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Derechos Humanos 2003: España

Informes por país de prácticas de derechos humanos en 2003

España

España es una democracia con una monarquía constitucional. El Parlamento consta de dos cámaras: el Congreso de los Diputados y el Senado. El primer ministro, con la denominación de presidente del gobierno es, desde 1996, José María Aznar, del Partido Popular. Las elecciones fueron libres e imparciales. Las próximas elecciones generales están programadas para el 14 de marzo de 2004. El poder judicial es independiente.

Las responsabilidades de seguridad interna se dividen entre la Policía Nacional, responsable de la seguridad en las zonas urbanas; la Guardia Civil, responsable de las zonas rurales y del control de las fronteras y las carreteras y los cuerpos de policía bajo la autoridad de las comunidades autónomas de Cataluña y del País Vasco. Las autoridades civiles mantuvieron un control efectivo de las fuerzas de seguridad. Hubo quejas de que algunos miembros de las fuerzas de seguridad cometieron abusos aislados de los derechos humanos.

La economía de mercado, dependiente principalmente de la empresa privada, proporcionó a la población, de más de 40 millones de habitantes, un alto nivel de vida. La economía creció durante el tercer trimestre a un ritmo anual del 2,4 por ciento. La tasa de inflación anual fue del 3% por ciento al final del año. La de desempleo había descendido al 11% en noviembre.

Generalmente, el gobierno respetó los derechos humanos de los ciudadanos; si bien hubo problemas en distintas zonas, la legislación y el poder judicial ofrecen mecanismos eficaces para hacer frente a casos individuales de abuso. Se afirmó que algunos miembros de las fuerzas de seguridad maltrataron a detenidos, a extranjeros y a inmigrantes ilegales. Según Amnistía Internacional (AI), las investigaciones de estos supuestos abusos por parte del gobierno son a menudo prolongadas y los castigos leves. En ocasiones, la detención preventiva prolongada y los retrasos en los juicios fueron un problema. La violencia contra la mujer fue un problema y el gobierno tomó medidas para abordar La discriminación social contra la población romaní y contra los inmigrantes continuó siendo un problema, al igual que la violencia esporádica contra éstos. El tráfico de mujeres y de niñas adolescentes para la prostitución fue un problema y el gobierno tomó medidas para abordarlo.

El grupo terrorista ETA (Patria Vasca y Libertad) continuó su campaña de asesinatos a punta de pistola y de bombas, matando a tres personas durante el año. Los simpatizantes de ETA también continuaron la campaña de violencia y vandalismo callejeros en la región vasca con la intención de intimidar a políticos, profesores universitarios y periodistas. Siguieron adelante los procesos judiciales contra miembros de ETA, y las policías española y francesa detuvieron a 126 sospechosos de pertenecer a ETA o colaborar con ella.

RESPETO DE LOS DERECHOS HUMANOS

Sección 1. Respeto de la integridad de la persona, incluyendo no someterla a:

a) Privación arbitraria o ilegal de la vida

No hubo ningún informe de privación arbitraria o ilegal de la vida cometida por el gobierno o sus agentes.

ETA, cuyo objetivo declarado es establecer un estado vasco independiente, continuó su campaña terrorista de bombas y asesinatos a punta de pistola, matando a tres personas hasta el mes de septiembre. ETA reivindicó públicamente los atentados. El 8 de febrero, ETA asesinó a tiros a un policía municipal en Andoain (Guipúzcoa) y el 30 de mayo, un coche-bomba mató a dos policías nacionales en Sangüesa.

El gobierno siguió emprendiendo acciones jurídicas contra los miembros de ETA. En el mes de octubre, la policía había detenido a 126 miembros y colaboradores de ETA y había desmantelado 5 comandos operativos y 2 de apoyo a ETA. Las autoridades de Francia, Méjico, los Países Bajos, Suiza, Venezuela y Alemania han detenido, y en algunos casos extraditado a España, a miembros de ETA.

b) Desaparición

No hubo informes de desapariciones por motivos políticos.

c) Tortura y otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes

La legislación prohíbe dichas prácticas; sin embargo, los sospechosos acusados de terrorismo afirmaron en ocasiones haber sido objeto de malos tratos durante su detención, al igual que sospechosos de otros delitos. Un informe de AI afirmó que la tortura no estaba presente de forma sistemática en el país, pero que ciertas prácticas podían facilitar el maltrato. Instó a poner fin a las disposiciones legales que permiten que la policía retenga a los sospechosos de ciertos delitos relacionados con el terrorismo hasta 5 días con acceso a un abogado de oficio únicamente. AI manifestó que dar a los sospechosos acceso a un abogado de su elección contribuiría a observar mejor el trato mientras están detenidos por la policía. A AI también le preocuparon los informes continuados de malos tratos a detenidos en centros de detención de inmigrantes, e instó al gobierno a ampliar su definición de tortura e incluir la violación por parte de las autoridades mientras se está detenido, ya que algunas autoridades han sido acusadas de abusos sexuales a mujeres inmigrantes en años anteriores. Sin embargo, durante el año no hubo informes de abusos sexuales a mujeres inmigrantes por parte de las autoridades.

En marzo, el Comité del Consejo de Europa para la Prevención de la Tortura hizo público un informe sobre la inspección realizada en julio de 2001 que indicaba que el gobierno no había llevado a cabo algunas de sus recomendaciones para evitar los malos tratos en las prisiones. El Comité reiteró sus recomendaciones de que el gobierno redujera de 5 a 2 días el período máximo para que las autoridades notifiquen el hecho y el lugar de la detención de una persona a sus familiares o a otras personas; que se permitiera que a las personas en régimen de incomunicación se les haga una revisión médica por un médico de su elección y reciban información por escrito sobre este derecho propuesto; y que se diera a los detenidos acceso más inmediato a un abogado.

