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Servicio noticioso desde Washington

15 de septiembre de 2004

E.U. publica informe sobre libertad religiosa internacional

(Refiere situación libertad religiosa en Cuba y Guatemala)

El Departamento de Estado publicó el 15 de septiembre el sexto Informe Internacional sobre Libertad Religiosa, que analiza "la situación de la libertad religiosa en países de todo el mundo".

El informe anual al Congreso, ordenado por la Ley de Libertad Religiosa Internacional de 1988, persigue "examinar las barreras a la libertad de credo religioso, anotar los países donde ha mejorado la situación de la libertad religiosa y describir las medidas de Estados Unidos para promover la libertad religiosa internacional".

El informe de 2004 designa a Arabia Saudita, Eritrea y Vietnam como "Países de preocupación especial", por sus graves violaciones contra la libertad religiosa. El informe reitera en la lista a Birmania, China, Irán, Corea del Norte y Sudán.

(comienza el texto)

A continuación la traducción de unos fragmentos del resumen ejecutivo del sexto Informe Anual sobre Libertad Religiosa Internacional:

Informe anual sobre libertad religiosa internacional 2004
Resumen ejecutivo
15 de septiembre de 2004

La libertad religiosa es parte medular de una sociedad justa y libre. Reverenciada a la vez como un valor estadounidense fundamental y un principio universal, la libertad religiosa es también una piedra angular de la democracia. Es una medida vital en la creación y mantenimiento de un sistema político estable. A la inversa, la falta de protección de la libertad religiosa y otros derechos humanos fundamentales puede socavar el orden social, promover el extremismo y conducir a la inestabilidad y la violencia. Evaluar la condición de la libertad religiosa puede a menudo servir como un diagnóstico útil de la salud y la estabilidad generales de una nación. Por estas y otras razones, la promoción de la libertad religiosa sigue siendo un elemento esencial de la política exterior de Estados Unidos. El presidente Bush ha observado que "las sociedades exitosas garantizan la libertad religiosa", y la Estrategia de Seguridad Nacional de la administración declara que Estados Unidos "hará esfuerzos especiales para promover la libertad religiosa y de conciencia y defenderla de la intromisión de los gobiernos represivos".

Estados Unidos no está solo en este compromiso. La libertad religiosa es un valor universal, y casi todas las naciones del mundo han firmado uno o más acuerdos internacionales que los comprometen a respetar la libertad individual de pensamiento, conciencia y credo. Comenzando por la aprobación en 1948 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos por la Asamblea General de las Naciones Unidas, y siguiendo con la casi universal ratificación del Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, las naciones del mundo han afirmado el principio de que los gobiernos tienen una responsabilidad fundamental de proteger la libertad de religión. (Ver apéndices A y B para encontrar los textos de estos documentos). Sin embargo, en la práctica esta libertad de ve a menudo restringida, atropellada o denegada, y mucha gente sigue sufriendo sólo por seguir los dictados de su conciencia.

En último término, las políticas y prácticas de cada nación en relación con la libertad religiosa deben medirse según normas internacionales. Estados Unidos reconoce su propia responsabilidad respecto de estas normas en la salvaguardia y protección de la libertad religiosa.

En este resumen de la condición de la libertad religiosa en todo el mundo, examinamos las barreras a la libertad religiosa, hacemos notar aquellos países donde han mejorado las condiciones de la libertad religiosa y describimos los actos de Estados Unidos para promover la libertad religiosa internacional. Millones de personas en todo el mundo viven bajo regímenes totalitarios o autoritarios, en los que las creencias y prácticas religiosas se controlan estrechamente. Algunos países tienen leyes discriminatorias o políticas que ponen en desventaja a ciertas religiones; otros son negligentes en cuanto a asegurar que las minorías religiosas o los adherentes a religiones "no aprobadas" no sufran discriminación o persecución. Otros estigmatizan ciertas religiones asociándolas injustamente con "cultos" o "sectas" peligrosos.

En ocasiones la intolerancia tiene varios componentes, inclusive una dimensión religiosa. El antisemitismo, por ejemplo, se refiere tanto a la discriminación religiosa como la discriminación étnica, y sigue siendo un problema muy preocupante para el gobierno de Estados Unidos y la comunidad internacional. El informe de este año muestra un aumento inquietante del antisemitismo en varios países europeos, al igual que el antisemitismo permanente en muchos países predominantemente musulmanes. Para atender este problema, en abril la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) fue anfitriona en Berlín de una segunda conferencia sobre el antisemitismo, en la que participó el secretario de Estado Powell. Como resultado de estas conferencias, la OSCE pone en práctica un proceso para observar de informar, de manera constante, incidentes antisemitas. Estas conferencias fueron las primeras reuniones multilaterales dedicadas exclusivamente a este asunto, y también las primeras en ocuparse del antisemitismo como un problema de derechos humanos.

