 26 de julio un tribunal penal especializado en Bucaramanga, departamento de Santander, sentenció a dos paramilitares a 19 años en prisión por los asesinatos en 1999 del camarógrafo Luis Alberto Rincón y al fotógrafo Alberto Sánchez, en el municipio de Playón.

        La Procuraduría y la Fiscalía esperaban un fallo a las apelaciones de sus veredictos de "no culpable" dictados a favor de dos paramilitares acusados por el asesinato en 1999 del editor Guzmán Quintero en Valledupar, departamento del Cesar.

        No ha habido ningún avance en la investigación sobre el secuestro y violación en 2000 de la periodista Jinet Bedoya por hombres que se identificaron como paramilitares. No parecía que fuera a haber ningún adelanto en el caso.

        Los guerrilleros con frecuencia amenazaron a los periodistas. Por ejemplo, en julio el frente urbano de las FARC que operaba en Cali, capital del departamento del Valle, envió una declaración a una oficina local del grupo de noticias RCN, acusando a ocho periodistas de ser "enemigos del pueblo y defender los intereses de los oligarcas regentes". A los ocho se les advirtió que debían abandonar la ciudad en los siguientes tres días o serían asesinados.

        La guerrilla también secuestró a los periodistas o los retuvo contra su voluntad. Por ejemplo, el 19 de febrero cerca a la población de El Currillo en la frontera entre los departamentos de Putumayo y Caquetá, integrantes del Frente 49 de las FARC retuvieron al corresponsal extranjero T. Christian Miller mientras verificaban sus credenciales de prensa. Liberaron a Miller 24 horas más tarde. El 6 de agosto, cerca del municipio de Mistrató en el departamento de Risaralda, integrantes del Frente Aurelio Rodríguez de las FARC secuestraron a tres representantes del diario local El Tiempo Café y los liberaron al día siguiente. La mayoría de los secuestros de periodistas por la guerrilla fueron breves.

        La guerrilla también asesinó a representantes de los medios. Por ejemplo, el 11 de julio, integrantes de las FARC secuestraron y asesinaron a Elizabeth Obando en un retén cerca al municipio de Playa Rica, departamento del Tolima. Obando falleció el 13 de julio a causa de sus heridas. Obando, quien estaba a cargo de la distribución del diario regional El Nuevo Día en el municipio de Roncesvalles, había estado involucrado en un enfrentamiento público con un líder regional de las FARC, quien se quejó de una historia publicada en el diario criticando las extorsiones de las FARC, el reclutamiento de menores y la "reforma agraria obligatoria" en la región.

        Las amenazas de violencia obligaron a por lo menos 13 periodistas a abandonar el país, uniéndose a cinco que ya se encontraban en el exilio desde 2001. La periodista Claudia Gurisatti, anteriormente con RCN, permaneció en el exilio por amenazas de las FARC. Tres sospechosos arrestados por conspirar para matarla fueron puestos en libertad por falta de pruebas. El actual vicepresidente de la República Francisco Santos, antiguo director del diario de mayor circulación en el país, El Tiempo de Bogotá, y fundador de la Fundación País Libre, una importante ONG anti-secuestro, regresó al país del exilio para asumir sus funciones de Vicepresidente.

        Aún se desconoce quiénes fueron los autores de la mayoría de las amenazas y actos de violencia contra los periodistas. Por ejemplo, no se logró ningún avance y no parece que vaya a haber ningún progreso en las investigaciones de la Fiscalía respecto a las muertes en 2000 de los periodistas de radio Guillermo León y Alfredo Abad en Florencia, capital del departamento del Caquetá.

        En octubre, la Federación Internacional de Periodistas abrió una oficina en Bogotá para seguir de cerca la violencia contra los medios y prestar la ayuda necesaria a los periodistas locales. En 2000, la Sociedad Interamericana de Prensa ya había creado su propia Unidad de Acción Rápida en Bogotá para ayudar a la Fiscalía en las investigaciones de crímenes contra los periodistas. El Ministerio del Interior y de Justicia dirigió un programa para la protección de periodistas, establecido en agosto de 2000 por decreto presidencial. Durante el año, el programa le ofreció protección a 41 periodistas. El Ministerio del Interior y de Justicia también apoyó una red de alertas organizada para los periodistas, suministrándoles un pequeño número de radios y una línea telefónica de emergencia. En octubre, la Fiscalía General, en respuesta a el aumento en el número de delitos contra los periodistas, añadió 12 fiscales a su unidad, dedicados a investigar todos los ataques contra la prensa.

        Entre las organizaciones nacionales que fomentaron la libertad de prensa estaban la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) y Medios para la Paz.

        El Estado ni restringió, ni bloqueó el acceso a la internet, ni censuró páginas de la internet.

        El Estado no restringe la libertad académica. Sin embargo, los grupos paramilitares y la guerrilla hicieron acto de presencia en muchas universidades, para generar el respaldo político para sus respectivas campañas y debilitar el apoyo de sus adversarios. empleando medios violentos y no violentos. Los paramilitares amenazaron y asesinaron a profesores y estudiantes universitarios quienes sospechaban simpatizaban con la izquierda. Por ejemplo en 1999, las AUC reclamaron la autoría del asesinato de un estudiante de la Universidad de Antioquia. Tras el asesinato, las AUC hicieron pública una lista de otros estudiantes "subversivos" a quienes les exigían suspender sus "actividades delincuentes" o abandonar la universidad o morir. Varios de esos estudiantes se retiraron de la universidad. Los paramilitares han tenido más influencia en el norte del país, donde en los últimos siete años se sospecha que asesinaron a por lo menos 12 estudiantes y profesores en la Universidad del Atlántico, en Barranquilla (Atlántico) y unos 10 en la Universidad de Córdoba, en Montería (Córdoba).

        La guerrilla de izquierda aprovechó las universidades para planear, preparar y efectuar ataques terroristas. El 26 de octubre, la Policía Metropolitana de Medellín descubrió 332 aparatos explosivos escondidos en la Universidad de Antioquia. Se descubrió que los explosivos estaban vinculados con una organización estudiantil ilegal que tenía vínculos con las milicias urbanas de las FARC. El 20 de noviembre, una protesta en la Universidad Industrial de Santander (UIS) en Bucaramanga, se tornó violenta aparentemente cuando seis miembros del ELN se infiltraron en la manifestación contra la nueva empresa de seguridad de la universidad, acusada por los estudiantes de izquierda de participar en el programa de informantes civiles del Gobierno. Un estudiante murió, mientras 10 estudiantes y 12 policías resultaron heridos. El 22 de noviembre, cuatro morteros fueron lanzados desde la Universidad Nacional, aterrizando en un prado cerca a la sede de la Fiscalía General, hiriendo a un transeúnte. Para finales del año, una investigación del estado no había encontrado pruebas de participación de estudiantes en el ataque.

        Con frecuencia grupos paramilitares y guerrilleros amenazaron y asesinaron a maestros de escuelas públicas, sobre todo maestros de bachillerato (o nivel secundario). En noviembre, la ministra de Educación Cecilia María Vélez informó que aproximadamente 800 maestros, sobre todo en áreas rurales, trabajaban bajo las amenazas de muerte de los grupos armados al margen de la ley, sobre todo de las FARC. Según la Federación Colombiana de Educadores (Fecode), 83 maestros fueron asesinados durante el año, la mayoría por paramilitares. Por ejemplo, el 28 de octubre, en la Media Luna, municipio de Pivijay (Magdalena), cuatro supuestos miembros de las AUC dispararon y asesinaron a Oscar David Polo a la entrada del plantel educativo donde enseñaba. Cuatro maestros más también fueron asesinados en esta pequeña municipalidad en el trascurso del mismo año, y nueve en total en el departamento de Magdalena. Un total de 14 maestros fueron asesinados en el departamento de Antioquia, más que en ningún otro departamento del país.

        En 1999 continuaron las investigaciones de los ataques contra tres distinguidos académicos: Jesús Antonio Bejarano, ex Comisionado de Paz para el gobierno; Darío Betancur, jefe de la facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Pedagógica en Bogotá; y Hernando Henao, un antropólogo que había publicado un artículo sobre los desplazados. La Fiscalía sospechaba de las FARC como responsables de la muerte de Bejarano y las AUC del asesinato de Henao.

        Como resultado de estos y otros incidentes, profesores y estudiantes adoptaron un perfil bajo. Algunas universidades hasta prohibieron toda actividad social extracurricular que tratara sobre temas controversiales relacionados con el conflicto armado interno. Muchos profesores universitarios prefirieron irse del país en exilio voluntario.


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      2. La libertad de asociación pacífica

        La Constitución establece la libertad de asociación pacífica y el Estado por lo general respetó este derecho en la práctica. Las autoridades por lo general no interfirieron en las reuniones ni en las demostraciones públicas y otorgaron el permiso requerido, excepto cuando se determinó que existía un peligro inminente de orden público.

        En diversas ocasiones se realizaron grandes demostraciones ciudadanas en diferentes partes del país, algunas para repudiar las actividades terroristas y otras para protestar los recortes presupuestales y las políticas sociales del gobierno. Las autoridades por lo general no interfirieron. Por ejemplo, el 19 de septiembre aproximadamente 800.000 empleados públicos en todo el país participaron en un paro y realizaron grandes marchas en las principales ciudades para protestar por los nuevos proyectos de ley sobre reformas pensionales, laborales y tributarias. La protesta se realizó en forma pacífica. Sin embargo, al día siguiente el Gobierno anunció que aquellos empleados con cargos esenciales como bomberos y jueces, serían sancionados por participar en la huelga. Además, durante la semana del 16 de septiembre, hubo serios enfrentamientos entre miembros de las fuerzas de seguridad pública y campesinos que realizaban movilizaciones paralelas en las regiones rurales en protesta por los programas agrícolas y otras políticas relacionadas del Gobierno. Las fuerzas de seguridad detuvieron a cientos de campesinos para hacer cumplir un decreto del gobierno que prohibía la interrupción del transporte en las carreteras del país. El Estado afirmó, y los campesinos confirmaron, que las FARC habían presionado a varios campesinos a participar en las protestas. El 17 de septiembre, el Estado expulsó del país a tres ciudadanos españoles por sospecha de haber incitado a los campesinos a protestar (ver la Sección 4.).

        La Constitución establece la libertad de asociación, y el Gobierno por lo general respetó este derecho en la práctica. Cualquier organización tiene la libertad de asociarse con los grupos internacionales en su campo. Sin embargo, ser miembro de las organizaciones proscritas tales como las FARC, el ELN, el EPL y las AUC es un delito. En la práctica, la libertad de asociación estuvo restringida por amenazas o actos de violencia de los grupos armados al margen de la ley contra sindicatos y ONG (ver las Secciones 4. y 6.a.).


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      3. La libertad de culto

        La Constitución establece la libertad de culto, y el Gobierno por lo general respetó este derecho en la práctica.

        Aunque no existe una religión estatal oficial, la mayoría de los ciudadanos son católicos y la Iglesia Católica Romana mantiene un rango privilegiado de facto. Las entidades religiosas no católicas que deseen manejar a sus fieles o adherentes a través de cualquier institución pública, como escuelas y hospitales, necesitan acceso al acuerdo de derecho público suscrito con el Estado en 1997. Aunque 12 iglesias cristianas accedieron a este acuerdo, el Estado no les ha dado la misma oportunidad a cientos de otras pequeñas iglesias evangélicas que fueron reconocidas legalmente después de 1997. Las iglesias protestantes también se han quejado porque las nuevas leyes de zonificación han demostrado favoritismo hacia la Iglesia Católica Romana, ya que las catedrales católicas romanas fueron construidas antes de que se instituyeran las leyes de zonificación y, por lo tanto, están exentas de los requisitos de las leyes.

        La Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General informó que estaba investigando 42 casos de delitos por motivos religiosos.

        Los paramilitares a veces han acosado a dirigentes y miembros religiosos, en general por razones políticas.

        El 6 de marzo, un tribunal sentenció al asesino convicto del sacerdote católico Jorge Luis Maza y el ayudante español Iñigo Egiluz a 31 años de prisión. Nueve presuntos miembros de un grupo paramilitar que habían sido arrestados en relación con este crimen, fueron puestos en libertad por falta de pruebas. El caso se cerró a finales del año.

        Las FARC y el ELN amenazaron y realizaron actos de violencia contra dirigentes y miembros religiosos, en general por razones políticas, e inhibieron el derecho a la libre expresión del culto en las regiones bajo su control.

        La Conferencia Episcopal de Colombia informó que grupos armados al margen de la ley asesinaron a 11 sacerdotes católicos durante el año. Se sospecha que las FARC fueron los responsables de la mayoría de esos asesinatos. El 12 de enero Guillermo León Corrales, sacerdote católico romano residente en el exterior quien visitaba a su familia, fue asesinado en la población de La Estrella, cerca de Medellín, departamento de Antioquia. Años antes, Corrales había sido amenazado por miembros de una organización estudiantil radical de izquierda en la escuela secundaria donde enseñaba. Al día siguiente se confirmó la muerte de otro sacerdote en la misma región, a manos de las FARC. El Estado investigaba la posibilidad de que ambas muertes estuvieran relacionadas.

