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Lo Que Necesita Saber Si Recibe Beneficios de SSI

SSA Publication No. 05-11024, (What You Need To Know When You Get SSI), March 2003 ( Recycle prior editions ) (pdf Get Accessible Adobe Acrobat Reader)
Por Qué Debe Leer Este Folleto Este folleto es para personas que reciben beneficios de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI). La primera parte le informa sobre sus beneficios y lo que usted puede esperar del Seguro Social. La segunda parte le explica los cambios que nos debe informar. La tercera parte le dice cómo y cuándo usar el servicio del número 800 gratis para llevar a cabo sus asuntos de Seguro Social. La cuarta parte le dice cómo y cuándo notificar los cambios. La quinta parte le explica algunas reglas especiales para personas que reciben SSI por incapacidad. La sexta parte del folleto le explica otras cosas que todos los beneficiarios de SSI deben saber, y la última parte provee información adicional acerca de la elegibilidad a Seguridad de Ingreso Suplementario. Por favor tome unos minutos para leer este folleto. Después, póngalo en un lugar seguro y consúltelo de vez en cuando. Eso le ayudará a recordar los cambios que debe notificarnos y le hará recordar las cosas que debe saber. Si usted recibe beneficios de Seguro Social por jubilación o sobrevivientes, también debe leer Lo que necesita saber si recibe beneficios de jubilación o sobrevivientes (publicación núm. 05-10977). Si recibe beneficios de Seguro Social por incapacidad, no deje de leer Lo que necesita saber si recibe beneficios por incapacidad (publicación núm. 05-10903). Usted puede obtener estos folletos del Seguro Social.  
Sitio de Internet del Seguro Social:
www.socialsecurity.gov/espanol

Número de teléfono gratis:
1-800-772-1213
Número de TTY:
1-800-325-0778
 
Lo Que Hay Adentro

Parte 1--Sus beneficios de SSI 4

Cantidad de sus beneficios 4

Depósito directo 4

Si usted recibe un cheque 5

Devolución de beneficios a los que no tiene derecho 5

Revisión de su caso 6

 
Parte 2--Lo que usted debe notificarnos 6

Si se muda o cambia de dirección 7

Si alguien se muda a su casa o fuera de su casa 8

Si hay un cambio en su ingreso 8

Si hay un cambio en las cosas que posee 10

Si recibe ayuda con los gastos de subsistencia 12

Si ingresa a una institución o le dan de alta 12

Si se casa, se separa o se divorcia 12

Si sale de los Estados Unidos 13

Si usted viola una condición de libertad condicional o probatoria 13

Si está huyendo para evitar enjuiciamiento o convicción por un delito grave 13

Si es un inmigrante patrocinado 14

Si es menor de 22 años y empieza o deja de asistir a la escuela 14

Si es adicto(a) a drogas o alcohol 15

Si una persona que recibe SSI no puede manejar su dinero 15

Si una persona que recibe SSI fallece 15

Si su estado de inmigración cambia 15

Instrucciones especiales para personas en algunos e stados 16

 
Parte 3--Servicio de teléfono las 24-Horas 17

Servicio del número 800 gratis del Seguro Social 17

Servicio grabado 17

Servicio de intérprete gratis 18

Para ayudarnos a servirle mejor 18

Su privacidad es importante 18

 
Parte 4--Cómo y cuándo informar 18

Cómo informar 18

Cuándo informar 19

 
Parte 5--Otras cosas que debe saber si recibe SSI por incapacidad 19

Si su condición mejora 19

Revisión de su caso de incapacidad 19

Servicios d e rehabilitación vocacional 19

Reglas e speciales para ayudarle a trabajar y seguir Recibiendo SSI 20

Una nota especial para personas que reciben SSI debido a ceguera 21

 
Parte 6--Otras cosas que todos los beneficiarios de SSI deben saber 22

Si no está de acuerdo con nuestra decisió n 22

Su d erecho a ser representado 22

Si un empleado del Seguro Social le visita 22

Servicios g ratis de l Seguro Social 23

Servicios Sociales 23

Cupones se alimento 23

Nota especial para personas con Medicare 23

 
Parte 7--Más información sobre la elegibilidad a SSI 24

Su información personal está segura con el Seguro Social 24

 
Parte 1--Sus beneficios de SSI

Esta sección le informa sobre sus beneficios de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) y lo que usted puede esperar del Seguro Social.


Cantidad de sus beneficios

La carta que usted recibió con este folleto explica cuándo comenzarán sus beneficios de SSI y cuál será la cantidad. Su primer pago de SSI será pagado el primer mes completo después que usted llenó la solicitud o fue elegible a SSI. La cantidad de sus beneficios de SSI puede variar cada mes. La cantidad depende de sus otros ingresos y sus arreglos de alojamiento. Le notificaremos cada vez que nos propongamos cambiar la cantidad de su beneficio. Sus primeros dos pagos mensuales se basan en el ingreso de su primer mes de elegibilidad a SSI. Después de eso, los pagos de SSI generalmente se basan en el ingreso de dos meses antes. Su beneficio federal de SSI aumenta cada año para mantenerse al día con el costo de vida. Usualmente, este aumento aparece en el cheque de enero, que recibirá a fines de diciembre.