En la provincia de Gerona, cuatro policías catalanes fueron condenados a un año de prisión y 8 de rehabilitación por torturar a dos hombres jóvenes que pensaron eran traficantes de droga. En 2002, AI informó de que la policía había maltratado a menores marroquíes indocumentados, concretamente en Ceuta y Melilla, enclaves españoles del norte de África, y que algunos menores indocumentados eran devueltos a Marruecos sin preocuparse suficientemente por su bienestar (véase Sección 2.d.). No se recibieron informes de malos tratos durante el año; sin embargo, AI siguió expresando su preocupación respecto a la necesidad de contar con servicios de colocación para los menores indocumentados devueltos a Marruecos.

Además de muertes, los atentados de ETA con bomba, frustrados o no, causaron numerosas lesiones y daños materiales. Algunos de estos atentados estuvieron dirigidos contra el sector turístico, incluidos los atentados con bombas perpetrados en julio en Pamplona, Alicante, Benidorm y Santander. Además de los atentados dirigidos contra zonas turísticas, en febrero ETA hizo explotar una bomba cerca de la residencia de un agente de policía en Bilbao. Entre junio y agosto, ETA colocó dos coches-bomba en Bilbao, y un total de cinco bombas en Vizcaya, Guipúzcoa, y Estella (Navarra). Ésta fue colocada cerca de la entrada del tribunal local.

Generalmente, las condiciones penitenciarias cumplían las normas internacionales. En el sistema penitenciario, se mantiene a las mujeres separadas de los hombres; a los menores separados de los adultos y a los detenidos en espera de juicio separados de los delincuentes convictos.

El gobierno permite visitas por parte de observadores independientes de derechos humanos. En octubre, el relator especial de la ONU, Theo van Boven, visitó el país en nombre de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU para investigar las alegaciones de tortura realizadas por sospechosos de pertenecer a ETA.

d) Detención, arresto o exilio arbitrarios

La Constitución prohíbe la detención o el arresto arbitrarios y generalmente el gobierno observó estas prohibiciones.

Las fuerzas policiales incluyen a la Policía Nacional, la Policía Municipal, la Guardia Civil y las fuerzas policiales bajo la autoridad de las comunidades autónomas de Cataluña y del País Vasco. Todas las fuerzas policiales operaron efectivamente sin informe alguno de corrupción sistemática. La Constitución prevé la existencia del Defensor del Pueblo, que investigó las afirmaciones de malos tratos por parte de la policía (véase Sección 4). Los investigadores internos de la policía tienen 15 días para responder a las preguntas del Defensor del Pueblo, y la Oficina del Defensor del Pueblo publica sus conclusiones sobre el resultado de la investigación y puede imponer sanciones. El Defensor del Pueblo puede realizar inspecciones de las instalaciones policiales sin previo aviso.

Las órdenes de detención estuvieron basadas en pruebas suficientes y fueron emitidas por un funcionario debidamente autorizado. Se detuvo abiertamente a las personas y se las llevó ante un poder judicial independiente. Un sospechoso no puede permanecer retenido más de 72 horas sin vista salvo en los casos relacionados con el terrorismo, en los que la ley permite mantener al sospechoso detenido 2 días más –es decir, un total de 5 días— sin vista. El juez puede autorizar la detención en régimen de semi-incomunicación para los sospechosos de terrorismo, durante la cual sólo tienen acceso a un abogado de oficio.

En ocasiones, la prisión preventiva fue larga. Según la ley, los sospechosos no pueden ser privados de libertad durante más de 2 años antes de ser juzgados a no ser que un juez autorice un retraso adicional, que puede ampliar la prisión preventiva a un máximo de 4 años. En la práctica, la prisión preventiva duró menos de 1 año. Hasta septiembre, aproximadamente el 22,7% de la población carcelaria se encontraba en prisión preventiva (12.540 de los 55.223 presos), si bien dicho número incluía a los presos con causas recurridas. Los retrasos previos al juicio son una característica del sistema judicial y no parecen ser resultado de la corrupción, la ineficacia judicial, las limitaciones económicas o la escasez de personal.

La ley de extranjería permite la detención de una persona hasta un máximo de 40 días antes de su expulsión, pero especifica que no ha de desarrollarse en un entorno carcelario (véase Sección 2.d.).

La Constitución prohíbe el exilio forzoso, y el gobierno no hizo uso de él.

e) Privación de un juicio público imparcial

La Constitución prevé la existencia de un poder judicial independiente, y generalmente el Gobierno respetó esta disposición en la práctica.

La estructura judicial consiste en tribunales locales, provinciales, regionales y nacionales, de los cuales el más alto es el Tribunal Supremo. El Tribunal Constitucional es competente para devolver una causa al tribunal en el que fue juzgada si se puede determinar que los derechos constitucionales fueron violados a lo largo del proceso. La Audiencia Nacional se encarga de los delitos como el terrorismo y el tráfico de droga. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) es la instancia última en los casos de derechos humanos.

La Constitución establece el derecho a un juicio público imparcial, y generalmente un poder judicial independiente hizo respetar este derecho. Hubo un sistema de jurado de nueve integrantes. Los acusados gozan de la presunción de inocencia y tienen derecho a ser representados por un abogado (a cargo del Estado para las personas sin recursos económicos), a ser confrontados con los testigos y presentar testigos en su nombre, y a acceder a las pruebas del gobierno. Los acusados fueron liberados bajo fianza a no ser que el tribunal considerara que podían huir o ser una amenaza para la seguridad pública. Después de ser condenados, los acusados pueden apelar al tribunal inmediatamente superior.

La ley exige una vista judicial rápida después de la detención; sin embargo, el proceso judicial fue con frecuencia largo (véase Sección 1.d.). Desde el 28 de abril, los tribunales han puesto el objetivo de resolver los casos de delincuencia menor (los que conllevan posibles condenas de menos de 5 años) en un máximo de 15 días.

