|
Junio 16, 2003 BCIS Recuerda a los Hondureños y Nicaraguenses elegibles para Reinscribirse al Estado de Protección Temporal (TPS) y la Extensión del Documento de Autorización de Empleo (EAD) WASHINGTON, D.C – El Buró de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (BCIS) recordó hoy a aquellos Hondureños y Nicaragüenses elegibles para que inmediatamente se reinscriban al Estado de Protección Temporal (TPS) para mantener el TPS y la autorización de empleo por el periodo de 18 meses que comenzó el 5 de Julio de 2003 y termina el 5 de Enero de 2005. Los Centros de Servicio del BCIS deberán recibir físicamente todas las aplicaciones completas para reinscripción al TPS para el cierre de oficina el 7 de Julio de 2003. Por esta razón, las aplicaciones deben de ser enviadas vía correo con suficiente tiempo de anticipación al 7 de Julio de 2003. Esta reinscripción es necesaria aunque BCIS ha publicado un aviso en el Registro Federal en Mayo 5, 2003 para extender automáticamente la validez del periodo del Documento de Autorización de Empleo (EAD) desde el 5 de Julio de 2003 al 5 de Diciembre de 2003. La extensión automática del EAD está designada para prevenir vacíos en la autorización de empleo mientras las aplicaciones de reinscripción son procesadas, pero no exonera a los beneficiarios del TPS de la responsabilidad de reinscribirse en el debido tiempo para los beneficios de TPS. El 30 de Abril de 2003 BCIS anunció una extensión de 18 meses de la designación de Honduras y Nicaragua para TPS hasta el 5 de Enero de 2005. El aviso de la extensión de TPS fue publicado en el Registro Federal en 5 de Mayo de 2003. Esta extensión de TPS cubre un estimado de 87,000 hondureños y 6,000 nicaraguenses que ya han aplicado para TPS. Para reinscribirse para la extensión hasta Enero 5 de 2005, el aplicante de TPS deber de remitir el formulario I-821 (Aplicación para Estado de Protección Temporal) y el formulario I-765 (aplicación para Autorización de Empleo), así como dos fotografías de identificación (1 1/2" x 1 1/2"). Ambos formularios deberán de ser remitidas para la reinscripción. Si el aplicante desea buscar solo la reinscripción al TPS y no busca una extensión para el EAD, no hay cargo por la aplicación. Sin embargo, todos los aplicantes que busquen la extensión a la autorización de empleo hasta Enero 5, 2005 deberán de enviar un giro monetario en la cantidad de $120 para el Formulario I-765 (Autorización de Empleo). El aplicante puede solicitar una exención de pago de acuerdo con las regulaciones. Aplicantes para una extensión de beneficios no deben de enviar nuevas huellas digitales, por tanto, NO necesitan enviar el costo de $50 por huellas digitales. Niños beneficiarios del TPS que han cumplido los catorce años de edad que no han presentado sus huellas digitales deberán de pagar el costo de $50 para huellas digitales con la aplicación para la extensión. Las aplicaciones de TPS enviadas sin el valor monetario requerido, sin firma y sin fotos serán rechazadas. Los formularios pueden ser obtenidos llamando al número gratuito del Centro Nacional de Servicio al Usuario del BCIS 1-800-870-3676, o del sitio de Internet del BCIS, www.bcis.gov. Las personas que han recibido el TPS y que necesitan viajar fuera de los Estados Unidos antes del 5 de Enero de 2005, deberán recibir un permiso especial (advance parole) de su oficina local del BCIS o sub-oficina o un Centro de Servicio de BCIS con jurisdicción sobre su lugar de residencia, antes de su salida de los Estados Unidos. De no hacerlo, pone en riesgo su posibilidad de regresar a los Estados Unidos. Este permiso especial (advance parole) permite a un individuo para viajar al extranjero y regresar a los Estados Unidos. El permiso especial (advance parole) es emitido en la base de caso por caso. Mas información, favor contactar Centro Nacional de Servicio al Usuario del BCIS al 1-800-375-5283 o visitar el sitio de Internet del BCIS: www.bcis.gov. - BCIS - |
Last Modified 07/03/2003