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  Actualizada: 07/IV/04

Cuando la visa ha sido negada

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Si su solicitud de visa de no-inmigrante ha sido rechazada por el funcionario consular durante la entrevista, usted puede solicitar una nueva cita, pagando nuevamente la solicitud y siguiendo los mismos procedimientos que realizó para presentarse la primera vez, diligenciando una nueva solicitud de visa. Por favor no llame ni envíe fax solicitando que la negación de su visa sea cambiada, ya que las decisiones de otorgar o no la visa se toman de acuerdo a la entrevista presentada. Tampoco llame ni envíe fax solicitando que se adelante la nueva cita otorgada para su segunda entrevista, pues esta clase de excepciones no se dan cuando a un solicitante le ha sido rechazada la visa.

La persona que se presenta por segunda vez, generalmente no es entrevistada por el mismo funcionario consular que le negó la visa la primera vez.

Quien quiera solicitar nuevamente la visa debe tener en cuenta que la mayoría de los rechazos de solicitudes de visa se debe a la falta de lazos económicos o familiares que el solicitante tiene en Colombia para demostrar que regresará al país después de visitar o estudiar en Estados Unidos. La ley de Estados Unidos considera que todo solicitante de visa de no-inmigrante tiene la intención de inmigrar a EE.UU., por lo tanto es inelegible para recibir una visa de no-inmigrante, si no demuestra lo contrario durante la entrevista. Por lo anterior, el solicitante cuya visa haya sido rechazada por falta de lazos con Colombia, debe esperar a estar mejor establecido y poder probarlo, antes de presentarse nuevamente.

Se recomienda al solicitante cuya visa haya sido negada dos veces en un período de 12 meses que no pida otra cita sino hasta después de un año a partir del primer rechazo, cuando su situación familiar, económica, o profesional pueda ser más estable y así poder recibir la visa.


Revisión del caso de una visa negada

No hay un procedimiento formal para apelar cuando la visa ha sido negada al finalizar la entrevista con un funcionario consular. Un supervisor consular revisa cada visa negada. Los solicitantes pueden volver a presentar solicitud siguiendo el proceso normal de solicitud de visa. Sin embargo, no alentamos a los solicitantes a presentarse nuevamente a no ser que haya habido cambios significativos en su situación económica o profesional, y que puedan demostrar que volverán a Colombia después de una visita a EE.UU.


Solicitud de revisión por un tercero

No se aceptan solicitudes de revisión por parte de terceros. La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), con enmiendas, dice en la sección 222(f) (8 U.S.C. 1202 (f)) que "la documentación del Departamento de Estado de Estados Unidos y de sus oficinas diplomáticas y consulares sobre la expedición o negación de visas o permisos para entrar a Estados Unidos se considerarán confidenciales y se utilizarán únicamente para formular, enmendar, administrar o hacer cumplir las leyes de inmigración, nacionalidad, y otras leyes de Estados Unidos..." Se ha establecido por ley que la documentación e información contenida en los archivos de solicitud de visa está exenta de ser divulgada bajo las disposiciones de la Ley de Libertad de Información.

A los empleados de la Embajada les está estrictamente prohibido recomendar o tratar de ayudar a un solicitante de visa. Nuestro Centro de Información sobre Visas ofrece mayor información sobre los requisitos para todas las visas.