Depósito directo

Nosotros le alentamos que deposite sus beneficios mensuales en una cuenta de banco u otra institución financiera. El depósito directo es simple y seguro. Puede inscribirse al completar y llevar el formulario SF-1199A a su institución financiera. Para más información llámenos al 1-800-772-1213 . Si no tiene una cuenta, considere una Cuenta de Transferencia Electrónica (ETA, siglas en inglés). La Cuenta de Transferencia Electrónica es para cualquier persona que recibe un beneficio federal, salario, o pensión de jubilación. Visite la página de Internet de la Cuenta de Transferencia Electrónica en http://fms.treas.gov/eta para obtener más información sobre la seguridad y conveniencia de los pagos automáticos. (Está página sólo está disponible en inglés.)

Si usted recibe un cheque

Sus cheques de SSI son cheques del gobierno de los EE.UU., que usualmente llegan por correo el día primero de cada mes. Debe cambiar su cheque dentro de los 12 meses subsiguientes a la fecha que aparece en el cheque o deja de ser válido. Si el día primero cae un sábado, domingo o día festivo legal, recibirá su cheque en el día bancario que le precede. No firme su cheque hasta que esté en el banco o el lugar donde lo cambiará. Si firma un cheque y después lo pierde, cualquier persona que lo encuentre puede cambiarlo. Si su cheque se pierde o se lo roban , debe llamarnos enseguida. Su cheque puede ser reemplazado pero toma tiempo. Si su cheque no llega el día usual, debe llegar dentro de unos días. Llámenos si no ha recibido su cheque el día cuarto del mes. Nosotros averiguaremos la causa y nos ocuparemos de que usted reciba su cheque.

Devolución de beneficios a los que no tiene derecho
Por lo general, su cheque de SSI será por la cantidad correcta. Pero, si recibe más dinero de lo usual, debe llamar o visitar su oficina de Seguro Social. Usted debe devolver cualquier dinero adicional que no le corresponde --aunque no tenga culpa alguna de haberlo recibido. Si algún día recibe un cheque que no debe recibir , debe llevarlo a cualquier oficina de Seguro Social. También puede enviar el cheque devuelto al Departamento de Tesoro de los EE.UU. cuya dirección aparece en el sobre donde le llegó el cheque. Escriba una nota explicando por qué lo está devolviendo y envíela junto con el cheque. Si tiene depósito directo y recibe un pago que no debe recibir , llame o visite a su oficina de Seguro Social. Nosotros le diremos cómo puede devolverlo.

Revisión de su caso
La ley requiere que regularmente revisemos cada caso de SSI para asegurarnos que las personas que reciben pagos aún tienen derecho a recibirlos y que están recibiendo las cantidades correctas. Nosotros le avisaremos cuando sea el tiempo para su revisión. Esta puede hacerse por correo, teléfono o en persona en la oficina de Seguro Social. Le haremos las mismas preguntas que usted contestó cuando solicitó para SSI. Necesitamos información sobre su ingreso, las cosas que posee, su arreglo de alojamiento o vivienda y sus cuentas de banco. Guarde los estados de cuenta que recibe del banco sobre su cuenta corriente o de ahorros, porque pueden ser necesarias cuando revisemos su caso. Si trabaja, guarde sus comprobantes de pago porque también los necesitaremos.
  • No espere a que hagamos su revisión para notificarnos de los cambios . Debe avisarnos de cualquier cambio tan pronto ocurra. La siguiente sección explica cuales cambios usted debe informar.
Si recibe SSI por incapacidad, vea la página 19 para información acerca de la revisión de su caso.
 
Parte 2--Lo que usted debe notificarnos Esta sección le dice lo que usted debe notificarnos. En la Parte 4 le explicamos cómo y cuándo informar. Cuando usted solicita para beneficios y firma la solicitud, indica que la información sobre usted es cierta. Si su información cambia, nos debe notificar. Si no lo hace, puede recibir una penalidad o sanción. Si recibe una penalidad, significa que no nos informó un cambio a tiempo. Con una penalidad puede perder dinero adicional de su cheque. La cantidad es de $25 hasta $100. Si recibe una sanción, significa que nos dio información falsa. Si determinamos que dio información falsa a sabiendas, podemos suspender sus beneficios de 6 a 24 meses. Las cosas que debe notificarnos aparecen en la lista a continuación. Si algunas de estas cosas le afectan, pase a la página indicada para más información.
  Página
Si se muda o cambia de dirección 7
Si alguien se muda a su casa, o fuera de su casa 8
Si hay un cambio en su ingreso 8
Si hay un cambio en las cosas que posee 10
Si recibe ayuda con los gastos de subsistencia 12
Si ingresa a una institución o le dan de alta 12
Si se casa, se separa o se divorcia 12
Si sale de los Estados Unidos 13
Si usted viola una condición de libertad condicional o probatoria 13
Si está huyendo para evitar enjuiciamiento o convicción por un delito grave 13
Si es un inmigrante patrocinado 14
Si es menor de 22 años y empieza o deja de asistir a la escuela 14
Si es adicto(a) a drogas o alcohol 15
Si una persona que recibe SSI no puede manejar su dinero 15
Si una persona que recibe SSI fallece 15
Si su estado de inmigración cambia 15

Si vive en California, Hawaii, Massachusetts, Michigan, Nueva York o Vermont, vea la página 16 para otras cosas que debe notificarnos.