No hubo informes de la existencia de presos políticos.

f) Intromisión arbitraria en la intimidad, la familia, el hogar o la correspondencia

La Constitución prohíbe estas acciones, y generalmente el gobierno respetó estas prohibiciones en la práctica. Según el código penal, las autoridades deben obtener una aprobación judicial antes de realizar un registro en una propiedad privada, intervenir una línea telefónica o interferir en la correspondencia privada. Sin embargo, la legislación antiterrorista concede autoridad discrecional al ministro del Interior para actuar antes de obtener la aprobación judicial en "casos de emergencia".

Los padres o tutores legales de una persona con discapacidad psíquica pueden pedir a un juez la esterilización de dicha persona (véase Sección 5).

Sección 2. Respeto de las libertades civiles, incluidas:

a) Libertad de expresión y de prensa

La Constitución establece la libertad de expresión y de prensa, y generalmente el gobierno respetó estos derechos en la práctica.

Los puntos de vista de la oposición, tanto de partidos políticos como de organizaciones no partidistas, fueron reflejados libre y ampliamente en los medios de comunicación activos e independientes.  TVE (TV1 y TV2) y Radio Nacional eran los medios estatales. Los canales de televisión de las regiones autónomas (TV Catalunya, Canal Sur, y otros) estaban afiliados a sus respectivos gobiernos regionales.  La agencia de noticias EFE también era de propiedad estatal. Los medios de comunicación internacionales funcionaban libremente.

El 20 de febrero, el gobierno cerró el periódico vasco, Euskalunon Egunkaria, debido a sus vínculos con ETA. ETA y sus simpatizantes continuaron su violenta campaña de intimidación contra profesionales y organizaciones políticos, de la prensa y académicos en el País Vasco (véase Secciones 1.a. y 1.c.). A comienzos de año, la policía desmanteló una operación masiva en la que ETA preparaba enviar cartas-bomba a periodistas, jueces, políticos y trabajadores penitenciarios. Un informe del Instituto Internacional de la Prensa publicado en marzo indicó que los periodistas trabajaban bajo la amenaza del terrorismo. Una de las tácticas de ETA fue la distribución de su libro de estilo, que amenaza a los periodistas que no cubren las acciones y los objetivos de ETA de manera favorable.

El sindicato Comisiones Obreras llevó a la televisión pública española (TVE) a los tribunales por lo que alegó fue el trato parcial que recibió la huelga general de 2002 en dicha cadena. En junio, un tribunal ordenó a TVE a emitir nueva cobertura sobre la huelga.

El gobierno no restringió el acceso a Internet ni la libertad académica. ETA y los elementos del nacionalismo radical vasco continuaron intimidando y presionando a académicos no simpatizantes para que abandonaran la región.

b) Libertad de reunión y asociación pacíficas

La Constitución prevé la libertad de reunión y asociación y generalmente el Gobierno respetó estos derechos en la práctica.

c) Libertad religiosa

La Constitución establece la libertad religiosa y generalmente el gobierno respetó este derecho en la práctica. La Constitución declara que el país es un estado laico y distintas leyes disponen que ninguna religión debe tener carácter de religión estatal; sin embargo, el catolicismo era la religión predominante y gozaba de la relación oficial más estrecha con el gobierno. Entre los distintos beneficios de los que gozaba la Iglesia católica estuvo la financiación a través del sistema tributario. El judaísmo, el Islam y muchas confesiones protestantes tuvieron un estatus oficial a través de convenios bilaterales pero gozaron de menos privilegios. Otras religiones reconocidas, como los Testigos de Jehová y la Iglesia de Jesucristo de los Santos del Último Día (mormones), fueron cubiertas por protecciones constitucionales, pero no tuvieron convenios especiales con el gobierno.

La legislación establece un régimen jurídico y ciertos privilegios para que las organizaciones religiosas se beneficien de este régimen. Las religiones no reconocidas oficialmente, como la Iglesia de la Cienciología, fueron tratadas como asociaciones culturales. Los líderes de las comunidades protestantes, musulmana y judía informaron de que seguían presionando al gobierno para conseguir privilegios comparables a los de la Iglesia católica. Los líderes protestantes y musulmanes querían que sus comunidades recibieran apoyo gubernamental a través de una asignación del impuesto sobre la renta u otra designación. Las protestas contra la construcción de mezquitas continuaron en distintos lugares de Cataluña, según fuentes de dicha comunidad.

Para un examen más detallado, véase el informe de 2003 sobre la Libertad Religiosa Internacional.

d) Libertad de tránsito en el interior del país, para viajar al extranjero, de emigración y repatriación

La Constitución y la ley prevén estos derechos y generalmente el gobierno los respetó en la práctica.

La ley dispone la concesión de asilo y de la condición de refugiado a las personas que cumplen la definición de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967. En la práctica, el gobierno proporcionó protección contra la devolución(“refoulement”) y concedió el estatuto de refugiado y de asilo. El gobierno cooperó con la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los refugiados (ACNUR) y con otras organizaciones humanitarias, incluida la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR), para ayudar a los refugiados y a los solicitantes de asilo. Según la ley, hay dos etapas en el proceso de decisión sobre las solicitudes de asilo, en el que la Oficina de Asilo y Refugio (OAR), toma la decisión inicial sobre la admisibilidad de la solicitud para su tramitación. Las solicitudes admitidas a trámite son examinadas por la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio (CIAR), que incluye a representantes de los Ministerios del Interior, de Justicia, de Trabajo y de Asuntos Exteriores y a un miembro del ACNUR sin derecho a voto. El ministro del Interior debe aprobar la decisión de la CIAR en cada caso. Según las estadísticas provisionales, hasta el 30 de agosto hubo 3.564 solicitudes de asilo. El gobierno concedió el estatuto de asilo a 159 de ellas y admitió otras 59 por razones humanitarias u otros motivos. El mayor número de solicitantes venían de Nigeria, Cuba, y Colombia.