        El 16 de marzo Monseñor Isaías Duarte, Arzobispo de Cali, fue asesinado cuando salía de una iglesia en un barrio marginado de Cali. El 29 de noviembre la Fiscalía acusó al Comandante del Frente 30 de las FARC, John Fredy Jiménez, y a un sicario, de este asesinato. Un segundo sicario fue asesinado en prisión en mayo. La Fiscalía también abrió una investigación formal contra siete miembros del Secretariado de las FARC, incluyendo a Pedro Antonio Marín, alias "Tirofijo", y Jorge Briceño, alias "Mono Jojoy", por sospecha de haber ordenado el asesinato de Duarte para silenciar las bruscas críticas de sus actividades criminales y falta de sinceridad durante las negociaciones de paz.

        El 13 de julio, dos asaltantes desconocidos asesinaron a la Hermana Marta Inés Vélez, directora del Hogar Materno Marcelino en la población de Mogotes, departamento de Santander. La Hermana Vélez era delegada de la comunidad religiosa ante la asamblea de Mogotes, una organización cuyos esfuerzos por fomentar la paz hicieron a la población acreedora al Premio Nacional de Paz en 1998.

        El 20 de octubre, el ejército frustró un complot de las FARC para secuestrar a Monseñor Francisco Javier Múnera, obispo de Florencia (Caquetá). Cuando el ejército se enteró del complot, Monseñor Múnera fue trasladado a otro lugar.

        El 11 de noviembre, los guerrilleros de las FARC secuestraron a Monseñor Jorge Enrique Jiménez, presidente de la Conferencia Episcopal Latinoamericana y obispo de Zipaquirá (Cundinamarca), junto con el párroco Desiderio Orjuela. El 15 de noviembre, miembros de las fuerzas armadas rescataron a los clérigos.

        Según el Movimiento de Unión Cristiana (MUC), una asociación de iglesias cristianas evangélicas, 32 pastores protestantes fueron asesinados hasta el 30 de noviembre. Según el MUC, 93 pastores habían sido asesinados desde 1994. Se cree que las FARC fueron responsables del 90% de los asesinatos de los pastores protestantes. Las amenazas y la violencia de las FARC obligaron al cierre de cientos de iglesias evangélicas, en particular en el suroeste del país. Según el MUC, los pastores protestantes y miembros del clero fueron blanco de las FARC más por razones políticas que religiosas.

        En agosto, las FARC asesinaron al clérigo pentecostés Abel Ruiz en San Vicente del Caguán (Caquetá), capital de la antigua zona de despeje de las FARC. El 14 de julio, guerrilleros de las FARC asesinaron al reverendo José Vicente Flores, otro ministro de la Iglesia Pentecostal Unida, en el mismo templo.

        El 17 de octubre cerca al municipio de Anserma (Caldas), guerrilleros del ELN ejecutaron al obispo Gabriel Arias, vicario de Armenia (Quindío), mientras Arias se encontraba en una misión humanitaria para rogar por la libertad del antiguo Gobernador del Quindío Ancízar López, víctima del secuestro de las FARC.

        Las autoridades no lograron la captura de Arley Leal y Milton de Jesús Tonal, miembros de las FARC, sospechosos del asesinato del sacerdote católico Alcides Jiménez en Putumayo en 1998. La Procuraduría continúa investigando la posible negligencia del Estado al no evitar estos asesinatos.

        Continuaron las investigaciones sobre el asesinato en marzo de 2000 del sacerdote católico Hugo Duque en el municipio de Supía (Caldas) y el asesinato del pastor protestante Onofre Hernández en marzo 2001 en la ciudad de Arauca (Arauca). Parecía haber poca posibilidad de progreso en ambos casos.

        Información más detallada al respecto, en inglés, en el informe internacional sobre la libertad religiosa de 2002 International Religious Freedom Report, 2002".


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      4. La libertad de movimiento dentro del país, viajes al exterior, emigración y repatriación

        La Constitución le concede a los ciudadanos el derecho a viajar dentro y fuera del país y el Estado por lo general respetó este derecho; sin embargo, existieron algunas excepciones. Por ejemplo, en áreas donde se estaban realizando operaciones de contrainsurgencia, la Policía o funcionarios militares a veces exigieron que los civiles obtuvieran salvoconductos. En las zonas especiales de rehabilitación y consolidación, establecidas por decreto presidencial, se restringieron los viajes y las personas a veces fueron retenidas hasta por 24 horas para que los funcionarios pudieran revisar su identificación, según lo estipulado por la ley. Los paramilitares y los guerrilleros emplearon medidas similares para restringir los viajes en las áreas bajo su control. El gobierno implementó toques de queda en las zonas de conflicto. Los forasteros quienes deseaban ingresar a las reservas indígenas sólo podían hacerlo por invitación.

        Durante el año, los retenes y los bloqueos de carreteras montados por guerrilleros, paramilitares y por los campesinos impidieron el transporte, la comunicación y el comercio en diferentes partes del país (ver las Secciones 1.g. y 2.a.). Las organizaciones sociales también recurrieron al bloqueo de carreteras, a veces por tiempo prolongado, para protestar contra ciertas acciones o políticas del Estado.

        Prácticamente todas las arterias viales importantes del país estuvieron cerradas en algún momento durante el año. Hubo numerosos informes de miembros de comunidades indígenas, particularmente en Putumayo, a quienes se les prohibió salir de sus comunidades sin la autorización de los paramilitares o de las FARC, y de que los paramilitares y la guerrilla habían bloqueado a sus comunidades.

        La Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) informó que 5.086 colombianos se registraron como refugiados en Ecuador, Panamá y Venezuela. Otros 3.995 colombianos solicitaron asilo en Ecuador, país vecino con la política de asilo más liberal. Cientos de colombianos también huyeron hacia Costa Rica. Hubo pocos informes del regreso forzado de refugiados desde Panamá, Ecuador o Costa Rica, aunque la mayoría de los refugiados recibieron poca asistencia. Hubo continuos informes sobre refugiados repatriados a la fuerza desde Venezuela.

        En abril, la Corte Constitucional respaldó una ley de mayo 2000 que prohibía el desplazamiento forzado. Sin embargo, se presentó una gran población de desplazados a raíz de las operaciones de contrainsurgencia militar, el reclutamiento forzado y las incursiones por parte de paramilitares y guerrilleros que con frecuencia obligó a los campesinos a abandonar sus hogares y sus tierras.

        Tanto los grupos paramilitares como los guerrilleros emplearon el desplazamiento forzado para obtener el control sobre territorios en disputa y para debilitar la base de apoyo de sus oponentes. Las autoridades a veces animaron a la población civil a regresar a sus hogares antes de haberse normalizado la situación de orden público o la población civil regresó antes de lo aconsejable.

        En agosto de 2001, el Coordinador Especial de Desplazamiento Interno de las Naciones Unidas dijo que el país estaba enfrentando un problema de desplazamiento "agudo". Según la ACNUR, el país ocupa el segundo lugar entre los países con el mayor número de desplazados. El Estado calculó unos 350.000 nuevos desplazados durante el año, un aumento significativo comparado con 2001. Según la Consultoría para los Derechos Humanos y los Desplazamientos (Codhes), una importante ONG de derechos humanos especializada en temas de desplazamiento (ver la Sección 4.), 353.000 civiles fueron desplazados durante los primeros nueve meses del año. Si las estadísticas de la Codhes eran correctas y los desplazamientos continuaron al mismo ritmo durante los tres últimos meses del año, más de 400.000 personas fueron desplazadas durante el año, con un aumento de por lo menos 50.000 durante 2001. Fue difícil obtener cifras exactas sobre desplazados puesto que muchos fueron desplazados más de una vez y otros no se registraron ante el Estado ni las ONG. Las FARC y el ELN desanimaron a los desplazados de registrarse con el Estado por medio de la fuerza, la intimidación y la desinformación. Hubo guerrilleros que se hicieron pasar por desplazados para sembrar la duda y el descontento entre la población desplazada. La Red de Solidaridad Social, la entidad del Estado que atiende las necesidades de los desplazados, informó de un gran aumento en el número de municipios afectados por las poblaciones desplazadas. Según estadísticas gubernamentales, desde 1996, más de 927.000 ciudadanos se registraron como desplazados. La Codhes calculá que más de dos millones de personas fueron desplazadas durante el mismo período. La Red de Solidaridad Social se vinculó a la ACNUR, la Codhes y la Conferencia Episcopal para desarrollar un sistema que suministrara datos más exactos sobre los desplazados. Sin embargo, aún no habían acordado sobre dicho mecanismo.

        La Codhes señaló que algunas personas ya llevan hasta 10 años desplazadas, pero no pudo identificar un marco de tiempo típico para el desplazamiento. La Codhes calculó que el 65% de los desplazamientos fueron permanentes mientras que el CICR calculóla un 50%. El Grupo Temático de las Naciones Unidas, un grupo interinstitucional compuesto por agencias de las Naciones Unidas, agencias gubernamentales y ONG, informó que los agentes estatales fueron responsables de menos del 5% de los desplazamientos durante el año. Los paramilitares, por otro lado, fueron responsables del 55% y los grupos guerrilleros fueron responsables del 40%.

        La gran mayoría de los desplazados fueron campesinos desplazados hacia las grandes ciudades, donde tuvieron dificultad para integrarse a la sociedad. Muchos de los desplazados se fueron a vivir en los alrededores de Bogotá, Medellín, Bucaramanga y Cartagena, en condiciones hacinadas e insalubres. Según la Codhes, el 57% de la población desplazada estaba conformado por mujeres: el 22% era mujeres cabeza de familia y el 70% era menores de edad. En julio, la ACNUR informó que el 72% de todos los desplazados era mujeres y niños. Algunas familias huyeron .o continuaron desplazadas para evitar el reclutamiento forzado de sus hijos por parte de la guerrilla (ver las Secciones 1.f. y (5.). Miles de desplazados no pudieron regresar a sus hogares debido a la presencia de minas antipersonal (ver la Sección 1.g.). Las mujeres y las niñas fueron especialmente vulnerables a la violencia doméstica, al abuso sexual y a la explotación sexual (ver la Sección 5.). La Organización Panamericana de la Salud (OPS) informó que sólo el 65% de las familias desplazadas contó con acceso a los servicios de salud a través del sistema general de seguridad social y que muchos no podían pagar las cuotas, aunque éstas eran sólo del 15% del total de los gastos médicos de una persona. La UNICEF calculó que sólo el 68% de los menores desplazados tuvieron acceso a la educación. La desnutrición entre los menores desplazados fue un problema común. Según la ACNUR, más de un tercio de los desplazados era indígenas o afro-colombianos.

        El Gobierno no pudo suministrar suficiente ayuda humanitaria a los desplazados, a pesar de la existencia de estatutos legales y decisiones jurídicas que así lo estipulaban. Aunque las condiciones para las comunidades de desplazados variaron en diferentes regiones, las condiciones de los desplazados en muchos sitios fueron pobres y antihigiénicas, con poco acceso a los servicios de salud y pocas oportunidades educativas y de empleo. El Estado suministró asistencia a los desplazados través de la Red de Solidaridad Social, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y el Ministerio de Salud. Sin embargo, el Estado mismo reconoció que el CICR y otras ONG suministraron entre el 70% y el 80% de la asistencia humanitaria recibida por los desplazados. La mayoría de los ciudadanos desplazados recibió asistencia humanitaria de emergencia del CICR, la Red de Solidaridad Social o las ONG sólo durante 90 días, aunque algunos desplazados la recibieron por más tiempo mientras otros nunca recibieron ayuda. El CICR entregó asistencia de emergencia a 200.000 desplazados en el trascurso del año. La oficina local de la ACNUR con sede en Bogotá, la cual cuenta con cuatro oficinas regionales en el país, trabajó para fortalecer la capacidad del Estado para manejar la crisis de los desplazados. En junio, la ACNUR extendió al departamento de Antioquia un proyecto que se inició en 1999 para documentar a los desplazados. Desde sus inicios, más de 52.000 personas fueron documentadas bajo este proyecto.

        El 21 de diciembre la policía evacuó de la antigua sede del CICR en Bogotá a un grupo organizado de 106 desplazados. Los invasores parecieron salir en forma voluntaria después cuando se les advirtió que si no evacuaban el edificio, serían desalojados a la fuerza. Muchos de los desplazados ya poseían vivienda a través de un programa de subsidio del Estado. Los que no contaban con vivienda fueron alojados en un hotel por cuenta del Estado hasta hallar otra forma de alojamiento. Antes de la expulsión de los desplazados, al menos 200 personas ya se habían trasladado a los hogares que les habían sido subsidiados o habían encontrado otras soluciones a largo plazo que les permitieron abandonar la antigua sede del CICR.