Si se muda o cambia de dirección

Déjenos saber si se muda o cambia su dirección. Usted debe informarnos sobre su nueva dirección, ya sea que reciba sus pagos de SSI por depósito directo o por correo . Necesitamos su dirección correcta para poder enviarle información sobre sus beneficios de SSI y para poder comunicarnos con usted y confirmar que aún puede recibir SSI. Si no podemos localizarlo, su cheque de SSI será suspendido. También debe notificar a la oficina de correos sobre su nueva dirección. De esa manera, si la oficina de Seguro Social no recibe la nueva dirección a tiempo para cambiarla en su próximo cheque, la oficina de correos le enviará su cheque a su nueva dirección.

Si Alguien Se Muda A Su Casa O Fuera De Su Casa
Déjenos saber si hay un cambio en el número de personas que viven con usted. Debe decirnos si:
  • alguien se muda a su casa o sale de su casa;
  • alguien que vive con usted fallece; o
  • usted o alguien que vive con usted tiene un bebé.

Déjenos saber si empieza a vivir o deja de vivir en la casa de otra persona.

Si Hay Un Cambio En Su Ingreso

Si tiene otro ingreso además de sus pagos de SSI, debe decírnoslo. Díganos también si la cantidad de su ingreso aumenta, disminuye o termina. Generalmente, los cambios de ingreso en un mes afectan sus pagos de SSI dos meses más tarde.

Cambios en los ingresos de miembros de la familia
Usted también debe avisarnos de cualquier cambio en el ingreso de otros miembros de la familia que viven con usted. Por ejemplo:

  • Si es casado(a) , debe avisarnos de cualquier cambio en el ingreso de su cónyuge, incluyendo cualquier cambio en la cantidad de sus beneficios de Seguro Social. (Si usted también recibe beneficios de Seguro Social, no tiene que notificar los aumentos en sus beneficios de Seguro Social.)
  • Si tiene un hijo menor de 18 años que recibe SSI y vive con usted , informe cualquier cambio en:
  • el ingreso de su hijo;
  • el ingreso de usted;
  • el ingreso de su cónyuge; y
  • el ingreso de un hijo que vive en su hogar y que no está recibiendo SSI.
Díganos también si:
  • un hijo que vive en su hogar y no recibe SSI, se casa, o
  • un hijo que trabaja o tiene entre 18 y 20 años empieza o deja de ir a la escuela a tiempo completo.
¿Qué Contamos Como Ingresos ?
De acuerdo con el SSI, el ingreso incluye dinero en efectivo, cheques y otras cosas que usted reciba y que pueden usarse para alimentos, ropa, o alojamiento . Incluye artículos que no tendrá que informar en su declaración de impuestos federales, estatales o locales. Vea algunos ejemplos de ingresos a continuación:
  • salarios ganados en su trabajo, tanto en efectivo como en otra forma;
  • ganancias netas de su negocio si trabaja por cuenta propia;
  • el valor de alimentos, alojamiento o ropa que alguien le da, o la cantidad de dinero que recibe de otras personas para ayudar a cubrir esas necesidades;
  • beneficios del Departamento de Asuntos de Veteranos;
  • beneficios de retiro ferroviario y desempleo ferroviario;
  • anualidades, pensiones del gobierno o privadas, compensación de trabajadores, beneficios de seguro de desempleo, beneficios de enfermedad pulmonar minera, y beneficios de Seguro Social;
  • premios, ajustes y adjudicaciones, incluyendo adjudicaciones ordenadas por un tribunal;
  • réditos de pólizas de seguro de vida;
  • regalos y donativos;
  • pagos de sustento y pensión alimenticia;
  • herencias en efectivo o en propiedad;
  • intereses ganados, incluyendo intereses sobre cuentas corrientes o de ahorro y otras cuentas;
  • ingreso de renta; y
  • pago de huelga y otros beneficios de sindicatos.

Artículos Que No Cuentan Como Ingresos

Las siguientes cosas no son ingresos:
  • cuidado y servicios médicos;
  • servicios sociales;
  • ingreso de la venta, cambio, o reemplazo de cosas que usted posee;
  • reembolso de impuesto sobre ingresos;
  • Pagos de Crédito de Impuesto por Ingreso de Trabajo;
  • pagos hechos por seguros de vida o incapacidad sobre cuentas abiertas u otras cuentas de crédito;
  • réditos de un préstamo;
  • cuentas que ha pagado otra persona por cosas que no son alimentos, ropa o alojamiento;
  • reemplazo de ingreso perdido o robado; y
  • ayuda de calefacción en el invierno.

Algunas cosas que normalmente cuentan como "ingreso" no reducen su pago de SSI. Por ejemplo, bajo ciertas condiciones , la ayuda de energía en el hogar que dan ciertos proveedores no cuenta como ingreso. Alimentos, ropa, alojamiento o ayuda de energía en el hogar, suministrados gratis o a un costo reducido por organizaciones privadas sin fines de lucro, tampoco cuentan. Aunque estos artículos no cuenten, usted debe informarnos al respecto .