El ACNUR asesoró a las autoridades a lo largo del proceso de asilo.  Los solicitantes de asilo tienen derecho a que se envíen sus solicitudes inmediatamente a la oficina local del ACNUR. Las autoridades no estaban vinculadas por el dictamen del ACNUR en casos individuales, pero con frecuencia reevaluaron las decisiones con las que el ACNUR no estaba de acuerdo. Las denegaciones en cualquiera de las etapas se pueden apelar a la Audiencia Nacional y las decisiones de la Audiencia Nacional al Tribunal Supremo.

Se pueden realizar solicitudes de asilo tanto desde fuera como desde dentro del país. En los puertos de entrada, se permite solicitar asilo a las personas que carecen de visado o de permiso para entrar en el país; en estos casos, el solicitante puede ser detenido hasta que se tome una decisión sobre la admisibilidad de su solicitud. Cuando se hace la solicitud estando en el país, se ha de tomar una decisión en el plazo de 2 meses, pero cuando se ha hecho la solicitud en un puerto de entrada, este plazo se reduce a 72 horas. El plazo para la presentación de un recurso en estos casos es de 24 horas.

El gobierno también brinda protección temporal a las personas que no reúnen los requisitos de refugiados o asilados. En 2001, cambios en la normativa redefinieron la base para la admisión, por razones humanitarias, de ciertos solicitantes que no reúnan los requisitos de la Convención de 1951. Los admitidos por razones humanitarias deben renovar su situación anualmente. La legislación concede al solicitante un plazo de 15 días para abandonar el país si se le deniega la condición de refugiado o el asilo. Durante este plazo, el solicitante puede recurrir la decisión y el tribunal de apelación tiene autoridad para impedir que se inicie el proceso de expulsión, que normalmente comienza una vez transcurridos 15 días.

En abril, el Ministerio del Interior y la Organización Internacional para las Migraciones firmaron un acuerdo para promover el retorno voluntario de inmigrantes ilegales y de solicitante de asilo y de refugio que lo deseen a sus países de origen. AI exigió que, antes de expulsar a los menores que son devueltos a Marruecos, se lleve a cabo una revisión caso por caso más profunda de su bienestar. La ley prohíbe la repatriación de menores sin que los servicios sociales conozcan el lugar al que se devolverá al menor y generalmente las autoridades respetaron dicha disposición. El gobierno buscó más cooperación por parte de Marruecos para conseguir información sobre la reinserción con el fin de facilitar la transferencia de menores ilegales, cuestión que fue tratada en la cumbre entre España y Marruecos en diciembre.

Sección 3. Respeto de los derechos políticos: Derecho de los ciudadanos a cambiar de gobierno

La Constitución garantiza el derecho de los ciudadanos a cambiar su gobierno pacíficamente y los ciudadanos ejercieron este derecho en la práctica a través de elecciones periódicas, libres e imparciales celebradas por el sufragio universal. El país tiene una democracia multipartidista con elecciones abiertas en las que todos los ciudadanos a partir de los 18 años de edad tienen derecho a ejercer un voto secreto. Se celebran elecciones en todos los niveles de gobierno al menos cada 4 años. En 2000, José María Aznar, del Partido Popular, fue reelegido primer ministro, con la denominación de presidente del gobierno. Las próximas elecciones nacionales están programadas para el 14 de marzo de 2004.

El poder gubernamental tuvo repartido entre el gobierno central y las 17 “comunidades autónomas”. Los partidos nacionalistas locales dieron expresión política a identidades lingüísticas y culturales regionales.

El 17 de marzo, el Tribunal Supremo español decidió unánimemente declarar a Batasuna brazo político de ETA, organización terrorista, y por tanto ilegal. La ilegalización significa que Batasuna, Euskal Herritarrok y Herri Batasuna fueron eliminados del registro de partidos políticos; que no podrán participar en ningunas elecciones; que no se permitirá ninguna de sus actividades (reuniones, publicación, propaganda, proceso electoral); y que se venderán sus bienes patrimoniales y se utilizarán las ganancias para actividades sociales o humanitarias.

En septiembre, el gobierno vasco demandó al gobierno español ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. La demanda alega que la Ley de Partidos Políticos, utilizada como base para ilegalizar a Batasuna, vulnera derechos fundamentales. En noviembre, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos recibió oficialmente los casos de 221 candidatos de Batasuna a los que no se les permitió presentarse como candidatos, pero a finales de año no había emitido ningún fallo al respecto. Durante el año, el Parlamento Europeo publicó un informe sobre derechos humanos que declaraba que la Ley de Partidos Políticos es ”conforme a los principios de libertad, democracia y respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, así como al Estado de Derecho".

Las mujeres participaron activamente en el gobierno y la política. Cinco de los quince ministros del gobierno eran mujeres, como la de Asuntos Exteriores. Una mujer presidía el Congreso de los Diputados. 110 de los 350 miembros de la cámara baja eran mujeres. 65 de los 259 senadores eran mujeres. Uno de los dos comisarios españoles en la Unión Europea (UE) era una mujer. A finales de año, 21 de los 64 miembros españoles del Parlamento Europeo eran mujeres.

El gobierno no mantuvo estadísticas sobre la composición étnica del parlamento nacional. Las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, en el norte de África, tenían partidos políticos musulmanes.

Sección 4. Actitud del gobierno respecto a la investigación internacional y no gubernamental de supuestas violaciones de los derechos humanos

Una gran variedad de grupos nacionales e internacionales de derechos humanos trabajaron generalmente sin restricción por parte del gobierno, investigando y publicando sus conclusiones sobre los casos de derechos humanos. Los funcionarios públicos cooperaron y fueron receptivos a sus puntos de vista.

