VISA DE TRANSITO Y TRIPULACION ( C / D) |
||||||
Visas de Tránsito |
Visa de tripulación |
Procedimientos |
||||
El Departamento
de Seguridad Nacional y el Departamento de Estado de los Estados Unidos
hoy han suspendido apartir del 2 de agosto,los dos programas que permitían que ciertos
pasajeros que viajaban a otros países a través de los
Estados Unidos en forma de tránsito lo hicieran sin haber obtenido
una visa. Los programas conocidos como Tránsito Sin Visa (TWOV)
y el Programa de Tránsito Internacional a Internacional (ITI)
han sido suspendidos. Por lo tanto, cualquier pasajero que planee viajar a los Estados Unidos en tránsito a otro país, deberá solicitar en el consulado una visa de tránsito (C visa) o turista (B2). Las visas de tránsitro son aquellas otorgadas a extanjeros que planean viajar de manera inmediata y en conitnuidad en tránsito a otro pais de destino. En muchos casos, solicitantes de visas de tránsito (C) que cumplen con los requerimientos para una visa de turismo y negocios (B1/B2), les es otorgada esta visa . los viajeros poseedores de una visa de turismo/negocios (B1/B2) no necesitan solicitar una visa de tránsito. NOTA: En la mayoria de los casos, los funcionarios de inmigración no permitirán en ingreso a los Estados Unidos y enviarán de regreso a su país de origen, a aquellos pasajeros que tengan planes de ingresar a los Estados Unidos en tránsito y no posean una visa B1/B2 o C-1.
|
Las visas C1/D individuales son emitidas a tripulantes de lineas aereas internacionales y a extranjeros afectados a las operaciones y servicios normales de un barco. En este ultimo caso, para determinar quien califica para esta visa C1/D, tomamos en consideracion la actividad y responsabilidad que el individuo tiene en el barco. Las visas C1/D mas frecuentemente emitidas son a tripulantes de cruceros que incluyen A artistas, salvavidas, etc. Aquellos tripulantes que planeen viajar a los Estados Unidos en avion o barco con el proposito de abordar un avion o barco en los Estados Unidos, deberan tambien obtener una visa de transito (C-1). Ademas de la solicitud DS-156, los tripulantes deberan presentar su carta de embarque y una carta de su empleador indicando que barco va a abordar y donde. A los tripulantes que se embarquen en los Estados Unidos, se les adjudicara simultaneamente visa de transito y de tripulante. Tripulantes extranjeros a bordo de barcos o aviones que arribaran a los Estados Unidos deben obtener una visa. Esta visa lleva el simbolo "D". Estos tripulantes solicitan dicha visa presentando su pasaporte o carta de embarque junto a una carta de la aerolinea o compania naviera confirmando su empleo y cuando planea arribar a los Estados Unidos.
CONSIDERAMOS QUE EL FRAUDE ES ALGO MUY SERIO.
NO LO HAGA!
El consulado de Estados Unidos requiere una entrevista personal. Sin embargo, solicitantes que hayan tenido una visa previa o reúnan ciertas condiciones como para solicitar una visa a traves de los Centros Bi-nacionales , o el servicio de correo de la Embajada DHL, pueden estar incluidos en nuestro Programa de Exención de Entrevista. Una vez revisada la solicitud, el oficial consular puede requerir su presencia para una entrevista personal. |
|
||||
Requisitos |
||||||
DS forms are available as Adobe Acrobat PDF forms that can be downloaded, completed on your computer and printed out for easier reading. Adobe Acrobat Reader |
||||||
Preguntas Frecuentes |
Exención de entrevista personal |
Enlaces
|
¿No encontraste la respuesta a tu pregunta? Contactanos buenosairesvisasinfo@state.gov
Content information provided
by American Consular Section in Buenos Aires.
Links to other Internet sites should not be construed as an endorsement of
the views contained therein.
Privacy Act Notice and Disclaimers
Last update: May
2004
Consular Section
U.S. Embassy - Buenos Aires