Mantenga Archivos de Sus Ingresos Ganado s
Necesitamos verificar sus ganancias o ingresos de negocio propio. Es importante que mantenga todos sus comprobantes, incluyendo los comprobantes de horas extras, vacaciones o de bonos. Si trabaja por cuenta propia, debe mantener una copia de sus formularios de declaraciones de impuestos completados.

Si Hay Un Cambio En Las Cosas Que Posee

Díganos si hay algún cambio en lo que usted posee. Una persona soltera puede tener posesiones con valor de hasta $2,000 y aún recibir SSI. Una pareja puede tener posesiones con valor de hasta $3,000.

Artículos Que No Cue ntan
Muchas de las cosas que usted posee no cuentan. Su casa y el terreno donde está ubicada no cuentan. Dependiendo del valor que tengan, los artículos domésticos, propiedad personal y un automóvil podrían no contar. Pólizas de Seguro con un valor nominal de hasta $1,500 o menos por persona, usualmente no cuentan. Hasta $1,500 en fondos para su funeral y hasta $1,500 en fondos para el funeral de su cónyuge no cuentan. Los lotes en el cementerio para usted y su familia inmediata tampoco cuentan.

Lo Que Co ntamos
Algunas de las cosas que contamos son:
  • dinero en efectivo;
  • su cuenta corriente y de ahorros;
  • cuenta para compras de Navidad;
  • certificados de depósito; y
  • acciones y bonos de los Estados Unidos.

Cualquier beneficio retroactivo de SSI o Seguro Social que reciba no contará hasta seis meses después del mes en que se recibió . Si le sobra algo del beneficio retroactivo después del período de seis meses, será contado.

Lo Que Necesita Avisa rnos
Si es soltero
, díganos si las cosas que posee y que nosotros contamos suman a más de $2,000. Si vive con su cónyuge díganos si las cosas que posee y que nosotros contamos suman a más de $3,000. Si tiene un hijo que recibe SSI , debe informar cualquier cambio en las posesiones de su hijo, usted y su cónyuge. Si usted accede a vender alguna propiedad para poder recibir SSI , debe avisarnos cuando haga la venta. Si no vende la propiedad, es posible que no tenga derecho a recibir más beneficios de SSI. Además, puede que tenga que devolvernos cualquier pago que le hayamos enviado. Si su nombre aparece en alguna cuenta bancaria junto con el de otra persona , debe notificarnos de la cuenta aunque usted no considere que el dinero le pertenezca. Debe notificarnos sobre esa cuenta aunque no use el dinero, ni la cuenta. Si alguien quiere añadir su nombre a una cuenta , consulte con nosotros primero. Si el dinero no es realmente suyo o si es para un propósito especial, como sus gastos médicos, podemos decirle cómo abrir la cuenta para que no afecte sus pagos de SSI. Si usted o su cónyuge compra, vende o se convierte en dueño de bienes raíces, un automóvil u objetos , necesita avisarnos. Llámenos si no está seguro si algo cuenta. Podemos ayudarle a averiguarlo.

Si Recibe Ayuda Con los Gastos De Subsistencia
Debe avisarnos si alguien le da dinero, alimentos, ropa, o alojamiento gratis. También déjenos saber si otra persona le ayuda a pagar sus alimentos, utilidades, alquiler o hipoteca, o si la cantidad que ellos pagan cambia. Si recibía esa ayuda y ahora no la recibe, también nos debe decir.

Si Ingresa a Una Institución o Le Dan De Alta
Usted debe avisarnos si ingresa o sale de una institución residencial, hospital, institución de enfermería especializada, residencia para ancianos, institución de cuidado intermedio, residencia temporera, prisión, cárcel, albergue público de emergencia o cualquier otra clase de institución. Déjenos saber el nombre de la institución y la fecha en que ingresó o salió. Si usted no puede avisarnos, pídale a alguien en oficina de la institución que le ayude. Usualmente, no puede recibir SSI mientras está en una institución. Si ingresa a una institución médica, es especialmente importante que nos informe enseguida . Hay reglas especiales si permanece en la institución médica menos de 90 días. En muchos casos, usted puede seguir recibiendo los beneficios de SSI si recibimos su informe enseguida. Su doctor debe firmar una declaración sobre el tiempo que usted estará ingresado. Usted también debe firmar una declaración que muestre que aún necesita pagar los gastos de su casa mientras está en la institución. Necesitamos estas declaraciones tan pronto como sea posible-- pero no más tarde de 90 días de haber estado en la institución, o el día en que le den de alta si ésto ocurre antes . Si su cónyuge está en una institución y sus beneficios comienzan a ser enviados a usted para los gastos del hogar, ese dinero cuenta como ingreso suyo y debe informarnos.

Si Se Casa, Se Separa o Se Divorcia
Avísenos si usted se casa o si su matrimonio termina. También díganos si se separa de su cónyuge. Si actualmente están separados, no se olvide de avisarnos si vuelven a vivir juntos.