        La Constitución establece el derecho al asilo, bajo los términos establecidos por la ley, según la Convención de las Naciones Unidas de 1951 relacionada con el Estado de los Refugiados y su Protocolo de 1967. Desde 1920 el país ha tenido la tradición de otorgar asilo. El Estado se reserva el derecho a determinar la elegibilidad para el asilo, según su propia evaluación sobre la naturaleza del caso que presente el solicitante. El otorgamiento de primer asilo no se presentó durante el año. No hubo informes de regresos forzados a un país donde las personas temieran la persecución. Según el Comité de Estados Unidos para los Refugiados, en el país residían 207 refugiados. En el trascurso del año, nueve personas solicitaron asilo. Tres de las solicitudes fueron negadas y para finales del año seis continuaban pendientes.


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      Sección 3. - Respeto de los derechos políticos: el derecho de los ciudadanos a cambiar su gobierno

      La Constitución establece el derecho de los ciudadanos a cambiar su gobierno en forma pacífica, y los ciudadanos ejercieron ese derecho en la práctica a través de elecciones periódicas, libres y justas que se realizaron por medio del sufragio universal. Las elecciones presidenciales se realizan cada cuatro años; la persona elegida como presidente no puede ser reelegida. Los miembros del Congreso también son elegidos para períodos de cuatro años. Los gobernadores, alcaldes y otros funcionarios locales se eligen para períodos de tres años. Las elecciones para el Congreso y la Presidencia se realizaron en marzo y mayo respectivamente. Las últimas elecciones de funcionarios locales se efectuaron en octubre de 2000.

      El 10 de marzo se realizaron las elecciones para renovar al Senado y la Cámara de Representantes, con una mezcla de miembros de los partidos Liberal, Conservador e independientes. El 26 de mayo los electores votaron por el independiente Álvaro Uribe Vélez para presidente. Ambas elecciones fueron libres, justas y trasparentes a pesar de una campaña realizada por organizaciones terroristas, como las FARC, para interrumpirlas. Con frecuencia el Partido Liberal y el Partido Conservador negociaron con miembros de los partidos independientes más pequeños para formar coaliciones. En la Cámara, el Partido Liberal obtuvo 58 curules, mientras que el Partido Conservador obtuvo 21. Las curules restantes fueron ocupadas por candidatos de 40 movimientos políticos "independientes", algunos de ellos ligeramente afiliados a los partidos Liberal y Conservador. En el Senado, los liberales ocuparon 31 curules, mientras los conservadores ocuparon 13; otras dos fueron ocupadas por candidatos indígenas según lo estipula la ley y los independientes ocuparon las 56 curules restantes .

      Por lo general, los partidos políticos operaron libremente sin interferencia del Estado. Los que no logran reunir 50.000 votos en una elección general pierden el derecho a presentar candidatos y a recibir fondos del Estado. Sin embargo, pueden reincorporarse en cualquier momento presentando 50.000 firmas ante el Consejo Nacional Electoral. El voto es voluntario y universal para los ciudadanos mayores de 18 años, excepto para los miembros en servicio activo de la Policía y de las fuerzas armadas quienes no pueden votar. Los funcionarios civiles, aunque sí pueden votar, no pueden participar en las campañas partidisstas.

      Las elecciones para la Presidencia y el Congreso, realizadas bajo niveles de seguridad estatal sin precedentes, fueron libres y justas a pesar de los intentos de los paramilitares y de la guerrilla para interferir en el proceso político. Sin embargo, el Consejo Nacional Electoral invalidó 17.000 votos con base en pruebas de fraude, anulando la victoria de cinco senadores. En las regiones que estaban bajo el control de los paramilitares, como en el departamento de Córdoba y las áreas urbanas en la región del Magdalena Medio, los paramilitares reunieron a los líderes comunitarios, a veces por la fuerza, para instruirlos sobre los candidatos aceptables. Sin embargo, a pesar de la jactancia de los paramilitares de haber elegido el 35% de la legislatura, los resultados de las elecciones revelaron que los candidatos supuestamente aprobados por los paramilitares perdieron en las regiones dominadas por esos grupos. Por ejemplo, en la ciudad de Barrancabermeja, donde la influencia paramilitar es ampliamente reconocida, todos los candidatos aprobados por los paramilitares perdieron las elecciones por un amplio margen.

      La guerrilla realizó una campaña sistemática de violencia diseñada para interrumpir y desacreditar las elecciones nacionales. Las FARC intentaron asesinar por lo menos 12 veces al entonces candidato a la Presidencia Álvaro Uribe, incluso con un gran ataque con bomba el 14 de abril en la ciudad de Barranquilla, el cual dejó un saldo de tres muertos y 13 heridos, incluyendo a 10 civiles. Las FARC amenazaron con asesinar a dirigentes cívicos y residentes de aquellos municipios en los cuales la mayoría de los votantes había emitido su voto por Uribe y evitaron que miles de campesinos de las áreas rurales llegaran hasta las urnas. Sin embargo, en las áreas con influencia de las FARC, como en el departamento de Caquetá, Uribe ganó por amplio margen. En represalia por la victoria electoral de Uribe durante la primera vuelta, el 5 de junio asesinaron a Luis Carlos Caro, alcalde de Solita, un pueblo ubicado en el departamento de Caquetá, cuya abrumadora mayoría había votado por Uribe. En un intento por desestabilizar el país antes de la toma de posesión de Uribe, las FARC extendieron sus amenazas contra todos los funcionarios locales electos del país, lo cual tuvo como resultado en la renuncia de 399 alcaldes en todo el país. Otros 300 alcaldes tuvieron que asumir sus funciones por teléfono y por mensajero, desde las capitales de sus respectivos departamentos. Muchos concejales y empleados municipales también renunciaron, interrumpiendo la prestación de los servicios públicos en muchos municipios. En total, las FARC asesinaron a nueve alcaldes y 70 concejales, durante el año. El día de la toma de posesión del Presidente, las FARC lanzaron un ataque de cohetes contra el Palacio Presidencial. Sin embargo, la mayoría de los 15 cohetes fallaron su objetivo y cayeron en un caserío cerca al Palacio, cobrando la vida de 23 personas, incluso tres niños.

      Las FARC también cometieron varios actos de agresión contra las familias de los alcaldes amenazados. En julio, las FARC asesinaron a Omar Castaño, hijo de José Leonel Castaño, alcalde de Vista Hermosa, departamento del Meta, anteriormente parte de la zona de despeje de las FARC. Omar Castaño había sido secuestrado el 28 de junio. Su cuerpo nunca fue devuelto. Las FARC secuestraron a los hijos de varios alcaldes para presionar a estos últimos a renunciar. Por ejemplo, el 17 de julio, miembros de las FARC secuestraron la hija de tres años de edad de Libardo Herazo, alcalde de Colón (Putumayo). La niña y su niñera fueron puestas en libertad el 31 de julio, cuando Herazo anunció públicamente su renuncia.

      Inicialmente las AUC amenazaron con tomar represalias contra los alcaldes que renunciaran ante la intimidación de las FARC, pero retiraron esta política en junio, según lo anunciaron en un comunicado dirigido a la Federación Colombiana de Municipios.

      Las FARC secuestraron a políticos en un intento por obligar al Gobierno a realizar un intercambio de prisioneros. Por ejemplo, el 23 de febrero, las FARC secuestraron a la candidata presidencial independiente Ingrid Betancourt (ver la Sección 1.b.). Tres días antes, las FARC secuestraron al senador Jorge Eduardo Gechem (ver la Sección 1.b.), presidente de la Comisión de Paz del Senado, durante el secuestro de una aeronave comercial. Otros cuatro miembros del Congreso continuaron en manos de las FARC (ver la Sección 1.b.).

      Tanto las AUC como las FARC sostuvieron que operaban movimientos políticos clandestinos: el Movimiento Nacional y Democrático de las AUC, lanzado en septiembre de 2001; y el Movimiento Bolivariano por una Nueva Colombia de las FARC, lanzado en abril de 2000. Se desconoce el estado actual de estos movimientos, aunque su influencia parecía ser mínima.

      En los municipios donde no existía presencia de la fuerza pública y en ciertos barrios urbanos pobres, tanto la guerrilla como los paramilitares trataron de imponer el control y obtener apoyo político con medidas que iban desde asesinatos de limpieza social (.ver las Secciones 1.a., 1.d. y 5.), hasta la donación de materiales o mano de obra para proyectos comunitarios.

      No existe ninguna restricción legal (y pocas restricciones prácticas) a la participación de las mujeres o las minorías en el proceso político. En marzo 2000 entró en vigencia una ley de cuotas que exige que por lo menos el 30% de los cargos propuestos sea asignado a las mujeres. La ley de cuotas no es válida ni para los cargos públicos elegidos, ni para los administrativos de empresas estatales. El Gobierno debe informar al Congreso cada año, sobre el porcentaje de mujeres en cargos gubernamentales de alto nivel. La nueva Administración Uribe aumentó el número de mujeres en cargos ejecutivos. De las 18 carteras, ocho fueron ocupadas por mujeres, incluyendo los Ministerios de Defensa y de Relaciones Exteriores, así como la Alta Comisión para el Plan Colombia. También hubo siete viceministras. Las mujeres ocuparon 11 curules de las 102 del Senado y 20 de las 161 en la Cámara de Representantes. Hubo una mujer entre los 23 jueces de la Corte Suprema; una entre los nueve magistrados de la Corte Constitucional y dos entre los 13 magistrados de la CSJ. Según el informe del Gobierno presentado a finales de 2001, hubo 75 alcaldesas y una gobernadora.

      Los indígenas conformaron menos del 2% de la población. Hubo tres Senadores indígenas, dos de los cuales ocuparon los escaños reservados para los indígenas y un miembro indígena en la Cámara de Representantes. En 2000, los ciudadanos del departamento del Cauca eligieron al primer gobernador indígena del país. No hubo ministros ni viceministros indígenas y ningún indígena sirvió en los altos tribunales de la nación.

      Aproximadamente el 21% de la población era de descendencia afro-colombiana. Hubo dos Senadores afro-colombianos y cinco Representantes a la Cámara. No obstante, ningún afro-colombiano ocupó el cargo de ministro, viceministro, o en los altos tribunales del país. Hubo 70 alcaldes afro-colombianos. Un porcentaje desproporcionado de los desplazados del país fueron afro-colombianos con dificultad para participar en los procesos políticos del país.


      Sección 4. - La actitud gubernamental frente a las investigaciones internacionales y no gubernamentales sobre supuestas violaciones de los derechos humanos

      Una amplia variedad de grupos nacionales e internacionales de derechos humanos por lo general han venido operando sin restricciones del Estado, investigando y publicando sus hallazgos sobre casos de derechos humanos; no obstante, muchos de los prominentes verificadores de derechos humanos trabajaban bajo constante temor por su seguridad. Los funcionarios generalmente cooperaron y estuvieron abiertos a sus opiniones; sin embargo, las sospechas mutuas de larga data han dificultado la cooperación. En el país se registraron más de 60 mil ONG de derechos humanos y de la sociedad civil. La mayoría existían sólo en papel. Aproximadamente mil pequeñas y medianas ONG fueron miembros de la Federación Colombiana de ONG. El grupo "Verdad Colombia" fue una asociación relativamente nueva conformada por ONG de derechos humanos de derecha. Entre las ONG de derechos humanos nacionales más importantes estuvieron: la "Comisión Colombiana de Juristas" (CCJ), y la Corporación Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, las cuales enfocaron la defensa de los derechos humanos a través del análisis legal y el análisis de casos individuales; el Centro de Investigación y Educación Popular (CINEP), creado por los jesuitas, el cual manejó la base de datos de violación de derechos humanos más grande y de mayor influencia; el Comité Permanente para la Defensa de los Derechos Humanos (CPDDH), el cual proporcionó apoyo y asistencia a las víctimas de violaciones de los derechos humanos y trabajó para organizar a la sociedad civil, para defender los derechos humanos y para fomentar una resolución pacífica del conflicto armado en el país; el Comité para la Solidaridad de los Prisioneros Políticos (CSPP), el cual se enfocó en los derechos y el tratamiento de los detenidos por delitos políticos, en particular la subversión izquierdista; la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (ASFADDES), la voz principal del país que exigió justicia para los desaparecidos; la Consultoría para los Derechos Humanos y los Desplazamientos (CODHES) la cual abogó por las políticas diseñadas para evitar el desplazamiento y defendió los derechos de los desplazados; la Asociación para el Fomento de la Alternativa Social (MINGA), la cual buscó fomentar el respeto de los derechos humanos a través de la educación, la investigación, el cabildeo y la ayuda legal; (este año MINGA obtuvo el Premio Libertad, Igualdad y Fraternidad de Derechos Humanos de la república francesa ); Redepaz, una organización de la sociedad civil dedicada a fomentar la paz a escala nacional, regional y local; y la Fundación País Libre, la cual ofreció a las víctimas del secuestro y a sus familias la asistencia sicológica, legal y de relaciones públicas, y cabildeó ante el Gobierno a favor de mejores esfuerzos contra el secuestro.