La Constitución prevé la existencia de un Defensor del Pueblo, cuyas funciones incluyen la investigación activa de las denuncias sobre abusos de derechos humanos por parte de las autoridades (véase Sección 1.d.). El Defensor del Pueblo trabajaba de forma independiente de cualquier partido o ministerio gubernamental, era elegido cada 5 años por mayoría de tres quintas partes del Congreso de los Diputados, y gozaba de inmunidad judicial. Tenía total acceso a las instituciones gubernamentales y a todos los documentos a excepción de los clasificados por razones de seguridad nacional, y podía remitir casos a los tribunales bajo su propia autoridad. El Defensor del Pueblo tenía un equipo de 150 personas aproximadamente y recibió alrededor de 15.000 reclamaciones hasta septiembre. La mayoría de las quejas estuvieron relacionadas con los servicios sanitarios y sociales, los servicios de integración y alojamiento de inmigrantes, el traslado de presos de un centro penitenciario a otro, y la falta de instalaciones adecuadas en dichos centros. Los organismos gubernamentales fueron receptivos a las recomendaciones del Defensor del Pueblo. Algunas comunidades autónomas tenían su propio defensor del pueblo, y algunos se dedicaron a los derechos de grupos concretos, como las mujeres, los niños, y las personas discapacitadas.

Sección 5. Discriminación por motivos de raza, sexo, discapacidad, lengua o clase social

La Constitución establece la igualdad de derechos para todos los ciudadanos y la discriminación por razones de sexo, raza, etnia, nacionalidad, discapacidad o ideología es ilegal; sin embargo, la discriminación social contra la población romaní y los inmigrantes seguía siendo un problema.

Mujeres

La violencia contra las mujeres, especialmente la violencia doméstica, seguía siendo un problema. Según el gobierno, hasta el mes de noviembre, 64 mujeres y 35 hombres fueron asesinados como consecuencia de la violencia doméstica, y las mujeres habían presentado 13.016 denuncias por delitos graves y 32.996 denuncias por faltas contra sus maridos o compañeros. El gobierno siguió tomando medidas para reducir la violencia contra las mujeres.

La legislación prohíbe la violación y los malos tratos conyugales. Hasta el 1 de noviembre, se recibieron 1.514 informes de violación. Había 54 unidades de la Guardia Civil que atendían a las mujeres maltratadas y 43 unidades similares de la Policía Nacional. 53 oficinas proporcionaban asistencia jurídica a las víctimas de la violencia doméstica y había aproximadamente 225 centros de acogida para mujeres maltratadas. Durante el año, una línea nacional gratuita 24 horas informaba a las mujeres de los lugares en los que encontrar ayuda o acogida en su zona. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales dirige también el Instituto de la Mujer, dedicado a los asuntos de la mujer.

El gobierno de Cataluña y el Fiscal Jefe del Estado firmaron un acuerdo que preveía que, en Cataluña, un médico debe examinar a las mujeres inmigrantes en peligro de ser sometidas a mutilación genital, "ablación", cuando viajan a sus países de origen y de nuevo a su vuelta. Si una niña fue víctima de la mutilación, sus padres podrían perder su custodia. Asimismo, en la provincia de Gerona, un protocolo que prohíbe la mutilación genital femenina evitó que seis niñas la sufrieran durante el año.

La prostitución en sí no es ilegal pero sí obligar a otra personas a ejercer la contra su voluntad, así como las redes organizadas de prostitución. El tráfico de mujeres y menores con el fin de la prostitución era un problema (véase Sección 6.f.). El gobierno contrató a la ONG, Proyecto Esperanza para proteger, alojar y asesorar a las mujeres víctimas del tráfico de personas o de otros abusos.

La legislación prohíbe el acoso sexual en el lugar de trabajo; sin embargo, el Instituto de la Mujer informó de 283 denuncias por acoso sexual hasta el mes de noviembre. La discriminación en el lugar de trabajo y en prácticas de contratación persistió a pesar de estar prohibida.

Seguían existiendo diferencias salariales discriminatorias. Un informe publicado durante el año por la Unión General de Trabajadores señaló que el salario medio por hora de las trabajadoras era el 86% del salario medio por hora de los trabajadores. Además, el ministro de Asuntos Sociales informó de que, a 30 de junio, las mujeres constituían el 38,33% de los trabajadores y sin embargo sólo ocupaban el 16,13% de los puestos de alta dirección. A 30 de junio, la tasa de desempleo femenino era del 15,79%, casi dos veces la de los hombres, del 7,95%, en la misma fecha. El número de mujeres superaba el de hombres en las profesiones jurídicas, el periodismo y la sanidad, pero todavía desempeñaban papeles de poca importancia en muchos otros campos. En junio, el Ministerio de Trabajo presentó el Plan de Acción Nacional para erradicar la discriminación salarial. Cualquier acusación de discriminación salarial debe ser investigada en el plazo de 24 horas, y el informe final de la Oficina de Inspección de Trabajo finalizado en el plazo de dos meses (anteriormente nueve).

Los empleadores estaban exentos del pago de las cuotas de la seguridad social de los trabajadores temporales que sustituían a las trabajadoras de baja por maternidad, adopción de un niño, o circunstancias similares. Una orden ministerial para aumentar la presencia de mujeres en los sectores en los que éstas tienen poca representación eximió a los empleadores que contrataron a mujeres en dichos sectores del pago de las cuotas de la seguridad social durante 2 años.

Niños

El gobierno estuvo firmemente comprometido con los derechos y el bienestar del niño; financió extensamente un sistema de enseñanza y atención sanitaria públicas. La enseñanza fue obligatoria hasta los 16 años y gratis hasta los 18. Sin embargo, muchos niños romaníes no asistieron al colegio de forma regular y algunos denunciaron acoso en los colegios.