Si Sale De Los Estados Unidos

Salir de los Estados Unidos significa ausentarse de los 50 estados, el Distrito de Columbia, o las Islas Marianas del Norte. Usualmente, si está fuera de los Estados Unidos por 30 días o más, no puede recibir SSI. Si se muda a Puerto Rico, se considera que está fuera de los Estados Unidos, solo para propósito de SSI . Las personas que se mudan a Puerto Rico no son elegibles a SSI. Si piensa salir de los Estados Unidos, avísenos antes de salir. Necesitamos saber la fecha en que sale, y la fecha en que regresará. De esa manera, podemos decirle si sus beneficios de SSI serán afectados. Una vez que haya estado fuera de los EE.UU. por 30 días consecutivos o más, sus beneficios de SSI no comenzarán de nuevo hasta que usted haya estado de regreso en los EE.UU. por lo menos 30 días consecutivos. Hay reglas especiales para los hijos dependientes de militares que salen de los EE.UU. Los hijos pueden seguir recibiendo SSI mientras están en el extranjero si estaban recibiendo esos pagos el mes antes de que sus padres salieran del país para cumplir una misión.

Si Usted Viola Una Condición De Libertad Condicional O Probatoria
Usted nos tiene que notificar si viola uno de los términos de su libertad condicional, impuesto por la ley federal o estatal. Usted no puede recibir SSI cualquier mes en que viola una condición de su libertad condicional o probatoria.

Si está huyendo para evitar enjuiciamiento o convicción Por Un delito grave
Usted nos debe notificar si se ausenta de una jurisdicción para evitar enjuiciamiento por un crimen, o para evitar ser puesto bajo custodia o confinado después de haber sido convicto de un crimen que es:
  • un delito grave bajo las leyes del estado donde vive; o
  • una fechoría mayor bajo las leyes del estado de Nueva Jersey.
Usted no puede recibir SSI cualquier mes en el cuál ha dejado una jurisdicción para evitar enjuiciamiento, ser puesto bajo custodia o confinado.

Si Es Un Inmigrante Patrocinado
Si es un inmigrante patrocinado por un residente de los EE.UU., hay una regla especial que le aplica a usted. También le aplica a usted si es refugiado, si ha sido otorgado asilo o si pierde la vista o se incapacita después de haber sido admitido a los EE.UU. para residencia permanente. Al decidir si usted puede recibir SSI y determinar la cantidad de sus beneficios, nosotros investigamos el ingreso y los recursos de las siguientes personas:
  • usted, (incluyendo cualquier cosa que aún tenga en su país);
  • su cónyuge;
  • sus padres, si usted es menor de 18 años;
  • su patrocinador; y
  • el cónyuge de su patrocinador.
Usted debe informarnos de cualquier cambio en el ingreso y los recursos de las personas arriba mencionadas hasta que se convierta en ciudadano de los EE.UU. o adquiera 40 créditos de trabajo. (El trabajo realizado por su cónyuge o padres podría contar hacia los 40 créditos de trabajo, pero sólo para obtener SSI). Después, sólo tendrá que informarnos sobre los cambios de usted, su cónyuge, o sus padres si es menor de 18 años. Lea las páginas 8 a la 12 para más información sobre las reglas relacionadas con sus ingresos y recursos.

Si Es Menor De 22 Años y Empieza O Deja de ir a La Escuela

Si es menor de 22 años, díganos si empieza o deja de ir a la escuela con regularidad. Eso puede afectar sus pagos de SSI. Díganos también la fecha en que ocurrió un cambio en su asistencia.

Si es Adicto(a) a Drogas o Alcohol

Si recibe SSI debido a una incapacidad y también es adicto(a) a drogas o alcohol, será referido a la agencia estatal de abuso de substancia para tratamiento por su adición.

Si Una Persona Que Recibe SSI No Puede manejar Su Dinero

Algunas veces una persona no puede manejar sus propios fondos. Si esto ocurre, alguien debe informarlo al Seguro Social. Nosotros haremos los arreglos para enviar los pagos de SSI a un "representante de beneficiario". Un representante de beneficiario puede ser un pariente u otra persona que esté de acuerdo en administrar y usar el dinero para el bienestar de la persona que recibe SSI. Para más información, pida al Seguro Social el folleto, Guía para representantes de beneficiario (publicación núm. 05-10976).


Si Una Persona Que Recibe SSI Fallece
Si una persona que recibe SSI fallece, alguien debe notificarlo al Seguro Social. Si hay un cónyuge sobreviviente que recibe SSI, la cantidad puede cambiar. Cualquier beneficio de SSI enviado después del mes del fallecimiento o cualquier cheque no cambiado o depositado antes del fallecimiento debe ser devuelto . Si los pagos de SSI de la persona fallecida se enviaban directamente a su cuenta bancaria, el banco también debe ser informado del fallecimiento. El banco devolverá el dinero al Seguro Social. Cualquier pago enviado a la cuenta de un beneficiario fallecido no debe ser retirado . Si un beneficiario de SSI tiene un representante de beneficiario y el representante fallece, alguien debe avisarnos.

Si su estado de inmigración cambia

Déjenos saber si su estado de inmigración cambia. Su estado de inmigración determinará si puede recibir SSI. En general, si se convierte en ciudadano americano, todavía puede recibir SSI. No tendrá que cumplir con las reglas especiales de SSI para extranjeros que entró en vigor el 22 de agosto de 1996. Si usted está recibiendo SSI por siete años porque entró a los Estados Unidos como un refugiado o en un estado de inmigración similar, y se convierte en un residente legal permanente durante el período de siete años, su SSI puede continuar los siete años completos siempre que cumpla con todos los otros requisitos de SSI, tales como los límites de ingresos y recursos. Para más información consulte la publicación de la Administración del Seguro Social "Seguridad de Ingreso Suplementario para extranjeros" (publicación núm. 05-11052).

