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Empleo de no ciudadanos

CONSIDERACIONES
Varios factores determinan si una agencia federal puede dar empleo a un no ciudadano. Estos son: Orden ejecutiva 11935 que requiere ciudadanía en el servicio civil competitivo, si el puesto está o no está en el servicio competitivo, el servicio excluido o Servicio Ejecutivo Superior, la prohibición anual de ley de apropiaciones de pagar a extranjeros de muchos países, y la ley de inmigración prohibiendo emplear a extranjeros a menos que estén admitidos legalmente para residencia permanente o con autorización de empleo.

ORDEN EJECUTIVA 11935 SOBRE EL SERVICIO CIVIL COMPETITIVO
Bajo la Orden Ejecutiva 11935, solamente ciudadanos y súbditos de los Estados Unidos (residentes de las islas de American Samoa y la isla de Swains) pueden competir por puestos competitivos. Se permite que las agencias contraten no ciudadanos solamente cuando no existan disponibles ciudadanos calificados. Un no ciudadano contratado en ausencia de ciudadanos calificados puede recibir solamente un nombramiento excluido y no adquiere el estado de servicio civil competitivo. Él o ella no puede ser promocionado o reasignado a otro puesto en el servicio competitivo, excepto en situaciones donde un ciudadano calificado no esté disponible. El no ciudadano puede ser contratado solamente si lo permite el decreto ley de apropiaciones y la ley de inmigración.

SERVICIO EXCLUIDO Y SERVICIO EJECUTIVO SUPERIOR
Algunas agencias federales (entre ellas el Servicio Postal de los Estados Unidos, la Tennessee Valley Authority y la Oficina de Investigación Federal), y algunos tipos de puestos (por ejemplo abogados y capellanes) están excluidos de los procedimientos OPM para asignar puestos de trabajo. (La hoja informativa de Empleo Federal número 6 (EI-6) trata el tema de "Empleo de Servicio Excluido.") Una agencia puede contratar un ciudadano calificado en el servicio excluido o Servicio Ejecutivo Superior, si el decreto ley de apropiaciones y la ley de inmigración lo permiten.

Muchas agencies tienen puestos a nivel ejecutivo en el Servicio Ejecutivo Superior.

RESTRICCIONES DE LA LEY DE APROPIACIONES
El Congreso prohíbe el uso de fondos asignados para dar empleo a no ciudadanos dentro de los Estados Unidos. Ciertos grupos de no ciudadanos no están incluidos en esta prohibición. Estos son:

  • Personas que deben lealtad permanente a los Estados Unidos (por ejemplo, los nativos de American Samoa y la isla Swains).
  • Extranjeros de Cuba, Polonia, Vietnam del Sur, países de la antigua Unión Soviética, o los países bálticos (Estonia, Latvia, y Lituania) legalmente admitidos en los Estados Unidos con residencia permanente.
  • Refugiados de Vietnam del Sur, Cambodia o Laos dejados libres bajo palabra en los Estados Unidos después del 1 de enero de 1975.
  • Súbditos de la República Popular China que califican para ajuste de estado relativo a la Ley de Protección de Estudiantes Chinos de 1992.
  • Ciudadanos de Irlanda, Israel, o la República de Filipinas.
  • Súbditos de países actualmente aliados con los Estados Unidos en un esfuerzo de defensa, (según lo determine la Oficina del Consejero Legal Asistente para Asuntos de Tratados, Departamento de Estado).
  • Locutores internacionales empleados por la Agencia de Información de los EE.UU.
  • Traductores empleados temporalmente.
  • empleadas hasta 60 días en base de emergencia en el servicio de campo.
Adicionalmente, algunas agencias están exentas de estas restricciones.

Aunque no está prohibido pagar a los grupos anteriores de los fondos apropiados de la agencia, los miembros del grupo todavía están sujetos a los requisitos de la Orden Ejecutiva 11935 mencionada anteriormente y a la ley de inmigración tal y como se especifica a continuación.

REQUISITOS DE LA LEY DE INMIGRACIÓN SOBRE CONTRATACIÓN DE CIUDADANOS Y EXTRANJEROS
Para cualquier trabajo que vaya a realizarse en los Estados Unidos, la ley de inmigración requiere que los empleadores públicos y privados contraten solamente individuos que son elegibles para ser empleados. Esos individuos son:

  • un ciudadano (por nacimiento o naturalización) o súbdito de los Estados Unidos,
  • un extranjero asignado por el Servicio de Naturalización e Inmigración (INS) a una clase de inmigrantes autorizados para ser empleados (extranjeros que son legalmente admitidos para residencia permanente por el INS son la clase más grande de extranjeros en esta categoría), o
  • individuo extranjero que está expresamente autorizado por el INS para ser empleado.
Las preguntas acerca de la ciudadanía, nacionalidad, estado de inmigración y elegibilidad para empleo bajo la ley de inmigración, de un individuo, debieran dirigirse a la oficina local del INS.

Aunque un extranjero puede estar autorizado a trabajar bajo las leyes de inmigración, él o ella están todavía sujetos a los requisitos de la Orden Ejecutiva 11935 y a las restricciones de la ley de apropiaciones mencionadas anteriormente.

PREGUNTAS DE EMPLEO
Una persona no ciudadana debería contactar la agencia en la que está interesada, relativo a preguntas de elegibilidad de empleo.

AS OF: 01-28-03



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