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  Actualizada: 26/IX/02

Extensión de los privilegios del ATPA para Colombia

El 25 de septiembre de 2002, el presidente Bush extendió los privilegios arancelarios para Colombia bajo la Ley de Preferencias Arancelarias Andina y de Erradicación de Narcóticos. Durante la década pasada, el ATPA constituyó un beneficio económico significativo para los países de la región andina y particularmente para Colombia. El total de empleos generados por el ATPA en sus primeros 10 años ha sido calculado en 123.000 y se espera que la expansión de los beneficios genere 150.000 nuevos empleos en el futuro.

Este gesto de solidaridad de Estados Unidos hacia Colombia es un ejemplo del compromiso para ayudar a las naciones democráticas andinas en sus esfuerzos por alcanzar mejores niveles de vida para sus pueblos. El gobierno de Estados Unidos ha sostenido por mucho tiempo que el libre comercio y el desarrollo económico son la base fundamental de la estabilidad democrática y el bienestar nacional. Estamos convencidos de que ayudando a la economía colombiana a alcanzar su potencial económico, estará ayudando al Estado colombiano a superar con éxito todos sus desafíos, incluyendo el suministro de mejores servicios sociales y la lucha contra los flagelos del narcotráfico y el terrorismo.


Colombia y el Programa Comercial Andino

El Programa Comercial Andino (parte de la Ley de Preferencias Arancelarias Andina y de Erradicación de Narcóticos) se renueva y construye sobre la anterior Ley de Preferencias Arancelarias Andina (ATPA), la cual venció el 4 de diciembre de 2001, para ofrecer mayor apertura a los mercados estadounidenses para los productos de Colombia.

El Programa Comercial Andino es una parte esencial de la estrategia para promover un amplio desarrollo económico, diversificar exportaciones, acabar con el flagelo del narcotráfico y consolidar la democracia en Colombia.

Colombia ha sido uno de los principales beneficiarios del ATPA. El principal socio comercial de Colombia es Estados Unidos, con el ingreso de más del 45% de las exportaciones colombianas a EE.UU., libre de aranceles, bajo la lista arancelaria de nación más favorecida, mientras que en los últimos años otro 13% ó 14% ha recibido el mismo tratamiento bajo el ATPA.

Bajo el ATPA, las exportaciones colombianas hacia los mercados estadounidenses aumentaron en valor y como porcentaje del total exportado por Colombia, cada año desde 1993. Las flores todavía son el producto más importante bajo el ATPA. Otro beneficiados del ATPA incluyen las exportaciones de colorantes, compuestos de oro, láminas no-adhesivas, artículos de cuero y azúcar de caña.

El Programa Comercial Andino permitirá, por medio de cuotas, la importación a EE.UU., libre de aranceles, de las confecciones con telas regionales u otro tipo de tela teñida y terminada en Estados Unidos. Así, el Programa Comercial Andino nivela los criterios de elegibilidad para las confecciones entre los beneficiarios del ATPA y los países de África y el Caribe que reciben beneficios comerciales similares.

Bajo el Programa Comercial Andino, el Presidente Bush puede otorgar tratamiento libre de aranceles para el calzado colombiano, mientras se considere que no afecta la producción estadounidense.

Bajo el Programa Comercial Andino, el atún empacado al vacío en Colombia tendrá acceso libre de aranceles y de cuotas al mercado estadounidense.

Antes del 30 de abril de 2003, y cada dos años, el Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) deberá presentar un informe al Congreso sobre el desarrollo del Programa Comercial Andino y el cumplimiento de los países beneficiarios de los criterios de elegibilidad.

En el año 2000, las exportaciones bajo el ATPA fueron de US$911 millones, un 14% de las exportaciones totales a Estados Unidos en ese período (US$6.681 millones). Para el año 2001, Colombia exportó a los Estados Unidos un total de US$5.696 millones de los cuales US$840 millones fueron bajo el ATPA, es decir un 15% del total de las exportaciones.

Del grupo de países beneficiarios del ATPA, Colombia ha sido el principal exportador acreditándose el 42,3% de las exportaciones totales hacia Estados Unidos bajo el ATPA en el año 2000, seguido por Perú (41,5%), Ecuador (13%) y Bolivia (3,2%). Para el año 2001, Colombia exportó el 43% del total, seguido por Perú (39,9%), Ecuador (13,1%) y Bolivia (3,3%).

Según los cálculos del gobierno de Colombia, el impacto positivo del ATPA también se evidencia en la producción del país, la cual se ha duplicado en los sectores beneficiados durante el período 1992 a 2000. Mientras que en 1992 la producción colombiana bajo el ATPA alcanzaba los US$629 millones, en el 2000 ésta llegaba a los US$1.270 millones (un crecimiento del 102%). Estos avances en materia exportadora y productiva representan aproximadamente 122.296 empleos adicionales entre 1992 y 2000. Durante ese mismo período, el ATPA también tuvo un impacto positivo sobre la inversión, como lo demuestra la mayor diversificación de la producción colombiana orientada a la exportación.

La ampliación del ATPA a productos antes excluidos, también tendrá un efecto positivo. El aumento en la producción de conservas de atún, a corto plazo, con destino a Estados Unidos, se estima en US$20 millones anuales. A mediano plazo, Colombia podría duplicar la producción logrando exportar un valor superior a los US$40 millones. Se calcula que se generarán 6.000 por las ventas de conservas de atún a Estados Unidos. A largo plazo, la generación de empleo podría llegar a 22.500 personas.

En calzado, la nueva producción colombiana, gracias a la ampliación del ATPA, podría alcanzar exportaciones del orden de US$110 millones y contribuiría a la generación de más de 9.000 empleos directos y 18.000 indirectos, principalmente en la pequeña y mediana industria de este sector.

Con la nueva versión del ATPA, la cual permitiría incluir hilazas y telas regionales en las confecciones, a corto plazo se podrían duplicar las exportaciones colombianas a Estados Unidos, y para el final del período de vigencia del ATPA se podrían quintuplicar, generando unos 90.000 empleos.

Según lo establecido en el Título XXXI de la Ley Comercial de 2002, la entrada de productos anteriormente cobijados por el ATPA, realizada entre el 4 de diciembre de 2001 y el 6 de agosto de 2002, debe ser liquidada como libre de arancel, y la Aduana de Estados Unidos deber reintegrar los aranceles pagados por ese concepto. El reintegro será realizado únicamente con base en la solicitud del importador. Las solicitudes de reintegro deben hacerse antes del 2 de febrero de 2003 en el puerto donde fue radicada la importación.

Se espera que el ATPA continúe promoviendo la creación de empleos como sucedió con el ATPA. De acuerdo a estimativos del gobierno colombiano, entre 1992 y 1999 el programa ATPA generó más de 140.000 nuevos empleos. Además, tuvo un efecto positivo en la inversión, como se evidencia con la diversificación de la economía exportadora de Colombia.



Bogotá, D.C.
25 de septiembre de 2002