Instrucciones Especiales Para Personas En Algunos estados

Si vive en uno de los siguientes estados, hay algunas cosas que debe informarnos:
  • California --si comía fuera de su casa con regularidad y ahora come en su casa, o si usualmente comía en su casa y ahora come fuera.
  • Hawaii, Michigan, o Vermont --si vive en una institución que provee diferentes niveles de cuidado y el nivel de cuidado que usted recibe cambia.
  • Massachusetts --si usted (o usted y su cónyuge) estaba(n) pagando más de dos terceras partes de los gastos de subsistencia de su hogar y ahora paga(n) menos o, si estaba(n) pagando menos de dos terceras partes de estos gastos y ahora paga(n) más.
  • Nueva York --si usted comía con regularidad fuera de su casa y ahora come en su casa, o si comía en su casa y ahora come fuera. También, si vive con otras personas, díganos si preparaba sus comidas solo y ahora las preparan juntos, o si preparaban las comidas juntos y ahora prepara sus comidas solo.
 
Parte 3--Servicio de teléfono 24-horas Servicio del Número 800 Gratis del Seguro Social
El servicio telefónico gratis del Seguro Social es una manera fácil y conveniente de tratar su asunto de Seguro Social. Nuestro número de teléfono gratis, 1-800-772-1213 , está disponible las 24 horas al día, incluyendo los fines de semana y días festivos. Usted puede hablar con un representante entre las 7 a.m. a 7 p.m. de lunes a viernes. Podemos tratar casi todos sus asuntos por teléfono si llama durante esas horas. Nuestras líneas están más ocupadas al principio de la semana y del mes, así que, si su asunto puede esperar, será mejor llamarnos en otro momento. Las personas sordas o con impedimentos auditivos, pueden llamar a nuestro número de TTY, 1-800-325-0778, entre las 7 a.m. y 7 p.m. de lunes a viernes.

Servicio grabado

Los servicios grabados también están disponible 24 horas al día. Usted puede pedir una solicitud para un número de Seguro Social o reemplazo de su tarjeta; su Declaración de Seguro Social (SSA-7004), que le da un cálculo de sus beneficios de Seguro Social basado en sus ganancias durante su vida laboral; una verificación de beneficios (la cantidad de los beneficios de Seguro Social que usted recibe cada mes); un reemplazo de la tarjeta de Medicare; o la dirección de su oficina de Seguro Social más cercana. Usted puede tener acceso a los servicios grabados después de horas laborables para pedir una variedad de folletos de Seguro Social o mensajes de información general. Las publicaciones del Seguro Social también están disponibles en nuestro sitio de Internet. Escriba www.socialsecurity.gov/espanol para obtener acceso a la información. Mientras este ahí subscríbase a eNews, nuestro periódico electrónico gratis (disponible sólo en inglés).

Servicio de intérprete gratis

El Seguro Social ofrece servicios de intérprete gratis en varios idiomas para tratar sus asuntos. Este servicios debe ser solicitado. Si usted no habla inglés, llame primero para hacer una cita y asegurarse de que haya un intérprete disponible cuando usted tenga su entrevista.

Para Ayudarnos A Servirle Mejor

Cuando llame, nos ayudará a servirle mejor si tiene:
  • su número de Seguro Social a la mano;
  • una lista de las preguntas que quiere hacer;
  • cualquier correspondencia que haya recibido de nosotros recientemente; y
  • un lápiz y papel para anotar información y respuestas a sus preguntas.
Su Privacidad es Importante
La Administración del Seguro Social trata todas las llamadas confidencialmente, ya sean hechas a nuestro número gratis o a una de nuestras oficinas locales. También queremos asegurarnos que usted reciba un servicio correcto y cortés. Por eso otro representante de Seguro Social escucha algunas llamadas telefónicas.
 
Parte 4--Cómo y cuándo informar Cómo informar
Usted puede dar su informe por teléfono, llamando al número gratis, 1-800-772-1213 . Cuando llame, tenga su número de Seguro Social a mano. También nos puede informar por correo o en persona. Si envía su informe por correo, asegúrese de incluir lo siguiente:
  • el nombre de la persona sobre quien se hace el informe;
  • el número de Seguro Social de la persona que recibe SSI;
  • el cambio que está informando;
  • la fecha en que ocurrió el cambio; y
  • su firma, dirección y número de teléfono.
Cuándo informar
Usted debe informar el cambio dentro de los primeros 10 días del mes que sigue al mes en que ocurrió. Debe informar un cambio aún si lo está informando tarde. Si no informa el cambio, usted puede perder dinero si esto significa que puede recibir un cheque más grande. Si no lo hace, puede recibir más dinero del que le corresponde y tendrá que devolverlo. Si no informa un cambio o si hace una declaración falsa y recibe dinero que no debe recibir, el Seguro Social le obligará a devolverlo. Como resultado usted podría recibir una multa, sanción y/o encarcelamiento.
 
Parte 5--Otras cosas que debe saber si recibe SSI por incapacidad Si su condición mejora
Si recibe SSI debido a una incapacidad o ceguera, debe decirnos si su condición mejora. Si se recupera de su incapacidad, sus pagos de SSI terminarán después de un corto período de ajuste.

