TURISMO Y NEGOCIOS

Bureau of Citizenship and Immigration Service

Acerca de la Visa

Procedimientos

Cualquier soliciante de visa de no inmigrante debe entender que ser poseedor de una visa de esta clasificacion no garantiza el ingreso a los Estados Unidos. A pesar de ser poseedor de una visa , el Bureau de Servicio de Inmigraciones tiene la sola jurisdiccion para autorizar su admision a los Estados Unidos determinando su tiempo de estadía en el mismo. En el Puerto de Entrada, el oficial de inmigraciones determinará su Arribo- Salida (formulario I-94) donde constatará por cuánto tiempo podrá permanecer en territorio estadounidense. Si Ud, quisiera extender su visita, deberá presentar un formulario para extender su estatus (1-539) con IATS. El Servicio de Inmigracion es quien decide si le otorgara o no la extension de su estadía en los Estados Unidos y es quien responde a este tipo de reclamos, no asi, este consulado.

Visas de Tránsito

El Departamento de Seguridad Nacional y el Departamento de Estado de los Estados Unidos hoy han suspendido apartir del 2 de agosto,los dos programas que permitían que ciertos pasajeros que viajaban a otros países a través de los Estados Unidos en forma de tránsito lo hicieran sin haber obtenido una visa. Los programas conocidos como Tránsito Sin Visa (TWOV) y el Programa de Tránsito Internacional a Internacional (ITI) han sido suspendidos.
La medida se implementó a partir de las 11.00 hrs del día 2 de agosto del 2003. Esta medida no afecta a los ciudadanos estadounidenses ni a los ciudadanos de los países incluidos en el Programa de Exención de Visado.
El Departamento de Seguridad Nacional ha emitido instrucciones a todas las aerolíneas de no embarcar a los pasajeros que deseen utilizar los programas de Tránsito.

Por lo tanto, cualquier pasajero que planee viajar a los Estados Unidos en tránsito a otro país, deberá solicitar en el consulado una visa de tránsito (C visa) o turista (B2). Las visas de tránsitro son aquellas otorgadas a extanjeros que planean viajar de manera inmediata y en conitnuidad en tránsito a otro pais de destino.

En muchos casos, solicitantes de visas de tránsito (C) que cumplen con los requerimientos para una visa de turismo y negocios (B1/B2), les es otorgada esta visa . los viajeros poseedores de una visa de turismo/negocios (B1/B2) no necesitan solicitar una visa de tránsito.

NOTA: En la mayoria de los casos, los funcionarios de inmigración no permitirán en ingreso a los Estados Unidos y enviarán de regreso a su país de origen, a aquellos pasajeros que tengan planes de ingresar a los Estados Unidos en tránsito y no posean una visa B1/B2 o C-1.

CONSIDERAMOS QUE EL FRAUDE ES ALGO MUY SERIO.


LA PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y/O DECLARACIONES FALSAS A UN FUNCIONARIO CONSULAR PUEDE RESULTAR EN LA PROHIBICION PERMANENTE DE INGRESO A LOS ESTADOS UNIDOS.

¡NO LO HAGA!

El consulado de Estados Unidos requiere una entrevista personal. Sin embargo, solicitantes que hayan tenido una visa previa o reúnan ciertas condiciones como para solicitar una visa a traves de los Centros Bi-nacionales , o el servicio de correo de la Embajada DHL, pueden estar incluidos en nuestro Programa de Exención de Entrevista. Una vez revisada la solicitud, el oficial consular puede requerir su presencia para una entrevista personal.

En general cualquier ciudadano no estadounidense que desee ingresar a los Estados Unidos, deberá obtener o una visa de no inmigrante para una estadía temporaria, o una visa de inmigrante para una residencia permanente. La visa de "visitante" es una visa de no inmigrante para personas que deseen ingresar a los Estados Unidos de manera temporaria por negocios (B1), placer o tratamiento médico (B2).

Aquellas personas que planean viajar a los Estados Unidos por disitintos propÑsitos como estudiantes, trabajadores temporarios, periodistas, tripulantes, etc, deberan solicitar la visa de la categoría que le corresponda.

La Ley de Imigracion de los Estados Unidos dice que cierto tipo de actividad laboral puede ser realizada bajo esta categoría de visa (B1/B2). En ella estan incluídas las reuniones de negocios, compra de propiedades, firma de contratos, asistir a conferencias, realizar Ñrdenes de compras, asisitr a cursos de corta duracion, etc.

Si algun visitante decidiera trabajar de manera casual durante su estadía en los Estados Unidos bajo esta categoría de visa, estará violando las normas establecidas para las visas de turista. Esto significa que estará prohibido realizar actividades laborales tales como, "baby sitter", trabajo para familiares o amigos, y todo aquello que signifique recibir dinero de origen estadosunidense. Para algunas actividades laborales de temporada tales como profesor de Ski en resorts o colonias de vacaciones o como Au pairs, Ud podrá solicitar una visa de intercambio o J-1.

Nota: Para poder obtener una visa de no inmigrante, Ud deberá convencer al oficial consular de la presunción en Seccion 214 (b) del Acta de Inmigración y Naturalización (INA) que expresa que todo solicitante de una visa de no inmigrante es un potencial inmigrante hasta tanto no demuestre lo contrario. Ud. podrá convencer al oficial consular de esta presunción mostrando evidencia de sus fuertes lazos con su país de origen, y demostrando que no existe intención de abandonar su lugar de residencia.No exite una norma escrita que lo ayude a demostrar sus lazos.

  1. Determine qué tipo de visa necesita.
  2. Hay dos maneras de programar su cita. Hágala usted mismo dirigiéndose a cualquier sucursal del Pago Fácil y abone el PIN para acceder al Servicio de Información de Visas (SIV). Nota: Con un solo Pin, Usted podrá agendar hasta un grupo familiar de cinco personas (léase padres con hijos). Llame al 4321-1100, y solicite una entrevista para concurrir a La Embajada. Por favor tenga los pasaportes de todos los viajeros en la mano al concertarle la cita O visite cualquier centro Bi-Nacional, u oficina de DHL y ellos le podrán programar su cita.
  3. Abone el arancel para el trámite de solicitud de visa en cualquier sucursal del Banco Ciudad o en cualquier Cajero de la Red Link.
  4. Complete los formularios correspondientes.
  5. Llegue a tiempo para su entrevista.
  6. Sus huellas digitales serán escaneadas antes de su entrevista
  7. De ser aprobada, su visa y pasaporte serán enviados por DHL.
Quiere saber mas sobre visas?

Requisitos

DS forms are available as Adobe Acrobat PDF forms that can be downloaded, completed on your computer and printed out for easier reading. Adobe Acrobat Reader

  • Una foto reciente 5cm x 5cm.
  • Pasaporte válido para seis meses
  • Recibo de pago del arancel de visa de Banco de la Ciudad o red Link.
  • DS-156
  • DS-157 para hombres de entre 16 y 45 años de edad.
Exención de Entrevista
 
Viajar Sin Visa

¿No encontraste la respuesta a tu pregunta? Contactanos buenosairesvisasinfo@state.gov

Content information provided by American Consular Section in Buenos Aires.
Links to other Internet sites should not be construed as an endorsement of the views contained therein.
Privacy Act Notice and Disclaimers

 

Last update: May 2004
Consular Section
U.S. Embassy - Buenos Aires