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May 31, 2001 (rev.) Provisión de Legalización de el Acta de LIFE 1. ¿ Cuàles son los nombres completos de las tres demandas mencionadas en el programa de Legalización de LIFE?
2. ¿ Son elegibles para los bebeficios de Legalización de LIFE aquellas personas que hayan sometído a tiempo su solicitud de inclusión de clase para una de las tres demandas CSS, LULAC, o Zambrano y el cual resultó en una respuesta negativa? Sí. Solicitantes que llegaron a archivar con tiempo su petición, pero fueron denegados inclusión de clase, continuan siendo elegibles para solicitar beneficios de Legalización de LIFE. 3. A los solicitantes de Legalización de LIFE, ¿ se les permite trabajar mientras sus tràmites están pendientes? Solo las personas que solicitaron inclusion de clase antes de 1 octubre de 2000, bajo las tres demandas puenden recibir autorización de trabajo. Estas personas pueden recibir autorización de trabajo mientras sus tràmites estàn pendientes, al someter el formulario I-765 (Solicitud de Autorización de Trabajo), con la quota correcta, acompañada con su formulario I-485 (Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estado). 4. ¿ Los solicitantes de Legalización de LIFE, estàn autorizados a viajar? Solo las personas que solicitaron inclusión de clase antes de 1 octubre de 2000, bajo las tres demandas puenden recibir permiso del INS, antes de su departura, para viajar al extranjero mientras sus trámites estàn pendientes. Puede solicitar al INS permiso para viajar al exterior completando el Formulario I-131 (Solicitud de Documentos de Viaje) para solicitar la "admisión bajo palabra adelantada". El beneficiario de Legalización de LIFE sujeto a una orden final de remoción, deportación o exclusión, debe presentar y conseguir la aprobación del Formulario 5. ¿ Pueden ser elegibles para beneficios de Unidad Familiar familiares que ya no reciden en los Estados Unidos? Solo miembros de familia de solicitantes que han recibido su ajuste de estado bajo Legalización de LIFE pueden recibir permiso provisional de entrada a los Estados Unidos para obtener beneficios de Unidad Familiar. En un pronto futuro el INS publicará una regla adicional explicando como familiares elegibles, el cual ya no se encuentran en los Estados Unidos, pueden solicitar estos beneficios. 6. ¿ Son elegibles para los beneficios de Unidad Familiar aquellas personas cuyo cónyuge o padre, que es elegible para la Legalización LIFE, deja de solicitar la Legalización LIFE en el plazo de presentación de solicitudes? No. Después del 31 de mayo de 2002 para ser elegible para recibir los beneficios de unidad familiar, una persona debe ser cónyuge o hijo soltero (menor de 21 años) de un individuo que ha solicitado los beneficios de la Legalización LIFE. 7. A los solicitantes de Unidad Familiar, ¿ se les permite trabajar mientras sus trámites están pendientes? No. Sin embargo, dependiendo de si se aprueba y de cuándo se aprueba el Formulario I-817 (Solicitud para recibir beneficios de Unidad Familiar), el beneficiario recibirá un Documento de Autorización de Trabajo válido por un año. 8. ¿ Cómo pueden los beneficiarios de Unidad Familiar prorrogar sus Documentos de Autorización de Trabajo al término del período de validez de un año? El INS publicará una regulación separada en una fecha posterior para explicar cómo los beneficiarios de Unidad Familiar pueden ampliar sus documentos de Autorización de Trabajo al término del período de validez de un año. 9. Los beneficiarios de Unidad Familiar, ¿ están autorizados a viajar? Sí, una vez que se aprueba el Formulario I-817 (Solicitud de Beneficios de Unidad Familiar), un beneficiario de Unidad Familiar puede solicitar al INS permiso para viajar al exterior completando el Formulario I-131 (Solicitud de Documentos de Viaje) para solicitar la "admisión bajo palabra adelantada". El beneficiario de Unidad Familiar sujeto a una orden final de remoción, deportación o exclusión, debe presentar y conseguir la aprobación del Formulario I-212 Solicitud de Permiso para Volver a Solicitar Admisión luego de Deportación o Remoción) además del Formulario I-131, previo pago de los derechos apropiados antes de la partida. 10. ¿ Dónde pueden obtenerse los formularios relacionados con la autorización de trabajo y/o de viaje? Todos los formularios del INS pueden obtenerse en el sitio del INS en la Web www.ins.usdoj.gov (los formularios pueden descargarse desde el sitio), o llamando al servicio telefónico gratuito del INS 1-800-375-5283. 11. ¿ Dónde deben enviarse por correo los formularios relacionados con la autorización de trabajo y/o viaje? Todas las solicitudes relacionadas con la Legalización LIFE o los beneficios de Unidad Familiar deben enviarse a la siguiente casilla de correos (P.O. Box): U.S. Immigration and Naturalization Service |
Last Modified 02/20/2003