Revisión De Su Caso De Incapacidad

Si recibe pagos de SSI por incapacidad, nosotros revisaremos su caso ocasionalmente para estar seguros de que continúa incapacitado. La frecuencia con que revisemos su caso depende de la severidad de su incapacidad. Si se espera que su incapacidad mejore, revisaremos su caso seis a ocho meses después de que usted empiece a recibir sus beneficios. Cuando revisemos su caso, tal vez le pidamos que se someta a pruebas especiales que nos permitan decidir si continúa incapacitado.

Servicios De Rehabilitación Vocacional

Si recibe SSI debido a una incapacidad, es posible que la agencia de rehabilitación vocacional de su estado se comunique con usted. El personal de la agencia le ofrecerá ayuda para que pueda volver a trabajar. La ayuda puede incluir pago por entrenamiento de empleo y gastos educacionales, y ayuda para encontrar un nuevo oficio. Si le ofrecen servicios de rehabilitación vocacional, debe aceptarlos. Si rehusa aceptar estos servicios, sus cheques de SSI pueden ser suspendidos.

Reglas Especiales Para Ayudarle a Trabajar Y Seguir Recibiendo SSI
Avísenos enseguida si vuelve a trabajar--no importa cuánto gane. Hay reglas especiales de SSI para ayudarle si trata de trabajar. Sus pagos de SSI podrían continuar, si usted trabaja aún estando incapacitado. Según aumentan sus ganancias, la cantidad de sus pagos de SSI disminuyen y eventualmente podrían terminar. Pero, aunque su SSI termine, usted podría mantener su protección de Medicaid. La protección de Medicaid puede continuar si usted depende del mismo para trabajar y no gana lo suficiente para pagar una protección médica similar. Díganos si tiene gastos especiales de trabajo debido a su incapacidad. Estos incluyen artículos y servicios que necesita para poder trabajar. Algunos ejemplos son una silla de ruedas, servicios de un acompañante, artefactos de Braille, ciertas medicinas y servicios médicos. Las ganancias que usa para pagar estos gastos no cuenta como ingreso, de manera que no disminuirán la cantidad de su pago de SSI. Usted debe mantener recibos de cualquier gasto de trabajo relacionado a su incapacidad . Si trabaja o le gustaría hacerlo, puede establecer un "plan de ayuda a sí sólo" (PASS). Este plan le permite ahorrar dinero con el fin de ayudarle a lograr un trabajo más substancial. El plan puede ayudarle con los gastos de educación, entrenamiento vocacional, equipo relacionado con el trabajo, o con el inicio de un negocio. El tener un plan usualmente significa que puede retener más de su SSI porque el dinero que guarda no disminuirá la cantidad de su SSI. Según aumenten sus ganancias, también aumenta la importancia de establecer un plan. Si usted deja de trabajar debido a su incapacidad dentro de 60 meses a partir del momento en que sus beneficios fueron suspendidos debido a sus ganancias, sus beneficios pueden ser reanudados inmediatamente sin una solicitud. Usted puede obtener más información sobre las reglas especiales que hay para ayudarle a trabajar en cualquier oficina de Seguro Social. Pida el folleto, Cómo podemos ayudarle si trabaja mientras está incapacitado (publicación núm. 05-10995). La ley del boleto a trabajar y mejoría de incentivos de trabajo de 1999 , reforzó considerablemente las protecciones antes mencionadas para los beneficiarios con incapacidades que trabajan. Los beneficiarios de SSI viviendo en ciertos estados podrían recibir un "boleto" que pueden usar para obtener servicios de rehabilitación vocacional y de apoyo. Un individuo que use el boleto, no tendrá que someterse a las revisiones de incapacidad que se programan regularmente. El programa se está implementando gradualmente a nivel nacional a través de un período de tres años. Los primeros estados en participar en el programa fueron Arizona, Colorado, Delaware, Florida, Illinois, Iowa, Massachusetts, Nueva York, Oklahoma, Oregon, Carolina del Sur, Vermont, y Wisconsin. Llame a nuestro número gratis, 1-800-772-1213 , para averiguar si el programa ha comenzado en su estado. Para más información sobre las disposiciones de la nueva ley, llame a nuestro número gratis y pregunte por la hoja informativa, La ley del boleto a trabajar y mejoría de incentivos de trabajo de 1999 (publicación núm. 05-10960).

Una nota especial para personas que reciben SSI debido a ceguera

Puede pedirnos que le enviemos las cartas sobre cambios en su SSI usando el procedimiento más conveniente para usted. Tenemos dos maneras de enviarle estas cartas especiales, comunicándonos con usted por teléfono o enviándole sus cartas por correo certificado. Si trabaja, asegúrese de decirnos si alguno de sus gastos de trabajo cambian. No contaremos sus gastos de trabajo como ingreso, de manera que no reducirán la cantidad de su SSI.
 
Parte 6--Otras cosas que todos los beneficiarios de SSI deben saber Esta sección explica algunas cosas que debe saber cuando recibe beneficios de SSI.