La Constitución obliga tanto al Estado como a los padres a proteger a los niños. En marzo, el consejo de ministros autorizó la firma del Convenio de La Haya de 1996 sobre las competencias, la ley aplicable y la cooperación para la protección de los niños por parte de sus padres. Los Ministerios de Sanidad y de Asuntos Sociales fueron los responsables del bienestar de los niños y crearon numerosos programas para ayudar a los niños necesitados. Numerosas ONGs promocionaron los derechos y el bienestar de los niños, a menudo a través de proyectos financiados por el gobierno. Algunas Comunidades Autónomas tenían una oficina del Defensor del Menor, organismo independiente y no partidista encargado de defender los derechos de los niños. Según el Código Penal, los menores de 18 años no son considerados responsables de sus actos y no pueden ser enviados a prisión.

El acceso al sistema nacional de atención sanitaria era igual para niñas y niños.

Hubo informes aislados de violencia contra niños, si bien parece que no había ninguna pauta social de maltrato infantil.

El tráfico de niñas adolescentes para la prostitución era un problema (véase Sección 6.f.).

Los organismos policiales y de servicios sociales informaron de un creciente número de niños inmigrantes indocumentados que vivían en la calle.

Personas discapacitadas

La Constitución exige que el Estado proporcione un trato y una atención adecuados a las personas discapacitadas, garantizando que no se les prive de los derechos básicos aplicables a todos los ciudadanos. La ley intenta asegurar un acceso imparcial al empleo público, evitar la discriminación y facilitar el acceso a las instalaciones y al transporte públicos. La legislación nacional sirve de guía para las leyes regionales; sin embargo, los niveles de asistencia y accesibilidad diferían de unas a otras. Según la documentación del Centro Español de Documentación sobre Discapacidad, Murcia, Ceuta y Melilla eran los lugares más carentes de normativa regional en esta materia. Sin embargo, no hubo informes de discriminación de personas discapacitadas en el empleo, la enseñanza o la prestación de otros servicios públicos.

La legislación siguió permitiendo que los padres o los representantes legales de una persona con discapacidad psíquica solicitaran a un juez el permiso para la esterilización de dicha persona. El Tribunal Constitucional mantuvo que la esterilización de personas con discapacidad psíquica no vulneraba la Constitución, y en el pasado muchos tribunales autorizaron este tipo de operación. Esto es aplicable de igual forma para ambos sexos. No hubo informes de que este tipo de operaciones se llevaran a cabo durante el año.

El gobierno subvencionó a las empresas que contrataron a personas discapacitadas y exigió que al menos el 2% de las personas contratadas en las empresas de más de 50 empleados sean discapacitadas o que dichas empresas subcontraten parte de su trabajo a centros especiales que empleen a personas discapacitadas. Según una ONG que trabaja en favor de las personas discapacitadas, no todas las empresas cumplieron esta normativa, principalmente porque no conocían la legislación. Se espera que una nueva legislación reguladora para las empresas que aspiran a tener acceso a contratos públicos haga que las empresas conozcan sus obligaciones según esta legislación.

Minorías nacionales/raciales/étnicas

Los sondeos de opinión pública indicaron una presencia continuada de racismo y xenofobia, que se tradujo en discriminación y, a veces, violencia contra las minorías. La ONG “SOS Racismo” denunció el creciente número de grupos neonazis en Cataluña.

En julio, la policía de Barcelona detuvo al propietario de una librería que vendía libros que fomentaban el racismo y contemporizaban con el genocidio. La policía se incautó de más de 10.000 libros, cintas de vídeo, revistas y cruces gamadas a la venta para jóvenes con una ética nazi.

El crecimiento de la población inmigrante en el país condujo en ocasiones a la fricción social, que en casos aislados tuvo un componente religioso. Representantes de la comunidad musulmana manifestaron que existían sentimientos antimarroquíes significativos. En mayo, un grupo de cabezas rapadas atacaron a unos miembros de la comunidad marroquí en la ciudad catalana de Terrassa, pero parece que este ataque tuvo una motivación más racial que religiosa. Las autoridades no han actuado contra los autores no identificados.

La minoría romaní siguió haciendo frente a la marginación y la discriminación en el acceso al empleo, la vivienda y la educación. La comunidad romaní, cuyos miembros se calculaban en varios cientos de miles por parte de las ONGs, sufría índices de pobreza y de analfabetismo sustancialmente más altas que la población en su conjunto. Las tasas de desempleo y subempleo de la minoría romaní eran también más altas. Según la ONG nacional “Secretariado General Gitano”, aproximadamente el 46% de los adultos de etnia romaní estaban en paro. La población romaní ocupaba la mayoría de las infraviviendas del país. Varias ONGs dedicadas a mejorar la condición de la población romaní recibieron financiación de los gobiernos central, regional y local.

Según un estudio de 2000 sobre la enseñanza primaria realizado por la ONG “Asociación Secretariado General Gitano” (ASGG), los niños romaníes mostraban un retraso significativo con respecto a la población en general en distintas áreas, entre ellas la integración en la rutina escolar y la interacción social con otros niños, y carecían de apoyo familiar para la educación. Las tasas de absentismo y fracaso escolar entre la población romaní permanecieron significativamente por encima de la media. Sin embargo, el estudio señalaba progresos respecto a los resultados de un estudio similar realizado en 1994, especialmente en la escolarización temprana (el 94% fue escolarizado a los 6 años de edad) y los logros académicos (el 44% terminó el nivel secundario).

En 6 de las 17 comunidades autónomas se utilizan lenguas o dialectos distintos al castellano. La Constitución especifica que los ciudadanos tienen “el deber de conocer” el castellano, que es la “lengua... oficial del Estado”; sin embargo, también establece que otras lenguas pueden ser asimismo oficiales de acuerdo con los estatutos regionales y que las “distintas modalidades lingüísticas de España” son “un patrimonio cultural que será objeto de... protección”. La legislación de las Comunidades Autónomas del País Vasco, Galicia y Valencia exige que los gobiernos autonómicos promuevan sus lenguas regionales respectivas en los centros educativos y en los actos oficiales.