      El 23 de octubre, el presidente Uribe envió un comunicado a varios embajadores extranjeros prometiendo garantizar los derechos de las ONG para trabajar en el país y argumentó que su política de retomarse el territorio nacional aseguraría la libertad de palabra y los derechos humanos a largo plazo. Recalcó que la participación activa de la población civil era necesaria para restablecer el orden público. Uribe añadió que los poderes judiciales decretados en el Estado de Conmoción Interior eran necesarios para atacar la impunidad y defendió la legitimidad de los mismos, habiendo sido confirmados por la Corte Constitucional. Dijo que le había enfatizado a las fuerzas armadas que debían respetar los derechos humanos y operar dentro de las normas de los tratados internacionales.

      Aunque el Estado por lo general no interfirió con el trabajo de las ONG de derechos humanos, hubo informes sin confirmar de que las fuerzas de seguridad acosaron o amenazaron a los grupos de derechos humanos, en particular en áreas de gran conflicto. El Vicepresidente Francisco Santos, cuyo despacho dirige el Programa Presidencial para la Protección de los Derechos Humanos, le dijo a la prensa que las ONG no serían acosadas. Destacadas ONG nacionales realizaron un esfuerzo por ser justas y objetivas en su análisis de una situación seria y compleja sobre derechos humanos. Sin embargo, su cubrimiento de abusos contra los derechos humanos tendió a enfocarse en los paramilitares de derecha y el Estado, en vez de los grupos guerrilleros de izquierda. Por ejemplo, la Embajada de Colombia en Canadá señaló que de las 5.000 cartas generadas en 2001 debido a alertas diseminadas por grupos colombianos de derechos humanos, sólo tres acusaban a las FARC directamente.

      Las ONG nacionales de derechos humanos contaron con una influencia que excedía sus miembros o sus recursos. Al compartir información entre ellas mismas y diseminarla entre las organizaciones internacionales de derechos humanos y los medios de comunicación, elevaron el perfil del país en relación con los derechos humanos y contribuyeron a que el país recibiera más atención internacional. También lograron cambiar leyes y políticas a través de tutelas, como la participación de la CCJ en un exitoso desafío contra la Ley de Defensa y Seguridad Nacional de 2001, o el exitoso cabildeo de la Fundación País Libre para lograr que el Estado realizara un esfuerzo más fuerte y cohesivo contra el secuestro. Para los representantes de una amplia variedad de agencias estatales fue muy útil, o políticamente necesario, reunirse con grupos de derechos humanos y estudiar sus propuestas.

      En ocasiones el Estado ha presentado cargos criminales contra defensores de derechos humanos, generalmente por actividades subversivas. Por ejemplo, el 6 de diciembre, agentes del CTI en Bucaramanga, departamento de Santander, arrestaron a Julio Avella y a Álvaro Tapias, presidente y tesorero respectivamente, de la Asociación Nacional de Ayuda Solidaria (ANDAS), una ONG que pertenece al Partido Comunista de Colombia, por presunta asistencia financiera a las FARC. Aún pendían ordenes de arresto para Carlos Mejía y Gladys Rojas, ex directores de una pequeña ONG en Barrancabermeja, quienes en agosto de 2001 organizaron un evento internacional de derechos humanos. Mejía y Rojas, quienes permanecieron escondidos, fueron acusados de rebelión por actos cometidos antes de sus actividades en la ONG. A veces los funcionarios del Estado han acusado a las ONG de derechos humanos de ser fachadas de la guerrilla, sin presentar pruebas.

      Bajo la autoridad concedida por la declaración del "Estado de Conmoción Interior" del Presidente, las autoridades registraron las oficinas de numerosas ONG. La mayoría de las búsquedas se centraron en las sedes principales de pequeñas ONG. Sin embargo, el 25 de octubre, la Policía allanó la oficina en Bogotá de la Asamblea Permanente por la Paz, una respetada organización coordinadora de ONG. Justificando el allanamiento por los poderes de emergencia otorgados bajo el Estado de Conmoción Interior, la Policía no obtuvo una orden de la Fiscalía antes de ingresar al edificio. La redada, que fue ampliamente criticada por el país y la comunidad internacional, no reveló ninguna prueba de actividades ilícitas.

      En diciembre la Fiscalía cerró su investigación contra los generales (r) del ejército Fernando Millán y Rito Alejo del Río por falta de pruebas para presentar cargos oficiales por haber sobornado a alguien para que atestiguara falsamente contra dos importantes organizadores de una ONG y un líder sindical (ver la Sección 1.a.).

      La Fiscalía continuó investigando interceptaciones ilegales realizadas en teléfonos de ONG y sindicatos laborales, por el GAULA de Medellín (ver la Sección 1.f.).

      Los paramilitares pusieron a los grupos de derechos humanos bajo gran presión en forma de vigilancia obvia, llamadas telefónicas acosadoras, campañas de graffiti y amenazas de muerte.

      Por ejemplo, en agosto el frente "Cacique Calarcá" de las AUC que operaba en el eje cafetero, circuló una declaración en los departamentos de Quindío y Risaralda, acusando con nombre propio a 13 líderes de derechos humanos y sindicales de ser agentes de la guerrilla. Además, el documento señaló a los 13 como blanco militar y les concedió 15 días para salir de la región. El 15 de septiembre, Agustín Jiménez del CSPP recibió una llamada anónima informándole que un compañero suyo había sido asesinado y que él sería el siguiente. Una y otra vez las AUC amenazaron muy claramente al CSPP.

      Los paramilitares estuvieron implicados en las muertes de empleados de desarrollo humano y defensores de derechos humanos. Por ejemplo, el 8 de noviembre, José Rusbell, miembro del Comité para los Derechos Humanos Joel Sierra, fue asesinado por presuntos paramilitares en Tame, departamento de Arauca. La IACHR condenó el asesinato de Rusbell y pidió al Estado realizar una investigación exhaustiva. Según la CCJ, 17 defensores de derechos humanos fueron asesinados durante el año, aunque sólo dos muertes pudieron ser atribuidas con certeza a los paramilitares.

      Continuaron las investigaciones en el asesinato en agosto de 2000 del activista de paz y ex alcalde Luis Fernando Rincón en Aguachica, departamento del Cesar. Los grupos de derechos humanos acusaron públicamente al presunto dirigente paramilitar Libardo Humberto Prada del asesinato. El 16 de enero, un juzgado de la Corte Suprema de Valledupar anuló la decisión tomada en 2001 por un tribunal criminal que exoneraba a Prada por el asesinato en 1998 de la coordinadora nacional de Redepaz, Amparo Leonor Jiménez y lo sentenció a 37 años de prisión.

      No hubo información sobre el paradero de Ángel Quintero y Claudia Patricia Monsalve, miembros de ASFADDES, secuestrados en 2000 por presuntos paramilitares. Las autoridades continuaban investigando el secuestro, aunque se creía que las víctimas habían muerto.

      Los fiscales expidieron órdenes de arresto para el líder de las AUC Carlos Castaño y el presunto paramilitar Yesid Fernando Lemus por los secuestros y asesinatos de los líderes campesinos del sur del departamento de Bolívar, Edgar Quiroga y Gildardo Fuentes.

      Las órdenes de captura continuaron vigentes para Carlos Castaño y otros cuatro paramilitares por los asesinatos en 1997 de dos trabajadores del CINEP (ver la Sección 1.a.) pero sus arrestos inminentes no parecían probables.

      A través del Ministerio del Interior y el DAS, el Gobierno asignó aproximadamente US $11,4 millones ($28,5 millardos de pesos) a su programa para la protección de los defensores de derechos humanos y activistas sindicales asociados con 88 ONG de derechos humanos y sindicales. Desde el 30 de agosto el Ministerio, reforzado por un aumento presupuestal del 690% sobre el de 2000, había suministrado medidas de protección a 890 activistas de derechos humanos y blindado 54 residencias y oficinas de ONG. Sin embargo, las solicitudes legítimas de protección superaban en mucho el aumento en el presupuesto del programa de protección. Los grupos de derechos humanos continuaron declarando que los programas de protección eran inadecuados para manejar la crisis e hicieron un llamado para aumentar los esfuerzos para combatir la impunidad.

      Por lo general, el Estado no intervino en la labor de las ONG internacionales de derechos humanos y las humanitarias. Los representantes de grupos internacionales de derechos humanos visitaron el país y se reunieron con grupos y representantes de derechos humanos en varias regiones del país sin la interferencia del Estado. Las principales ONG internacionales como Amnistía Internacional (AI), Human Rights Watch (HRW) y Washington Office on Latin America (WOLA), dedicaron igual cantidad de atención a las fuerzas gubernamentales, los grupos guerrilleros, y los paramilitares; sin embargo, exigáían más del Gobierno y lo criticaron no sólo por violaciones directas de los derechos humanos, sino también por su fracaso para romper del todo los vínculos entre el Ejército y los paramilitares y evitar los altos niveles de violencia política.

      El Estado deportó a varios representantes de pequeños grupos internacionales de derechos humanos por infringir las leyes de inmigración. Por ejemplo, en agosto y en octubre, el DAS ordenó a cinco miembros del cuerpo de Christian Peacemaker Teams (un pequeño grupo que ofreció acompañamiento humanitario a la zona de gran conflicto del Magdalena Medio) a salir del país por realizar actividades no consistentes con su visa de turismo. El 17 de septiembre, el DAS ordenó a un ciudadano español abandonar el país y deportó a otros dos por presuntamente alentar a campesinos a participar en una jornada de paro nacional (ver la Sección 2.b.).

      El Estado cooperó con las organizaciones gubernamentales internacionales. La ACNUR, la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Oficina de la Alta Comisión de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACDH) y la CICR tuvieron presencia activa en el país y pudieron realizar su trabajo sin interferencia del Estado.

      La oficina de la ACNUR en Bogotá abrió sus oficinas en 1997 a petición del Gobierno; desde entonces ha abierto oficinas regionales en Cali y Medellín. La Oficina verificó y analizó la situación de los derechos humanos en el país y ofreció asesoría y asistencia sobre la protección de los derechos humanos. El presidente Uribe extendió el mandato de la OACDH en el país hasta el fin de su administración en 2006.

      El Estado cuenta con un extenso aparato de derechos humanos coordinado por el Programa Presidencial de los Derechos Humanos. La Oficina realizó diálogos habituales con grupos locales de derechos humanos y estableció un Comité Especial para adelantar resoluciones judiciales de 100 casos claves sobre derechos humanos. Entre las oficinas ejecutivas que se especializan en la promoción y la protección de los derechos humanos están: la oficina para los derechos humanos del Ministerio del Interior y las oficinas para los derechos humanos del Ministerio de Defensa y sus servicios constituyentes, incluyendo la Policía Nacional.

      El Ministerio de Defensa informó que desde 1996, más de 290.000 miembros de las fuerzas de seguridad del Estado habían recibido capacitación en derechos humanos realizada por la CICR, la Cruz Roja Colombiana, la Iglesia Católica, gobierno extranjeros y otras oficinas y agencias gubernamentales. En septiembre de 2001, el Ministerio de Defensa firmó un acuerdo con dos universidades nacionales y el Instituto Interamericano de Derechos Humanos para llevar a cabo investigación y capacitación sobre derechos humanos y organizó varios seminarios para promover el diálogo sobre derechos humanos con ONG y académicos.

      Entre las oficinas gubernamentales independientes que protegen y fomentan los derechos humanos están la Procuraduría Delegada para la Prevención en Materia de Derechos Humanos y Asuntos Étnicos, la Unidad Nacional de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Fiscalía General y la Defensoría del Pueblo. La Cámara de Representantes elige al Defensor del Pueblo para los Derechos Humanos por un período de cuatro años, que no coincide con el del presidente. La oficina tiene la obligación establecida por la constitución de asegurar la promoción y el ejercicio de los derechos humanos. Las 34 oficinas regionales de la Defensoría proporcionaron abogados para la defensa pública y un canal para quejas sobre violaciones de derechos humanos (ver la Sección 1.e.). La oficina de la Defensoría en Bogotá sirvió como sede principal del Sistema de Alertas Tempranas, diseñado para alertar a las fuerzas de seguridad pública sobre posibles violaciones a los derechos humanos, sobre todo de masacres a gran escala. La Defensoría del Pueblo fue parte importante de la demanda que con éxito controvirtió la Ley de Seguridad y Defensa Nacional de 2001, fallada como inconstitucional en abril. En agosto de 2000, la Cámara de Representantes confirmó al ex presidente de la Corte Constitucional Eduardo Cifuentes como Defensor del Pueblo. Cifuentes desempeñó un papel activo, criticando ampliamente las violaciones a los derechos humanos, visitando los lugares de las masacres y presionando para que se incrementara la seguridad y la ayuda humanitaria en las comunidades afectadas. Su oficina, con ayuda internacional, ofreció capacitación a sus defensores regionales y realizó programas de educación sobre derechos humanos. A pesar de los logros obtenidos por el Defensor, la restricción en los recursos significó que la oficina no contó con los recursos ni el personal necesarios, limitando su capacidad de verificar efectivamente las violaciones de los derechos humanos o prevenir que estos ocurrieran.