Debe hacerse notar que en la entrega de este año no hay un informe sobre Iraq. De acuerdo con el precedente del Departamento de Estado, no informamos sobre nuestro propio gobierno, pero acogemos complacidos el escrutinio de otros informantes responsables. El período informado termina el 30 de junio, lo que coincide aproximadamente con la fecha de la transferencia del poder de la Autoridad Provisional de la Coalición al Gobierno Interino Iraquí. En julio, el secretario tomó medidas para eliminar la designación de Iraq como "País Motivo de Particular Preocupación" debido a sus graves violaciones de la libertad religiosa durante el régimen de Saddam Hussein. La Ley Administrativa de Transición, ratificada en marzo, incluye cláusulas de libertad religiosa, inclusive el derecho a la "libertad de pensamiento, conciencia y credo y práctica religiosos". A principios del próximo año el departamento publicará sus Informes Anuales por Países sobre Prácticas de Derechos Humanos, que incluirán una sección sobre la libertad religiosa en Iraq desde la transferencia del poder al Gobierno Interino Iraquí hasta fines del 2004.

El Resumen Ejecutivo consiste en tres partes. La Parte I identifica muchos de los países donde la libertad religiosa está restringida, y clasifica en cinco categorías sus actos y políticas. La Parte II ofrece ejemplos de naciones cuyos gobiernos han tomado medidas significativas para promoverla o protegerla, aun cuando en esos países pueden subsistir problemas graves. La Parte III enumera acciones notables emprendidas por el gobierno de Estados Unidos para alentar a otras naciones a promover la libertad religiosa. A algunos países se los menciona en más de una parte del resumen, según el tipo de acción o situación que se informa. En la Parte I, varios de los países podrían figurar en más de una de las cinco categorías; sin embargo, en aras de la brevedad, a un determinado país se lo menciona sólo una vez, en la categoría que mejor caracteriza las barreras fundamentales a la libertad religiosa que hay en él.

Dos países del Hemisferio Occidental figuran en la primera parte el resumen de la manera siguiente:

En la categoría "Obstáculos a la libertad religiosa internacional"

Los regímenes totalitarios y autoritarios procuran controlar el pensamiento y la expresión religiosos. Tales regímenes consideran enemigos del estado a algunos o todos los grupos religiosos, debido a su contenido religioso. La práctica de la religión es a menudo considerada una amenaza a la ideología del estado o el poder del gobierno. A menudo el estado suprime las religiones basándose en el carácter étnico de los grupos religiosos.

Cuba. El Ministerio del Interior sigue controlando y vigilando las actividades religiosas y empleando vigilancia, infiltración y hostigamiento contra grupos religiosos, clérigos y laicos. El gobierno vigila a todos los grupos religiosos, incluso las instituciones inscritas y establecidas.

Continuó el hostigamiento gubernamental de las casas privadas dedicadas al culto, y algunas iglesias evangélicas informan desalojos de casas usadas para el culto. Las autoridades restringieron la importación y distribución de literatura y materiales religiosos, y vigilan las publicaciones dirigidas por iglesias. La ley permite la construcción de nuevas iglesias una vez que se han obtenido los permisos requeridos; sin embargo, el gobierno casi nunca ha autorizado los permisos de construcción, lo que obliga a muchas iglesias a procurar permisos para reunirse en viviendas privadas. Los grupos religiosos deben obtener también un permiso para reconstruir o reparar lugares de culto existentes. El proceso de obtener un permiso y comprar materiales de construcción en los expendios gubernamentales es largo y costoso. A la iglesia no se le permite adiestrar o transferir del extranjero suficientes sacerdotes para cubrir sus necesidades, ni le está permitido establecer instituciones sociales, inclusive escuelas y universidades, hospitales y clínicas y asilos.

Y en la categoría "Despreocupación del estado por la discriminación social o la persecución de las religiones minoritarias":

Algunos países tienen leyes que desalientan la discriminación y la persecución religiosas, pero fallan en impedir conflictos, hostigamiento u otros actos lesivos. Otros no responden de un modo constante y con vigor a las violaciones de las libertad religiosa por parte de entidades no gubernamentales o funcionarios locales de ejecución de la ley.

Guatemala. No hay una política gubernamental de discriminación, pero la falta de recursos y voluntad política para ejecutar las leyes existentes y poner en práctica los Acuerdos de Paz limitan la libre expresión de prácticas religiosas indígenas. Los líderes indígenas hacen notar que la cultura maya no recibe el reconocimiento oficial que se le debe. El gobierno no les ha ofrecido a los indígenas mecanismos de control o acceso libre a los sitios ceremoniales que la cultura indígena considera sagrados. Las personas que tratan de practicar ceremonias religiosas tradicionales en lugares sagrados deben pagar un derecho de entrada o pedir permiso, con mucha anticipación, al Instituto Antropológico Histórico (división del Ministerio de Cultura). Algunos grupos indígenas consideran una ofensa el uso por parte del gobierno de los lugares sagrados como destinos turísticos dirigidos a generar ingresos. En octubre de 2001 el gobierno tomó juramento a la Comisión para la Definición de los Lugares Sagrados, a fin de atender estos problemas. Pero la comisión, desde que entró en funciones, no ha emprendido acciones para ocuparse de estos intereses indígenas.

El informe completo puede leerse, en ingés, en:
http://www.state.gov/g/drl/rls/irf/2004/

(termina el texto)

(Distribuido por la Oficina de Programas de Información Internacional del Departamento de Estado de Estados Unidos. Sitio en la Web: http://usinfo.state.gov/espanol)




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