PAO Guatemala - Boletín de Prensa

 

Hoja Informativa: Estados Unidos Cambia Normas para Visas de Visitantes y Estudiantes

Washington, 11 de abril del 2002 -- El Servicio de Inmigración y Naturalización (INS por sus siglas en inglés) propone modificaciones considerables del reglamento que rige para visitantes y estudiantes.

Anualmente ingresan a Estados Unidos millones de personas con visas de visitantes por motivos de negocio (B-1) y turistas (B-2). A fin de lograr mayor control sobre su permanencia, el INS propuso varias modificaciones al reglamento que rige la admisión de visitantes.

Prohibición de Asistir a una Institución Docente Antes de la Aprobación

La nueva norma, que se publicará separadamente como norma interina, tendrá vigencia inmediata al darse a conocer, pero se permitirán los comentarios públicos sobre la misma. La norma prohíbe a los visitantes, no inmigrantes, admitidos con visas B-1 o B-2, asistir a cursos de estudio en una institución docente en Estados Unidos antes de recibir la aprobación del INS de su solicitud para cambiar su visa de no inmigrante por visa de estudiante F (universitario) o M (vocacional). Con el objeto de facilitar este proceso el INS fijó un plazo límite de 30 días para el trámite de todas las solicitudes de cambio o de prolongación de visa de no inmigrante.

Se Elimina el Período Mínimo de Admisión

La norma propuesta eliminará el período mínimo actual de seis meses de permanencia para visas B-2 expedidos a los turistas y lo reemplaza por un período de tiempo justo y razonable para completar el propósito de la visita. Cuando los portadores de visas B solicitan ingreso a Estados Unidos, deben explicar a un inspector del INS la naturaleza y propósito de su visita, de manera que el inspector pueda determinar el período apropiado de permanencia. Cuando no se pueda terminar el tiempo necesario para lograr el propósito de la visita, el INS otorgará un período de 30 días de permanencia.

Modificaciones de las Normas para la Prolongación de la Permanencia

La norma propuesta limitará las condiciones bajo las cuales un visitante con visa B podrá obtener la prolongación de su período de permanencia y reducirá la extensión máxima del mismo que se autorizará. Las personas con visa B podrán prolongar su permanencia por razones inesperadas de naturaleza humanitaria o imperiosa, como un tratamiento médico o una demora en la conclusión de un asunto de negocios. La solicitud, que debe hacerse en el formulario I-539 (Solicitud de extensión/cambio de visa de no inmigrante), deberá llenarse debida y oportunamente y basarse en un buen fundamento y el extranjero deberá probar que cuenta con recursos financieros adecuados para continuar su permanencia en Estados Unidos y que mantiene una residencia en el exterior. La norma también reduce la prolongación máxima que puede otorgarse de un año a seis meses.

En vista de que prácticamente todos los visitantes con intereses legítimos de negocios o turismo pueden completar su permanencia dentro de un período de admisión razonable, estas modificaciones no deberán afectarlos en forma adversa. El INS reconoce que algunos visitantes, tales como determinados jubilados propietarios de residencias de verano en Estados Unidos, pueden desear permanecer por períodos mayores de seis meses. El reglamento propuesto permitirá la prolongación de la permanencia en tales casos. Los cambios propuestos en la admisión y prolongación del período de permanencia forman parte de una estrategia para mejorar la seguridad nacional y reducir la probabilidad de que un extranjero establezca lazos permanentes en Estados Unidos y por tanto permanezca ilegalmente en el país.

Nuevos Requisitos para el Cambio de Visa

Se espera que los individuos que quieran asistir a una institución docente en Estados Unidos obtengan la visa apropiada de estudiante antes de su admisión a Estados Unidos. No obstante, el INS reconoce que algunos posibles estudiantes querrán venir a Estados Unidos primero por razones legítimas de visitante, tales como familiarización con las universidades o para entrevistas de admisión a las mismas. La norma propuesta establecerá nuevos requisitos para los visitantes no inmigrantes con visa B interesados en estudiar. Las personas admitidas como visitantes no inmigrantes con visa B todavía podrán cambiarlo por el de estudiante, pero solamente si declararon su intención de estudiar en Estados Unidos cuando solicitaron admisión originalmente y presentaron los formularios I-20 que se le expidieron. Los inspectores deberán tomar nota de que el extranjero es un estudiante probable y hacer la correspondiente anotación en el formulario I-94 del estudiante (Registro de llegada/salida). Esta norma se aplicará solamente a los estudiantes admitidos con visa B después de la fecha de vigencia de la norma.

El reglamento actual que permite comenzar los estudios antes de la aprobación del cambio de visa seguirá vigente para quienes ya se encuentran en Estados Unidos con visa B de visitante no inmigrante, puesto que ya pueden haber comenzado un curso de estudios confiados en un reglamento existente.---