La Ley sobre la lengua catalana estableció el uso del catalán como lengua oficial en las oficinas gubernamentales y administrativas locales, los tribunales regionales, las empresas públicas y empresas privadas subvencionadas por el gobierno regional catalán. Los ciudadanos castellanohablantes tenían derecho a que las autoridades públicas se dirigieran a ellos en castellano. La legislación también establecía unas cuotas mínimas de programación de radio y televisión en catalán.

Durante el año, el gobierno regional catalán firmó un acuerdo con varias instituciones socioeconómicas para aumentar el uso de la lengua catalana en los lugares públicos. El gobierno catalán también rechazó el decreto del gobierno que exigía un número específico de clases de lengua castellana en todas las comunidades autónomas, calificándolo de “invasión” de las responsabilidades autonómicas. Los críticos argumentaron que los esfuerzos por promover el uso de las lenguas no castellanas hacían más difícil a los castellanohablantes vivir y trabajar en esas zonas.

Sección 6. Derechos de los trabajadores

a) El derecho de asociación

La Constitución y las leyes garantizan que todos los trabajadores, excepto los de las Fuerzas Armadas, los jueces, los magistrados y los fiscales, tienen derecho a fundar sindicatos o afiliarse al de su elección y los trabajadores ejercieron este derecho en la práctica. Aproximadamente entre un 15 y un 20% de los trabajadores estuvieron sindicados. Según la Constitución, los sindicatos son libres de elegir a sus representantes, determinar sus políticas y representar los intereses de sus miembros. El gobierno no limitó la libertad de los sindicatos ni los hostigó, y fueron independientes de los partidos políticos. Las dos principales federaciones fueron Comisiones Obreras y la Unión General de Trabajadores.

La ley prohíbe la discriminación de los miembros y los organizadores de los sindicatos por parte de los empresarios. Los casos de discriminación tienen prioridad en los juzgados de lo social. La ley asigna a los sindicatos un papel en el control de los contratos de trabajo temporal para impedir el abuso de los mismos y de los despidos. Sin embargo, los sindicatos afirmaron que los empresarios practicaron la discriminación en muchos casos al negarse a renovar los contratos temporales de trabajadores que participaban en la organización sindical. A 30 de junio, aproximadamente el 31% de los empleados tenían un contrato temporal.

Los sindicatos son libres de formar o hacerse miembros de federaciones y de afiliarse a organizaciones internacionales y así lo hicieron sin impedimento alguno.

b) El derecho a la organización y la negociación colectivas

La ley prevé el derecho a la organización y la negociación colectivas, incluidos a todos los trabajadores del sector público a excepción del personal militar, y los sindicatos ejercieron este derecho en la práctica. La negociación colectiva del sector público incluye los salarios y los índices de empleo, pero el gobierno retuvo el derecho a fijarlos si fracasaban las negociaciones. Los acuerdos de negociación colectiva se extendieron tanto en el sector público como en el privado, en el que cubrieron a entre un 85 y un 90% de los trabajadores, de los que sólo estaban sindicados entre un 15 y un 20% aproximadamente.

La Constitución prevé el derecho a la huelga y los trabajadores ejercieron este derecho. Una huelga en un servicio no esencial era legal si sus convocantes la anunciaban con cinco días de antelación. Cualquier sindicato en huelga debe respetar las condiciones de los servicios mínimos negociadas con el empresario respectivo. El Tribunal Constitucional ha interpretado que el derecho a la huelga incluye las huelgas generales convocadas para protestar contra la política del gobierno. Según la CEOE, a 30 de junio había habido 275 huelgas, con aproximadamente 381,000 participantes y 1 millón de días de trabajo perdidos. La ley prohíbe las represalias contra los huelguistas; no hubo huelgas generales durante el año.

Las normas y prácticas laborales en las zonas de libre comercio y las zonas francas industriales o son las mismas que en el resto del país. Se dice que el número de afiliados a los sindicatos en estas zonas es más alto que la media en todo el país.

c) Prohibición del trabajo forzoso u obligatorio

La ley prohíbe el trabajo forzoso u obligatorio, incluyendo el infantil; sin embargo, hubo informes de que existieron prácticas de este tipo (véanse Secciones 6.d y 6.f.).

d) Estado del trabajo infantil y edad mínima para trabajar

En general, el trabajo infantil no fue un problema. La edad mínima legal para que un niño sea contratado son los dieciséis años. La ley también prohíbe que personas menores de dieciocho años trabajen por la noche, realicen horas extraordinarias o trabajen en sectores considerados peligrosos. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales fue el principal responsable de velar por su cumplimiento, y se aplicó eficazmente en las principales industrias y en el sector servicios. Resultó más difícil hacer cumplir la ley en granjas pequeñas y empresas familiares, en las que siguió habiendo algún tipo de trabajo infantil. La legislación que prohíbe el trabajo infantil se aplicó de hecho en las zonas económicas especiales.

Tanto los organismos responsables de la aplicación de la ley como los encargados de los servicios sociales informaron del incremento del número de niños inmigrantes indocumentados que viven en la calle. Según la ley, estos niños no pueden trabajar y, como consecuencia, muchos de ellos sobrevivieron gracias a los delitos menores.

