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Actualizada: 03/V/04 Ley de Inmigración Legal y Equidad Familiar (LIFE Act)
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Visa V Los esposos e hijos solteros menores de 21 años de residentes legales, son elegibles para la Visas V si el residente legal llenó la petición ante las oficinas de inmigración en EE.UU. antes del 22 de diciembre del 2000, siempre y cuando el esposo o hijo soltero menor de 21 años lleve esperando por lo menos tres años debido a:
Cuando la Embajada recibe la notificación de su elegibilidad para una Visa V, se le envía una carta al solicitante con las instrucciones para completar la solicitud, a la dirección anotada en la petición.
Para mayor información, puede acercarse a la Sección Consular,
Unas nuevas categorías de visas de no-inmigrante llamadas K-3 y K-4 se están otorgando para beneficiar a los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de ciudadanos de EE.UU. Los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de ciudadanos de EE.UU. serán elegibles siempre y cuando lleven algún tiempo esperando, debido a la demora en el procesamiento por parte del INS. Estas categorías de visas les permitirán entrar a EE.UU. y esperar allá la aprobación de su petición (Formulario I-130). Para la Visa K-3 el peticionario deberá ponerse en contacto con la USCIS y llenar una segunda petición (el Formulario I-129F) para así iniciar el proceso de la Visa K. La elegibilidad para la Visa K se condiciona a la aprobación por parte de la USCIS de la segunda petición, el Formulario I-129F, presentada en EE.UU. Cuando la Embajada recibe copia de la segunda petición (el Formulario I-129F) del National Visa Center, se le envía una carta al solicitante con las instrucciones para completar la solicitud, a la dirección anotada en la petición. Sin embargo, sólo es posible obtener una visa K-4 cuando uno de los padres recibe la Visa K-3 al mismo tiempo.
Para mayor información, puede acercarse a la Sección Consular,
Todos los hijos de los solicitantes de Visa V y Visa K-3 tendrán que firmar una declaración notificándoles que si contraen matrimonio antes de su admisión a Estados Unidos, o antes de la obtención de un ajuste de status, ya no calificarán para la visa. Todos los solicitantes deberán pagar US $100.00 (cien dólares o el equivalente en pesos) en cualquier sucursal del Banco Unión Colombiano. Los solicitantes de Visa V deben asegurarse de que el Banco NO les asigne una cita al hacer el pago; los solicitantes de visas K deben presentar al Banco su carta con la fecha de la cita.
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