      Hasta el 31 de octubre, la Defensoría del Pueblo había procesado 6.781 quejas sobre violaciones de derechos humanos y del derecho internacional humanitario, de las cuales 3.747 estaban relacionadas con desplazamientos forzados, 1.743 con amenazas, 411 tenían que ver con asesinatos extrajudiciales y 191 con secuestros.

      Los grupos armados al margen de la ley a veces tenían a los defensores regionales como blanco. Cuatro paramilitares fueron enjuiciados por el asesinato en enero de 2001 del defensor regional Iván Villamizar en Cúcuta, (Norte de Santander) (ver la Sección 1.a.). La Fiscalía investigaba el secuestro y posterior asesinato en julio de 2000 a manos de las FARC de José Manuel Bello, defensor regional en Vigía del Fuerte, en la región del Atrato, al occidente del departamento de Antioquia. La oficina también investigaba el asesinato en julio de 2000 de Yemil Fernando Hurtado, defensor regional en el municipio de Nariño, al sureste del departamento de Antioquia.

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      Sección 5. - La discriminación por motivos de raza, sexo, religión, discapacidad, lenguaje o estrato social

      La Constitución específicamente prohíbe la discriminación basándose en la raza, el sexo, la discapacidad, el idioma o el estrato social; sin embargo en la práctica, muchas de estas disposiciones no se cumplieron. Fue un problema el asesinato de homosexuales como parte de una práctica de limpieza social, especialmente por las AUC (ver la Sección 1.a.).


      La mujer

      La violación y otros actos de violencia contra las mujeres eran extendidos en la sociedad y como otros delitos, pocas veces fueron llevados a juicio con resultados exitosos. Según el informe de 2000 del Defensor del Pueblo, la violencia intrafamiliar, el acoso sexual y el asesinato de mujeres eran problemas que iban en aumento. El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer continuó reportando altos niveles de abuso entre cónyuges y compañeros, por todo el país. El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses informó sobre 6.519 casos de violencia doméstica contra la mujer a manos de otros miembros de la familia. El Instituto informó sobre 10.062 casos de crímenes sexuales, incluyendo la violación. El Instituto comentó que los delitos de violencia doméstica y violación pocas veces fueron reportados y citó su estudio de 1995 en el cual se señalaba que solamente el 5% de estos delitos era reportado y que solamente el 2% de las víctimas recibían una evaluación médica. El ICBF realizó programas y dio refugio y asesoría a las víctimas de abuso conyugal; sin embargo, el nivel y la cantidad de estos servicios se vieron disminuidos por la magnitud del problema. Por ejemplo, cada uno de los 527 defensores de familia del ICBF manejó aproximadamente 1.230 casos al año.

      La Ley sobre Violencia Familiar de 1996 tipifica como delito los actos violentos cometidos en las familias, incluyendo la violación entre cónyuges. La ley también establece recursos legales para las víctimas de violencia familiar, protección inmediata de los abusos físicos y psicológicos y autoridad judicial para separar del hogar al autor de la violencia. Le permite al juez obligar al abusador a buscar terapia o reeducación. Para actos de violencia sexual conyugal, la ley establece sentencias de seis meses a dos años y niega libertad condicional o libertad bajo fianza a los ofensores que desobedecen las órdenes de restricción emitidas por los tribunales.

      Adicionalmente, una ley de 1997 modificó sustancialmente el Código Penal e introdujo sentencias entre cuatro y 40 años de prisión por delitos contra la libertad sexual y la dignidad humana incluyendo violaciones, actos sexuales con menores, abuso sexual, iniciación en la prostitución y pornografía infantil. Las reformas de junio de 2000 al Código Penal redujeron la sentencia máxima para el acoso sexual violento de 20 a 15 años; la sentencia mínima es de ocho años. El programa "Haz Paz" del ICBF proporcionó apoyo a las mujeres y niños víctimas de la violencia doméstica. Bajo los auspicios del mismo programa, la Defensoría del Pueblo para los Derechos Humanos realizó talleres regionales de capacitación en diferentes ciudades para fomentar la aplicación de los estatutos de violencia doméstica.

      Las mujeres enfrentaron una creciente amenaza atentados sexuales debido al conflicto interno (ver la Sección 1.g.). La OACDH, la Codhes y el Defensor del Pueblo señalaron que las mujeres y las niñas desplazadas fueron las más vulnerables a la violencia doméstica, al abuso sexual y a la explotación sexual (ver la Sección 2.d.). En agosto, el instituto Profamilia publicó un estudio sobre la salud sexual y la reproducción en mujeres y adolescentes desplazadas, revelando que el 20% de las mujeres desplazadas habían sido violadas y que el 30% de las adolescentes desplazadas tenían hijos o estaban embarazadas. Las organizaciones internacionales y las ONG señalaron que la violencia sexual se reporta muy poco y que casi no existe la ayuda a largo plazo para las mujeres desplazadas. Además, critican el uso de las mujeres combatientes en las organizaciones guerrilleras como esclavas sexuales. Las ex guerrilleras también han informado sobre abortos forzados y el implante forzado de dispositivos intrauterinos (ver la Sección 1.g.).

      La prostitución, la cual es legal en "zonas de tolerancia" designadas, fue extensa y continuó siendo un grave problema, agravado por problemas económicos y el desplazamiento interno. El turismo sexual existió en forma limitada, especialmente en las ciudades de Cartagena y Barranquilla. Parecía probable que algunas agencias matrimoniales y de acompañantes fueran fachadas para el turismo sexual.

      El tráfico de mujeres para explotación sexual continuó siendo un problema (ver la Sección 6.f.).

      Aunque la ley prohíbe el acoso sexual, éste fue un problema extendido.

      La Constitución prohíbe cualquier forma de discriminación contra las mujeres y, específicamente, exige que las autoridades aseguren una "participación adecuada y efectiva de la mujer al nivel en el cual se toman las decisiones sobre la administración pública". Sin embargo, la discriminación contra las mujeres continuó. Un estudio realizado por la Universidad del Rosario en 2000 concluyó que las mujeres enfrentaban discriminación a la hora de ser contratadas, proporcionalmente eran las más afectadas por el desempleo, y que, por lo general, los salarios de las mujeres no eran compatibles con su educación y experiencia. Las estadísticas de desempleo del Estado han señalado que la tasa de desempleo entre las mujeres fue del 20,5%, seis puntos mayor que la tasa entre los hombres. Según la ONU, en 2001 los sueldos de las mujeres fueron en promedio un 28% menores que los de hombres. Las mujeres trabajadoras rurales fueron las más afectadas por la discriminación salarial y el desempleo.

      A pesar de una disposición constitucional explícita que promete recursos adicionales para madres solteras y esfuerzos gubernamentales para proporcionar capacitación en maternidad, los grupos de mujeres informaron que los problemas sociales y económicos de las madres solteras seguían siendo serios. Según un fallo de la Corte Constitucional de 1997, ni las mujeres embarazadas ni las madres de niños menores de tres meses de edad pueden ser despedidas de sus trabajos sin justa causa. La Corte decidió que tener hijos no era justa causa. No hubo informes de despidos por esta causa este año.


      La niñez

      Los compromisos legislativos y constitucionales con la protección de los derechos de la niñez se ejecutaron solamente en un grado mínimo. La Constitución impone una obligación en la familia, en la sociedad y en el Estado de ayudar y proteger a los menores, promover su desarrollo y garantizar el ejercicio total de estos derechos. El Código del Menor describe estos derechos y establece servicios y programas diseñados para hacer cumplir la protección de los menores. Los defensores de menores informaron sobre la necesidad de educar a la ciudadanía sobre el Código del Menor y las leyes sobre violencia familiar de 1996 y 1997, las cuales aumentan la protección legal para las mujeres y los menores. El ICBF supervisa todos los programas de protección y bienestar infantiles y también financia programas no gubernamentales que benefician a los menores. A pesar de estas medidas de protección y programas legales, los compromisos del Estado para proteger los derechos de la niñez no se implementaron totalmente.

      La Constitución establece formalmente la educación pública gratuita, la cual es obligatoria entre las edades entre los seis y 15 años. No obstante, un estudio realizado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (DANE) reveló que aproximadamente el 14% de los menores entre las edades de cinco a 17 años no asistieron a la escuela por falta de medidas que ejecuten la legislación sobre ausentismo escolar, la falta de cupos escolares y la presión económica para colaborar con el ingreso familiar. Aunque el Estado cubre los costos de la educación primaria, muchas familias enfrentaron gastos adicionales como matrículas, útiles escolares, uniformes y costos de transporte (los cuales son significativos en las áreas rurales donde los niños pueden vivir lejos de la escuela). Estos costos a menudo fueron prohibitivos, especialmente para las familias humildes de las áreas rurales.

      La ley obliga al Estado a proporcionar servicios médicos para los menores; sin embargo no hubo instalaciones médicas disponibles en todas partes, especialmente en las áreas rurales.

      El abuso de menores fue un problema grave. El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses reportó 8.125 casos de abuso de menores durante el año. Según la Asociación Afecto Contra el Maltrato Infantil, sólo se reportó el 5% de los casos de abuso sexual infantil. Con base en los datos de Medicina Legal, de 11.000 casos de abuso sexual infantil durante el año, la Asociación calculó que por lo menos 220.000 niños fueron víctimas del abuso sexual durante este año.

      Según la UNICEF, aproximadamente 35.000 adolescentes trabajaron en la prostitución, a pesar de la existencia de una ley que prohíbe tener sexo con menores o el empleo de menores en al prostitución.

      Se traficó con menores para explotación sexual (ver la Sección 6.f.).

      En las zonas de conflicto, los menores con frecuencia quedaron atrapados por el fuego cruzado entre las fuerzas públicas de seguridad, los grupos paramilitares y las organizaciones guerrilleras. Por ejemplo, el 16 de junio un niño de nueve años murió frente a su hogar, cerca al pueblo de Aguas Lindas, al sur del departamento de Bolívar, en un fuego cruzado entre paramilitares y un contingente mixto de combatientes de las FARC y el ELN. Minas antipersonal y munición abandonada mataron y mutilaron a numerosos niños. Según el Programa Presidencial de los Derechos, las minas antipersonal hirieron al menos a 20 menores en el trascurso del año. Por ejemplo, el 9 de junio, un joven de 15 años murió al pisar una mina en las afueras de Cajibío, departamento de Cauca. El 19 de septiembre, tres menores de un barrio marginado de Bogotá murieron al explotar una granada de fragmentación con la cual jugaban. Al parecer la granada había sido abandonada por miembros de una milicia urbana de las FARC que operaba en el barrio.

      Los menores sufrieron desproporcionadamente por el conflicto interno y con frecuencia perdieron oportunidades de estudiar por haber sido desplazados por el conflicto y por haber sufrido traumas psicológicos. Según UNICEF, más de un millón de menores han sido desplazados de sus hogares en la última década (ver la Sección 2.d.). La Defensoría del Pueblo calculó que solamente el 15% de los menores desplazados asistieron a la escuela. Los menores desplazados fueron los más vulnerables al abuso, la explotación sexual o al reclutamiento por parte de los criminales.

      Desde 1999 los menores de 18 años no pueden servir en las fuerzas públicas de seguridad. Sin embargo, tanto los paramilitares como la guerrilla reclutaron a los menores para sus filas. El ICBF calculó que entre 12.000 y 15.000 menores estaban vinculados a los grupos armados al margen de la ley. El 60% de estos menores eran miembros de las FARC. La Iglesia Católica declaró que las FARC emplearon su libertad de acción en la antigua zona de despeje, para seducir u obligar a los menores a ingresar a sus filas. Miles de familias que vivían en las zonas dominadas por las FARC optaron por el desplazamiento en vez de correr el riesgo de que sus hijos fueran reclutados por la fuerza. Por ejemplo, muchos de los residentes de Bojayá, departamento del Chocó, que habían sido desplazados, prefirieron dejar a sus hijos adolescentes en Quibdó, capital del departamento, para evitar que fueran reclutados por las FARC. Se cree que las FARC son responsables por el asesinato el 11 de enero en el departamento de Caldas de un sacerdote católico que se había quejado ante las autoridades de Manizales, capital del departamento, del reclutamiento de jóvenes que las FARC realizaban en una escuela local. El 2 de agosto, la Fiscalía presentó cargos contra altos líderes de las FARC por el reclutamiento de menores. Como gesto de buena voluntad, anticipando posibles negociaciones de paz con el Gobierno (ver la Sección 1.g.), en diciembre los paramilitares del Bloque Central Bolívar, antiguamente miembros de las FARC, entregaron 19 menores combatientes a representantes del ICBF y la Cruz Roja Colombiana.