Hubo informes de casos de tráfico de personas para realizar trabajo forzoso y obligatorio (véase Sección 6.f.).

e) Condiciones de trabajo aceptables

Todos los años, el gobierno revisa el salario mínimo para los trabajadores mayores de dieciocho años conforme al índice de precios al consumo. El gobierno incrementó el salario mínimo para este año un 2%, a 564 dólares (451,20 euros) al mes o 19 dólares (15,04 euros) al día. Generalmente, el salario mínimo nacional proporcionó un nivel de vida digno para un trabajador y su familia; sin embargo, no fue así en todas las regiones del país. El Ministerio de Trabajo veló eficazmente por la aplicación del salario mínimo. La ley fijó una semana laboral de 40 horas con un periodo de descanso ininterrumpido de 36 horas después de cada 40 horas trabajadas. Los trabajadores tuvieron 12 días de fiesta y un mes de vacaciones pagados al año.

El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, tuvo la responsabilidad técnica del desarrollo de las normas del trabajo, pero la Inspección de Trabajo tuvo la responsabilidad de aplicar la ley por medio de la acción judicial en caso de infracción. Los sindicatos han criticado al gobierno por no dedicar recursos suficientes a la inspección y a la aplicación de la ley. Los trabajadores tienen protección legal sólida para presentar quejas sobre condiciones peligrosas.

Los sindicatos y las ONGs preocupados por los derechos de los inmigrantes informaron de que los inmigrantes ilegales trabajaron a menudo por salarios y en condiciones inferiores a los habituales en cada sector, sobre todo en el de la agricultura. Los extranjeros ilegales, que según los cálculos del gobierno son entre 500.000 y 700.000, no tienen derecho a afiliarse a los sindicatos o a hacer huelga.

f) Tráfico de personas

La ley prohíbe el tráfico de personas; sin embargo, el tráfico de mujeres y adolescentes continuó siendo un problema. Hubo algunos informes de tráfico de menores.

La ley define el tráfico de personas como delito. La pena es de 2 a 4 años de prisión y una multa, o de 6 a 12 años si el que comete el delito es un funcionario público. La explotación de prostitutas por medio de la coacción o el fraude y la explotación de trabajadores en general son también ilegales, aunque la prostitución en sí no es ilegal. El tráfico de trabajadores fue castigado con una pena de 2 a 5 años de prisión y una multa. Durante el año, los organismos que velan por el cumplimiento de la ley detuvieron a 242 individuos por explotación laboral y a 761 por explotación sexual.

El gobierno aborda específicamente el tráfico de personas como parte de un plan más amplio para controlar la inmigración; por ejemplo, la policía persiguió y procesó a grupos de delincuencia organizada que utilizaron documentos de identidad falsos para todo tipo de contrabando de inmigrantes, como el tráfico. En el Ministerio del Interior, el Cuerpo Nacional de Policía fue el principal responsable de todos los asuntos relacionados con la inmigración, incluido el tráfico.  Las autoridades regionales también participaron en la lucha contra la delincuencia organizada, incluido el tráfico. Además, el Ministerio del Interior presidió una comisión interministerial para todos los asuntos relacionados con la inmigración, incluido el tráfico. Los Ministerios de Asuntos Exteriores, Sanidad, Educación, Hacienda y Trabajo también fueron miembros de dicha comisión. El principal centro de formación de la policía impartió cursos sobre asuntos relacionados con el tráfico tales como el reconocimiento de documentos falsos y los mejores modos de identificar a los traficantes.

En julio, el gobierno firmó un acuerdo con Mauritania para la devolución de inmigrantes ilegales a ese país aunque fueran ciudadanos de otro país. Esto no se limita a las víctimas del tráfico de personas, sino que se aplica a todos los inmigrantes ilegales en el país.

El país fue tanto lugar de destino como de tránsito de víctimas del tráfico de personas para la explotación sexual y, en menor grado, el trabajo forzoso (véase Sección 6.d.). Las mujeres que fueron víctimas del tráfico de personas procedían principalmente de Latinoamérica (Colombia y Ecuador), Europa oriental (Rumania y Bulgaria), África subsahariana (Nigeria, Guinea, Sierra Leona) y, en menor grado, el norte de África. El tráfico de mujeres asiáticas, incluidas las chinas, fue mucho menor y con frecuencia para trabajos distintos a la prostitución. El tráfico consistió casi exclusivamente en la importación de mujeres para la prostitución, aunque hubo informes de casos aislados en los que las víctimas fueron empleadas en la agricultura y en talleres clandestinos. Normalmente, las mujeres víctimas del tráfico de personas tenían entre 18 y 30 años de edad, aunque algunas jóvenes tan sólo tenían 16.

Los traficantes utilizaron medidas de coacción, entre ellos la confiscación de documentos, la violencia y las amenazas a miembros de la familia, para que las víctimas siguieran trabajando en la prostitución.  Se dice que, como grupo, las mujeres de Europa oriental fueron objeto de violencia y amenazas más severas por parte de los traficantes.  Éstos atrajeron a algunas víctimas de otras regiones con falsas promesas de trabajo en empresas de servicios y en la agricultura, para después obligarlas a prostituirse a su llegada al país.

La ley permite que las víctimas del tráfico de personas permanezcan en el país si acceden a testificar contra los autores del mismo. Una vez concluido el proceso, se da a aquéllas la opción de permanecer en el país o regresar a su país de origen. Se animó a las víctimas a que ayudaran a la policía a investigar casos de tráfico y a testificar contra los traficantes. El gobierno trabajó con y fundó ONGs que proporcionaron ayuda a las víctimas del tráfico de personas. Además, los gobiernos regionales y locales proporcionaron ayuda directamente o a través de ONGs.

Proyecto Esperanza, programa apoyado por la ONG católica Las Adoratrices y por organismos gubernamentales, fue diseñado específicamente para ayudar a las víctimas del tráfico de personas. El proyecto dirigió centros de acogida en Madrid, proporcionó ayuda con servicios médicos y jurídicos e hizo de enlace entre los organismos de aplicación de la ley y las víctimas que optaron por testificar contra los traficantes. Muchas de las personas que recibió Proyecto Esperanza fueron enviadas directamente por la policía.



actualizada: 21/03/04


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