Estudio

Tipos de Visas Estudiantiles

Acerca de la Visa

Procedimientos

Estudiante Oficial (Visa F)

Esta visa se otorga a los solicitantes que han sido aceptados por una institución oficial, colegio, universidad, seminario, conservatorio, escuela secundaria, escuela primaria, u otra institución oficial, o en un programa de entrenamiento linguístico en los Estados Unidos. El solicitante debe poseer un certificado de eligibilidad (formulario I-20) completo, firmado por él mismo y por el funcionario del colegio.

Desde el 30 de noviembre de 1996 nuevas disposiciones legales impiden a los funcionarios consulares emitir visas F a solicitantes que vayan a estudiar en escuelas primarias o en programas educacionales para adultos financiados publicamente, independientemente de que puedan asumir el costo de los mismos. Los estudiantes que soliciten visas F para estudiar en escuelas secundarias públicas (desde el 7º al 12º grado) deben mostrar prueba de que han pagado el costo total sin tener en cuenta los subsidios que su futura educación pudieran tener. Los estudiantes que posean una visa F solamente pueden acceder a la educación pública durante no más de doce meses. Los estudiantes extranjeros ya no podrán utilizar la residencia americana de sus parientes con el fin de concurrir a las escuelas secundarias públicas. Estas disposiciones no se aplican a los estudiantes que concurran a escuelas privadas. Tales disposiciones tampoco afectan a los dependientes de poseedores de otras categorías de visas como E, H, L o J.

Para poder otorgar la visa en cuestión el estudiante debe presentar el recibo de pago emitido por la autoridad de la escuela. Como prueba de ésto, el formulario I-20 se debe endosar para indicar que el pago se ha efectuado. Como alternativa, los funcionarios de la escuela deberán proveer al estudiante una declaración certificada en papel con membrete firmada por un funcionario autorizado a firmar I-20. Esta declaración indicará que el pago ha sido efectuado.

Visa Vocacional (M)

Esta categoría permite a los solicitantes asistir a instituciones vocacionales o no oficiales. Se aplica, por ejemplo, a los estudiantes que asisten a una escuela culinaria. La institución indica la aceptación del solicitante completando un certificado de eligibilidad (formulario I-20M). El certificado debe estar firmado por el solicitante y el funcionario responsable de la escuela.

Para estudiar en los Estados Unidos en una institución oficial o vocacional, los solicitantes deben obtener los documentos de los Estados Unidos . Estos documentos son los formularios I-20 ó I-20M los que son emitidos por una escuela o institución aprobada por la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (BCIS), el anteriormente denominado Servicio de Inmigración y Naturalización (INS) y enviados al futuro estudiante.

Además el estudiante debe estar registrado en el Sistema de Información para Estudiantes y Beneficiarios de Programas de Intercambio (SEVIS). Su escuela o programa debe registrarlo en SEVIS.

El estudiante somete a consideración de la Embajada o el Consulado el formulario y la solicitud de visa completa (formulario DS-156). En la Argentina, las solicitudes pueden ser presentadas personalmente, a través de DHL o un Centro Binacional.

El cónjugue y los hijos solteros menores de 21 años de los estudiantes pueden solicitar visas sobre la base de la categoría de estudiante del solicitante principal. Cada persona debe presentar una solicitud de visa complete y su pasaporte y cada persona debe pagar el arancel de procesamiento de la solicitud por separado. Si los miembros de la familia estuvieran aplicando separadamente, deben presentar su propio DS-2019. También es posible solicitar a los aplicantes presentar certificados de casamiento y nacimiento para cofirmar su relación con el estudiante. Las relaciones de "pareja" argentinas no son reconocidas para los propósitos de una visa a los Estados Unidos.

Los estudiantes y sus dependientes puede trabajar solamente en ciertas situaciones. Por ejemplo trabajos en la instución educativa son generalmente permitidos aunque el empleo no debe exceder veinte horas semanales mientras la institución se encuentre en funcionamiento regular. Se permitirán a los estudiantes trabajar a tiempo completo durante las vacaciones y cuando la escuela no esté funcionando regularmente. Los cónjugues y los hijos generalmente no pueden trabajar. Si existiera alguna duda se debe consultar con el consejero de la escuela encargado de los estudiantes internacionales y con los funcionarios del BCIS. Es preciso recordar que se espera que los estudiants posean os medios financieros — provenientes de becas, otros ingresos o una combinación de ambos para completar un curso completo de estudio sin trabajar en los Estados Unidos.

Todos los solicitantes deben poseer suficiente preparación escolástica y conocimiento del idioma inglés (a menos que estén siguiendo un programa de entrenamiento de inglés) para llevar a cabo un curso completo de estudio. Si el conocimiento del idioma inglés fuera inadecuado, el colegio debe demostrar que puede ofrecer y que ha aceptado expresamente al estudiante para cursar un programa completo de estudios en el idioma del estudiante o que han sido llevados a cabo arreglos para una ayuda tutorial en el idioma inglés para el estudiante. El funcionario consular debe estar convencido de que el solicitante podrá, con la ayuda tutorial, cursas un programa completo de estudios en los Estados Unidos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El consulado de Estados Unidos requiere una entrevista personal. Sin embargo, solicitantes que hayan tenido una visa previa o reúnan ciertas condiciones como para solicitar una visa a traves de los Centros Bi-nacionales , o el servicio de correo de la Embajada DHL, pueden estar incluidos en nuestro Programa de Exención de Entrevista. Una vez revisada la solicitud, el oficial consular puede requerir su presencia para una entrevista personal.

  1. Determine qué tipo de visa necesita.
  2. Hay dos maneras de programar su cita. Hágala usted mismo dirigiéndose a cualquier sucursal del Pago Fácil y abone el PIN para acceder al Servicio de Información de Visas (SIV) Nota: Con un solo Pin, Usted podrá agendar hasta un grupo familiar de cinco personas (léase padres con hijos). Llame al 4321-1100, y solicite una entrevista para concurrir a La Embajada. Por favor tenga los pasaportes de todos los viajeros en la mano al concertarle la cita O visite cualquier centro Bi-Nacional, u oficina de DHL y ellos le podrán programar su cita.
  3. Abone el arancel para el trámite de solicitud de visa en cualquier sucursal del Banco Ciudad o en cualquier Cajero de la Red Link.
  4. Complete los formularios correspondientes.
  5. Llegue a tiempo para su entrevista.
  6. Sus huellas digitales serán escaneadas antes de su entrevista
  7. De ser aprobada, su visa y pasaporte serán enviados por DHL.

NOTA: Desde el 1ro de Septiembre, todo solicitante de visa que posea un formulario de estudiante (I-20) o intercambio (DS-2019) deberá pagar arancel para el SEVIS. Para mayor información presione aqui.

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Requisitos

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CONSIDERAMOS QUE EL FRAUDE ES ALGO MUY SERIO.


LA PRESENTACION DE DOCUMENTOS Y/O DECLARACIONES FALSAS A UN FUNCIONARIO CONSULAR PUEDE RESULTAR EN LA PROHIBICION PERMANENTE DE INGRESO A LOS ESTADOS UNIDOS.

¡NO LO HAGA!

 

 

Preguntas Frecuentes
Exención de entrevista personal
 
Enlaces

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Last update: May 2004
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