      A pesar de que muchos de los menores habían sido reclutados a la fuerza, un estudio de la UNICEF reveló que el 83% de los muchachos había ingresado por su voluntad. La pocas posibilidades de estudio y la falta de oportunidades económicas, así como el deseo de ser aceptado y de hacer amigos, incrementó el deseo de aceptación y de amistades, aumentó la atracción de vincularse a los grupos armados. No obstante, para muchos menores la vinculación a la guerrilla y a los grupos paramilitares fue muy difícil y el Ministerio de Defensa informó de un aumento en el número de menores que desertaban los grupos armados al margen de la ley. Desde julio, por lo menos 230 menores se entregaron a las fuerzas de seguridad del Estado. Los niños desertores de las FARC informaron que los comandantes guerrilleros amenazaban con matar a sus familias si desertaban o pensaban desertar. A través de un programa de reinserción para ex menores combatientes manejado por el ICBF, 332 menores recibieron asistencia durante el año.

      Los menores fueron uno de los objetivos preferidos de la guerrilla para el secuestro (ver la Sección 1.b.). La fundación País Libre informó que 384 niños habían sido secuestrados durante el año (ver la Sección 1.b.).


      Las personas discapacitadas

      La Constitución enumera los derechos fundamentales sociales, económicos y culturales de las personas con discapacidades físicas, sin embargo, en la práctica, graves impedimentos evitaron la participación total de las personas discapacitadas en la sociedad. No existe ninguna legislación que obligue a las edificaciones a ofrecer acceso especial para las personas discapacitadas. En consecuencia, los discapacitados pudieron acceder a la mayoría de los edificios públicos ni del transporte público. Sin embargo, las personas con discapacidad física deben tener acceso a recibir ayuda en los sitios de votación, si lo solicitan. La Corte Constitucional también estableció que el ISS no puede rehusarse a proporcionar servicios a los hijos de individuos que tengan discapacidades, sin importar el costo.


      Los indígenas
      Existen 82 diferentes grupos étnicos entre los 716.400 habitantes indígenas del país, los cuales conforman cerca del 2% de la población del país. Estos grupos están concentrados en el Macizo Colombiano, las llanuras de la Costa Pacífica, la península de la Guajira y el departamento de Amazonas. Según la Organización Nacional de Indígenas de Colombia (ONIC), el 93% de los indígenas viven en áreas rurales y aproximadamente 115.000 indígenas no poseen tierras.

      La Constitución les otorga un reconocimiento especial a los derechos fundamentales de los indígenas. El Ministerio del Interior y de Justicia, a través de la oficina de la Dirección General de Asuntos Indígenas, es responsable de la protección territorial, cultural y los derechos de autodeterminación de los indígenas. Los representantes del Ministerio estuvieron ubicados en todas las regiones del país donde había poblaciones indígenas y trabajaron con otras organizaciones de derechos humanos del Estado, así como con los grupos de derechos humanos de las ONG y organizaciones de derechos civiles, para promover los intereses de los indígenas e investigar las violaciones de sus derechos. A pesar de las protecciones legales, los miembros de las comunidades indígenas continuaron siendo discriminados y con frecuencia fueron relegados al margen de la sociedad. El informe de marzo de 2000 de la ACNUR señaló que aproximadamente el 80% de los indígenas vivían en condiciones de extrema pobreza. Además, las comunidades indígenas sufrieron desproporcionadamente por el conflicto armado interno (ver la Sección 1.g.). Los miembros de las comunidades indígenas con frecuencia huyeron juntos en desplazamientos masivos, acomodándose en otras comunidades indígenas (ver la Sección 2.d.).

      Los derechos de los grupos indígenas a sus tierras ancestrales son por ley de carácter permanente. Según el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (Incora), el 28% del territorio nacional ha sido legalmente reconocido como territorio indígena y aproximadamente el 80% de estas tierras han sido demarcadas. El Incora estuvo involucrado en un programa para comprar las tierras declaradas como territorio indígena. Aproximadamente 200 comunidades indígenas no poseeían escrituras de las tierras reclamadas por ellos. Con frecuencia los grupos armados disputaron con violencia el derecho de los indígenas a las tierras. Las juntas de autoridad tradicional de los indígenas operaron unas 545 reservas en calidad de municipios y sus funcionarios fueron elegidos según las tradiciones indígenas. Las juntas manejaron las finanzas de las reservas indígenas y estuvieron sometidas a vigilancia fiscal por parte de la Contraloría. El 60% de la población indígena vivía en estas reservas.

      En julio la petrolera Occidental Petroleum Company (Oxy) entregó los derechos de exploración en las áreas vecinas a la Comunidad U'wa en el departamento de Arauca a la empresa petrolera nacional Ecopetrol. Aunque el pueblo U'wa se había opuesto enérgicamente a la exploración tan próxima a su territorio, los tribunales negaron una y otra vez los esfuerzos legales realizados por los U'wa para evitarlo. La decisión de la Oxy era económica, pero Ecopetrol declaró que continuaría explotando el área. En diciembre los U'wa anunciaron que no se opondrían a la exploración de Ecopetrol.

      La Constitución establece una jurisdicción especial penal y civil dentro de los territorios indígenas basada en las leyes tradicionales de la comunidad (ver la Sección 1.e.). Sin embargo, estas jurisdicciones fueron manipuladas y los castigos impuestos por dichos tribunales comunitarios fueron más leves que aquellos impuestos por la justicia ordinaria.

      Las comunidades indígenas tienen la libertad de educar a sus hijos en los dialectos tradicionales y en la observancia de las costumbres culturales y religiosas. Los hombres indígenas están exentos del servicio militar. Los miembros de las comunidades indígenas continuaron siendo víctimas de todas las partes en el conflicto interno y varios de ellos fueron asesinados. Según el Ministerio de Defensa Nacional, 73 indígenas fueron asesinados durante el año como resultado de un conflicto armado interno, 29 de ellos en masacres. La ACNUR criticó fuertemente las amenazas tanto de los paramilitares como de las FARC contra las comunidades indígenas y caracterizó de insuficientes las investigaciones del Gobierno sobre violaciones de los derechos humanos de los grupos indígenas. La ONIC informó de numerosos casos en los cuales a algunos miembros de las comunidades indígenas, especialmente en el departamento del Putumayo, se les prohibió salir de sus comunidades sin autorización de los paramilitares o la guerrilla; en los que los paramilitares o guerrilleros establecieron bloqueos a las comunidades; o en los cuales los indígenas que regresaban de las áreas urbanas fueron acusados por la guerrilla de ser colaboradores de los paramilitares.

      Los paramilitares y los guerrilleros obligaron a los indígenas, incluso a los menores, a unirse a sus filas (ver la Sección 1.f.).

      Los paramilitares asesinaron indígenas (ver la Sección 1.a.). Por ejemplo, en junio, el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC) condenó el asesinato en manos de paramilitares de 10 indígenas cerca a las poblaciones de Corinto y Pradera, al norte del departamento del Cauca, y en Florida, al sur del departamento del Valle del Cauca. En agosto, los paramilitares ordenaron el asesinato de tres líderes indígenas cerca al municipio de La Hormiga, departamento del Putumayo.

      Otros indígenas también murieron a manos de la guerrilla. Por ejemplo, el 27 de julio, las FARC asesinaron al líder Embera Bertulfo Domicó en el municipio de Dabeiba, en el occidente antioqueño. Aparentemente Domicó fue asesinado por salir de la ciudad sin autorización del comandante de las FARC. El 4 de octubre, las FARC asesinaron a Adolfo Cundama, miembro de la tribu Embera-Katío, frente a su familia en una reserva indígena cerca a la municipalidad de Tierralta, en el departamento de Córdoba. Las FARC lo acusaron de colaborar con los paramilitares.


      Las minorías nacionales, raciales y étnicas

      Según el Departamento Nacional de Planeación, el país tení aproximadamente 10,6 millones de ciudadanos de ascendencia africana. Los departamentos con el mayor número de afro-colombianos fueron: Valle del Cauca, Antioquia, Bolívar, Atlántico, Magdalena y Córdoba. Sin embargo, el departamento de Chocó, en la costa pacífica, tuvo el mayor porcentaje de residentes afro-colombianos, con un 85%. Aunque los cálculos varían, los datos del Gobierno indican que los afro-colombianos representaban aproximadamente el 21% del total de la población.

      Los afro-colombianos tienen derecho a gozar de todos los derechos y las protecciones constitucionales; sin embargo, tradicionalmente han sufrido discriminación. Las organizaciones afro-colombianas informan que los afro-colombianos prácticamente no tuvieron representación en la rama ejecutiva, en la judicial, en los cargos de servicio civil, ni en las jerarquías militares (ver la Sección 3.). El informe de marzo de 2000 de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos anotó que aproximadamente el 80% de los afro-colombianos vivían en condiciones de extrema pobreza, que el 74% reciben salarios por debajo del salario mínimo legal y que sus municipios tenían la tasa más alta de pobreza. Chocó sigue siendo el departamento con el nivel más bajo per capita de inversión social y el último en términos de educación, salud e infraestructura. A pesar de haber sido sancionada una ley afro-colombiana en 1993, muy poco se había logrado para extender los servicios públicos y la inversión privada al departamento de Chocó y en otras regiones predominantemente afro-colombianas a lo largo de las costas del país.

      Chocó también fue escenario de una de las peores violencias políticas del país, cuando paramilitares y guerrilleros lucharon por el poder de los principales corredores de tráfico de armas y estupefacientes del departamento. Los 119 civiles que perecieron en el ataque de las FARC con un cilindro bomba en la población de Bojayá, departamento del Chocó, fueron afro-colombianos (ver la Sección 1.g.).

      Una ley de 1993 autoriza a las comunidades afro-colombianas a recibir escrituras colectivas en algunas regiones de las costas del país. Los dirigentes afro-colombianos se quejaron de la lentitud del Estado para entregar escrituras de tierras y que el acceso a dichas tierras con frecuencia fue impedido por la presencia de paramilitares o guerrilleros. Los afro-colombianos no fueron representados proporcionalmente entre los desplazados del país.


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      Sección 6. - Derechos de los trabajadores

      1. El derecho de asociación

        La Constitución establece el derecho de organizar sindicatos excepto entre los miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía y las personas que realizan "servicios públicos esenciales", de acuerdo a la ley. En la práctica, la violencia contra los miembros de los sindicatos y la discriminación antisindical fueron obstáculos para que la gente formara parte de éstos y realizara actividades propias de estos grupos. Los líderes laborales de todo el país continuaron siendo blanco de ataques por parte de los paramilitares, la guerrilla, y los narcotraficantes. Los líderes sindicales dijeron que quienes ejercían la violencia contra los trabajadores operaron casi con total impunidad.

        El Código Laboral, bastante reformado en 1948, establece el reconocimiento automático de los sindicatos que obtienen 25 firmas de miembros potenciales y cumplen con un simple proceso de registro. Sin embargo, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha recibido informes de que este proceso es lento y a veces toma varios años. La ley tipifica como delito la interferencia con la libertad de asociación y permite a los sindicatos determinar libremente su reglamentación interna, elegir sus funcionarios y administrar sus actividades. La ley también prohíbe la disolución de los sindicatos mediante orden administrativa. La Ley 584 limita la interferencia del Estado en el derecho de un sindicato a la libre asociación. Sin embargo, la ley incluye una disposición que autoriza a los funcionarios del Ministerio de Trabajo y Protección Social a exigirle a los sindicatos a suministrar a las partes interesadas información relevante sobre su trabajo, incluyendo libros, registros, planes y otros documentos. El Comité de Expertos de la OIT considera que esta reforma es inconsistente con la libertad de asociación, porque una autoridad administrativa solamente debe realizar investigaciones cuando hay bases razonables para creer que se ha cometido algún tipo de ofensa.

        Los líderes sindicales del país continuaron siendo atacados por paramilitares, guerrilleros y narcotraficantes. Según la Escuela Nacional Sindical (ENS), una ONG con base en Medellín que recoge, estudia y consolida información sobre los sindicatos, 178 activistas sindicales fueron asesinados durante el año y 1.875 desde 1991. La ENS atribuyó a los paramilitares la mayoría de estos crímenes. Los paramilitares se destacaron por su agresividad contra los miembros de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), la confederación de trabajadores de izquierda y la más grande del país. Por ejemplo, las autoridades sospecharon que los paramilitares eran los responsables de las muertes de Hernán de Jesús Ortiz y José Pineda, en el municipio de Aranzazu, departamento de Caldas, ocurridas el 12 de abril. Ortiz, líder local de la Federación Colombiana de Educadores (Fecode), también fue miembro de la junta directiva de la CUT y participante activo de su oficina de derechos humanos, quien habitualmente criticaba los abusos cometidos por los paramilitares. Pineda era miembro del Sindicato de Trabajadores de la Electricidad de Colombia (Sintraelecol). Los paramilitares también continuaron sus ataques contra miembros de la Unión Sindical Obrera (USO), acusados de tener vínculos con el ELN. Por ejemplo, a los paramilitares se les acusa del asesinato de Cesar Blanco, miembro de la junta directiva de la USO, el 17 de junio en Bucaramanga. En junio, AI testificó ante la OIT que los paramilitares también tenían como blanco a los sindicatos del sector público, sobre todo los del sector de salud.