Si No Está De Acuerdo Con Nuestra Decisió n

Si no está de acuerdo con la decisión que hacemos sobre sus pagos, usted tiene el derecho de pedirnos que la revisemos de nuevo. Cuando le enviemos una carta relacionada a su SSI, le diremos lo que debe hacer si no está de acuerdo. Para más información, pida el folleto, Su derecho a cuestionar la decisión hecha en su reclamación de SSI (publicación núm. 05-11098) en su oficina de Seguro Social.

Su Derecho A Ser Representado

Usted tiene el derecho de ser representado por un abogado u otra persona de su elección, para tratar cualquier asunto que tenga con nosotros. Esto no significa que necesita un representante. La mayoría de las personas resuelven sus problemas ellos mismos con la ayuda del personal de la oficina de Seguro Social. Pero, si quiere que alguien le ayude, nosotros con gusto colaboramos con su representante. Hay reglas especiales sobre las personas quienes pueden representarle y qué pueden hacer por usted. Si quiere más información, llámenos por teléfono y pida la hoja informativa, El Seguro Social y su derecho a representación (publicación núm. 05-10975).

Si un empleado del Seguro Social le visita

Si alguien va a su casa para hablar sobre su SSI, pídale que se identifique. Cualquier persona enviada por el Seguro Social gustosamente mostrará una identificación apropiada. Si tiene dudas sobre la persona, puede llamarnos y preguntar si hemos enviado a alguien. Recuerde: los empleados del Seguro Social nunca le pedirán dinero por dar un servicio. Nuestro trabajo es ayudarle.

Servicios Gratis De Seguro Social

Usted nunca tiene que pagar por la información o el servicio que el Seguro Social le brinda. Algunos negocios anuncian que pueden hacer un cambio de nombre, obtener una tarjeta de Seguro Social o una declaración de ganancias a cambio de un pago. Todos estos servicios son provistos gratis por el Seguro Social. No pague por algo que puede obtener gratis. Llámenos primero. El Seguro Social es el mejor lugar para obtener información sobre el Seguro Social.

Servicios sociales

Las personas que reciben SSI también podrían obtener servicios sociales del estado donde viven. Estos servicios incluyen comidas gratis, ayuda doméstica, transportación, o ayuda con problemas sociales. Usted puede obtener información sobre los servicios en su área dirigiéndose a su oficina local o estatal de servicios sociales o bienestar público.

Cupones De Alimento
Por lo general, las personas que reciben SSI también pueden recibir cupones de alimento. Usted puede conseguir una solicitud para cupones de alimento en su oficina de Seguro Social o en la oficina local de servicios sociales o bienestar público.

Nota especial para personas con Medicare

Si recibe Medicare y su ingreso y recursos son limitados, su estado puede pagarle sus primas de Medicare y, en algunos casos, otros gastos de Medicare como deducibles y coaseguros. Sólo su estado puede decidir si usted es elegible. Para más información, comuníquese con su oficina estatal o local de bienestar público o la agencia de Medicaid. Para información general sobre el programa, comuníquese con el Seguro Social y pida el folleto, Ahorros de Medicare Para Beneficiarios Calificados (publicación núm. CMS 10126-S). Este programa no existe en Puerto Rico.
 
Parte 7--Más información sobre la elegibilidad a SSI Se puede conseguir más información acerca de las reglas de elegibilidad para SSI en el Código de Regulaciones Federales ("Code of Federal Regulations", en inglés), sólo disponibles en inglés en las siguientes secciones:
Part 416, Subpart D-
Amount of Benefits (Cantidad de Beneficios)
Part 416, Supart K-
Income (Ingreso)
Part 416, Supart L-
Resources and Exclusions (Recursos y Exclusiones)
Part 416, Supart N-
Determinations, Administrative Review Process, and Reopening of Determinations and Decisions (Determinaciones, Proceso de Revisión Administrativa y Reapertura de las Determinaciones y Decisiones)

Su Información Personal Está Segura Con El Seguro Social
El Seguro Social mantiene información personal de millones de personas. Esta información--como su número de Seguro Social, registro de ganancias, edad y dirección--es personal y confidencial. Generalmente, sólo discutimos esta información con usted. Necesitamos su permiso si quiere que otra persona lo ayude con sus asuntos de Seguro Social. Si le pide a un amigo o familiar que llame al Seguro Social, necesita estar con esa persona para que podamos verificar que usted quiere la ayuda. El representante del Seguro Social le pedirá su permiso para discutir su asunto de Seguro Social con esa persona. Si envía a un amigo o familiar a nuestra oficina local para tratar su asunto de Seguro Social, necesita enviar su consentimiento por escrito con esa persona. El Seguro Social sólo podrá discutir su asunto personal con esa persona y proveerle las respuestas a las preguntas de usted con su consentimiento escrito. En el caso de un niño menor, el padre natural o el tutor legal puede representar al niño para tratar sus asuntos de Seguro Social. Le exhortamos a proteger su número de Seguro Social y a mantener su confidencialidad cuando sea posible. Aunque no podemos evitar que otros le pidan su número de Seguro Social, debe saber que su registro de Seguro Social es privado. Hay veces que la ley requiere que el Seguro Social le provea información a otras agencias gubernamentales para llevar a cabo otros programas gubernamentales de salud o bienestar--como la Ayuda Temporera Para Familias Necesitadas, Medicaid y los cupones de alimento. Se prohibe que los programas que reciben información de Seguro Social divulguen esa información.
 
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