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Housing Program

  

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Las garantías de la Sección 502 para los préstamos son fundamentalmente utilizadas para ayudar a las instituciones crediticias a ofrecer préstamos a las personas o núcleos familiares con escasos y moderados ingresos cuyos fines sean adquirir viviendas en zonas rurales. Los recursos económicos podrán utilizarse para construir, reparar, renovar, o reubicar una vivienda, o para adquirir y preparar terrenos, que incluye las instalaciones para el abasto de agua potable y alcantarillado.

Cumplimiento de los requisitos: Los solicitante de estos préstamos deberán tener un ingreso de hasta el 115% del ingreso medio de la zona. Los límites de los ingresos de la zona para solicitar este programa son.  Las familias deberán carecer de una vivienda adecuada, pero tener la capacidad económica para pagar mensualidades hipotecarias, que incluye el impuesto predial y el seguro. Además, los solicitantes deberán tener antecedentes crediticios razonables.

Entre las instituciones crediticias aprobadas, según lo establece el programa de Préstamos Garantizados para la Vivienda Unifamiliar, se incluyen:

  • Cualquier dependencia estatal de la vivienda.
  • Instituciones crediticias aprobadas por:
  • HUD para enviar solicitudes para adquirir vivienda Aseguradora Hipotecaria o como un otorgante de bonos con respaldo de las hipotecas Ginnie Mae;
  • la Administración de los Veteranos de E.U.A., como una beneficiaria hipotecaria calificada;
  • Fannie Mae por su participación en los préstamos hipotecarios familiares;
  • Freddie Mac por su participación en los préstamos hipotecarios familiares;
  • Cualquier institución FCS (Sistema de Crédito Agrícola) con facultades para otorgar préstamos directamente;
  • Cualquier institución crediticia que participe en cualquier otro Desarrollo Rural de la USDA y/oProgramas de préstamos garantizados de la Dependencia de Servicio Consolidado a la Agricultura

     

Plazos: Los préstamos se otorgan a un plazo de 30 años. La tasa de interés del pagaré la establece la institución crediticia.

No se establece como requisito el pago de un enganche. La institución crediticia también deberá determinar la viabilidad para liquidar el préstamo, utilizando las proporciones calculadas para liquidarlo desde el ingreso (bruto) al PITI, y al total de la deuda familiar.

Normas: Según lo establece la Sección 502 del programa, la vivienda deberá ser modesta en sus dimensiones, diseño, y costo. Las viviendas construidas, adquiridas, o rehabilitadas deberán cumplir con el código del modelo de construcción voluntaria que fue adoptado por el estado y las normas térmicas y del terreno de la RHS. Las casas prefabricadas nuevas deberán instalarse de manera permanente y cumplir con las Normas de Construcción y Seguridad de las Casas Prefabricadas establecidas por HUD, Así como las normas térmicas y del terreno de la RHS. No se garantizarán los préstamos para las viviendas prefabricadas existentes salvo que ya esté actualmente financiada por medio de un préstamo directo o garantizado de la RHS, o sea un bien inmueble apropiado (REO, por sus siglas en inglés) anteriormente garantizado por un préstamo directo o garantizado de la RHS.

Aprobación: Los funcionarios de Desarrollo Rural tienen las facultades para aprobar la mayoría de las solicitudes de los préstamos de la Sección 502.

Instructivo básico: CFR 7 Parte 1980.

 

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