        La Fiscalía continuó investigando los crímenes cometidos en años anteriores contra líderes sindicales, en los cuales se sospechaba la responsabilidad de los paramilitares. Por ejemplo, continuaron las investigaciones en los asesinatos de los sindicalistas Valmore Locarno, Víctor Hugo Orcasita, Gustavo Soler, Ricardo Orozco y Oscar Darío Soto. En general, el progreso del Estado en la identificación de los responsables de los crímenes cometidos contra los miembros sindicalistas, fue lento. Esta situación fue mencionada en el informe de junio presentado por el representante especial de la OIT, en el cual señalaba que la situación se complicó por las dificultades que la Procuraduría y la Fiscalía enfrentaron al realizar las indagaciones y al ofrecer las garantías de protección para que los testigos se animaran a suministrar información. De los 116 asesinatos de miembros sindicalistas documentados hasta septiembre, no hubo ningún arresto, ni juicio, ni condena para finales del año. La Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General informó que desde agosto de 1986 hasta abril, se investigaron 376 casos criminales de violaciones al derecho a la vida de los sindicalistas. De estos, 321 estaban en la etapa preliminar, 24 en la etapa investigativa, tres en proceso de juicio, siete fueron remitidos a los tribunales militares y 13 esperaban ser asignados. En solo cinco de los casos se emitieron veredictos de culpabilidad.

        Se lograron adelantos en varios casos de gran importancia. Por ejemplo, el 17 de diciembre un tribunal especializado en Bogotá sentenció al ex capitán Jorge Rojas y al ex sargento del ejército Evangelista Basto a 18 años de prisión por el intento de asesinato del funcionario público de la Federación Nacional de Trabajadores al Servicio del Estado (Fenaltrase) Wilson Borja en diciembre de 2000. Rojas y Basto se encontraban de servicio activo cuando ocurrió el crimen, pero fueron destituidos del ejército durante la investigación penal. También condenó al cabo del ejército John Fredy Peña de conspiración y lo sentenció a 42 meses de prisión. El 19 de noviembre, la Fiscalía confirmó su decisión del 16 de agosto de cerrar permanentemente el caso en la supuesta participación en el crimen del teniente de la Policía Carlos Fredy Gómez. Continuó otro juicio del mayor del ejército César Alonso Maldonado y del civil Régulo Rueda por su supuesta participación en el plan para asesinar a Borja. El 31 de julio, el DAS arrestó al líder de las AUC Sergio Manuel Córdoba, sospechoso del asesinato en 2001 del dirigente de la USO Aury Sara. El 21 de septiembre el ejército arrestó al dirigente de las AUC Didimo Rodríguez, buscado por el asesinato en octubre de 2001 del líder laboral Luis Manuel Anaya. El 19 de octubre, los fiscales acusaron de asesinato a Edgar Armando Daza por su supuesta participación en el asesinato en 1998 del vicepresidente de la CUT Jorge Luis Ortega. El 4 de mayo, un juez de Bogotá sentenció a Rafael Céspedes a 27 años de prisión por el asesinato de Ortega. Los fiscales también acusaron a un paramilitar sospechoso del asesinato en 2001 del dirigente José Luis Güete.

        En su evaluación sobre la violencia contra los sindicatos, la ENS también señaló un aumento considerable en los crímenes contra los activistas sindicales cometidos por la guerrilla. Por ejemplo, el 26 de abril las FARC masacraron a nueve miembros del Sindicato de Trabajadores Agropecuario (Sintrianagro) cerca a Apartadó, en la región de Urabá en el departamento de Antioquia. La guerrilla y los paramilitares estaban fuertemente enfrentados por la región de Urabá. La ENS atribuyó a las FARC las muertes de por lo menos 19 sindicalistas.

        Además de muchos sindicalistas asesinados, la ENS también informó que 17 sindicalistas sobrevivieron los ataques contra sus vidas, 189 fueron amenazados de muerte, 26 fueron secuestrados y ocho desaparecieron.

        La liberación más importante de un dirigente sindicalista secuestrado ocurrió el 7 de abril, cuando las AUC liberaron al dirigente de la USO Gilberto Torres, tras 40 días de cautiverio.

        En un intento por reducir los riesgos de seguridad que enfrentaban los líderes sindicalistas, el Estado aumentó en forma significativa los recursos dedicados al Programa para la Protección de los Defensores de los Derechos Humanos y Líderes Sindicales. Entre 2000 y este año, el presupuesto del programa aumentó casi en un 700%, hasta casi US $11,5 millones ($28,5 millardos de pesos). No obstante, la UNHCR expresó su ipreocupación por las demoras en el traslado y la disponibilidad de los fondos asignados al programa, afectando la ejecución oportuna y efectiva de las medidas de seguridad. Desde agosto el programa ha ayudado a 1.195 líderes sindicalistas y activistas quienes, dependiendo de una evaluación de la amenaza, recibieron chalecos antibalas, guardaespaldas, y en algunos casos, vehículos. Los sindicalistas y los grupos de derechos humanos criticaron el programa de protección pues este aumento en las medidas de seguridad, no fueron suficientes para proteger adecuadamente el gran número de sindicalistas amenazados. Por ejemplo, en marzo de 2001, Valmore Locarno y Víctor Orcasita, empleados de la compañía carbonífera estadounidense Drummond, y presidente y vicepresidente en Colombia del sindicato de mineros Sintramienergetica, fueron asesinados por presuntos paramilitares tras haber sido avaluados como de "mediano a bajo" riesgo. Seis meses después, el nuevo presidente del mismo sindicato, Gustavo Soler, también fue asesinado.

        Durante la reunión en noviembre del Consejo de Administración de la OIT, el Comité de la OIT sobre la Libertad de Asociación, informó que las medidas adoptadas por el Estado no habían sido suficientes para reducir la violencia contra los funcionarios sindicales. El Estado no había informado de ninguna condena por los asesinatos de los sindicalistas. El Consejo Administrativo de la OIT decidió por consenso posponer hasta su reunión de marzo de 2003, cualquier consideración de nombrar una Comisión de Investigación y Conciliación para el país. En 1988 los trabajadores propusieron una Comisión de Investigación y esa propuesta continuaba pendiente.

        La ley prohíbe la discriminación antisindical y la obstrucción de la libre asociación. Sin embargo, según los líderes sindicalistas, tanto la discriminación como la obstrucción de la libre asociación ocurrieron frecuentemente. Sólo Hubo 271 inspectores de trabajo para cubrir 1.098 municipios y más de 300.000 compañías. Por lo tanto, el aparato de inspección fue débil. Más aún, los inspectores de trabajo, con frecuencia no tienen el equipo básico, incluyendo vehículos. La guerrilla a veces impidió que estos inspectores de trabajo realizaran sus tareas, declarándolos objetivo militar. En algunos casos, los paramilitares amenazaron y asesinaron a sindicalistas quienesi no renunciaron a los pactos colectivos.

        El Código Laboral establece multas para quienes restrinjan la libertad de asociación.

        Las Sindicales Obreras tienen la libertad para unirse a confederaciones internacionales sin restricciones del gobierno y así lo hacieron en la práctica.


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      2. El derecho de organizarse y participar en la negociación colectiva

        La Constitución protege el derecho de los trabajadores a organizarse y a comprometerse en la negociación colectiva. Los trabajadores de las grandes empresas y de los servicios públicos han tenido mucho éxito en sindicalizarse, pero estos empleados representaron sólo un pequeño porcentaje de la fuerza laboral. El alto desempleo, un gran sector económico informal, la actitud antisindical tradicional y la organización y liderazgo sindical débiles, limitaron el poder de negociación de los trabajadores en todos los sectores. Un requisito de que los sindicatos deben representar a la mayoría de los trabajadores en cada compañía como condición para representarlos en los acuerdos sectoriales debilitó aún más el poder de negociación de los trabajadores.

        Según la ENS, hubo 2.482 sindicatos registrados con un total de 860.281 miembros. El número de sindicatos y miembros de sindicatos continuó disminuyendo durante el año, como en años anteriores. Aproximadamente el 5% de la fuerza laboral estuvo sindicalizado. La CUT invitó a los sindicatos a unirse por industrias para incrementar su eficiencia y poder de negociación.

        El número de trabajadores participando en acuerdos de negociación colectiva ha venido disminuyendo en forma gradual. Según la ENS, 223.670 trabajadores estuvieron empleados bajo los acuerdos de negociación colectiva entre 2000 y 2001, comparado con los 409.918 entre 1994 y 1995.

        Los pactos colectivos entre trabajadores individuales y sus empleadores no están sujetos a la negociación colectiva y los empleadores los utilizan para obstruir la negociación colectiva. Aunque los empleadores deben registrar los pactos colectivos ante el Ministerio de Trabajo, éste no ejerce ninguna supervisión ni control sobre ellos.

        El Código Laboral también elimina la mediación obligatoria en las controversias privadas entre la administración y los trabajadores y extiende el período de gracia, antes de que el gobierno pueda intervenir en un conflicto. Las confederaciones pueden ayudarle a los sindicatos afiliados en las negociaciones colectivas.

        La Constitución establece el derecho a la huelga, excepto para los miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía y las personas que realizan "servicios públicos esenciales", según los define la ley.

        Antes de organizar una huelga, los sindicatos primero deben negociar directamente con el empleador y, de no llegar a un acuerdo, aceptar la mediación. El Código Laboral prohíbe el uso de los "rompehuelgas". Continúa vigente la legislación que prohíbe a los empleados públicos declararse en huelga, aunque esta norma con frecuencia es ignorada. Por ley, si la mediación no funciona, los empleados públicos deben aceptar un arbitraje obligatorio; sin embargo, en la práctica, los sindicatos del servicio público deciden por votación si solicitar o no el arbitraje.

        La OIT ha tenido numerosas críticas desde hace tiempo al Código Laboral: el requisito de que los funcionarios oficiales deben estar presentes durante las asambleas convocadas para votar sobre una huelga; la legalidad de despedir a los organizadores de sindicatos de sus puestos, después de trascurridos seis meses de una huelga o disputa; el requisito de que los candidatos a los cargos sindicales deben pertenecer al oficio que representa en el sindicato; la prohibición de huelgas en una amplia variedad de servicios públicos no necesariamente esenciales; varias restricciones sobre el derecho de ir a la huelga; el poder del Ministerio del Trabajo y del Presidente para intervenir en las disputas a través de la arbitración obligatoria cuando una huelga es declarada ilegal, y el poder para despedir a los sindicalistas involucrados en una huelga ilegal.

        El 16 de septiembre, las tres principales federaciones laborales hicieron un llamado a un paro nacional para protestar por las reformas laborales y pensionales propuestas por el Estado. En marzo, la USO realizó una huelga para protestar por el asesinato de un miembro de la USO y el secuestro de Gilberto Torres. En mayo y junio, 7000 empleados de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (Telecom) se declararon en huelga por los niveles salariales y las condiciones de trabajo.

        Las leyes laborales se aplican en las 15 zonas de libre comercio del país y sus normas se cumplen.


      3. La prohibición del trabajo obligatorio o forzado

        La Constitución prohíbe la esclavitud o cualquier forma de trabajo obligatorio o forzado y no hubo ningún informe de que esta práctica se realizara en el sector formal.

        Los paramilitares y la guerrilla han practicado el reclutamiento forzado a los indígenas (ver la Sección 5.). Hubo algunos informes de que la guerrilla ha utilizó trabajo forzado.

        La ley prohíbe emplear a los menores en trabajos forzados, sin embargo, el Gobierno no tiene los recursos para hacer cumplir esta prohibición en forma efectiva (ver las Secciones 6.d.). Aunque no se conoció ningún caso de trabajo forzado de menores en la economía formal, miles de niños fueron forzados a trabajar como combatientes de los paramilitares o de la guerrilla (ver las Secciones 1.f. y 5.), a trabajar como prostitutas (ver la Sección 5.), o en la recolecta de las hojas de coca como recolectores.


      4. El estado del trabajo infantil y la edad mínima para trabajar

        La Constitución prohíbe emplear menores de 14 años en la mayoría de los cargos y el Código Laboral prohíbe otorgar permisos de trabajo a menores de 18 años; sin embargo, el trabajo infantil siguió siendo un problema significativo, especialmente en el sector informal. Según el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas (DANE), cerca del 15% de los niños estuvieron empleados, la mayoría de ellos sin remuneración alguna. El DANE informó que sólo el 1% de los niños trabajadores recibió el salario mínimo.

