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Su derecho a representaciónSSA Publication No. 05-10975; (Your Right to Representation) July 2004; ICN 487051 (.PDF) — English |
ContenidoLo que un representante puede hacer |
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Usted puede tener un representante, tal como un abogado que le ayude con sus asuntos de Seguro Social. Trabajaremos con su representante de la misma manera que trabajaríamos con usted. Su representante no puede cobrar honorarios sin la aprobación escrita de la Administración del Seguro Social. Sin embargo, su representante puede aceptar dinero por anticipado siempre que lo mantenga en una cuenta de fideicomiso o depósito. Esta restricción es para su protección. Tanto usted como su representante son responsables de proveernos la información correcta. Es ilegal proveer información falsa a sabiendas e intencionalmente. De hacerlo, podría resultar en cargos criminales. |
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Lo que un representante puede hacerUna vez elegido, su representante puede actuar en su nombre en la mayoría de sus asuntos con el Seguro Social. Por ejemplo, puede:
Su representante también recibirá una copia de la(s) decisión(es) que tomemos en su(s) reclamación(es). |
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Nombrando un representanteUsted puede elegir que un abogado u otra persona elegible lo representen. También puede tener más de un representante. Sin embargo, usted no puede tener como representante a alguien que ha sido suspendido o inhabilitado para representar a otros ante la Administración del Seguro Social o quien no puede, por ley, actuar como un representante. Algunas organizaciones pueden ayudarle a conseguir un abogado o pueden ofrecerle servicios legales gratis si es elegible. Algunos abogados no cobran a menos que sus beneficios sean aprobados. Su oficina de Seguro Social tiene una lista de organizaciones que pueden ayudarle a encontrar un representante. Usted puede nombrar como representante a una persona o más en un bufete de abogados, una corporación u otra organización, pero usted no puede nombrar al bufete de abogados, la corporación u organización misma. Después que elija un representante, usted tiene que informarnos por escrito lo más pronto posible. Para hacerlo debe usar el formulario SSA-1696-U4, “Appointment of Representative”, (en español: Nombramiento de un Representante), disponible en nuestro sitio de Internet www.socialsecurity.gov (sólo disponible en inglés) o en cualquier oficina de Seguro Social. Usted tiene que dar el nombre de la persona que usted está designando y firmar su nombre. Si la persona no es un abogado, él o ella tienen que, por escrito, dar su nombre e indicar que él o ella aceptan el nombramiento y firmar el formulario. |
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Cuánto puede cobrar su representantePara cobrar honorarios por sus servicios, su representante debe someter un acuerdo de honorarios o una petición de honorarios al Seguro Social. Su representante no puede cobrarle más de la cantidad que aprobemos. Si usted o su representante no están de acuerdo con la cantidad aprobada, cualquiera de los dos puede pedir que revisemos nuestra decisión. Un representante que cobra o recibe honorarios no aprobados, o que cobra o recibe una cantidad excesiva, puede ser suspendido o descalificado para representar a cualquier persona ante la Administración del Seguro Social. También es posible que tenga que enfrentar cargos criminales. Presentando un acuerdo de honorariosSi usted y su representante tienen un acuerdo escrito respecto a los honorarios, su representante puede pedirnos en cualquier momento, antes que hagamos la decisión sobre su reclamación, que aprobemos el acuerdo. Por lo general, aprobamos el acuerdo y le notificamos por escrito la cantidad de honorarios que su representante le puede cobrar siempre que:
Si no aprobamos el acuerdo, le informaremos a usted y a su representante por escrito que su representante tiene que someter una petición de honorarios. Solicitando una petición de honorariosSu representante puede darnos una petición de honorarios cuando concluya los trámites de su(s) reclamación(es). Esta petición escrita, debe explicar en detalle el tiempo dedicado a cada servicio provisto. Su representante tiene que proveerle a usted una copia de la petición y cada documento adjunto. Si usted no está de acuerdo con la información indicada, comuníquese con nosotros dentro de 20 días. Consideraremos el valor razonable de los servicios provistos y le diremos por escrito la cantidad de honorarios aprobada. Cuánto paga ustedLa cantidad de honorarios que determinamos que su representante puede cobrarle, es lo máximo que usted le debe, aún si acordó pagarle más. Sin embargo, su representante puede cobrarle, sin nuestra aprobación, por gastos que él o ella pagó de su propio bolsillo, tales como el costo para obtener expedientes médicos. Si un abogado lo representa, generalmente retenemos el 25 por ciento de sus beneficios (nunca se retiene más de esa cantidad) retroactivos para pagar los honorarios. Le pagamos los honorarios a su abogado, y enviamos cualquier dinero que sobre a usted. A veces, usted tiene que pagarle a su representante directamente:
Usted tiene que pagar los gastos que su representante incurra o espere incurrir que salgan de su bolsillo (por ejemplo, el gasto de obtener sus expedientes médicos). |
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Si otra persona le paga a su representanteAunque otra persona pague los honorarios (por ejemplo, una compañía de seguros), nosotros tenemos que aprobarlos, a menos que:
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Si apela su reclamación ante una corte federalLa corte puede autorizar honorarios módicos para su abogado. Los honorarios generalmente no excederán el 25 por ciento de todos los beneficios retroactivos que resulten de la decisión de la corte. Su abogado no le puede cobrar honorarios adicionales por sus servicios ante la corte. |
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Cómo comunicarse con el Seguro SocialPara informarse mejor, visite nuestro sitio de Internet en www.segurosocial.gov/espanol o llame a nuestro número gratis al 1-800-772-1213. (Si tiene problemas auditivos marque nuestro número TTY, 1-800-325-0778). Con mucho gusto contestaremos las preguntas específicas que usted tenga. También ofrecemos información telefónica automatizada las 24 horas al día. Proveemos servicios de intérprete gratis para ayudarle con sus trámites de Seguro Social. Estos servicios están disponibles tanto por teléfono como en nuestras oficinas. Una vez se comunique con nuestro número gratis, 1-800-772-1213, oprima el 2 si desea el servicio en español y espere a que le atienda un representante. Todas nuestras llamadas telefónicas son confidenciales. Como también queremos ofrecerle el servicio más cortés y correcto, es posible que un segundo representante escuche algunas llamadas. |
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