        Un decreto de 1989 estableció el Código del Menor y prohibió el empleo de menores de 12 años. También exige condiciones excepcionales y la expresa autorización del Ministerio de Trabajo para emplear menores entre los 12 y los 17 años. Se les prohíbe trabajar a los menores de 14 años, exceptuando aquellos entre los 12 y los 13 años, quienes pueden realizar trabajos livianos con el permiso de sus padres y de las autoridades laborales apropiadas. Los menores entre los 12 y los 13 años pueden trabajar máximo cuatro horas diarias; los menores entre los 14 y los 15 años pueden trabajar máximo seis horas al día; y los menores entre los 16 y los 17 años pueden trabajar máximo ocho horas al día. A todos los menores trabajadores se les prohíbe trabajar de noche o realizar trabajos en los cuales haya riesgo de daño corporal o exposición al calor, el frío o el ruido excesivo. A los menores se les prohíbe desempeñar diversos oficios específicos, incluyendo la minería y la construcción, sin embargo, en general, estos requisitos se ignoraron en la práctica, y solamente el 5% de los menores que trabajan poseían los permisos exigidos. Al permitirle a los menores de 12 y 13 años trabajar, aún bajo condiciones restringidas, la ley contraviene las normas internacionales sobre trabajo infantil, las cuales establecen una edad mínima legal de 14 años para emplearse en los países en vías de desarrollo. Además, la edad mínima legal de empleo a los 14 años fue inconsistente con la edad para completar la educación básica primaria.

        En el sector formal, el Ministerio de Trabajo hizo respetar las leyes sobre trabajo infantil realizando inspecciones periódicas. Sin embargo, en el sector informal y en las áreas rurales, el trabajo infantil continuó siendo un problema, especialmente, en la agricultura y la minería. Menores hasta de 11 años trabajaron tiempo completo prácticamente en todos los aspectos de la industria de las flores. Aún los menores que asisten a la escuela, o en algunos casos aquellos que eran demasiado jóvenes para asistir a la escuela, acompañaron a sus padres al trabajo en las plantaciones de flores por las noches y en los fines de semana. En 2001, la OIT informó que había niños contratados en la minería del oro y las esmeraldas. No obstante, en el sector de la minería, el carbón representó el problema más grave del trabajo infantil. Muchas operaciones marginales de minería, por lo general manejadas por familias, emplearon menores para impulsar la producción y aumentar los ingresos. Se calcula que en estas minas de carbón estuvieron involucrados entre 1.200 y 2.000 menores. El trabajo era peligroso y las horas eran largas. Los más jóvenes cargaron agua y empacaron el carbón, mientras que los mayores de 14 años trabajaron en las labores de mayor exigencia física, como cargar bolsas de carbón. Estas operaciones informales de minería son ilegales. El Ministerio de Trabajo informó que a finales de 1999 un comité gubernamental interinstitucional había retirado aproximadamente al 80% de estos menores trabajadores de las minas informales para que volvieran a la escuela.

        Un estudio realizado en 1999 por la Iglesia Católica informó que aproximadamente 2,7 millones de menores trabajaron, incluyendo unos 700.000 menores que se desempeñaron como recolectores de hoja de coca. Los observadores anotan que la depresión de la economía podría aumentar el número de menores trabajadores, especialmente en las áreas rurales. La participación de los menores en los trabajos agrícolas se elevó desmesuradamente en las épocas de cosecha. Todos los menores trabajadores deben recibir el salario mínimo legal vigente por las horas que trabajan. Sin embargo, según el Ministerio de Trabajo, los menores trabajadores entre los siete y los 15 años, recibieron sólo del 13% al 47% del salario mínimo legal vigente. Se calcula que el 26% de los menores que trabajaban tuvieron acceso continuo a los servicios de salud; los servicios de salud del sistema de seguridad social cubren solamente al 10% de los menores que trabajan. Aproximadamente el 25% trabajó en actividades potencialmente peligrosas. La asistencia a la escuela de los menores que trabajaban fue significativamente inferior a la de los que no trabajaban, especialmente en las áreas rurales.

        El Ministerio de Trabajo tiene un inspector en cada uno de los 32 departamentos del país y en el distrito capital, con la responsabilidad de certificar y realizar inspecciones repetidas a los sitios de trabajo que emplean menores; sin embargo, el sistema carecía de recursos y cubrió solamente al 20% de la fuerza laboral infantil empleada en el sector formal de la economía. El Ministerio de Trabajo estaba diseñando un modelo de inspección y verificación para ser implementado a principios de 2003. Bajo su Plan de Acción para Erradicar el Trabajo Infantil, el Estado asignó US $2 millones ($5,9 millardos de pesos) al Comité Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil, el cual incluye a representantes de los Ministerios del Trabajo, Educación y Comunicaciones, así como funcionarios de otras oficinas, sindicatos, asociaciones de empleadores, y ONG.

        El Código del Menor establece multas que van de uno a 40 salarios mínimos legales vigentes por violaciones. Si se considera que su violación arriesga la vida de un niño o amenaza sus valores morales, las sanciones también pueden incluir el cierre temporal o permanente del establecimiento en cuestión.

        El Comité Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil ha realizado entrenamientos sobre la legislación y la ejecución dirigida aproximadamente a 600 funcionarios públicos en los departamentos de Antioquia, Bolívar, Cauca, Córdoba, Cundinamarca, Santander y Valle del Cuaca. El Comité también creó un sistema de información sobre trabajo infantil para medir y entender mejor el problema. El Estado, las principales confederaciones de trabajadores y representantes de los medios publicaron artículos, transmitieron documentales y presentaron varios programas para prohibir el trabajo infantil.

        El Ministerio de Educación amplió el horario escolar diario en 134 municipios para evitar que los niños dejaran de estudiar para ingresar al campo laboral. En 2001, la UNICEF lanzó un programa para retirar al niño de la fuerza laboral y regresarlo a las aulas escolares. Más de 200 niños en Santander de Quilichao, departamento del Cauca, 140 niños en Medellín, capital de departamento de Antioquia y 350 niños en Armenia, departamento del Quindío, se beneficiaron de este programa.

        Las definiciones legales de lo que se denomina "las peores formas de trabajo infantil" y "trabajos peligrosos" son consistentes con la convención 182 de la OIT y no eximen a sectores específicos.

        La ley prohíbe el trabajo obligatorio y forzado para los menores; sin embargo, el Estado no pudo hacer cumplir esta prohibición en forma efectiva. Los paramilitares y la guerrilla secuestraron niños para usarlos como combatientes (ver las Secciones 5.).


      5. Condiciones aceptables de trabajo

        El gobierno establece un salario mínimo mensual legal vigente para los trabajadores en enero de cada año, el cual sirve como punto de referencia en las negociaciones laborales. El salario mínimo legal establecido por las negociaciones tripartitas entre los representantes de los empresas, los sindicatos y el Estado, fue aproximadamente de US $114 ($309.000 pesos). El salario mínimo legal nacional no le permite un nivel de vida decoroso a un trabajador y su familia.

        Puesto que el salario mínimo legal se basa en el objetivo del gobierno para la tasa de inflación, el salario mínimo legal no se ha mantenido al mismo nivel con la tasa de inflación real en los últimos años. Aproximadamente el 70% de todos los trabajadores devengaron un salario insuficiente para cubrir los costos de la canasta familiar para las familias de bajos ingresos, calculada por el Estado. Aproximadamente el 76% de todos los trabajadores no devengó más del doble del salario mínimo legal.

        El 20 de diciembre, el Congreso aprobó el proyecto de la propuesta laboral del presidente Uribe. El proyecto alargó el día laboral añadiéndole cuatro horas y redujo el salario por horas extras. También otorgó a los empleadores más flexibilidad para programar los horarios de trabajo. La indemnización otorgada al empleado por despido sin justa causa fue disminuida. Sin embargo, por primera vez los desempleados pueden recibir un prestación por desempleo durante seis meses. Bajo el nuevo sistema, los aprendices ya no se considerarán empleados, pero podrán aportar al ISS. El proyecto también establece varios subsidios para los empleadores que creen nuevos trabajos.

        La legislación establece protección amplia para la seguridad y la salud ocupacional de los trabajadores. Sin embargo, estas normas no se hicieron cumplir en forma estricta, en parte, debido al pequeño número de inspectores del Ministerio de Trabajo. En general, la falta de conciencia sobre la seguridad industrial, la atención inadecuada que le dan los sindicatos y el débil cumplimiento que realiza el Ministerio de Trabajo, tuvieron como resultado un alto nivel de accidentalidad y peligrosas condiciones de trabajo. Más del 80% de las industrias carecían de planes de seguridad. El Instituto de Seguros Sociales (ISS) informó sobre más de 56.000 accidentes laborales durante el año, dando como resultado un total de 356 muertes. Las industrias más propensas a la accidentalidad fueron: la minería, la construcción y el transporte. Según a la Federación de Aseguradores Colombianos (Fasecolda) aproximadamente 12 millones de personas (muchos de ellos niños) no contaban con seguro médico de riesgos profesionales que los proteja por lesiones de accidente en el trabajo.

        Según el Código Laboral, los trabajadores tienen el derecho de retirarse de una situación peligrosa de trabajo sin poner en peligro su empleo. Sin embargo, los trabajadores no organizados, especialmente en el sector agrícola, temían perder su empleo si ejercían su derecho de criticar los abusos.


      6. La trata de personas

        El Código Penal define la trata de personas como un delito. No obstante, la trata de personas, principalmente de mujeres y niñas, continuó siendo un problema. La Ley 747, aprobada en sesión especial del Congreso en junio, amplió la definición de trata de personas y estipuló sentencias de cárcel de entre 10 y 15 años y multas hasta de mil veces el salario mínimo legal. Estos castigos, más severos que los de la violación (ver la Sección 5.) pueden aumentarse hasta en un tercio si existen circunstancias agravadas, como la trata de menores de 14 años. También se puede presentar cargos adicionales contra los traficantes por detención ilegal, violación del derecho al trabajo bajo condiciones dignas y violación de la libertad personal. La Policía investigó algunos delitos por trata y algunos tratantes fueron procesados. Sin embargo, la falta de recursos adecuados para la protección de testigos dificultó los juicios.

        Un comité asesor gubernamental compuesto por representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Interpol, el DAS, el Ministerio de Justicia, la Procuraduría, la Fiscalía y la Presidencia se reunió cada dos meses para tratar el tema de la trata de personas. El comité preparó campañas informativas, fomentó el intercambio de información entre las diversas entidades gubernamentales, creó números telefónicos de emergencia para las víctimas de la trata, y fomentó una cooperación más estrecha entre el Estado y la Interpol.

        El Estado cooperó con sus contrapartes extranjeras en las investigaciones y liberó con éxito a las víctimas de la trata en operaciones independientes y conjuntas. Para proteger a los ciudadanos que fueron traficados a otros países, las misiones extranjeras gubernamentales suministraron asistencia legal y social.

        Colombia fue fuente de la trata de mujeres y niñas hacia Europa, Estados Unidos, Asia y otros países latinoamericanos. El DAS informó en el año 2000 que el país es uno de los tres países de origen más común para la trata en el Hemisferio Occidental; en 2000 se calculó que entre 35.000 y 50.000 víctimas colombianas de la trata fueron llevadas al exterior. Se dice que la mayoría de las mujeres víctimas de la trata con fines de prostitución fueron a los países Bajos, España, Japón, y Hong Kong. Un estudio realizado en España en 1999 por la orden religiosa católica romana de Las Adoratrices, demostró que las mujeres colombianas constituyen casi la mitad de todas las víctimas de la trata en ese país. Según informes de prensa, más del 50% de las mujeres colombianas que llegaron a Japón fueron víctimas de la trata de personas, obligadas a trabajar como prostitutas. Las autoridades informaron que la mayoría de las víctimas provenían de los departamentos de Valle del Cauca, Antioquia, Santander, Cundinamarca y los del eje cafetero: Risaralda, Caldas, Quindío y Tolima.

        La Policía informó que la mayoría de los tratantes tenían vínculos con el narcotráfico u otras organizaciones criminales. Los tratantes disfrazaron su intención publicando anuncios en los medios ofreciendo empleo; pretendiendo ser agentes de modelaje; ofreciendo servicios de agencias matrimoniales u operando loterías o bingos con viajes gratis como premios. También han sido descubiertos rondando las escuelas, los centros comerciales y los parques para tentar a los adolescentes ofreciéndoles supuestos empleos en el extranjero.

        La situación general del país, la recesión económica, el alto desempleo, el conflicto interno entre tres principales grupos ilegales armados y la exclusión social, contribuyeron a la disponibilidad de víctimas. Aunque las mujeres jóvenes fueron el principal objetivo de la trata, los menores y hombres jóvenes también estuvieron en riesgo. Según funcionarios del ICBF, una alta tasa de embarazo infantil no deseado, entre adolescentes solteras, contribuyó a la trata de menores.

        Se realizaron esfuerzos adicionales contra el problema de la trata en el país. La Asociación Contra el Abuso Infantil calcula que 220.000 menores fueron víctimas de la explotación sexual. El ICBF calculó que sólo en Bogotá, durante este año el ICBF brindó asistencia, directamente o a través de otras agencias especializadas, a más de 14.000 menores explotados sexualmente.

        La Fundación Esperanza, la cual asistió a 26 víctimas de este tráfico hasta finales de octubre, proporcionó información educativa, apoyo social, y asesoría a las víctimas de la trata a su regreso al país. Los servicios proporcionados por la Fundación Esperanza, en coordinación con las agencias gubernamentales de servicio social, incluyeron asesoría psicológica, ayuda social, consecución de empleo y seguimiento.



    Washington, D.C.
    31 de marzo de 2003


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